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Inconveniencia de admitir el derecho de receso en los casos de aumento de capital de las sociedades anónimas / Gabriel Pérez Ramos Bologna
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Título : Inconveniencia de admitir el derecho de receso en los casos de aumento de capital de las sociedades anónimas Tipo de documento: texto impreso Autores: Gabriel Pérez Ramos Bologna Número de páginas: p. 437-445 Idioma : Español (spa) Palabras clave: SOCIEDAD COMERCIAL DERECHO DE RECESO CAPITAL Resumen: El receso no debe admitirse en las hipótesis de aumento de capital contractual ni de aumento de capital integrado por capitalización de rubros patrimoniales. Ninguna de las dos hipótesis supone la introducción de cambios sustanciales en la estructura societaria ni modifica la posición del accionista en la sociedad. Tampoco el aumento de capital suscrito e integrado debe habilitar el derecho de receso ya que en estos casos tampoco está en juego una variante sustancial de las bases de la sociedad, ni se trata de una situación imprevisible al momento de ingresar a la sociedad. Por otro lado, la LSC prevé otros mecanismos de protección de la participación accionaria de los accionistas minoritarios, que evitan el avasallamiento de sus derechos en los casos de aumento de capital, entre los que se destacan la preferencia en la suscripción o adquisición de nuevas acciones (artículo 326) y la posibilidad de fijar primas de emisión (artículo 297). Más aún, ante un hipotético caso de aumento de capital que tuviera por finalidad acrecer la participación de los accionistas mayoritarios a costa de los minoritarios que no están en condiciones de ejercer su derecho de sociedad, los accionistas afectados podrían impugnar la resolución asamblearia (artículo 365). La única hipótesis que justifica el mantenimiento del derecho de receso, es la de aumento de capital integrado por nuevos aportes con limitación o suspensión del derecho de preferencia. Nota de contenido: Planteo de la cuestión. -- El derecho de receso en las sociedades anónimas. -- Fundamento del derecho de receso. Intereses en juego. -- Evolución de la regulación del derecho de receso en los casos de aumentos de capital. -- Inconveniencia del derecho de receso en los casos de aumento de capital. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4838 Inconveniencia de admitir el derecho de receso en los casos de aumento de capital de las sociedades anónimas [texto impreso] / Gabriel Pérez Ramos Bologna . - [s.d.] . - p. 437-445.
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Idioma : Español (spa)
Palabras clave: SOCIEDAD COMERCIAL DERECHO DE RECESO CAPITAL Resumen: El receso no debe admitirse en las hipótesis de aumento de capital contractual ni de aumento de capital integrado por capitalización de rubros patrimoniales. Ninguna de las dos hipótesis supone la introducción de cambios sustanciales en la estructura societaria ni modifica la posición del accionista en la sociedad. Tampoco el aumento de capital suscrito e integrado debe habilitar el derecho de receso ya que en estos casos tampoco está en juego una variante sustancial de las bases de la sociedad, ni se trata de una situación imprevisible al momento de ingresar a la sociedad. Por otro lado, la LSC prevé otros mecanismos de protección de la participación accionaria de los accionistas minoritarios, que evitan el avasallamiento de sus derechos en los casos de aumento de capital, entre los que se destacan la preferencia en la suscripción o adquisición de nuevas acciones (artículo 326) y la posibilidad de fijar primas de emisión (artículo 297). Más aún, ante un hipotético caso de aumento de capital que tuviera por finalidad acrecer la participación de los accionistas mayoritarios a costa de los minoritarios que no están en condiciones de ejercer su derecho de sociedad, los accionistas afectados podrían impugnar la resolución asamblearia (artículo 365). La única hipótesis que justifica el mantenimiento del derecho de receso, es la de aumento de capital integrado por nuevos aportes con limitación o suspensión del derecho de preferencia. Nota de contenido: Planteo de la cuestión. -- El derecho de receso en las sociedades anónimas. -- Fundamento del derecho de receso. Intereses en juego. -- Evolución de la regulación del derecho de receso en los casos de aumentos de capital. -- Inconveniencia del derecho de receso en los casos de aumento de capital. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4838 Pérez Ramos Bologna, Gabriel (2009). Inconveniencia de admitir el derecho de receso en los casos de aumento de capital de las sociedades anónimas. En Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria. , 2009. p. 437-445.
