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El criterio de lo devengado y su aplicación a las rentas de trabajo gravadas por IRPF / Guzmán Ramírez en Revista Tributaria, v. 48, n. 280 (Enero - Febrero)
[artículo]
Título : El criterio de lo devengado y su aplicación a las rentas de trabajo gravadas por IRPF Tipo de documento: texto impreso Autores: Guzmán Ramírez Fecha de publicación: 2021 Artículo en la página: p. 79-89 Idioma : Español (spa) Palabras clave: CRITERIO DE LO DEVENGADO, CRITERIO DE LO PERCIBIDO, RENTAS DE TRABAJO, IMPUESTO A LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS, IRPF Resumen: El 14 de marzo de 2018, la Dirección General Impositiva publicó un cuestionable dictamen en el que considera que una prima por antigüedad recibida por un empleado que trabajó durante cuarenta (40) años para la misma entidad empleadora, estaría gravada en un 100% a pesar de que durante los primeros treinta (30) años el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas no existía. Dicho dictamen servirá de punto de partida para formular algunas reflexiones relacionadas con el alcance temporal de dicho impuesto, especialmente sobre las rentas de trabajo, y la necesidad de diferenciar entre el devengo y la exigibilidad del salario. Nota de contenido: Introducción. -- Consulta Nº 6117 de la DGI. -- Pregunta y respuesta. -- Análisis resumido. -- Análisis ampliado. -- Ninguna partida salarial devengada antes de Julio de 2007 está gravada por IRPF. -- Las primas por antigüedad tienen naturaleza salarial. -- La prestación de trabajo devenga automáticamente el derecho a cobrar el salario. -- El devengo y la exigibilidad del salario son claramente conceptos diferentes. -- En el caso de una remuneración diferida, la permanencia en la empresa no condiciona el nacimiento del derecho del trabajador a cobrar dicha remuneración , sino que condiciona su exigibilidad. -- Las primas por antigüedad están comprendidas dentro de la categoría de las remuneraciones diferidas. -- Las anteriores conclusiones fueron aplicadas por el TCA en otro caso de remuneración diferida, vinculado con stock options. -- Conclusión. -- Bibliografía consultada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=15018
in Revista Tributaria > v. 48, n. 280 (Enero - Febrero) . - p. 79-89[artículo] El criterio de lo devengado y su aplicación a las rentas de trabajo gravadas por IRPF [texto impreso] / Guzmán Ramírez . - 2021 . - p. 79-89.
Idioma : Español (spa)
in Revista Tributaria > v. 48, n. 280 (Enero - Febrero) . - p. 79-89
Palabras clave: CRITERIO DE LO DEVENGADO, CRITERIO DE LO PERCIBIDO, RENTAS DE TRABAJO, IMPUESTO A LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS, IRPF Resumen: El 14 de marzo de 2018, la Dirección General Impositiva publicó un cuestionable dictamen en el que considera que una prima por antigüedad recibida por un empleado que trabajó durante cuarenta (40) años para la misma entidad empleadora, estaría gravada en un 100% a pesar de que durante los primeros treinta (30) años el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas no existía. Dicho dictamen servirá de punto de partida para formular algunas reflexiones relacionadas con el alcance temporal de dicho impuesto, especialmente sobre las rentas de trabajo, y la necesidad de diferenciar entre el devengo y la exigibilidad del salario. Nota de contenido: Introducción. -- Consulta Nº 6117 de la DGI. -- Pregunta y respuesta. -- Análisis resumido. -- Análisis ampliado. -- Ninguna partida salarial devengada antes de Julio de 2007 está gravada por IRPF. -- Las primas por antigüedad tienen naturaleza salarial. -- La prestación de trabajo devenga automáticamente el derecho a cobrar el salario. -- El devengo y la exigibilidad del salario son claramente conceptos diferentes. -- En el caso de una remuneración diferida, la permanencia en la empresa no condiciona el nacimiento del derecho del trabajador a cobrar dicha remuneración , sino que condiciona su exigibilidad. -- Las primas por antigüedad están comprendidas dentro de la categoría de las remuneraciones diferidas. -- Las anteriores conclusiones fueron aplicadas por el TCA en otro caso de remuneración diferida, vinculado con stock options. -- Conclusión. -- Bibliografía consultada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=15018 [artículo] Ramírez, Guzmán (2021). El criterio de lo devengado y su aplicación a las rentas de trabajo gravadas por IRPF. Revista Tributaria. v. 48, n. 280. (Enero - Febrero) p. 79-89.
Idioma : Español (spa)
in Revista Tributaria > v. 48, n. 280 (Enero - Febrero) . - p. 79-89
Palabras clave: CRITERIO DE LO DEVENGADO, CRITERIO DE LO PERCIBIDO, RENTAS DE TRABAJO, IMPUESTO A LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS, IRPF Resumen: El 14 de marzo de 2018, la Dirección General Impositiva publicó un cuestionable dictamen en el que considera que una prima por antigüedad recibida por un empleado que trabajó durante cuarenta (40) años para la misma entidad empleadora, estaría gravada en un 100% a pesar de que durante los primeros treinta (30) años el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas no existía. Dicho dictamen servirá de punto de partida para formular algunas reflexiones relacionadas con el alcance temporal de dicho impuesto, especialmente sobre las rentas de trabajo, y la necesidad de diferenciar entre el devengo y la exigibilidad del salario. Nota de contenido: Introducción. -- Consulta Nº 6117 de la DGI. -- Pregunta y respuesta. -- Análisis resumido. -- Análisis ampliado. -- Ninguna partida salarial devengada antes de Julio de 2007 está gravada por IRPF. -- Las primas por antigüedad tienen naturaleza salarial. -- La prestación de trabajo devenga automáticamente el derecho a cobrar el salario. -- El devengo y la exigibilidad del salario son claramente conceptos diferentes. -- En el caso de una remuneración diferida, la permanencia en la empresa no condiciona el nacimiento del derecho del trabajador a cobrar dicha remuneración , sino que condiciona su exigibilidad. -- Las primas por antigüedad están comprendidas dentro de la categoría de las remuneraciones diferidas. -- Las anteriores conclusiones fueron aplicadas por el TCA en otro caso de remuneración diferida, vinculado con stock options. -- Conclusión. -- Bibliografía consultada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=15018