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1 búsqueda de la palabra clave 'JERARQUIA NORMATIVA DE LAS RESOLUCIONES DEL PODER EJECUTIVO, POTESTADES DEL MINISTERIO DE TRABAJO, CONFLICTOS COLECTIVOS, MEDIOS DE SOLUCION DE CONFLICTOS COLECTIVOS, NORMATIVA AUTONOMA Y HETERONOMA'
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Instalación y funcionamiento de una oficina dependiente del Ministerio de Trabajo y seguridad social en el sitio de la planta proyectada por UPM. Resolución del Poder Ejecutivo nº 400/2019 de 15/07/2019 / Gabriel Salsamendi en Derecho Laboral, v.62, n. 275 (Julio - Setiembre 2019)
[artículo]
Título : Instalación y funcionamiento de una oficina dependiente del Ministerio de Trabajo y seguridad social en el sitio de la planta proyectada por UPM. Resolución del Poder Ejecutivo nº 400/2019 de 15/07/2019 Tipo de documento: texto impreso Autores: Gabriel Salsamendi Fecha de publicación: 2019 Artículo en la página: p. 521-524 Idioma : Español (spa) Palabras clave: JERARQUIA NORMATIVA DE LAS RESOLUCIONES DEL PODER EJECUTIVO, POTESTADES DEL MINISTERIO DE TRABAJO, CONFLICTOS COLECTIVOS, MEDIOS DE SOLUCION DE CONFLICTOS COLECTIVOS, NORMATIVA AUTONOMA Y HETERONOMA Resumen: El 7 de noviembre del año 2017, el Uruguay y UPM Pulp Oy (en adelante, "UPM"), como corolario de una larga negociación, firman un contrato de inversión en el cual se sientan las bases para la instalación de una tercera planta de procesamiento de celulosa, segunda perteneciente al mismo grupo. El 15 de julio de 2019, y ante la confirmación de la decisión de inversión de parte de la empresa, se firma un acuerdo de inversión. -- En el numeral 17 de dicho acuerdo, y bajo el título de declaración, Uruguay se compromete, en primer lugar, a disponer la instalación en el sitio de construcción de la Planta de Celulosa (tal como se define en el Contrato de Inversión), o en sus proximidades, de una Oficina de la Dirección Nacional de Trabajo y otra de la Inspección General del Trabajo. Asimismo, en los 8 literales restantes, asume una serie de compromisos, referidos a los recursos y potestades con que contarán dichas oficinas, así como a realizar determinadas acciones, con la finalidad de prevenir o solucionar prontamente los conflictos laborales que se pudieren presentar, durante la construcción de la planta. En el cumplimiento de dicho compromiso, se dicta la resolución objeto de análisis en el presente artículo. Nota de contenido: Resolución nº 400. -- De la jerarquía normativa de las resoluciones del Poder Ejecutivo. -- De las disposiciones de la resolución nº 400/2019 y sus efectos. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=14089
in Derecho Laboral > v.62, n. 275 (Julio - Setiembre 2019) . - p. 521-524[artículo] Instalación y funcionamiento de una oficina dependiente del Ministerio de Trabajo y seguridad social en el sitio de la planta proyectada por UPM. Resolución del Poder Ejecutivo nº 400/2019 de 15/07/2019 [texto impreso] / Gabriel Salsamendi . - 2019 . - p. 521-524.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v.62, n. 275 (Julio - Setiembre 2019) . - p. 521-524
Palabras clave: JERARQUIA NORMATIVA DE LAS RESOLUCIONES DEL PODER EJECUTIVO, POTESTADES DEL MINISTERIO DE TRABAJO, CONFLICTOS COLECTIVOS, MEDIOS DE SOLUCION DE CONFLICTOS COLECTIVOS, NORMATIVA AUTONOMA Y HETERONOMA Resumen: El 7 de noviembre del año 2017, el Uruguay y UPM Pulp Oy (en adelante, "UPM"), como corolario de una larga negociación, firman un contrato de inversión en el cual se sientan las bases para la instalación de una tercera planta de procesamiento de celulosa, segunda perteneciente al mismo grupo. El 15 de julio de 2019, y ante la confirmación de la decisión de inversión de parte de la empresa, se firma un acuerdo de inversión. -- En el numeral 17 de dicho acuerdo, y bajo el título de declaración, Uruguay se compromete, en primer lugar, a disponer la instalación en el sitio de construcción de la Planta de Celulosa (tal como se define en el Contrato de Inversión), o en sus proximidades, de una Oficina de la Dirección Nacional de Trabajo y otra de la Inspección General del Trabajo. Asimismo, en los 8 literales restantes, asume una serie de compromisos, referidos a los recursos y potestades con que contarán dichas oficinas, así como a realizar determinadas acciones, con la finalidad de prevenir o solucionar prontamente los conflictos laborales que se pudieren presentar, durante la construcción de la planta. En el cumplimiento de dicho compromiso, se dicta la resolución objeto de análisis en el presente artículo. Nota de contenido: Resolución nº 400. -- De la jerarquía normativa de las resoluciones del Poder Ejecutivo. -- De las disposiciones de la resolución nº 400/2019 y sus efectos. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=14089 [artículo] Salsamendi, Gabriel (2019). Instalación y funcionamiento de una oficina dependiente del Ministerio de Trabajo y seguridad social en el sitio de la planta proyectada por UPM. Resolución del Poder Ejecutivo nº 400/2019 de 15/07/2019. Derecho Laboral. v.62, n. 275. (Julio - Setiembre 2019) p. 521-524.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v.62, n. 275 (Julio - Setiembre 2019) . - p. 521-524
Palabras clave: JERARQUIA NORMATIVA DE LAS RESOLUCIONES DEL PODER EJECUTIVO, POTESTADES DEL MINISTERIO DE TRABAJO, CONFLICTOS COLECTIVOS, MEDIOS DE SOLUCION DE CONFLICTOS COLECTIVOS, NORMATIVA AUTONOMA Y HETERONOMA Resumen: El 7 de noviembre del año 2017, el Uruguay y UPM Pulp Oy (en adelante, "UPM"), como corolario de una larga negociación, firman un contrato de inversión en el cual se sientan las bases para la instalación de una tercera planta de procesamiento de celulosa, segunda perteneciente al mismo grupo. El 15 de julio de 2019, y ante la confirmación de la decisión de inversión de parte de la empresa, se firma un acuerdo de inversión. -- En el numeral 17 de dicho acuerdo, y bajo el título de declaración, Uruguay se compromete, en primer lugar, a disponer la instalación en el sitio de construcción de la Planta de Celulosa (tal como se define en el Contrato de Inversión), o en sus proximidades, de una Oficina de la Dirección Nacional de Trabajo y otra de la Inspección General del Trabajo. Asimismo, en los 8 literales restantes, asume una serie de compromisos, referidos a los recursos y potestades con que contarán dichas oficinas, así como a realizar determinadas acciones, con la finalidad de prevenir o solucionar prontamente los conflictos laborales que se pudieren presentar, durante la construcción de la planta. En el cumplimiento de dicho compromiso, se dicta la resolución objeto de análisis en el presente artículo. Nota de contenido: Resolución nº 400. -- De la jerarquía normativa de las resoluciones del Poder Ejecutivo. -- De las disposiciones de la resolución nº 400/2019 y sus efectos. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=14089