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Derecho de familia y responsabilidad civil por daños / Bernardo A. Legnani Piriz en Revista Crítica de Derecho Privado, 14 (Enero - Diciembre 2017)
[artículo]
Título : Derecho de familia y responsabilidad civil por daños : Incidencia de la evolución del Estado respecto del Derecho de Familia Tipo de documento: texto impreso Autores: Bernardo A. Legnani Piriz Fecha de publicación: 2017 Artículo en la página: p. 1195-1218 Nota general: En el texto: Bernardo Legnani. Idioma : Español (spa) Clasificación: FAMILIA / DAÑOS Palabras clave: DAÑOS RESPONSABILIDAD CIVIL FAMILIA ELEMENTOS FUNDAMENTO CONYUGES PADRES HIJOS CONCUBINOS SOCIEDAD CONYUGAL SUCESIONES VIOLENCIA DOMESTICA BIOTECNOLOGÍA Resumen: El presente trabajo tiene por fin ilustrar sobre la responsabilidad por Daños en el Derecho de Familia, comenzando por evaluar la incidencia que ha tenido la evolución del Estado a este respecto a consecuencia de factores educativos, sociales y económicos que, a la vez, fueron determinantes de los cambios que se reflejaron en la estructura familiar a lo largo del siglo XX y en su regulación jurídica. Se analizan someramente los fundamentos y las razones del surgimiento de la responsabilidad por daños en el seno de la familia. Se incursiona en los diversos elementos que pueden originar este tipo responsabilidad, en especial, el incumplimiento de los deberes que legalmente se imponen a los miembros de la familia en su recíproco y diverso relacionamiento. Para ello se requiere profundizar en los elementos que deben concurrir para que tal responsabilidad se conjugue y en la determinación de la naturaleza de este tipo de responsabilidad civil. Según doctrina y jurisprudencia en la materia, se adoptan como puntos de vital referencia las relaciones entre cónyuges, padres e hijos, concubinos; los daños estrictamente económicos ( como los derivados de las sucesiones y la sociedad conyugal);los daños derivados de delitos, de violencia doméstica, de la biotecnología y otros que merecen especial interés para los operadores de este sector del Derecho. Nota de contenido: Introducción. -- Fundamentos de la responsabilidad por daños en el Derecho de Familia. -- Elementos, características y naturaleza de la Responsabilidad por Daños en el Derecho de Familia. -- Manifestaciones de la responsabilidad en los diversos ámbitos del Derecho de Familia. -- Daños estrictamente económicos. -- Daños derivados de la biotecnología. -- Daños y conductas tipificadas como delitos por el Código Penal. -- Daños originados en la violencia doméstica. -- Jurisprudencia sobre daños en el Derecho de Familia. -- Jurisprudencia sobre daños derivados de la biotecnología. -- Particularidades. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=12971
in Revista Crítica de Derecho Privado > 14 (Enero - Diciembre 2017) . - p. 1195-1218[artículo] Derecho de familia y responsabilidad civil por daños : Incidencia de la evolución del Estado respecto del Derecho de Familia [texto impreso] / Bernardo A. Legnani Piriz . - 2017 . - p. 1195-1218.
