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Formas testamentarias en el derecho internacional privado uruguayo / Cecilia Fresnedo de Aguirre en Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones, 04 (Enero-Diciembre 2016)
[artículo]
Título : Formas testamentarias en el derecho internacional privado uruguayo : ¿Principios fundamentales o requisitos instrumentales? Tipo de documento: texto impreso Autores: Cecilia Fresnedo de Aguirre ; María Laura Capalbo Alzogaray Fecha de publicación: 2016 Artículo en la página: p. 157-170 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO CIVIL Palabras clave: DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO TESTAMENTO FORMAS VALIDEZ EFICACIA ORDEN PUBLICO INTERNACIONAL ACTO PUBLICO ACTO SOLEMNE TESTAMENTO OLÓGRAFO CALIFICACIÓN TESTAMENTO DIPLOMÁTICO O CONSULAR TESTAMENTO A BORDO TRATADOS DE MONTEVIDEO APÉNDICE DEL CÓDIGO CIVIL Resumen: Este trabajo analiza las soluciones del DIPr supranacional y nacional en materia de formas testamentarias y los problemas que su palicación ha venido planteado en la práctica. Se reseñan las posiciones doctrinarias y se releva la jurisprudencia recaída sobre el tema. Se estudia doctrinarias y se releva la jurisprudencia recaída sobre el tema. Se estudia un aspecto de particular relevancia en la materia, cual es del alcance del orden público internacional desde el punto de vista del DIPr uruguayo y la interpretación y aplicación que ha hecho la doctrina y la jurisprudencia al respecto, a veces adecuada y otras no. También se analizan cuestiones como el testamento consular y la no modificación de su regulación por parte de la nueva Ley de Organización Consultar, y el testamento otorgado a bordo y su no modificación por la ley 19246 de Derecho Comercial Marítimo. Por último, se explica cómo el Proyecto de Ley General de DIPr, que se encuentra a estudio del Parlamento, subsana todas las dificultades que plantean las normas vigentes de fuente interna. Nota de contenido: El derecho internacional privado vigente. La regla general en los Tratados de Derecho Civil Internacional de Montevideo de 1889 y de 1940. -- Condiciones mínimas de continuidad. El tratado de Derecho Civil Internacional de Montevideo de 1889: acto público. -- El tratado de Derecho Civil Internacional de Montevideo de 1940: acto solemne. -- Consecuencias de la diferencia en la fórmula de ambos Tratados. -- Continuidad jurídica o no del testamento ológrafo otorgado en el extranjero. -- De cómo se llegó a la fórmula de 1940. -- La interpretación unánime de la doctrinaria. -- Interpretación casi unánime de nuestra jurisprudencia. Jurisprudencia discordante en el caso "Peretti". -- El orden público internacional uruguayo y la necesidad de su correcta interpretación por la doctrina y la jurisprudencia. -- Orden Público Internacional y la validez del testamento Ológrafo. -- Problemas de calificación que plantea el testamento en el DIPr de fuente interna. -- Posiciones doctrinarias. -- Posiciones jurisprudenciales. -- Testamento diplomático o consular. -- El régimen vigente. -- Ley 19268 del 9 de setiembre de 2014 de Organización Consultar. -- Testamento otorgado a bordo. -- El derecho internacional privado proyectado. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4287
in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > 04 (Enero-Diciembre 2016) . - p. 157-170[artículo] Formas testamentarias en el derecho internacional privado uruguayo : ¿Principios fundamentales o requisitos instrumentales? [texto impreso] / Cecilia Fresnedo de Aguirre ; María Laura Capalbo Alzogaray . - 2016 . - p. 157-170.
