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Servicios educativos y servicios esenciales / Alejandro Castello en Derecho Laboral, v. 58 n. 259 (julio - setiembre 2015)
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Título : Servicios educativos y servicios esenciales Tipo de documento: texto impreso Autores: Alejandro Castello (1966-) Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 389-411 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO LABORAL Palabras clave: HUELGA SERVICIOS ESENCIALES DERECHOS FUNDAMENTALES Resumen: En la presente contribución, el autor repasa tanto los principales perfiles del derecho de huelga tal como está configurado en nuestro ordenamiento -calificándolo como uno de los mas garantistas y liberales del mundo- como la "doctrina" de la OIT sobre servicios esenciales, para a partir de ese contrapunto, desplegar una reflexión con base en la necesidad de armonizar los derechos funamentales, que concibe como de similar valor, concluyendo que normativa en la materia debe ser revisada para acompasarla a los criterios del organismo internacional. Nota de contenido: Introducción. -- Límites al derecho de huelga. -- Regulación de los límites externos en el Uruguay. -- Determinación de los servicios esenciales. -- Servicios esenciales en sentido restringido. -- Servicios esenciales por extensión. -- Servicios de importancia trascendental para las personas que tutelan otros derechos o libertades fundamentales. -- En resumen. -- El derecho a la educación. El derecho a la educación. -- El derecho a la educación y los servicios esenciales. -- A modo de conclusión. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=1164
in Derecho Laboral > v. 58 n. 259 (julio - setiembre 2015) . - p. 389-411[artículo] Servicios educativos y servicios esenciales [texto impreso] / Alejandro Castello (1966-) . - 2015 . - p. 389-411.
Idioma : Español (spa)
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Clasificación: DERECHO LABORAL Palabras clave: HUELGA SERVICIOS ESENCIALES DERECHOS FUNDAMENTALES Resumen: En la presente contribución, el autor repasa tanto los principales perfiles del derecho de huelga tal como está configurado en nuestro ordenamiento -calificándolo como uno de los mas garantistas y liberales del mundo- como la "doctrina" de la OIT sobre servicios esenciales, para a partir de ese contrapunto, desplegar una reflexión con base en la necesidad de armonizar los derechos funamentales, que concibe como de similar valor, concluyendo que normativa en la materia debe ser revisada para acompasarla a los criterios del organismo internacional. Nota de contenido: Introducción. -- Límites al derecho de huelga. -- Regulación de los límites externos en el Uruguay. -- Determinación de los servicios esenciales. -- Servicios esenciales en sentido restringido. -- Servicios esenciales por extensión. -- Servicios de importancia trascendental para las personas que tutelan otros derechos o libertades fundamentales. -- En resumen. -- El derecho a la educación. El derecho a la educación. -- El derecho a la educación y los servicios esenciales. -- A modo de conclusión. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=1164 [artículo] Castello, Alejandro (2015). Servicios educativos y servicios esenciales. Derecho Laboral. v. 58 n. 259. (julio - setiembre 2015) p. 389-411.
Idioma : Español (spa)
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Clasificación: DERECHO LABORAL Palabras clave: HUELGA SERVICIOS ESENCIALES DERECHOS FUNDAMENTALES Resumen: En la presente contribución, el autor repasa tanto los principales perfiles del derecho de huelga tal como está configurado en nuestro ordenamiento -calificándolo como uno de los mas garantistas y liberales del mundo- como la "doctrina" de la OIT sobre servicios esenciales, para a partir de ese contrapunto, desplegar una reflexión con base en la necesidad de armonizar los derechos funamentales, que concibe como de similar valor, concluyendo que normativa en la materia debe ser revisada para acompasarla a los criterios del organismo internacional. Nota de contenido: Introducción. -- Límites al derecho de huelga. -- Regulación de los límites externos en el Uruguay. -- Determinación de los servicios esenciales. -- Servicios esenciales en sentido restringido. -- Servicios esenciales por extensión. -- Servicios de importancia trascendental para las personas que tutelan otros derechos o libertades fundamentales. -- En resumen. -- El derecho a la educación. El derecho a la educación. -- El derecho a la educación y los servicios esenciales. -- A modo de conclusión. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=1164 La declaración de esencialidad en la enseñanza / Juan Raso Delgue en Derecho Laboral, v. 58 n. 259 (julio - setiembre 2015)