En el texto: Bernardo Legnani.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 14 (Enero - Diciembre 2017) . - p. 1195-1218
Clasificación: FAMILIA / DAÑOS Palabras clave: DAÑOS RESPONSABILIDAD CIVIL FAMILIA ELEMENTOS FUNDAMENTO CONYUGES PADRES HIJOS CONCUBINOS SOCIEDAD CONYUGAL SUCESIONES VIOLENCIA DOMESTICA BIOTECNOLOGÍA Resumen: El presente trabajo tiene por fin ilustrar sobre la responsabilidad por Daños en el Derecho de Familia, comenzando por evaluar la incidencia que ha tenido la evolución del Estado a este respecto a consecuencia de factores educativos, sociales y económicos que, a la vez, fueron determinantes de los cambios que se reflejaron en la estructura familiar a lo largo del siglo XX y en su regulación jurídica. Se analizan someramente los fundamentos y las razones del surgimiento de la responsabilidad por daños en el seno de la familia. Se incursiona en los diversos elementos que pueden originar este tipo responsabilidad, en especial, el incumplimiento de los deberes que legalmente se imponen a los miembros de la familia en su recíproco y diverso relacionamiento. Para ello se requiere profundizar en los elementos que deben concurrir para que tal responsabilidad se conjugue y en la determinación de la naturaleza de este tipo de responsabilidad civil. Según doctrina y jurisprudencia en la materia, se adoptan como puntos de vital referencia las relaciones entre cónyuges, padres e hijos, concubinos; los daños estrictamente económicos ( como los derivados de las sucesiones y la sociedad conyugal);los daños derivados de delitos, de violencia doméstica, de la biotecnología y otros que merecen especial interés para los operadores de este sector del Derecho. Nota de contenido: Introducción. -- Fundamentos de la responsabilidad por daños en el Derecho de Familia. -- Elementos, características y naturaleza de la Responsabilidad por Daños en el Derecho de Familia. -- Manifestaciones de la responsabilidad en los diversos ámbitos del Derecho de Familia. -- Daños estrictamente económicos. -- Daños derivados de la biotecnología. -- Daños y conductas tipificadas como delitos por el Código Penal. -- Daños originados en la violencia doméstica. -- Jurisprudencia sobre daños en el Derecho de Familia. -- Jurisprudencia sobre daños derivados de la biotecnología. -- Particularidades. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=12971 [artículo] Legnani Piriz, Bernardo A. (2017). Derecho de familia y responsabilidad civil por daños : Incidencia de la evolución del Estado respecto del Derecho de Familia. Revista Crítica de Derecho Privado. 14. (Enero - Diciembre 2017) p. 1195-1218.
En el texto: Bernardo Legnani.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 14 (Enero - Diciembre 2017) . - p. 1195-1218
Clasificación: FAMILIA / DAÑOS Palabras clave: DAÑOS RESPONSABILIDAD CIVIL FAMILIA ELEMENTOS FUNDAMENTO CONYUGES PADRES HIJOS CONCUBINOS SOCIEDAD CONYUGAL SUCESIONES VIOLENCIA DOMESTICA BIOTECNOLOGÍA Resumen: El presente trabajo tiene por fin ilustrar sobre la responsabilidad por Daños en el Derecho de Familia, comenzando por evaluar la incidencia que ha tenido la evolución del Estado a este respecto a consecuencia de factores educativos, sociales y económicos que, a la vez, fueron determinantes de los cambios que se reflejaron en la estructura familiar a lo largo del siglo XX y en su regulación jurídica. Se analizan someramente los fundamentos y las razones del surgimiento de la responsabilidad por daños en el seno de la familia. Se incursiona en los diversos elementos que pueden originar este tipo responsabilidad, en especial, el incumplimiento de los deberes que legalmente se imponen a los miembros de la familia en su recíproco y diverso relacionamiento. Para ello se requiere profundizar en los elementos que deben concurrir para que tal responsabilidad se conjugue y en la determinación de la naturaleza de este tipo de responsabilidad civil. Según doctrina y jurisprudencia en la materia, se adoptan como puntos de vital referencia las relaciones entre cónyuges, padres e hijos, concubinos; los daños estrictamente económicos ( como los derivados de las sucesiones y la sociedad conyugal);los daños derivados de delitos, de violencia doméstica, de la biotecnología y otros que merecen especial interés para los operadores de este sector del Derecho. Nota de contenido: Introducción. -- Fundamentos de la responsabilidad por daños en el Derecho de Familia. -- Elementos, características y naturaleza de la Responsabilidad por Daños en el Derecho de Familia. -- Manifestaciones de la responsabilidad en los diversos ámbitos del Derecho de Familia. -- Daños estrictamente económicos. -- Daños derivados de la biotecnología. -- Daños y conductas tipificadas como delitos por el Código Penal. -- Daños originados en la violencia doméstica. -- Jurisprudencia sobre daños en el Derecho de Familia. -- Jurisprudencia sobre daños derivados de la biotecnología. -- Particularidades. