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La nomocracia sustrato de las corrientes judicialistas en el derecho colombiano / Eduardo Antonio Palencia Ramos en Revista de la Facultad de Derecho, 41 (Julio-Diciembre 2016)
[artículo]
Título : La nomocracia sustrato de las corrientes judicialistas en el derecho colombiano Tipo de documento: texto impreso Autores: Eduardo Antonio Palencia Ramos ; Paola Margarita Carvajal Muñoz ; Ferney Asdrúbal Rodríguez Serpa Fecha de publicación: 2016 Artículo en la página: p. 191-214 Idioma : Español (spa) Palabras clave: JUEZ NOMOCRACIA ESTADO CONSTITUCIONAL GARANTISMO CORTE CONSTITUCIONAL Resumen: El presente artículo de reflexión se funda en la importante y loable función desempeñada por los jueces de carácter constitucional en el ámbito nacional, debido a que su función racional, reflexiva, axiológica y argumentativa permite la consolidación de estados constitucionales y la mejor concreción de los valores del derecho, empezando por la justicia. Lo anterior lo hemos podido denominar como nomocracia, cuya idea insiste en el imperativo de tener como basamento de derecho, y no simplemente a la ley emanada del legislador. Como corolario se entiende que la función del juez dejó de ser aplicativa para convertirse en creadora, protectora y garantista. Nota de contenido: Introducción. -- El orden justo como finalidad de un estado constitucional fundado en la nomocracia. -- De la democracia plebiscitaria a la democracia constitucional. Los jueces constitucionales como funcionarios al servicio del derecho y no de las mayorías. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Colombia Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4834
in Revista de la Facultad de Derecho > 41 (Julio-Diciembre 2016) . - p. 191-214[artículo] La nomocracia sustrato de las corrientes judicialistas en el derecho colombiano [texto impreso] / Eduardo Antonio Palencia Ramos ; Paola Margarita Carvajal Muñoz ; Ferney Asdrúbal Rodríguez Serpa . - 2016 . - p. 191-214.
Idioma : Español (spa)
in Revista de la Facultad de Derecho > 41 (Julio-Diciembre 2016) . - p. 191-214
Palabras clave: JUEZ NOMOCRACIA ESTADO CONSTITUCIONAL GARANTISMO CORTE CONSTITUCIONAL Resumen: El presente artículo de reflexión se funda en la importante y loable función desempeñada por los jueces de carácter constitucional en el ámbito nacional, debido a que su función racional, reflexiva, axiológica y argumentativa permite la consolidación de estados constitucionales y la mejor concreción de los valores del derecho, empezando por la justicia. Lo anterior lo hemos podido denominar como nomocracia, cuya idea insiste en el imperativo de tener como basamento de derecho, y no simplemente a la ley emanada del legislador. Como corolario se entiende que la función del juez dejó de ser aplicativa para convertirse en creadora, protectora y garantista. Nota de contenido: Introducción. -- El orden justo como finalidad de un estado constitucional fundado en la nomocracia. -- De la democracia plebiscitaria a la democracia constitucional. Los jueces constitucionales como funcionarios al servicio del derecho y no de las mayorías. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Colombia Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4834 [artículo] Palencia Ramos, Eduardo Antonio (2016). La nomocracia sustrato de las corrientes judicialistas en el derecho colombiano. Revista de la Facultad de Derecho. 41. (Julio-Diciembre 2016) p. 191-214.