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Título : La declaración de esencialidad en la enseñanza : Nuevas reflexiones sobre la huelga y otros derechos constitucionales Tipo de documento: texto impreso Autores: Juan Raso Delgue (1948-) Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 375-388 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO LABORAL Palabras clave: HUELGA SERVICIOS ESENCIALES DERECHOS FUNDAMENTALES Resumen: La reciente declaración de esencialidad de los diversos servicios de enseñanza ha vuelto la atención sobre el tema y sobre el derecho de huelga y las condiciones de su ejercicio en las relaciones colectivas de trabajo. Derecho laboral publica en este número tres contribuciones de académicos destacados que a partir de la crítica a la resolución ministerial, abordan la complejidad del fenómeno de la huelga desde perspectivas y puntos de vista diversos, enriqueciendo la reflexión sobre la temática. Nota de contenido: Introducción. -- Un tema jurídico, pero también "político". -- La huelga tradicional y el conflicto en los servicios esenciales. -- La definición de "servicios esenciales". La regulación de la huelga en nuestro país. -- La confrontación del derecho de huelga y el derecho de la enseñanza. -- La Declaración de esencialidad en la enseñanza. -- Una cuestión compleja: la regulación de la huelga - en especial en los servicios esenciales- en nuestro país. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=1150
in Derecho Laboral > v. 58 n. 259 (julio - setiembre 2015) . - p. 375-388[artículo] La declaración de esencialidad en la enseñanza : Nuevas reflexiones sobre la huelga y otros derechos constitucionales [texto impreso] / Juan Raso Delgue (1948-) . - 2015 . - p. 375-388.
Idioma : Español (spa)
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Clasificación: DERECHO LABORAL Palabras clave: HUELGA SERVICIOS ESENCIALES DERECHOS FUNDAMENTALES Resumen: La reciente declaración de esencialidad de los diversos servicios de enseñanza ha vuelto la atención sobre el tema y sobre el derecho de huelga y las condiciones de su ejercicio en las relaciones colectivas de trabajo. Derecho laboral publica en este número tres contribuciones de académicos destacados que a partir de la crítica a la resolución ministerial, abordan la complejidad del fenómeno de la huelga desde perspectivas y puntos de vista diversos, enriqueciendo la reflexión sobre la temática. Nota de contenido: Introducción. -- Un tema jurídico, pero también "político". -- La huelga tradicional y el conflicto en los servicios esenciales. -- La definición de "servicios esenciales". La regulación de la huelga en nuestro país. -- La confrontación del derecho de huelga y el derecho de la enseñanza. -- La Declaración de esencialidad en la enseñanza. -- Una cuestión compleja: la regulación de la huelga - en especial en los servicios esenciales- en nuestro país. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=1150 [artículo] Raso Delgue, Juan (2015). La declaración de esencialidad en la enseñanza : Nuevas reflexiones sobre la huelga y otros derechos constitucionales. Derecho Laboral. v. 58 n. 259. (julio - setiembre 2015) p. 375-388.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 58 n. 259 (julio - setiembre 2015) . - p. 375-388
Clasificación: DERECHO LABORAL Palabras clave: HUELGA SERVICIOS ESENCIALES DERECHOS FUNDAMENTALES Resumen: La reciente declaración de esencialidad de los diversos servicios de enseñanza ha vuelto la atención sobre el tema y sobre el derecho de huelga y las condiciones de su ejercicio en las relaciones colectivas de trabajo. Derecho laboral publica en este número tres contribuciones de académicos destacados que a partir de la crítica a la resolución ministerial, abordan la complejidad del fenómeno de la huelga desde perspectivas y puntos de vista diversos, enriqueciendo la reflexión sobre la temática. Nota de contenido: Introducción. -- Un tema jurídico, pero también "político". -- La huelga tradicional y el conflicto en los servicios esenciales. -- La definición de "servicios esenciales". La regulación de la huelga en nuestro país. -- La confrontación del derecho de huelga y el derecho de la enseñanza. -- La Declaración de esencialidad en la enseñanza. -- Una cuestión compleja: la regulación de la huelga - en especial en los servicios esenciales- en nuestro país. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=1150 Declaración de esencialidad en la educación pública / Héctor Zapirain en Derecho Laboral, v. 58 n. 259 (julio - setiembre 2015)