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=12971 La norma de conflicto y la regulación de la responsabilidad civil en el derecho internacional privado. / Daniel Marcelo Zoso en Revista Crítica de Derecho Privado, 14 (Enero - Diciembre 2017)
[artículo]
Título : La norma de conflicto y la regulación de la responsabilidad civil en el derecho internacional privado. : Nuevo Código Civil y Comercial Argentino Tipo de documento: texto impreso Autores: Daniel Marcelo Zoso Fecha de publicación: 2017 Artículo en la página: p. 1019-1072 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO Palabras clave: NUEVO CODIGO CIVIL Y COMERCIAL ARGENTINO DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO NORMA DE CONFLICTO RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL ESTATUTO DELICTUAL REGLAMENTO ROMA II DAÑOS PRINCIPIO DE PROXIMIDAD PUNTOS DE CONEXION FLEXIBILIZACION MATERIALIZACION Resumen: En la actualidad las reformas de las legislaciones las reformas de las legislaciones tratan de incorporar las más innovadoras tendencias que se dan en los países más avanzados. Este es el caso del DIPr. Argentino que incorpora en su Nuevo Código Civil y Comercial estas ideas. Es que las nuevas tendencias y el avance obtenido por el derecho de responsabilidad para ciertos tipos de daños producen un fuerte impacto en el DIPr, y éste a través de una norma de conflicto restaurada con caracteres especiales intenta poder otorgar a estos nuevos daños, y a sus microsistemas, una solución más acorde con la evolución que estos han adquirido. -- Se analiza en este trabajo, sí el DIPr. puede ser consecuente con estas nuevas tendencias y dar el complemento necesario para la obtención de soluciones armonizadas y justas. Se estudia cómo estas nuevas tendencias afectan y repercuten en el ámbito del Derecho Internacional Privado a través de los métodos de especialización , flexibilización y materialización de las normas de conflicto. Se examina finalmente el DIPr. Argentino referente a la Reponsabilidad Civil que recoge también estas tendencias sobre la base del Reglamento Roma II relativo a obligaciones extracontractuales, que le sirve de inspiración. Nota de contenido: Introducción. -- Algunas consideraciones sobre Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación Argentina referente al Derecho Internacional Privado. -- El Derecho de Daños en el Derecho Internacional Privado. -- La norma de conflicto. -- El concepto de obligación extracontractual en el DIPr. -- ¿Estatuto Delictual o Responsabilidad civil? -- Análisis General de los actos ilícitos. -- Criterios tradicionales de conexión y determinación de la ley aplicable en materia de responsabilidad extracontractual: conexión de la lex fori como solución exclusiva. -- Conexión de la ley del lugar de comisión del delito como solución exclusiva. -- La localización del lugar del delito: supuestos A- Localización en el lugar donde se produce la acción B- Localización en el lugar donde se produce la acción B- Localización en el lugar en donde se produce el resultado C- Localización D- La localización por la utilización del Derecho Material. -- La tendencia a la flexibilización , materialización y la especialización de las normas de conflicto. -- La utilización del principio de proximidad como correctivo de la rigidez de la regla "lex loci deliti commissi". -- La adopción de las nuevas tendencias por el DIPr Argentino. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=12954
in Revista Crítica de Derecho Privado > 14 (Enero - Diciembre 2017) . - p. 1019-1072[artículo] La norma de conflicto y la regulación de la responsabilidad civil en el derecho internacional privado. : Nuevo Código Civil y Comercial Argentino [texto impreso] / Daniel Marcelo Zoso . - 2017 . - p. 1019-1072.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 14 (Enero - Diciembre 2017) . - p. 1019-1072