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Idioma : Español (spa)
Palabras clave: SOCIEDAD COMERCIAL DERECHO DE RECESO CAPITAL Resumen: El receso no debe admitirse en las hipótesis de aumento de capital contractual ni de aumento de capital integrado por capitalización de rubros patrimoniales. Ninguna de las dos hipótesis supone la introducción de cambios sustanciales en la estructura societaria ni modifica la posición del accionista en la sociedad. Tampoco el aumento de capital suscrito e integrado debe habilitar el derecho de receso ya que en estos casos tampoco está en juego una variante sustancial de las bases de la sociedad, ni se trata de una situación imprevisible al momento de ingresar a la sociedad. Por otro lado, la LSC prevé otros mecanismos de protección de la participación accionaria de los accionistas minoritarios, que evitan el avasallamiento de sus derechos en los casos de aumento de capital, entre los que se destacan la preferencia en la suscripción o adquisición de nuevas acciones (artículo 326) y la posibilidad de fijar primas de emisión (artículo 297). Más aún, ante un hipotético caso de aumento de capital que tuviera por finalidad acrecer la participación de los accionistas mayoritarios a costa de los minoritarios que no están en condiciones de ejercer su derecho de sociedad, los accionistas afectados podrían impugnar la resolución asamblearia (artículo 365). La única hipótesis que justifica el mantenimiento del derecho de receso, es la de aumento de capital integrado por nuevos aportes con limitación o suspensión del derecho de preferencia. Nota de contenido: Planteo de la cuestión. -- El derecho de receso en las sociedades anónimas. -- Fundamento del derecho de receso. Intereses en juego. -- Evolución de la regulación del derecho de receso en los casos de aumentos de capital. -- Inconveniencia del derecho de receso en los casos de aumento de capital. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4838 La relación entre el capital y el objeto de las sociedades anónimas en la ley de sociedades comerciales / Gabriel Pérez Ramos Bologna
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Título : La relación entre el capital y el objeto de las sociedades anónimas en la ley de sociedades comerciales Tipo de documento: texto impreso Autores: Gabriel Pérez Ramos Bologna Número de páginas: p. 271-276 Idioma : Español (spa) Palabras clave: SOCIEDAD ANÓNIMA CAPITAL OBJETO SOCIAL Resumen: La LSC no sujeta la aprobación de los estatutos de las sociedades anónimas al previo análisis de la adecuación del capital al objeto social, sino que reconoce a los fundadores absoluta libertad para determinar el capital fundacional de la sociedad. Es por ello que la Auditoria Interna de la Nación (AIN), actuando dentro del marco legal vigente, no condiciona la aprobación de los estatutos de sociedades anónimas a la integración de un mínimo "razonable" o "adecuado" de capital, sino que se limita a fiscalizar el efectivo cumplimiento de la integración y suscripción mínimas que exige el artículo 280 de la LSC. Tampoco existen disposiciones en la LSC que exijan la realización de aportes de capital durante la vigencia del plazo social, por lo que los órganos sociales son libres para determinar la mejor forma de financiación de la sociedad anónima. La solución legal debe valorarse positivamente ya que una eventual imposición del control de la adecuación del capital al objeto social, podría significar, entre otros efectos: a) impedir el desarrollo de operativas que proyectan financiar su actividad mayoritariamente con préstamos de terceros; b) agregar un trámite adicional al ya pesado procedimiento de constitución regular de las sociedades anónimas y c) afrontar serias dificultades para determinar la razonabilidad del capital, especialmente cuando se acepta pacíficamente que el objeto social puede ser comprensivo una pluralidad de actividades. Nota de contenido: Planteo del tema. -- Solución consagrada en la LSC. -- Doctrina de la infracapitalización. -- Valoración de la solución legal vigente. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4798 La relación entre el capital y el objeto de las sociedades anónimas en la ley de sociedades comerciales [texto impreso] / Gabriel Pérez Ramos Bologna . - [s.d.] . - p. 271-276.