Idioma : Español (spa)
in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > 04 (Enero-Diciembre 2016) . - p. 157-170
Clasificación: DERECHO CIVIL Palabras clave: DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO TESTAMENTO FORMAS VALIDEZ EFICACIA ORDEN PUBLICO INTERNACIONAL ACTO PUBLICO ACTO SOLEMNE TESTAMENTO OLÓGRAFO CALIFICACIÓN TESTAMENTO DIPLOMÁTICO O CONSULAR TESTAMENTO A BORDO TRATADOS DE MONTEVIDEO APÉNDICE DEL CÓDIGO CIVIL Resumen: Este trabajo analiza las soluciones del DIPr supranacional y nacional en materia de formas testamentarias y los problemas que su palicación ha venido planteado en la práctica. Se reseñan las posiciones doctrinarias y se releva la jurisprudencia recaída sobre el tema. Se estudia doctrinarias y se releva la jurisprudencia recaída sobre el tema. Se estudia un aspecto de particular relevancia en la materia, cual es del alcance del orden público internacional desde el punto de vista del DIPr uruguayo y la interpretación y aplicación que ha hecho la doctrina y la jurisprudencia al respecto, a veces adecuada y otras no. También se analizan cuestiones como el testamento consular y la no modificación de su regulación por parte de la nueva Ley de Organización Consultar, y el testamento otorgado a bordo y su no modificación por la ley 19246 de Derecho Comercial Marítimo. Por último, se explica cómo el Proyecto de Ley General de DIPr, que se encuentra a estudio del Parlamento, subsana todas las dificultades que plantean las normas vigentes de fuente interna. Nota de contenido: El derecho internacional privado vigente. La regla general en los Tratados de Derecho Civil Internacional de Montevideo de 1889 y de 1940. -- Condiciones mínimas de continuidad. El tratado de Derecho Civil Internacional de Montevideo de 1889: acto público. -- El tratado de Derecho Civil Internacional de Montevideo de 1940: acto solemne. -- Consecuencias de la diferencia en la fórmula de ambos Tratados. -- Continuidad jurídica o no del testamento ológrafo otorgado en el extranjero. -- De cómo se llegó a la fórmula de 1940. -- La interpretación unánime de la doctrinaria. -- Interpretación casi unánime de nuestra jurisprudencia. Jurisprudencia discordante en el caso "Peretti". -- El orden público internacional uruguayo y la necesidad de su correcta interpretación por la doctrina y la jurisprudencia. -- Orden Público Internacional y la validez del testamento Ológrafo. -- Problemas de calificación que plantea el testamento en el DIPr de fuente interna. -- Posiciones doctrinarias. -- Posiciones jurisprudenciales. -- Testamento diplomático o consular. -- El régimen vigente. -- Ley 19268 del 9 de setiembre de 2014 de Organización Consultar. -- Testamento otorgado a bordo. -- El derecho internacional privado proyectado. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4287 [artículo] Fresnedo de Aguirre, Cecilia (2016). Formas testamentarias en el derecho internacional privado uruguayo : ¿Principios fundamentales o requisitos instrumentales?. Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones. 04. (Enero-Diciembre 2016) p. 157-170.
Idioma : Español (spa)
in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > 04 (Enero-Diciembre 2016) . - p. 157-170
Clasificación: DERECHO CIVIL Palabras clave: DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO TESTAMENTO FORMAS VALIDEZ EFICACIA ORDEN PUBLICO INTERNACIONAL ACTO PUBLICO ACTO SOLEMNE TESTAMENTO OLÓGRAFO CALIFICACIÓN TESTAMENTO DIPLOMÁTICO O CONSULAR TESTAMENTO A BORDO TRATADOS DE MONTEVIDEO APÉNDICE DEL CÓDIGO CIVIL Resumen: Este trabajo analiza las soluciones del DIPr supranacional y nacional en materia de formas testamentarias y los problemas que su palicación ha venido planteado en la práctica. Se reseñan las posiciones doctrinarias y se releva la jurisprudencia recaída sobre el tema. Se estudia doctrinarias y se releva la jurisprudencia recaída sobre el tema. Se estudia un aspecto de particular relevancia en la materia, cual es del alcance del orden público internacional desde el punto de vista del DIPr uruguayo y la interpretación y aplicación que ha hecho la doctrina y la jurisprudencia al respecto, a veces adecuada y otras no. También se analizan cuestiones como el testamento consular y la no modificación de su regulación por parte de la nueva Ley de Organización Consultar, y el