Clasificación: DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO Palabras clave: NUEVO CODIGO CIVIL Y COMERCIAL ARGENTINO DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO NORMA DE CONFLICTO RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL ESTATUTO DELICTUAL REGLAMENTO ROMA II DAÑOS PRINCIPIO DE PROXIMIDAD PUNTOS DE CONEXION FLEXIBILIZACION MATERIALIZACION Resumen: En la actualidad las reformas de las legislaciones las reformas de las legislaciones tratan de incorporar las más innovadoras tendencias que se dan en los países más avanzados. Este es el caso del DIPr. Argentino que incorpora en su Nuevo Código Civil y Comercial estas ideas. Es que las nuevas tendencias y el avance obtenido por el derecho de responsabilidad para ciertos tipos de daños producen un fuerte impacto en el DIPr, y éste a través de una norma de conflicto restaurada con caracteres especiales intenta poder otorgar a estos nuevos daños, y a sus microsistemas, una solución más acorde con la evolución que estos han adquirido. -- Se analiza en este trabajo, sí el DIPr. puede ser consecuente con estas nuevas tendencias y dar el complemento necesario para la obtención de soluciones armonizadas y justas. Se estudia cómo estas nuevas tendencias afectan y repercuten en el ámbito del Derecho Internacional Privado a través de los métodos de especialización , flexibilización y materialización de las normas de conflicto. Se examina finalmente el DIPr. Argentino referente a la Reponsabilidad Civil que recoge también estas tendencias sobre la base del Reglamento Roma II relativo a obligaciones extracontractuales, que le sirve de inspiración. Nota de contenido: Introducción. -- Algunas consideraciones sobre Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación Argentina referente al Derecho Internacional Privado. -- El Derecho de Daños en el Derecho Internacional Privado. -- La norma de conflicto. -- El concepto de obligación extracontractual en el DIPr. -- ¿Estatuto Delictual o Responsabilidad civil? -- Análisis General de los actos ilícitos. -- Criterios tradicionales de conexión y determinación de la ley aplicable en materia de responsabilidad extracontractual: conexión de la lex fori como solución exclusiva. -- Conexión de la ley del lugar de comisión del delito como solución exclusiva. -- La localización del lugar del delito: supuestos A- Localización en el lugar donde se produce la acción B- Localización en el lugar donde se produce la acción B- Localización en el lugar en donde se produce el resultado C- Localización D- La localización por la utilización del Derecho Material. -- La tendencia a la flexibilización , materialización y la especialización de las normas de conflicto. -- La utilización del principio de proximidad como correctivo de la rigidez de la regla "lex loci deliti commissi". -- La adopción de las nuevas tendencias por el DIPr Argentino. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=12954 [artículo] Zoso, Daniel Marcelo (2017). La norma de conflicto y la regulación de la responsabilidad civil en el derecho internacional privado. : Nuevo Código Civil y Comercial Argentino. Revista Crítica de Derecho Privado. 14. (Enero - Diciembre 2017) p. 1019-1072.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 14 (Enero - Diciembre 2017) . - p. 1019-1072
Clasificación: DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO Palabras clave: NUEVO CODIGO CIVIL Y COMERCIAL ARGENTINO DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO NORMA DE CONFLICTO RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL ESTATUTO DELICTUAL REGLAMENTO ROMA II DAÑOS PRINCIPIO DE PROXIMIDAD PUNTOS DE CONEXION FLEXIBILIZACION MATERIALIZACION Resumen: En la actualidad las reformas de las legislaciones las reformas de las legislaciones tratan de incorporar las más innovadoras tendencias que se dan en los países más avanzados. Este es el caso del DIPr. Argentino que incorpora en su Nuevo Código Civil y Comercial estas ideas. Es que las nuevas tendencias y el avance obtenido por el derecho de responsabilidad para ciertos tipos de daños producen un fuerte impacto en el DIPr, y éste a través de una norma de conflicto restaurada con caracteres especiales intenta poder otorgar a estos nuevos daños, y a sus microsistemas, una solución más acorde con la evolución que estos han adquirido. -- Se analiza en este trabajo, sí el DIPr. puede ser consecuente con estas nuevas tendencias y dar el complemento necesario para la obtención de soluciones armonizadas y justas. Se estudia cómo estas nuevas tendencias afectan y repercuten en el ámbito del Derecho Internacional Privado a través de los métodos de especialización , flexibilización y