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La prelación o preferencia crediticia en el Derecho cubano / Leonardo B. Pérez Gallardo en Revista Crítica de Derecho Privado, 14 (Enero - Diciembre 2017)
[artículo]
Título : La prelación o preferencia crediticia en el Derecho cubano : ¿acaso una utopía? Tipo de documento: texto impreso Autores: Leonardo B. Pérez Gallardo Fecha de publicación: 2017 Artículo en la página: p. 391-416 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO CIVIL Palabras clave: DERECHO PATRIMONIAL RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL ESTADO DE INSOLVENCIA CONCURSO DEUDOR INSOLVENTE CONCURRENCIA DE ACREEDORES PROPORCIONALIDAD O PRORRATEO PREFERENCIA Y PRELACION EN EL CREDITO Resumen: En el derecho cubano, la prelación o preferencia crediticia vive con independencia del proceso de ejecución colectiva, llamado concurso de acreedores, pues puede hacerse valer tanto por un proceso de ejecución individual como privadamente entre deudor y acreedor preferente, por lo que la formulación misma del principio par conditio creditorum tiene tantas excepciones que podría suponer una utopía, perdiendo su sentido para convertirse en excepción de las excepciones. -- Si bien la vía común, ordinaria, de hacer valer la preferencia es el concurso de acreedores, esta es una figura ausente en el Derecho cubano. No obstante, los nuevos tiempos que refuerza el nuevo escenario de la economía cubana, la necesaria compatibilización de la iniciativa pública con la iniciativa privada, el fortalecimiento de la pequeña empresa ( trabajadores por cuenta propia), conlleva inexorablemente a la necesidad de incentivar el crédito y con ello de, a partir de las causas constitutivas de los créditos, determinar ex lege su preferencia o prelación, imponiéndose la necesidad, en los casos en que se suscite, de revitalizar instituciones como la del concurso de acreedores, en aras de salvaguardar no solo los intereses de los acreedores, sino los propios del deudor. Nota de contenido: El patrimonio del deudor como soporte o garantía genérica de las obligaciones contraídas. -- La noción de insolvencia y de insolvabilidad. -- Necesaria distinción e el ámbito jurídico. -- La concurrencia de acreedores, titulares de créditos exigibles, frente a un deudor insolvente. -- El principio de la par conditio creditorum: la idea de proporcionalidad o prorrateo. La preferencia o prelación crediticia. -- El privilegio. -- Tipos. -- Caracteres. -- Naturaleza jurídica. -- Los acreedores singularmente privilegiados. -- Los acreedores singularmente privilegiados. -- Los acreedores privilegiados: graduación de los privilegios. -- Principios que le informan. -- Los alimentistas. -- Los trabajadores. -- El Estado. -- Los bancos y las empresas estatales. -- Los acreedores no privilegiados. -- La aplicación de la ley del dividendo. -- La oposición del privilegio en los de ejecución de ejecución singular: las tercerías de mejor derecho. -- Prelación o preferencia crediticia en el Derecho comparado ¿Acaso una utopía ? -- ¿Dónde está el derecho concurso de acreedores ? -- Bibliografía. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=12905
in Revista Crítica de Derecho Privado > 14 (Enero - Diciembre 2017) . - p. 391-416[artículo] La prelación o preferencia crediticia en el Derecho cubano : ¿acaso una utopía? [texto impreso] / Leonardo B. Pérez Gallardo . - 2017 . - p. 391-416.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 14 (Enero - Diciembre 2017) . - p. 391-416
Clasificación: DERECHO CIVIL Palabras clave: DERECHO PATRIMONIAL RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL ESTADO DE INSOLVENCIA CONCURSO DEUDOR INSOLVENTE CONCURRENCIA DE ACREEDORES PROPORCIONALIDAD O PRORRATEO PREFERENCIA Y PRELACION EN EL CREDITO Resumen: En el derecho cubano, la prelación o preferencia crediticia vive con independencia del proceso de ejecución colectiva, llamado concurso de acreedores, pues puede hacerse valer tanto por un proceso de ejecución individual como privadamente entre deudor y acreedor preferente, por lo que la formulación misma del principio par conditio creditorum tiene tantas excepciones que podría suponer una utopía, perdiendo su sentido para convertirse en excepción de las excepciones. -- Si bien la vía común, ordinaria, de hacer valer la preferencia es el concurso de acreedores, esta es una figura ausente en el Derecho cubano. No obstante, los nuevos tiempos que refuerza el nuevo escenario de la economía cubana, la necesaria compatibilización de la iniciativa pública con la iniciativa privada, el fortalecimiento de la pequeña empresa ( trabajadores por cuenta propia), conlleva inexorablemente a la necesidad de incentivar el crédito y con ello de, a partir de las causas constitutivas de los créditos, determinar ex lege su preferencia o prelación, imponiéndose la necesidad, en los casos en que se suscite, de revitalizar instituciones como la del concurso de acreedores, en aras de salvaguardar no solo los intereses de los acreedores, sino los propios del deudor. Nota de contenido: El patrimonio del deudor como soporte o garantía genérica de las obligaciones contraídas. -- La noción de insolvencia y de insolvabilidad. -- Necesaria distinción e el ámbito jurídico. -- La concurrencia de acreedores, titulares de créditos exigibles, frente a un deudor insolvente. -- El principio de la par conditio creditorum: la idea de proporcionalidad o prorrateo. La preferencia o prelación crediticia. -- El privilegio. -- Tipos. -- Caracteres. -- Naturaleza jurídica. -- Los acreedores singularmente privilegiados. -- Los acreedores singularmente privilegiados. -- Los acreedores privilegiados: graduación de los privilegios. -- Principios que le informan. -- Los alimentistas. -- Los trabajadores. -- El Estado. -- Los bancos y las empresas estatales. -- Los acreedores no privilegiados. -- La aplicación de la ley del dividendo. -- La oposición del privilegio en los de ejecución de ejecución singular: las tercerías de mejor derecho. -- Prelación o preferencia crediticia en el Derecho comparado ¿Acaso una utopía ? -- ¿Dónde está el derecho concurso de acreedores ? -- Bibliografía. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=12905 [artículo] Pérez Gallardo, Leonardo B. (2017). La prelación o preferencia crediticia en el Derecho cubano : ¿acaso una utopía?. Revista Crítica de Derecho Privado. 14. (Enero - Diciembre 2017) p. 391-416.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 14 (Enero - Diciembre 2017) . - p. 391-416
Clasificación: DERECHO CIVIL Palabras clave: DERECHO PATRIMONIAL RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL ESTADO DE INSOLVENCIA CONCURSO DEUDOR INSOLVENTE CONCURRENCIA DE ACREEDORES PROPORCIONALIDAD O PRORRATEO PREFERENCIA Y PRELACION EN EL CREDITO Resumen: En el derecho cubano, la prelación o preferencia crediticia vive con independencia del proceso de ejecución colectiva, llamado concurso de acreedores, pues puede hacerse valer tanto por un proceso de ejecución individual como privadamente entre deudor y acreedor preferente, por lo que la formulación misma del principio par conditio creditorum tiene tantas excepciones que podría suponer una utopía, perdiendo su sentido para convertirse en excepción de las excepciones. -- Si bien la vía común, ordinaria, de hacer valer la preferencia es el concurso de acreedores, esta es una figura ausente en el Derecho cubano. No obstante, los nuevos tiempos que refuerza el nuevo escenario de la economía cubana, la necesaria compatibilización de la iniciativa pública con la iniciativa privada, el fortalecimiento de la pequeña empresa ( trabajadores por cuenta propia), conlleva inexorablemente a la necesidad de incentivar el crédito y con ello de, a partir de las causas constitutivas de los créditos, determinar ex lege su preferencia o prelación, imponiéndose la necesidad, en los casos en que se suscite, de revitalizar instituciones como la del concurso de acreedores, en aras de salvaguardar no solo los intereses de los acreedores, sino los propios del deudor. Nota de contenido: El patrimonio del deudor como soporte o garantía genérica de las obligaciones contraídas. -- La noción de insolvencia y de insolvabilidad. -- Necesaria distinción e el ámbito jurídico. -- La concurrencia de acreedores, titulares de créditos exigibles, frente a un deudor insolvente. -- El principio de la par conditio creditorum: la idea de proporcionalidad o prorrateo. La preferencia o prelación crediticia. -- El privilegio. -- Tipos. -- Caracteres. -- Naturaleza jurídica. -- Los acreedores singularmente privilegiados. -- Los acreedores singularmente privilegiados. -- Los acreedores privilegiados: graduación de los privilegios. -- Principios que le informan. -- Los alimentistas. -- Los trabajadores. -- El Estado. -- Los bancos y las empresas estatales. -- Los acreedores no privilegiados. -- La aplicación de la ley del dividendo. -- La oposición del privilegio en los de ejecución de ejecución singular: las tercerías de mejor derecho. -- Prelación o preferencia crediticia en el Derecho comparado ¿Acaso una utopía ? -- ¿Dónde está el derecho concurso de acreedores ? -- Bibliografía. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=12905