testamento otorgado a bordo y su no modificación por la ley 19246 de Derecho Comercial Marítimo. Por último, se explica cómo el Proyecto de Ley General de DIPr, que se encuentra a estudio del Parlamento, subsana todas las dificultades que plantean las normas vigentes de fuente interna. Nota de contenido: El derecho internacional privado vigente. La regla general en los Tratados de Derecho Civil Internacional de Montevideo de 1889 y de 1940. -- Condiciones mínimas de continuidad. El tratado de Derecho Civil Internacional de Montevideo de 1889: acto público. -- El tratado de Derecho Civil Internacional de Montevideo de 1940: acto solemne. -- Consecuencias de la diferencia en la fórmula de ambos Tratados. -- Continuidad jurídica o no del testamento ológrafo otorgado en el extranjero. -- De cómo se llegó a la fórmula de 1940. -- La interpretación unánime de la doctrinaria. -- Interpretación casi unánime de nuestra jurisprudencia. Jurisprudencia discordante en el caso "Peretti". -- El orden público internacional uruguayo y la necesidad de su correcta interpretación por la doctrina y la jurisprudencia. -- Orden Público Internacional y la validez del testamento Ológrafo. -- Problemas de calificación que plantea el testamento en el DIPr de fuente interna. -- Posiciones doctrinarias. -- Posiciones jurisprudenciales. -- Testamento diplomático o consular. -- El régimen vigente. -- Ley 19268 del 9 de setiembre de 2014 de Organización Consultar. -- Testamento otorgado a bordo. -- El derecho internacional privado proyectado. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4287 Ámbito y límites de la autonomía de la voluntad en el actual derecho de familia patrimonial del Uruguay / Ema Carozzi Failde en Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones, 04 (Enero-Diciembre 2016)
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Título : Ámbito y límites de la autonomía de la voluntad en el actual derecho de familia patrimonial del Uruguay Tipo de documento: texto impreso Autores: Ema Carozzi Failde Fecha de publicación: 2016 Artículo en la página: p. 125-134 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO CIVIL Palabras clave: AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD DERECHO DE FAMILIA PERSONAL DERECHO DE FAMILIA PATRIMONIAL ORDEN PUBLICO INTERNO ORDEN PUBLICO INTERNACIONAL LIMITES Resumen: Este trabajo resume la exposición realizada en el Segundo Congreso Iberoamericano de Derecho de Familia y de las Personas que se desarrolló en la UCU los días 26 y 27 de octubre de 2015. Se compara el desparejo desarrollo del principio de la autonomía de la voluntad en el ámbito Personal y Patrimonial del Derecho de Familia. Dentro de esa comparación se analiza brevemente el avance de la autonomía de la voluntad en el ámbito del Derecho de Familia Personal, y muy especialmente dentro del Derecho Filiatorio, y su evolución no lineal, dentro del Derecho de Familia Patrimonial. Nota de contenido: Concepto de autonomía de la voluntad o autonomía privada, su evolución dentro del Derecho Civil. -- Aproximación al tema. -- La evolución de la autonomía privada en el ámbito contractual y dentro del Derecho de Familia. -- El principio de autonomía privada en el Derecho contractual. -- Los cónyuges y el principio de autonomía de la voluntad. -- Límites a la autonomía de la voluntad en materia de capitulaciones matrimoniales en el CCU. -- Límites férreos en cuanto refiere a los efectos personales del matrimonio. -- Límites al principio de autonomía de la voluntad en materia de regímenes patrimoniales del matrimonio. -- Perfiles básicos de nuestra legislación. -- Límites. -- Normas de aplicación inmediata o de policía, según algunos autores de orden público. Art. 1986 CCN. -- Las capitulaciones no pueden contener disposiciones que vulneren las buenas costumbres. Las capitulaciones no podrán vulnerar normas de orden público. Las capitulaciones no pueden infringir las normas de orden público internacional. Planteo de un tema problemático. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4270
in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > 04 (Enero-Diciembre 2016) . - p. 125-134[artículo] Ámbito y límites de la autonomía de la voluntad en el actual derecho de familia patrimonial del Uruguay [texto impreso] / Ema Carozzi Failde . - 2016 . - p. 125-134.