materialización de las normas de conflicto. Se examina finalmente el DIPr. Argentino referente a la Reponsabilidad Civil que recoge también estas tendencias sobre la base del Reglamento Roma II relativo a obligaciones extracontractuales, que le sirve de inspiración. Nota de contenido: Introducción. -- Algunas consideraciones sobre Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación Argentina referente al Derecho Internacional Privado. -- El Derecho de Daños en el Derecho Internacional Privado. -- La norma de conflicto. -- El concepto de obligación extracontractual en el DIPr. -- ¿Estatuto Delictual o Responsabilidad civil? -- Análisis General de los actos ilícitos. -- Criterios tradicionales de conexión y determinación de la ley aplicable en materia de responsabilidad extracontractual: conexión de la lex fori como solución exclusiva. -- Conexión de la ley del lugar de comisión del delito como solución exclusiva. -- La localización del lugar del delito: supuestos A- Localización en el lugar donde se produce la acción B- Localización en el lugar donde se produce la acción B- Localización en el lugar en donde se produce el resultado C- Localización D- La localización por la utilización del Derecho Material. -- La tendencia a la flexibilización , materialización y la especialización de las normas de conflicto. -- La utilización del principio de proximidad como correctivo de la rigidez de la regla "lex loci deliti commissi". -- La adopción de las nuevas tendencias por el DIPr Argentino. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=12954 Daños en ocasión de la práctica del deporte amateur / Beatriz Venturini en Doctrina y Jurisprudencia de Derecho Civil, v.7, n.7 (2019)
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Título : Daños en ocasión de la práctica del deporte amateur Tipo de documento: texto impreso Autores: Beatriz Venturini ; Marcela Tabakian Fecha de publicación: 2019 Artículo en la página: p. 271-283 Idioma : Español (spa) Palabras clave: PRACTICA DEL DEPORTE AMATEUR DAÑOS Nota de contenido: Introducción. -- El primer caso se trata de un accidente en canchas del Ministerio de Defensa, arrendadas al Club Atlético Peñarol para la práctica de baby fútbol. -- El segundo caso a considerar trata de una agresión en un partido de fútbol de la Liga Universitaria de Deportes. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=13618
in Doctrina y Jurisprudencia de Derecho Civil > v.7, n.7 (2019) . - p. 271-283[artículo] Daños en ocasión de la práctica del deporte amateur [texto impreso] / Beatriz Venturini ; Marcela Tabakian . - 2019 . - p. 271-283.
Idioma : Español (spa)
in Doctrina y Jurisprudencia de Derecho Civil > v.7, n.7 (2019) . - p. 271-283
Palabras clave: PRACTICA DEL DEPORTE AMATEUR DAÑOS Nota de contenido: Introducción. -- El primer caso se trata de un accidente en canchas del Ministerio de Defensa, arrendadas al Club Atlético Peñarol para la práctica de baby fútbol. -- El segundo caso a considerar trata de una agresión en un partido de fútbol de la Liga Universitaria de Deportes. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=13618 [artículo] Venturini, Beatriz (2019). Daños en ocasión de la práctica del deporte amateur. Doctrina y Jurisprudencia de Derecho Civil. v.7, n.7. (2019) p. 271-283.
Idioma : Español (spa)
in Doctrina y Jurisprudencia de Derecho Civil > v.7, n.7 (2019) . - p. 271-283
Palabras clave: PRACTICA DEL DEPORTE AMATEUR DAÑOS Nota de contenido: Introducción. -- El primer caso se trata de un accidente en canchas del Ministerio de Defensa, arrendadas al Club Atlético Peñarol para la práctica de baby fútbol. -- El segundo caso a considerar trata de una agresión en un partido de fútbol de la Liga Universitaria de Deportes. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=13618 Diálogo de fuentes en el Derecho del Consumidor. Análisis de la situación de los sujetos excluidos / María Laura Estigarribia Bieber en Revista Crítica de Derecho Privado, 14 (Enero - Diciembre 2017)
[artículo]