Idioma : Español (spa)
in Revista de la Facultad de Derecho > 41 (Julio-Diciembre 2016) . - p. 191-214
Palabras clave: JUEZ NOMOCRACIA ESTADO CONSTITUCIONAL GARANTISMO CORTE CONSTITUCIONAL Resumen: El presente artículo de reflexión se funda en la importante y loable función desempeñada por los jueces de carácter constitucional en el ámbito nacional, debido a que su función racional, reflexiva, axiológica y argumentativa permite la consolidación de estados constitucionales y la mejor concreción de los valores del derecho, empezando por la justicia. Lo anterior lo hemos podido denominar como nomocracia, cuya idea insiste en el imperativo de tener como basamento de derecho, y no simplemente a la ley emanada del legislador. Como corolario se entiende que la función del juez dejó de ser aplicativa para convertirse en creadora, protectora y garantista. Nota de contenido: Introducción. -- El orden justo como finalidad de un estado constitucional fundado en la nomocracia. -- De la democracia plebiscitaria a la democracia constitucional. Los jueces constitucionales como funcionarios al servicio del derecho y no de las mayorías. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Colombia Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4834 Aplicación del Derecho del Trabajo al personal superior / Jorge Eliecer Manrique VIllanueva en Revista Derecho del Trabajo, v. 4 n. 11 (Abril-Junio 2016)
[artículo]
Título : Aplicación del Derecho del Trabajo al personal superior : Los trabajadores de dirección, confianza y manejo en Colombia: aproximación en el sector público y en el sector privado Tipo de documento: texto impreso Autores: Jorge Eliecer Manrique VIllanueva Fecha de publicación: 2016 Artículo en la página: p. 247-260 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO LABORAL Palabras clave: TRABAJADOR DE DIRECCION CONFIANZA Y MANEJO REGIMEN ESPECIAL COLOMBIA EMPLEADOS PUBLICOS DE LIBRE NOMBRAMIENTO CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO CORTE CONSTITUCIONAL SALA DE CASACION LABORAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Resumen: Las disposiciones de derecho laboral en Colombia, tanto en el sector público como en el sector privado, disciplinan frente a hipótesis específicas el régimen jurídico aplicable a los trabajadores de dirección, confianza y manejo. No existe un capítulo dentro del ordenamiento jurídico laboral que aborde esta categoría de trabajadores de manera integral. La legislación y la jurisprudencia definen supuestos de hecho normativos aplicables a los trabajadores de dirección confianza y manejo relacionados con la estabilidad( dirigida a los empleados públicos), el horario y la jornada de trabajo, la posibilidad de acumular vacaciones y su militancia como miembros y representantes de la organización sindical y destinatarios de los beneficios consagrados en la convención colectiva de trabajo. Salvo las hipótesis mencionadas, esta categoría de trabajadores goza del derecho laboral de manera plena. Nota de contenido: Presentación. -- Los trabajadores de dirección, confianza y manejo en el sector público. -- Clases de relaciones laborales en el sector público y referencia a los empleados públicos que realizan actividades de dirección y confianza. -- Los empleados públicos que realizan actividades de dirección y confianza son de libre nombramiento y remoción y están sujetos a una estabilidad en el empleo precaria. -- Los trabajadores de dirección, confianza y manejo en el sector privado. -- Las personas que representan al empleador son aquellas que ejercen funciones permanentes de dirección o administración. -- Las características de los trabajadores de dirección, confianza y manejo. -- Los trabajadores de dirección, confianza y manejo no son deudores solidarios del empleador. -- Posibilidad de que los trabajadores de dirección, confianza y manejo ingresen a una organización sindical. -- Los trabajadores de dirección, confianza y manejo no pueden hacer parte de la junta directiva del sindicato y no gozan de la garantía del fuero sindical. -- Posibilidad de que a los trabajadores de dirección, confianza y manejo se les excluya de la regulación sobre la jornada máxima legal de trabajo. -- Obligación del pago de recargos a los trabajadores de dirección, confianza y manejo. -- Los trabajadores de dirección, confianza y manejo pueden acumular mayor periodo de vacaciones. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Colombia Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=608
in Revista Derecho del Trabajo > v. 4 n. 11 (Abril-Junio 2016) . - p. 247-260[artículo] Aplicación del Derecho del Trabajo al personal superior : Los trabajadores de dirección, confianza y manejo en Colombia: aproximación en el sector público y en el sector privado [texto impreso] / Jorge Eliecer Manrique VIllanueva . - 2016 . - p. 247-260.
