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Alcance de la administración legal que los padres como atributo de la patria potestad, ejercen sobre los bienes de sus hijos / Roberto Borrelli Marchi en Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones, 04 (Enero-Diciembre 2016)
[artículo]
Título : Alcance de la administración legal que los padres como atributo de la patria potestad, ejercen sobre los bienes de sus hijos Tipo de documento: texto impreso Autores: Roberto Borrelli Marchi Fecha de publicación: 2016 Artículo en la página: p. 99-113 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO CIVIL Palabras clave: PATRIA POTESTAD ADMINISTRACION ORDINARIA ADMINISTRACION EXTRAORDINARIA REPRESENTACION Resumen: El artículo analiza la naturaleza de la administración legal de los padres en ejercicio de la patria potestad y validez de los negocios realizados por éstos actuando en representación de sus hijos. A tal fin se hace un análisis del concepto "administración" a que refiere el artículo 267 del Código Civil. Nota de contenido: Introducción. -- Planteo de la cuestión. -- Posición doctrinaria que pone énfasis en la naturaleza del acto como determinante del contenido de la administración legal. -- Concepto y alcance en nuestro derecho, de la administración legal de los padres que ejercen la patria potestad. -- Comentario final sobre la situación fáctica planteada al comienzo de este trabajo. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4265
in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > 04 (Enero-Diciembre 2016) . - p. 99-113[artículo] Alcance de la administración legal que los padres como atributo de la patria potestad, ejercen sobre los bienes de sus hijos [texto impreso] / Roberto Borrelli Marchi . - 2016 . - p. 99-113.
Idioma : Español (spa)
in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > 04 (Enero-Diciembre 2016) . - p. 99-113
Clasificación: DERECHO CIVIL Palabras clave: PATRIA POTESTAD ADMINISTRACION ORDINARIA ADMINISTRACION EXTRAORDINARIA REPRESENTACION Resumen: El artículo analiza la naturaleza de la administración legal de los padres en ejercicio de la patria potestad y validez de los negocios realizados por éstos actuando en representación de sus hijos. A tal fin se hace un análisis del concepto "administración" a que refiere el artículo 267 del Código Civil. Nota de contenido: Introducción. -- Planteo de la cuestión. -- Posición doctrinaria que pone énfasis en la naturaleza del acto como determinante del contenido de la administración legal. -- Concepto y alcance en nuestro derecho, de la administración legal de los padres que ejercen la patria potestad. -- Comentario final sobre la situación fáctica planteada al comienzo de este trabajo. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4265 [artículo] Borrelli Marchi, Roberto (2016). Alcance de la administración legal que los padres como atributo de la patria potestad, ejercen sobre los bienes de sus hijos. Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones. 04. (Enero-Diciembre 2016) p. 99-113.
Idioma : Español (spa)
in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > 04 (Enero-Diciembre 2016) . - p. 99-113
Clasificación: DERECHO CIVIL Palabras clave: PATRIA POTESTAD ADMINISTRACION ORDINARIA ADMINISTRACION EXTRAORDINARIA REPRESENTACION Resumen: El artículo analiza la naturaleza de la administración legal de los padres en ejercicio de la patria potestad y validez de los negocios realizados por éstos actuando en representación de sus hijos. A tal fin se hace un análisis del concepto "administración" a que refiere el artículo 267 del Código Civil. Nota de contenido: Introducción. -- Planteo de la cuestión. -- Posición doctrinaria que pone énfasis en la naturaleza del acto como determinante del contenido de la administración legal. -- Concepto y alcance en nuestro derecho, de la administración legal de los padres que ejercen la patria potestad. -- Comentario final sobre la situación fáctica planteada al comienzo de este trabajo. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4265 Actuación de los directores a través de representantes. Funcionamiento del directorio a distancia: nuevas tecnologías / Juan Carlos Plachicoff Fassi (2009)
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Título : Actuación de los directores a través de representantes. Funcionamiento del directorio a distancia: nuevas tecnologías Tipo de documento: texto impreso Autores: Juan Carlos Plachicoff Fassi Fecha de publicación: 2009 Número de páginas: p. 175-181 Idioma : Español (spa) Palabras clave: DIRECTOR DE SOCIEDAD COMERCIAL REPRESENTACIÓN TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN TELECOMUNICACIONES Resumen: La ponencia tiene como finalidad mostrar que una interpretación lógico sistemática y contextual de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 16060 nos permite defender la admisibilidad de la actuación de los directores a través de representantes sin exigir la presencia del director titular para el quórum de asistencia. Dicha forma de actuación no cambia el carácter personalísimo del cargo ni la responsabilidad legal de los directores mandantes, es decir, aún actuando a través de apoderados seguirán siendo responsables por las actuaciones de éstos como sucede siempre con el instituto de la representación. Por otra parte, pretendemos fundar que es posible, dentro del marco de la ley vigente, contemplar el funcionamiento del directorio a distancia, mediante el uso de las nuevas tecnologías, ya sea mediante conferencia telefónica o videoconferencia. El régimen para el funcionamiento del directorio es libre, no hay injerencia de la ley en este punto. Concluiremos que en las reuniones celebradas a distancia, se considerará que todos los directores están presentes, en el sentido que persigue la ley al hablar de "presencia" o "asistencia". Por último, analizaremos el tema de la firma de las actas de directorio cuando se realizan con directores situados en distintas partes del planeta y cómo solucionarlo en la práctica. Nota de contenido: Introducción. Conclusiones. -- Fundamentos de las conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4785 Actuación de los directores a través de representantes. Funcionamiento del directorio a distancia: nuevas tecnologías [texto impreso] / Juan Carlos Plachicoff Fassi . - 2009 . - p. 175-181.