Título : Diálogo de fuentes en el Derecho del Consumidor. Análisis de la situación de los sujetos excluidos Tipo de documento: texto impreso Autores: María Laura Estigarribia Bieber ; Cristian Ricardo A. Piris Fecha de publicación: 2017 Artículo en la página: p.779-799 Idioma : Español (spa) Clasificación: PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR Palabras clave: CONSUMIDOR DAÑOS PROFESIONALES LIBERALES TRANSPORTE AÉREO ESTADO Resumen: La Carta Magna argentina reconoce reconoce los derechos de los consumidores de manera amplia y generosa, sin establecer excepción alguna, de modo tal que todos los consumidores gozan de todos los derechos allí consagrados. Si bien las leyes pueden reglamentar lo dispuesto por la Constitución, existen límites a la facultad reglamentaria, cuál es desnaturalizar el contenido del derecho consagrado. El principal instrumento de reglamentación de los derechos de los consumidores es la Ley de Defensa de Consumidor, pero cuando existen exclusiones a su aplicación, corresponde analizar la situación del consumidor exceptuando de la protección con el fin de determinar si se cumple el mandato constitucional protectorio. No toda exclusión de la ley de Defensa de Consumidor resulta inconstitucional. La Constitución no manda a proteger al consumidor a través de esa única ley, pero producida una exclusión corresponde efectuar el test de constitucionalidad y convencionalidad de la norma en miras a determinar si la intensidad de la protección sustitutiva no afecta el principio de igualdad . No se trata solo de un clásico control de constitucionalidad, sino de descartar viejos principios hermenéuticos y hacer uso de herramientas interpretativas más sofisticadas, como el diálogo de fuentes. Nota de contenido: Introducción. -- El problema. -- Diálogo de fuentes. -- Diálogo de fuentes en el derecho del consumidor. -- Primer caso conflictivo: servicios de profesionales liberales. -- Segundo caso conflictivo: contrato de transporte aéreo. -- Tercer caso conflictivo : responsabilidad del estado por daños al consumidor. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=12922
in Revista Crítica de Derecho Privado > 14 (Enero - Diciembre 2017) . - p.779-799[artículo] Diálogo de fuentes en el Derecho del Consumidor. Análisis de la situación de los sujetos excluidos [texto impreso] / María Laura Estigarribia Bieber ; Cristian Ricardo A. Piris . - 2017 . - p.779-799.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 14 (Enero - Diciembre 2017) . - p.779-799
Clasificación: PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR Palabras clave: CONSUMIDOR DAÑOS PROFESIONALES LIBERALES TRANSPORTE AÉREO ESTADO Resumen: La Carta Magna argentina reconoce reconoce los derechos de los consumidores de manera amplia y generosa, sin establecer excepción alguna, de modo tal que todos los consumidores gozan de todos los derechos allí consagrados. Si bien las leyes pueden reglamentar lo dispuesto por la Constitución, existen límites a la facultad reglamentaria, cuál es desnaturalizar el contenido del derecho consagrado. El principal instrumento de reglamentación de los derechos de los consumidores es la Ley de Defensa de Consumidor, pero cuando existen exclusiones a su aplicación, corresponde analizar la situación del consumidor exceptuando de la protección con el fin de determinar si se cumple el mandato constitucional protectorio. No toda exclusión de la ley de Defensa de Consumidor resulta inconstitucional. La Constitución no manda a proteger al consumidor a través de esa única ley, pero producida una exclusión corresponde efectuar el test de constitucionalidad y convencionalidad de la norma en miras a determinar si la intensidad de la protección sustitutiva no afecta el principio de igualdad . No se trata solo de un clásico control de constitucionalidad, sino de descartar viejos principios hermenéuticos y hacer uso de herramientas interpretativas más sofisticadas, como el diálogo de fuentes. Nota de contenido: Introducción. -- El problema. -- Diálogo de fuentes. -- Diálogo de fuentes en el derecho del consumidor. -- Primer caso conflictivo: servicios de profesionales liberales. -- Segundo caso conflictivo: contrato de transporte aéreo. -- Tercer caso conflictivo : responsabilidad del estado por daños al consumidor. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=12922 [artículo] Estigarribia Bieber, María Laura (2017). Diálogo de fuentes en el Derecho del Consumidor. Análisis de la situación de los sujetos excluidos. Revista Crítica de Derecho Privado. 14. (Enero - Diciembre 2017) p.779-799.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 14 (Enero - Diciembre 2017) . - p.779-799
