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¿Es conveniente otorgar al deudor insolvente cuyos bienes han sido liquidados, una nueva oportunidad de rehabilitación? / Enrique A. Falco Iriondo (2018)
Título : ¿Es conveniente otorgar al deudor insolvente cuyos bienes han sido liquidados, una nueva oportunidad de rehabilitación? Tipo de documento: texto impreso Autores: Enrique A. Falco Iriondo Editorial: Montevideo : La Ley Uruguay Fecha de publicación: 2018 Número de páginas: p. 419 - 454 Idioma : Español (spa) Clasificación: INCUMPLIMIENTO DEL DEUDOR Palabras clave: DEUDOR INSOLVENTE, CONCURSOS Resumen:
Con el ordenamiento jurídico vigente en Uruguay, la probabilidad de que el deudor persona física no empresaria, pueda exonerarse del pasivo restante una vez liquidados sus bienes, es prácticamente inexistente. Nos hemos preguntado, ¿cuál es el sentido de obligar a aquel que sin mala fe lo ha perdido todo, a pagar lo que no tiene ni probablemente tendrá? A nuestro juicio, debe contemplarse la posibilidad que permita al deudor persona física no empresaria liberarse del pasivo restante, una vez liquidados todos sus bienes. Entendemos que ello no incluye a todas las deudas que mantenga. Además, nuestro planteo considera que el deudor, para que se haga merecedor de este beneficio, debe de ser de "buena fe", dejando de lado a todos aquellos que en el momento de aceptar el crédito, sabían o debían saber que estaban asumiendo deudas que en el futuro no podrían honrar.Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=14639 ¿Es conveniente otorgar al deudor insolvente cuyos bienes han sido liquidados, una nueva oportunidad de rehabilitación? [texto impreso] / Enrique A. Falco Iriondo . - Montevideo : La Ley Uruguay, 2018 . - p. 419 - 454.
Idioma : Español (spa)
Clasificación: INCUMPLIMIENTO DEL DEUDOR Palabras clave: DEUDOR INSOLVENTE, CONCURSOS Resumen:
Con el ordenamiento jurídico vigente en Uruguay, la probabilidad de que el deudor persona física no empresaria, pueda exonerarse del pasivo restante una vez liquidados sus bienes, es prácticamente inexistente. Nos hemos preguntado, ¿cuál es el sentido de obligar a aquel que sin mala fe lo ha perdido todo, a pagar lo que no tiene ni probablemente tendrá? A nuestro juicio, debe contemplarse la posibilidad que permita al deudor persona física no empresaria liberarse del pasivo restante, una vez liquidados todos sus bienes. Entendemos que ello no incluye a todas las deudas que mantenga. Además, nuestro planteo considera que el deudor, para que se haga merecedor de este beneficio, debe de ser de "buena fe", dejando de lado a todos aquellos que en el momento de aceptar el crédito, sabían o debían saber que estaban asumiendo deudas que en el futuro no podrían honrar.Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=14639 Falco Iriondo, Enrique A. (2018). ¿Es conveniente otorgar al deudor insolvente cuyos bienes han sido liquidados, una nueva oportunidad de rehabilitación?. En Estudios de Derecho Concursal. Montevideo : La Ley Uruguay, 2018. p. 419 - 454.
Idioma : Español (spa)
Clasificación: INCUMPLIMIENTO DEL DEUDOR Palabras clave: DEUDOR INSOLVENTE, CONCURSOS Resumen:
Con el ordenamiento jurídico vigente en Uruguay, la probabilidad de que el deudor persona física no empresaria, pueda exonerarse del pasivo restante una vez liquidados sus bienes, es prácticamente inexistente. Nos hemos preguntado, ¿cuál es el sentido de obligar a aquel que sin mala fe lo ha perdido todo, a pagar lo que no tiene ni probablemente tendrá? A nuestro juicio, debe contemplarse la posibilidad que permita al deudor persona física no empresaria liberarse del pasivo restante, una vez liquidados todos sus bienes. Entendemos que ello no incluye a todas las deudas que mantenga. Además, nuestro planteo considera que el deudor, para que se haga merecedor de este beneficio, debe de ser de "buena fe", dejando de lado a todos aquellos que en el momento de aceptar el crédito, sabían o debían saber que estaban asumiendo deudas que en el futuro no podrían honrar.Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=14639