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Título : Declaración de esencialidad en la educación pública Tipo de documento: texto impreso Autores: Héctor Zapirain Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 413-427 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO LABORAL Palabras clave: LIBERTAD SINDICAL HUELGA DERECHOS FUNDAMENTALES LIMITES EXTERNOS DECLARACION DE ESENCIALIDAD SERVICIOS ESENCIALES SERVICIOS MINIMOS EDUCACION PUBLICA Resumen: A partir de la declaración de esencialidad en la Educación Pública se ha vuelto a instalar el debate sobre la huelga y sus límites y por ende, la cuestión del conflicto entre el ejercicio de ésta y otros derechos fundamentales (en particular el derecho a la educación). En el presente trabajo se intenta, más allá del análisis de la resolución de esencialidad, examinar o revisitar algunos conceptos básicos que permita canalizar una discusión positiva, la que nunca podrá ser si - como parece deducirse de algunas posturas- se parte de la idea de que hay que reglamentar y restringir el derecho a la huelga como única solución que garantiza el ejercicio de derechos fundamentales en caso de de conflicto en éstos y aquel derecho. La necesidad de rever y derogar el régimen de la ley 13720 es condición necesaria para establecer un régimen que al tiempo que contemple los servicios esenciales -únicos que justifican una limitación de la huelga- garanticen el ejercicio y efectividad de ésta. Un régimen que no deje a la discrecionalidad del Gobierno de turno decidir qué servicios son esenciales y cuáles deben ser los servicios mínimos que deben mantenerse para evitar su interrupción. Nota de contenido: Introducción. -- La huelga y sus límites. -- Los servicios esenciales como limitantes al ejercicio de la huelga. -- Régimen jurídico uruguayo. -- La declaración de esencialidad en la Educación Pública. -- Epílogo. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=1167
in Derecho Laboral > v. 58 n. 259 (julio - setiembre 2015) . - p. 413-427[artículo] Declaración de esencialidad en la educación pública [texto impreso] / Héctor Zapirain . - 2015 . - p. 413-427.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 58 n. 259 (julio - setiembre 2015) . - p. 413-427
Clasificación: DERECHO LABORAL Palabras clave: LIBERTAD SINDICAL HUELGA DERECHOS FUNDAMENTALES LIMITES EXTERNOS DECLARACION DE ESENCIALIDAD SERVICIOS ESENCIALES SERVICIOS MINIMOS EDUCACION PUBLICA Resumen: A partir de la declaración de esencialidad en la Educación Pública se ha vuelto a instalar el debate sobre la huelga y sus límites y por ende, la cuestión del conflicto entre el ejercicio de ésta y otros derechos fundamentales (en particular el derecho a la educación). En el presente trabajo se intenta, más allá del análisis de la resolución de esencialidad, examinar o revisitar algunos conceptos básicos que permita canalizar una discusión positiva, la que nunca podrá ser si - como parece deducirse de algunas posturas- se parte de la idea de que hay que reglamentar y restringir el derecho a la huelga como única solución que garantiza el ejercicio de derechos fundamentales en caso de de conflicto en éstos y aquel derecho. La necesidad de rever y derogar el régimen de la ley 13720 es condición necesaria para establecer un régimen que al tiempo que contemple los servicios esenciales -únicos que justifican una limitación de la huelga- garanticen el ejercicio y efectividad de ésta. Un régimen que no deje a la discrecionalidad del Gobierno de turno decidir qué servicios son esenciales y cuáles deben ser los servicios mínimos que deben mantenerse para evitar su interrupción. Nota de contenido: Introducción. -- La huelga y sus límites. -- Los servicios esenciales como limitantes al ejercicio de la huelga. -- Régimen jurídico uruguayo. -- La declaración de esencialidad en la Educación Pública. -- Epílogo. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=1167 [artículo] Zapirain, Héctor (2015). Declaración de esencialidad en la educación pública. Derecho Laboral. v. 58 n. 259. (julio - setiembre 2015) p. 413-427.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 58 n. 259 (julio - setiembre 2015) . - p. 413-427