Clasificación: PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR Palabras clave: CONSUMIDOR DAÑOS PROFESIONALES LIBERALES TRANSPORTE AÉREO ESTADO Resumen: La Carta Magna argentina reconoce reconoce los derechos de los consumidores de manera amplia y generosa, sin establecer excepción alguna, de modo tal que todos los consumidores gozan de todos los derechos allí consagrados. Si bien las leyes pueden reglamentar lo dispuesto por la Constitución, existen límites a la facultad reglamentaria, cuál es desnaturalizar el contenido del derecho consagrado. El principal instrumento de reglamentación de los derechos de los consumidores es la Ley de Defensa de Consumidor, pero cuando existen exclusiones a su aplicación, corresponde analizar la situación del consumidor exceptuando de la protección con el fin de determinar si se cumple el mandato constitucional protectorio. No toda exclusión de la ley de Defensa de Consumidor resulta inconstitucional. La Constitución no manda a proteger al consumidor a través de esa única ley, pero producida una exclusión corresponde efectuar el test de constitucionalidad y convencionalidad de la norma en miras a determinar si la intensidad de la protección sustitutiva no afecta el principio de igualdad . No se trata solo de un clásico control de constitucionalidad, sino de descartar viejos principios hermenéuticos y hacer uso de herramientas interpretativas más sofisticadas, como el diálogo de fuentes. Nota de contenido: Introducción. -- El problema. -- Diálogo de fuentes. -- Diálogo de fuentes en el derecho del consumidor. -- Primer caso conflictivo: servicios de profesionales liberales. -- Segundo caso conflictivo: contrato de transporte aéreo. -- Tercer caso conflictivo : responsabilidad del estado por daños al consumidor. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=12922 La regulación de los derechos de incidencia colectiva en materia ambiental en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación / Nadia Belén Tolosa en Revista Crítica de Derecho Privado, 13 (Enero - Diciembre 2016)
[artículo]
Título : La regulación de los derechos de incidencia colectiva en materia ambiental en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación Tipo de documento: texto impreso Autores: Nadia Belén Tolosa Fecha de publicación: 2016 Artículo en la página: p. 669-681 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO CIVIL / DERECHO COMERCIAL Palabras clave: DERECHOS DE INCIDENCIA COLECTIVA MEDIO AMBIENTE PROTECCION PREVENCION DAÑOS CODIGO CIVIL Y COMERCIAL CONSUMO Resumen: El objeto de este trabajo es dilucidar si la incorporación de los derechos de incidencia colectiva al Código Civil y Comercial es de utilidad para una mayor y mejor protección del ambiente. A partir del análisis histórico vemos que no es un tema novedoso a nivel internacional - comenzó en 1972 con la "Declaración de Estocolmo" hace más de cuarenta años-, situación que generó una superposición de leyes especiales, locales, tratados bilaterales, y la acogida constitucional del derecho al ambiente y su protección en la última reforma, que convivirán hasta el 01 de agosto de 2015 en constante colisión con los principios del derecho privado clásico contenidos en el Código de Vélez.El nuevo código, además de reconocerlos expresamente, nos presenta nuevas herramientas en concordancia con el avance internacional en materia ambiental, como la carga dinámica de la prueba, la acción preventiva y la interpretación integral de todo el ordenamiento (constitucionalización del derecho privado) e incorpora el concepto de consumo sustentable, de vital importancia, puesto que representa un factor primordial en la producción de la contaminación ambiental. Todo esto sin duda impactará en una ampliación del derecho a un ambiente sano, concediéndole además la estabilidad y vigorosidad que representa el derecho común frente a leyes especiales o interpretaciones judiciales. Nota de contenido: Introducción. -- Protección del ambiente hasta hoy: desarrollo histórico. -- Protección del ambiente en el Código de Vélez. -- Los derechos de incidencia colectiva en materia ambiental, hasta la entrada en vigencia en el CCC. -- Regulación de los derechos de incidencia colectiva en el CCC. -- Herramientas para el ejercicio de los derechos de incidencia colectiva en materia de protección ambiental en el nuevo CCC. -- Conclusión. Bibliografía. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=13086
in Revista Crítica de Derecho Privado > 13 (Enero - Diciembre 2016) . - p. 669-681[artículo] La regulación de los derechos de incidencia colectiva en materia ambiental en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación [texto impreso] / Nadia Belén Tolosa . - 2016 . - p. 669-681.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 13 (Enero - Diciembre 2016) . - p. 669-681