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Idioma : Español (spa)
Palabras clave: DIRECTOR DE SOCIEDAD COMERCIAL REPRESENTACIÓN TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN TELECOMUNICACIONES Resumen: La ponencia tiene como finalidad mostrar que una interpretación lógico sistemática y contextual de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 16060 nos permite defender la admisibilidad de la actuación de los directores a través de representantes sin exigir la presencia del director titular para el quórum de asistencia. Dicha forma de actuación no cambia el carácter personalísimo del cargo ni la responsabilidad legal de los directores mandantes, es decir, aún actuando a través de apoderados seguirán siendo responsables por las actuaciones de éstos como sucede siempre con el instituto de la representación. Por otra parte, pretendemos fundar que es posible, dentro del marco de la ley vigente, contemplar el funcionamiento del directorio a distancia, mediante el uso de las nuevas tecnologías, ya sea mediante conferencia telefónica o videoconferencia. El régimen para el funcionamiento del directorio es libre, no hay injerencia de la ley en este punto. Concluiremos que en las reuniones celebradas a distancia, se considerará que todos los directores están presentes, en el sentido que persigue la ley al hablar de "presencia" o "asistencia". Por último, analizaremos el tema de la firma de las actas de directorio cuando se realizan con directores situados en distintas partes del planeta y cómo solucionarlo en la práctica. Nota de contenido: Introducción. Conclusiones. -- Fundamentos de las conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4785 Plachicoff Fassi, Juan Carlos (2009). Actuación de los directores a través de representantes. Funcionamiento del directorio a distancia: nuevas tecnologías. En Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria. , 2009. p. 175-181.
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Idioma : Español (spa)
Palabras clave: DIRECTOR DE SOCIEDAD COMERCIAL REPRESENTACIÓN TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN TELECOMUNICACIONES Resumen: La ponencia tiene como finalidad mostrar que una interpretación lógico sistemática y contextual de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 16060 nos permite defender la admisibilidad de la actuación de los directores a través de representantes sin exigir la presencia del director titular para el quórum de asistencia. Dicha forma de actuación no cambia el carácter personalísimo del cargo ni la responsabilidad legal de los directores mandantes, es decir, aún actuando a través de apoderados seguirán siendo responsables por las actuaciones de éstos como sucede siempre con el instituto de la representación. Por otra parte, pretendemos fundar que es posible, dentro del marco de la ley vigente, contemplar el funcionamiento del directorio a distancia, mediante el uso de las nuevas tecnologías, ya sea mediante conferencia telefónica o videoconferencia. El régimen para el funcionamiento del directorio es libre, no hay injerencia de la ley en este punto. Concluiremos que en las reuniones celebradas a distancia, se considerará que todos los directores están presentes, en el sentido que persigue la ley al hablar de "presencia" o "asistencia". Por último, analizaremos el tema de la firma de las actas de directorio cuando se realizan con directores situados en distintas partes del planeta y cómo solucionarlo en la práctica. Nota de contenido: Introducción. Conclusiones. -- Fundamentos de las conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4785
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Título : Sobre el concepto de notoriamente extraño al objeto social Tipo de documento: texto impreso Autores: Jenifer Alfaro Borges Fecha de publicación: 2009 Número de páginas: p. 141-147 Idioma : Español (spa) Palabras clave: OBJETO SOCIAL REPRESENTACIÓN SOCIEDAD COMERCIAL Resumen: En la ponencia se analiza el concepto de "notoriamente extraño al objeto social" (art. 79 LSC) por medio de su comparación, principalmente, con el concepto de "actos conexos con el objeto" (art. 9 ley 18.323) pero también de normas de derecho extranjero. En definitiva se pone el acento en el punto de vista desde el cual debe evaluarse el grado de apartamiento del objeto social y que, a juicio de la