Clasificación: DERECHO LABORAL Palabras clave: LIBERTAD SINDICAL HUELGA DERECHOS FUNDAMENTALES LIMITES EXTERNOS DECLARACION DE ESENCIALIDAD SERVICIOS ESENCIALES SERVICIOS MINIMOS EDUCACION PUBLICA Resumen: A partir de la declaración de esencialidad en la Educación Pública se ha vuelto a instalar el debate sobre la huelga y sus límites y por ende, la cuestión del conflicto entre el ejercicio de ésta y otros derechos fundamentales (en particular el derecho a la educación). En el presente trabajo se intenta, más allá del análisis de la resolución de esencialidad, examinar o revisitar algunos conceptos básicos que permita canalizar una discusión positiva, la que nunca podrá ser si - como parece deducirse de algunas posturas- se parte de la idea de que hay que reglamentar y restringir el derecho a la huelga como única solución que garantiza el ejercicio de derechos fundamentales en caso de de conflicto en éstos y aquel derecho. La necesidad de rever y derogar el régimen de la ley 13720 es condición necesaria para establecer un régimen que al tiempo que contemple los servicios esenciales -únicos que justifican una limitación de la huelga- garanticen el ejercicio y efectividad de ésta. Un régimen que no deje a la discrecionalidad del Gobierno de turno decidir qué servicios son esenciales y cuáles deben ser los servicios mínimos que deben mantenerse para evitar su interrupción. Nota de contenido: Introducción. -- La huelga y sus límites. -- Los servicios esenciales como limitantes al ejercicio de la huelga. -- Régimen jurídico uruguayo. -- La declaración de esencialidad en la Educación Pública. -- Epílogo. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=1167 Comentario sobe la resolución de declaración de esencialidad de la educación / Sol Dellepiane en Revista Derecho del Trabajo, v. 3 n. 9 (Octubre - Diciembre 2015)
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Título : Comentario sobe la resolución de declaración de esencialidad de la educación Tipo de documento: texto impreso Autores: Sol Dellepiane Fecha de publicación: 2015 Idioma : Español (spa) Palabras clave: HUELGA SERVICIOS ESENCIALES EDUCACIÓN CÓMITE DE LIBERTAD SINDICAL DERECHOS HUMANOS Resumen: El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a solicitud del Ministerio de Educación y Cultura,declaró la esencialidad en la educación pública. Dicha resolución se basó en la ley general de educación, el artículo 4º de la ley 13720 y los criterios establecidos por el Comité de Libertad Sindical. Al encontrarnos frente al conflicto entre dos derechos fundamentales : el derecho a la educación y el derecho de huelga, se analizará si es jurídicamente adecuada la declaración de esencialidad de esencialidad de la educación , en los términos de la resolución del 24 de agosto de 2015. Nota de contenido: Introducción.-- El derecho a la educación.-- La huelga.Los servicios esenciales en el Uruguay.-- Pautas para determinar servicios esenciales según la OIT. La resolución de esencialidad del servicio de educación pública. Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=746
in Revista Derecho del Trabajo > v. 3 n. 9 (Octubre - Diciembre 2015)[artículo] Comentario sobe la resolución de declaración de esencialidad de la educación [texto impreso] / Sol Dellepiane . - 2015.
Idioma : Español (spa)
in Revista Derecho del Trabajo > v. 3 n. 9 (Octubre - Diciembre 2015)
Palabras clave: HUELGA SERVICIOS ESENCIALES EDUCACIÓN CÓMITE DE LIBERTAD SINDICAL DERECHOS HUMANOS Resumen: El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a solicitud del Ministerio de Educación y Cultura,declaró la esencialidad en la educación pública. Dicha resolución se basó en la ley general de educación, el artículo 4º de la ley 13720 y los criterios establecidos por el Comité de Libertad Sindical. Al encontrarnos frente al conflicto entre dos derechos fundamentales : el derecho a la educación y el derecho de huelga, se analizará si es jurídicamente adecuada la declaración de esencialidad de esencialidad de la educación , en los términos de la resolución del 24 de agosto de 2015. Nota de contenido: Introducción.-- El derecho a la educación.-- La huelga.Los servicios esenciales en el Uruguay.-- Pautas para determinar servicios esenciales según la OIT. La resolución de esencialidad del servicio de educación pública. Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=746 [artículo] Dellepiane, Sol (2015). Comentario sobe la resolución de declaración de esencialidad de la educación. Revista Derecho del Trabajo. v. 3 n. 9. (Octubre - Diciembre 2015).