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Idioma : Español (spa)
Palabras clave: SOCIEDAD ANÓNIMA CAPITAL OBJETO SOCIAL Resumen: La LSC no sujeta la aprobación de los estatutos de las sociedades anónimas al previo análisis de la adecuación del capital al objeto social, sino que reconoce a los fundadores absoluta libertad para determinar el capital fundacional de la sociedad. Es por ello que la Auditoria Interna de la Nación (AIN), actuando dentro del marco legal vigente, no condiciona la aprobación de los estatutos de sociedades anónimas a la integración de un mínimo "razonable" o "adecuado" de capital, sino que se limita a fiscalizar el efectivo cumplimiento de la integración y suscripción mínimas que exige el artículo 280 de la LSC. Tampoco existen disposiciones en la LSC que exijan la realización de aportes de capital durante la vigencia del plazo social, por lo que los órganos sociales son libres para determinar la mejor forma de financiación de la sociedad anónima. La solución legal debe valorarse positivamente ya que una eventual imposición del control de la adecuación del capital al objeto social, podría significar, entre otros efectos: a) impedir el desarrollo de operativas que proyectan financiar su actividad mayoritariamente con préstamos de terceros; b) agregar un trámite adicional al ya pesado procedimiento de constitución regular de las sociedades anónimas y c) afrontar serias dificultades para determinar la razonabilidad del capital, especialmente cuando se acepta pacíficamente que el objeto social puede ser comprensivo una pluralidad de actividades. Nota de contenido: Planteo del tema. -- Solución consagrada en la LSC. -- Doctrina de la infracapitalización. -- Valoración de la solución legal vigente. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4798 Pérez Ramos Bologna, Gabriel (2009). La relación entre el capital y el objeto de las sociedades anónimas en la ley de sociedades comerciales. En Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria. , 2009. p. 271-276.
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Idioma : Español (spa)
Palabras clave: SOCIEDAD ANÓNIMA CAPITAL OBJETO SOCIAL Resumen: La LSC no sujeta la aprobación de los estatutos de las sociedades anónimas al previo análisis de la adecuación del capital al objeto social, sino que reconoce a los fundadores absoluta libertad para determinar el capital fundacional de la sociedad. Es por ello que la Auditoria Interna de la Nación (AIN), actuando dentro del marco legal vigente, no condiciona la aprobación de los estatutos de sociedades anónimas a la integración de un mínimo "razonable" o "adecuado" de capital, sino que se limita a fiscalizar el efectivo cumplimiento de la integración y suscripción mínimas que exige el artículo 280 de la LSC. Tampoco existen disposiciones en la LSC que exijan la realización de aportes de capital durante la vigencia del plazo social, por lo que los órganos sociales son libres para determinar la mejor forma de financiación de la sociedad anónima. La solución legal debe valorarse positivamente ya que una eventual imposición del control de la adecuación del capital al objeto social, podría significar, entre otros efectos: a) impedir el desarrollo de operativas que proyectan financiar su actividad mayoritariamente con préstamos de terceros; b) agregar un trámite adicional al ya pesado procedimiento de constitución regular de las sociedades anónimas y c) afrontar serias dificultades para determinar la razonabilidad del capital, especialmente cuando se acepta pacíficamente que el objeto social puede ser comprensivo una pluralidad de actividades. Nota de contenido: Planteo del tema. -- Solución consagrada en la LSC. -- Doctrina de la infracapitalización. -- Valoración de la solución legal vigente. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4798 Inexistencia de relación entre capital y objeto social / Daniel Germán
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Título : Inexistencia de relación entre capital y objeto social Tipo de documento: texto impreso Autores: Daniel Germán ; Alfredo Ciavattone Número de páginas: p. 245-250 Idioma : Español (spa) Palabras clave: SOCIEDAD COMERCIAL OBJETO SOCIAL CAPITAL Nota de contenido: Planteo del tema . -- Concepto de capital. -- Concepto de objeto social. -- Doctrina de la infracapitalización. -- No existe relación alguna entre capital y objeto social. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4794 Inexistencia de relación entre capital y objeto social [texto impreso] / Daniel Germán ; Alfredo Ciavattone . - [s.d.] . - p. 245-250.
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Idioma : Español (spa)
Palabras clave: SOCIEDAD COMERCIAL OBJETO SOCIAL CAPITAL Nota de contenido: Planteo del tema . -- Concepto de capital. -- Concepto de objeto social. -- Doctrina de la infracapitalización. -- No existe relación alguna entre capital y objeto social. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4794 Germán, Daniel (2009). Inexistencia de relación entre capital y objeto social. En Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria. , 2009. p. 245-250.