Idioma : Español (spa)
in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > 04 (Enero-Diciembre 2016) . - p. 125-134
Clasificación: DERECHO CIVIL Palabras clave: AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD DERECHO DE FAMILIA PERSONAL DERECHO DE FAMILIA PATRIMONIAL ORDEN PUBLICO INTERNO ORDEN PUBLICO INTERNACIONAL LIMITES Resumen: Este trabajo resume la exposición realizada en el Segundo Congreso Iberoamericano de Derecho de Familia y de las Personas que se desarrolló en la UCU los días 26 y 27 de octubre de 2015. Se compara el desparejo desarrollo del principio de la autonomía de la voluntad en el ámbito Personal y Patrimonial del Derecho de Familia. Dentro de esa comparación se analiza brevemente el avance de la autonomía de la voluntad en el ámbito del Derecho de Familia Personal, y muy especialmente dentro del Derecho Filiatorio, y su evolución no lineal, dentro del Derecho de Familia Patrimonial. Nota de contenido: Concepto de autonomía de la voluntad o autonomía privada, su evolución dentro del Derecho Civil. -- Aproximación al tema. -- La evolución de la autonomía privada en el ámbito contractual y dentro del Derecho de Familia. -- El principio de autonomía privada en el Derecho contractual. -- Los cónyuges y el principio de autonomía de la voluntad. -- Límites a la autonomía de la voluntad en materia de capitulaciones matrimoniales en el CCU. -- Límites férreos en cuanto refiere a los efectos personales del matrimonio. -- Límites al principio de autonomía de la voluntad en materia de regímenes patrimoniales del matrimonio. -- Perfiles básicos de nuestra legislación. -- Límites. -- Normas de aplicación inmediata o de policía, según algunos autores de orden público. Art. 1986 CCN. -- Las capitulaciones no pueden contener disposiciones que vulneren las buenas costumbres. Las capitulaciones no podrán vulnerar normas de orden público. Las capitulaciones no pueden infringir las normas de orden público internacional. Planteo de un tema problemático. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4270 [artículo] Carozzi Failde, Ema (2016). Ámbito y límites de la autonomía de la voluntad en el actual derecho de familia patrimonial del Uruguay. Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones. 04. (Enero-Diciembre 2016) p. 125-134.
Idioma : Español (spa)
in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > 04 (Enero-Diciembre 2016) . - p. 125-134
Clasificación: DERECHO CIVIL Palabras clave: AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD DERECHO DE FAMILIA PERSONAL DERECHO DE FAMILIA PATRIMONIAL ORDEN PUBLICO INTERNO ORDEN PUBLICO INTERNACIONAL LIMITES Resumen: Este trabajo resume la exposición realizada en el Segundo Congreso Iberoamericano de Derecho de Familia y de las Personas que se desarrolló en la UCU los días 26 y 27 de octubre de 2015. Se compara el desparejo desarrollo del principio de la autonomía de la voluntad en el ámbito Personal y Patrimonial del Derecho de Familia. Dentro de esa comparación se analiza brevemente el avance de la autonomía de la voluntad en el ámbito del Derecho de Familia Personal, y muy especialmente dentro del Derecho Filiatorio, y su evolución no lineal, dentro del Derecho de Familia Patrimonial. Nota de contenido: Concepto de autonomía de la voluntad o autonomía privada, su evolución dentro del Derecho Civil. -- Aproximación al tema. -- La evolución de la autonomía privada en el ámbito contractual y dentro del Derecho de Familia. -- El principio de autonomía privada en el Derecho contractual. -- Los cónyuges y el principio de autonomía de la voluntad. -- Límites a la autonomía de la voluntad en materia de capitulaciones matrimoniales en el CCU. -- Límites férreos en cuanto refiere a los efectos personales del matrimonio. -- Límites al principio de autonomía de la voluntad en materia de regímenes patrimoniales del matrimonio. -- Perfiles básicos de nuestra legislación. -- Límites. -- Normas de aplicación inmediata o de policía, según algunos autores de orden público. Art. 1986 CCN. -- Las capitulaciones no pueden contener disposiciones que vulneren las buenas costumbres. Las capitulaciones no podrán vulnerar normas de orden público. Las capitulaciones no pueden infringir las normas de orden público internacional. Planteo de un tema problemático. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4270