Idioma : Español (spa)
in Revista Derecho del Trabajo > v. 3 n. 9 (Octubre - Diciembre 2015)
Palabras clave: HUELGA SERVICIOS ESENCIALES EDUCACIÓN CÓMITE DE LIBERTAD SINDICAL DERECHOS HUMANOS Resumen: El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a solicitud del Ministerio de Educación y Cultura,declaró la esencialidad en la educación pública. Dicha resolución se basó en la ley general de educación, el artículo 4º de la ley 13720 y los criterios establecidos por el Comité de Libertad Sindical. Al encontrarnos frente al conflicto entre dos derechos fundamentales : el derecho a la educación y el derecho de huelga, se analizará si es jurídicamente adecuada la declaración de esencialidad de esencialidad de la educación , en los términos de la resolución del 24 de agosto de 2015. Nota de contenido: Introducción.-- El derecho a la educación.-- La huelga.Los servicios esenciales en el Uruguay.-- Pautas para determinar servicios esenciales según la OIT. La resolución de esencialidad del servicio de educación pública. Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=746 Derecho de Huelga y Servicios Esenciales / Eduardo Goldstein en Revista Derecho del Trabajo, v. 3 n. 9 (Octubre - Diciembre 2015)
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Título : Derecho de Huelga y Servicios Esenciales Tipo de documento: texto impreso Autores: Eduardo Goldstein Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p.27-36 Idioma : Español (spa) Palabras clave: HUELGA SERVICIOS ESENCIALES DERECHOS FUNDAMENTALES RESOLUCIÓN DE ESENCIALIDAD Resumen: En las siguientes líneas pretendemos hacer un análisis jurídico respecto a la Resolución del Poder Ejecutivo del 25.08.15, que declaró la esencialidad de los servicios de enseñanza pública por el término de 30 días a partir del 26.08.15, en virtud de las medidas gremiales se aplicaban en el sector desde el 20.03.15, causando graves distorsiones que afectaban a unos 250.000 educandos incluso en su diaria alimentación, amén de ser perjudicados los sectores más sensibles y menos pudientes de la sociedad. Nota de contenido: Presentación del tema. -- Concepto del derecho de huelga. -- Concepto de servicios esenciales. -- El derecho a la educación como derecho fundamental. -- Colisión entre dos derechos fundamentales. -- Sus remedios. -- Validez y legitimidad de la Resolución de esencialidad del 25/08/15. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=747
in Revista Derecho del Trabajo > v. 3 n. 9 (Octubre - Diciembre 2015) . - p.27-36[artículo] Derecho de Huelga y Servicios Esenciales [texto impreso] / Eduardo Goldstein . - 2015 . - p.27-36.
Idioma : Español (spa)
in Revista Derecho del Trabajo > v. 3 n. 9 (Octubre - Diciembre 2015) . - p.27-36
Palabras clave: HUELGA SERVICIOS ESENCIALES DERECHOS FUNDAMENTALES RESOLUCIÓN DE ESENCIALIDAD Resumen: En las siguientes líneas pretendemos hacer un análisis jurídico respecto a la Resolución del Poder Ejecutivo del 25.08.15, que declaró la esencialidad de los servicios de enseñanza pública por el término de 30 días a partir del 26.08.15, en virtud de las medidas gremiales se aplicaban en el sector desde el 20.03.15, causando graves distorsiones que afectaban a unos 250.000 educandos incluso en su diaria alimentación, amén de ser perjudicados los sectores más sensibles y menos pudientes de la sociedad. Nota de contenido: Presentación del tema. -- Concepto del derecho de huelga. -- Concepto de servicios esenciales. -- El derecho a la educación como derecho fundamental. -- Colisión entre dos derechos fundamentales. -- Sus remedios. -- Validez y legitimidad de la Resolución de esencialidad del 25/08/15. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=747 [artículo] Goldstein, Eduardo (2015). Derecho de Huelga y Servicios Esenciales. Revista Derecho del Trabajo. v. 3 n. 9. (Octubre - Diciembre 2015) p.27-36.
Idioma : Español (spa)
in Revista Derecho del Trabajo > v. 3 n. 9 (Octubre - Diciembre 2015) . - p.27-36
Palabras clave: HUELGA SERVICIOS ESENCIALES DERECHOS FUNDAMENTALES RESOLUCIÓN DE ESENCIALIDAD Resumen: En las siguientes líneas pretendemos hacer un análisis jurídico respecto a la Resolución del Poder Ejecutivo del 25.08.15, que declaró la esencialidad de los servicios de enseñanza pública por el término de 30 días a partir del 26.08.15, en virtud de las medidas gremiales se aplicaban en el sector desde el 20.03.15, causando graves distorsiones que afectaban a unos 250.000 educandos incluso en su diaria alimentación, amén de ser perjudicados los sectores más sensibles y menos pudientes de la sociedad. Nota de contenido: Presentación del tema. -- Concepto del derecho de huelga. -- Concepto de servicios esenciales. -- El derecho a la educación como derecho fundamental. -- Colisión entre dos derechos fundamentales. -- Sus remedios. -- Validez y legitimidad de la Resolución de esencialidad del 25/08/15. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=747