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Idioma : Español (spa)
Palabras clave: SOCIEDAD COMERCIAL OBJETO SOCIAL CAPITAL Nota de contenido: Planteo del tema . -- Concepto de capital. -- Concepto de objeto social. -- Doctrina de la infracapitalización. -- No existe relación alguna entre capital y objeto social. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4794 Oposición de los acreedores ante la reducción de capital de las sociedades anónimas abiertas / Federico Piano
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Título : Oposición de los acreedores ante la reducción de capital de las sociedades anónimas abiertas Tipo de documento: texto impreso Autores: Federico Piano Número de páginas: p. 551-557 Idioma : Español (spa) Palabras clave: SOCIEDAD ANÓNIMA ABIERTA CAPITAL ACREEDOR Resumen: El presente trabajo refiere al derecho de oposición de los acreedores ante una reducción de capital de las sociedades anónimas abiertas. La tesis sustentada es que el capital social no es una verdadera garantía de los acreedores y en ese sentido el mecanismo de oposición previsto por el artículo 294 no cumple con la finalidad para el cual fue creado. Nota de contenido: Redacción actual de artículo 294. -- Propuesta de redacción alternativa al artículo 294. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4851 Oposición de los acreedores ante la reducción de capital de las sociedades anónimas abiertas [texto impreso] / Federico Piano . - [s.d.] . - p. 551-557.
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Idioma : Español (spa)
Palabras clave: SOCIEDAD ANÓNIMA ABIERTA CAPITAL ACREEDOR Resumen: El presente trabajo refiere al derecho de oposición de los acreedores ante una reducción de capital de las sociedades anónimas abiertas. La tesis sustentada es que el capital social no es una verdadera garantía de los acreedores y en ese sentido el mecanismo de oposición previsto por el artículo 294 no cumple con la finalidad para el cual fue creado. Nota de contenido: Redacción actual de artículo 294. -- Propuesta de redacción alternativa al artículo 294. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4851 Piano, Federico (2009). Oposición de los acreedores ante la reducción de capital de las sociedades anónimas abiertas. En Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria. , 2009. p. 551-557.
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Idioma : Español (spa)
Palabras clave: SOCIEDAD ANÓNIMA ABIERTA CAPITAL ACREEDOR Resumen: El presente trabajo refiere al derecho de oposición de los acreedores ante una reducción de capital de las sociedades anónimas abiertas. La tesis sustentada es que el capital social no es una verdadera garantía de los acreedores y en ese sentido el mecanismo de oposición previsto por el artículo 294 no cumple con la finalidad para el cual fue creado. Nota de contenido: Redacción actual de artículo 294. -- Propuesta de redacción alternativa al artículo 294. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4851 Infracapitalización societaria e insolvencia / Alicia Pampillón Noble
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Título : Infracapitalización societaria e insolvencia Tipo de documento: texto impreso Autores: Alicia Pampillón Noble Número de páginas: p. 263-270 Idioma : Español (spa) Palabras clave: SOCIEDAD COMERCIAL CAPITAL Nota de contenido: Introducción. -- Capital. -- Patrimonio. -- Infracapitalización. -- Responsabilidad de directores. -- Nuevos modelos. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4797 Infracapitalización societaria e insolvencia [texto impreso] / Alicia Pampillón Noble . - [s.d.] . - p. 263-270.
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Idioma : Español (spa)
Palabras clave: SOCIEDAD COMERCIAL CAPITAL Nota de contenido: Introducción. -- Capital. -- Patrimonio. -- Infracapitalización. -- Responsabilidad de directores. -- Nuevos modelos. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4797 Pampillón Noble, Alicia (2009). Infracapitalización societaria e insolvencia. En Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria. , 2009. p. 263-270.
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Idioma : Español (spa)
Palabras clave: SOCIEDAD COMERCIAL CAPITAL Nota de contenido: Introducción. -- Capital. -- Patrimonio. -- Infracapitalización. -- Responsabilidad de directores. -- Nuevos modelos. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4797 El abordaje tempestivo de la insolvencia / Adriana Bacchi ArgibayPermalinkLa infracapitalización como factor de procedencia del disregard / Héctor Ferreira TamborindeguyPermalinkLa necesaria revisión del concepto de utilidad social distribuible / Ricardo Olivera GarcíaPermalinkLa reforma tributaria y sus efectos en las sociedades comerciales / Sandra Mónica Giménez TorteroloPermalink