Clasificación: DERECHO CIVIL / DERECHO COMERCIAL Palabras clave: DERECHOS DE INCIDENCIA COLECTIVA MEDIO AMBIENTE PROTECCION PREVENCION DAÑOS CODIGO CIVIL Y COMERCIAL CONSUMO Resumen: El objeto de este trabajo es dilucidar si la incorporación de los derechos de incidencia colectiva al Código Civil y Comercial es de utilidad para una mayor y mejor protección del ambiente. A partir del análisis histórico vemos que no es un tema novedoso a nivel internacional - comenzó en 1972 con la "Declaración de Estocolmo" hace más de cuarenta años-, situación que generó una superposición de leyes especiales, locales, tratados bilaterales, y la acogida constitucional del derecho al ambiente y su protección en la última reforma, que convivirán hasta el 01 de agosto de 2015 en constante colisión con los principios del derecho privado clásico contenidos en el Código de Vélez.El nuevo código, además de reconocerlos expresamente, nos presenta nuevas herramientas en concordancia con el avance internacional en materia ambiental, como la carga dinámica de la prueba, la acción preventiva y la interpretación integral de todo el ordenamiento (constitucionalización del derecho privado) e incorpora el concepto de consumo sustentable, de vital importancia, puesto que representa un factor primordial en la producción de la contaminación ambiental. Todo esto sin duda impactará en una ampliación del derecho a un ambiente sano, concediéndole además la estabilidad y vigorosidad que representa el derecho común frente a leyes especiales o interpretaciones judiciales. Nota de contenido: Introducción. -- Protección del ambiente hasta hoy: desarrollo histórico. -- Protección del ambiente en el Código de Vélez. -- Los derechos de incidencia colectiva en materia ambiental, hasta la entrada en vigencia en el CCC. -- Regulación de los derechos de incidencia colectiva en el CCC. -- Herramientas para el ejercicio de los derechos de incidencia colectiva en materia de protección ambiental en el nuevo CCC. -- Conclusión. Bibliografía. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=13086 [artículo] Tolosa, Nadia Belén (2016). La regulación de los derechos de incidencia colectiva en materia ambiental en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Revista Crítica de Derecho Privado. 13. (Enero - Diciembre 2016) p. 669-681.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 13 (Enero - Diciembre 2016) . - p. 669-681
Clasificación: DERECHO CIVIL / DERECHO COMERCIAL Palabras clave: DERECHOS DE INCIDENCIA COLECTIVA MEDIO AMBIENTE PROTECCION PREVENCION DAÑOS CODIGO CIVIL Y COMERCIAL CONSUMO Resumen: El objeto de este trabajo es dilucidar si la incorporación de los derechos de incidencia colectiva al Código Civil y Comercial es de utilidad para una mayor y mejor protección del ambiente. A partir del análisis histórico vemos que no es un tema novedoso a nivel internacional - comenzó en 1972 con la "Declaración de Estocolmo" hace más de cuarenta años-, situación que generó una superposición de leyes especiales, locales, tratados bilaterales, y la acogida constitucional del derecho al ambiente y su protección en la última reforma, que convivirán hasta el 01 de agosto de 2015 en constante colisión con los principios del derecho privado clásico contenidos en el Código de Vélez.El nuevo código, además de reconocerlos expresamente, nos presenta nuevas herramientas en concordancia con el avance internacional en materia ambiental, como la carga dinámica de la prueba, la acción preventiva y la interpretación integral de todo el ordenamiento (constitucionalización del derecho privado) e incorpora el concepto de consumo sustentable, de vital importancia, puesto que representa un factor primordial en la producción de la contaminación ambiental. Todo esto sin duda impactará en una ampliación del derecho a un ambiente sano, concediéndole además la estabilidad y vigorosidad que representa el derecho común frente a leyes especiales o interpretaciones judiciales. Nota de contenido: Introducción. -- Protección del ambiente hasta hoy: desarrollo histórico. -- Protección del ambiente en el Código de Vélez. -- Los derechos de incidencia colectiva en materia ambiental, hasta la entrada en vigencia en el CCC. -- Regulación de los derechos de incidencia colectiva en el CCC. -- Herramientas para el ejercicio de los derechos de incidencia colectiva en materia de protección ambiental en el nuevo CCC. -- Conclusión. Bibliografía. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=13086