ponente, no puede ser otro que el de los terceros con quien contrata la sociedad. En este sentido la ponente entiende que las sociedades comerciales de la Ley 16.060 se verán obligadas por la actuación de su representante social cuanto éste actúe dentro del objeto social (límite natural de sus facultades) realizando actos vinculados o vinculables al mismo, o incluso no vinculables siempre que el apartamiento no sea notorio (los no vinculables comprenden a los extraños y a los notoriamente extraños), mientras que los Consorcios de Exportación de la Ley 18.323 únicamente se verán eficazmente representados por actos abarcados por su objeto o relacionados con éste. Nota de contenido: Introducción. -- Normas confrontadas. -- El límite del objeto o lo no notoriamente extraño al objeto. -- Una categoría más abarcativa: lo vinculable. -- Derecho comparado-Doctrina extranjera. -- Lo que no es notoriamente extraño frente a lo conexo. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4776 Sobre el concepto de notoriamente extraño al objeto social [texto impreso] / Jenifer Alfaro Borges . - 2009 . - p. 141-147.
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Idioma : Español (spa)
Palabras clave: OBJETO SOCIAL REPRESENTACIÓN SOCIEDAD COMERCIAL Resumen: En la ponencia se analiza el concepto de "notoriamente extraño al objeto social" (art. 79 LSC) por medio de su comparación, principalmente, con el concepto de "actos conexos con el objeto" (art. 9 ley 18.323) pero también de normas de derecho extranjero. En definitiva se pone el acento en el punto de vista desde el cual debe evaluarse el grado de apartamiento del objeto social y que, a juicio de la ponente, no puede ser otro que el de los terceros con quien contrata la sociedad. En este sentido la ponente entiende que las sociedades comerciales de la Ley 16.060 se verán obligadas por la actuación de su representante social cuanto éste actúe dentro del objeto social (límite natural de sus facultades) realizando actos vinculados o vinculables al mismo, o incluso no vinculables siempre que el apartamiento no sea notorio (los no vinculables comprenden a los extraños y a los notoriamente extraños), mientras que los Consorcios de Exportación de la Ley 18.323 únicamente se verán eficazmente representados por actos abarcados por su objeto o relacionados con éste. Nota de contenido: Introducción. -- Normas confrontadas. -- El límite del objeto o lo no notoriamente extraño al objeto. -- Una categoría más abarcativa: lo vinculable. -- Derecho comparado-Doctrina extranjera. -- Lo que no es notoriamente extraño frente a lo conexo. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4776 Alfaro Borges, Jenifer (2009). Sobre el concepto de notoriamente extraño al objeto social. En Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria. , 2009. p. 141-147.
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Idioma : Español (spa)
Palabras clave: OBJETO SOCIAL REPRESENTACIÓN SOCIEDAD COMERCIAL Resumen: En la ponencia se analiza el concepto de "notoriamente extraño al objeto social" (art. 79 LSC) por medio de su comparación, principalmente, con el concepto de "actos conexos con el objeto" (art. 9 ley 18.323) pero también de normas de derecho extranjero. En definitiva se pone el acento en el punto de vista desde el cual debe evaluarse el grado de apartamiento del objeto social y que, a juicio de la ponente, no puede ser otro que el de los terceros con quien contrata la sociedad. En este sentido la ponente entiende que las sociedades comerciales de la Ley 16.060 se verán obligadas por la actuación de su representante social cuanto éste actúe dentro del objeto social (límite natural de sus facultades) realizando actos vinculados o vinculables al mismo, o incluso no vinculables siempre que el apartamiento no sea notorio (los no vinculables comprenden a los extraños y a los notoriamente extraños), mientras que los Consorcios de Exportación de la Ley 18.323 únicamente se verán eficazmente representados por actos abarcados por su objeto o relacionados con éste. Nota de contenido: Introducción. -- Normas confrontadas. -- El límite del objeto o lo no notoriamente extraño al objeto. -- Una categoría más abarcativa: lo vinculable. -- Derecho comparado-Doctrina extranjera. -- Lo que no es notoriamente extraño frente a lo conexo. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4776