Idioma : Español (spa)
in Revista Derecho del Trabajo > v. 4 n. 11 (Abril-Junio 2016) . - p. 247-260
Clasificación: DERECHO LABORAL Palabras clave: TRABAJADOR DE DIRECCION CONFIANZA Y MANEJO REGIMEN ESPECIAL COLOMBIA EMPLEADOS PUBLICOS DE LIBRE NOMBRAMIENTO CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO CORTE CONSTITUCIONAL SALA DE CASACION LABORAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Resumen: Las disposiciones de derecho laboral en Colombia, tanto en el sector público como en el sector privado, disciplinan frente a hipótesis específicas el régimen jurídico aplicable a los trabajadores de dirección, confianza y manejo. No existe un capítulo dentro del ordenamiento jurídico laboral que aborde esta categoría de trabajadores de manera integral. La legislación y la jurisprudencia definen supuestos de hecho normativos aplicables a los trabajadores de dirección confianza y manejo relacionados con la estabilidad( dirigida a los empleados públicos), el horario y la jornada de trabajo, la posibilidad de acumular vacaciones y su militancia como miembros y representantes de la organización sindical y destinatarios de los beneficios consagrados en la convención colectiva de trabajo. Salvo las hipótesis mencionadas, esta categoría de trabajadores goza del derecho laboral de manera plena. Nota de contenido: Presentación. -- Los trabajadores de dirección, confianza y manejo en el sector público. -- Clases de relaciones laborales en el sector público y referencia a los empleados públicos que realizan actividades de dirección y confianza. -- Los empleados públicos que realizan actividades de dirección y confianza son de libre nombramiento y remoción y están sujetos a una estabilidad en el empleo precaria. -- Los trabajadores de dirección, confianza y manejo en el sector privado. -- Las personas que representan al empleador son aquellas que ejercen funciones permanentes de dirección o administración. -- Las características de los trabajadores de dirección, confianza y manejo. -- Los trabajadores de dirección, confianza y manejo no son deudores solidarios del empleador. -- Posibilidad de que los trabajadores de dirección, confianza y manejo ingresen a una organización sindical. -- Los trabajadores de dirección, confianza y manejo no pueden hacer parte de la junta directiva del sindicato y no gozan de la garantía del fuero sindical. -- Posibilidad de que a los trabajadores de dirección, confianza y manejo se les excluya de la regulación sobre la jornada máxima legal de trabajo. -- Obligación del pago de recargos a los trabajadores de dirección, confianza y manejo. -- Los trabajadores de dirección, confianza y manejo pueden acumular mayor periodo de vacaciones. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Colombia Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=608 [artículo] Manrique VIllanueva, Jorge Eliecer (2016). Aplicación del Derecho del Trabajo al personal superior : Los trabajadores de dirección, confianza y manejo en Colombia: aproximación en el sector público y en el sector privado. Revista Derecho del Trabajo. v. 4 n. 11. (Abril-Junio 2016) p. 247-260.
Idioma : Español (spa)
in Revista Derecho del Trabajo > v. 4 n. 11 (Abril-Junio 2016) . - p. 247-260
Clasificación: DERECHO LABORAL Palabras clave: TRABAJADOR DE DIRECCION CONFIANZA Y MANEJO REGIMEN ESPECIAL COLOMBIA EMPLEADOS PUBLICOS DE LIBRE NOMBRAMIENTO CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO CORTE CONSTITUCIONAL SALA DE CASACION LABORAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Resumen: Las disposiciones de derecho laboral en Colombia, tanto en el sector público como en el sector privado, disciplinan frente a hipótesis específicas el régimen jurídico aplicable a los trabajadores de dirección, confianza y manejo. No existe un capítulo dentro del ordenamiento jurídico laboral que aborde esta categoría de trabajadores de manera integral. La legislación y la jurisprudencia definen supuestos de hecho normativos aplicables a los trabajadores de dirección confianza y manejo relacionados con la estabilidad( dirigida a los empleados públicos), el horario y la jornada de trabajo, la posibilidad de acumular vacaciones y su militancia como miembros y representantes de la organización sindical y destinatarios de los beneficios consagrados en la convención colectiva de trabajo. Salvo las hipótesis mencionadas, esta categoría de trabajadores goza del derecho laboral de manera plena. Nota de contenido: Presentación. -- Los trabajadores de dirección, confianza y manejo en el sector público. -- Clases de relaciones laborales en el sector público y referencia a los empleados públicos que realizan actividades de dirección y confianza. -- Los empleados públicos que realizan actividades de dirección y confianza son de libre nombramiento y remoción y están sujetos a una estabilidad en el empleo precaria. -- Los trabajadores de dirección, confianza y manejo en el sector privado. -- Las personas que representan al empleador son aquellas que ejercen funciones permanentes de dirección o administración. -- Las características de los trabajadores de dirección, confianza y manejo. -- Los trabajadores de dirección, confianza y manejo no son deudores solidarios del empleador. -- Posibilidad de que los trabajadores de dirección, confianza y manejo ingresen a una organización sindical. -- Los trabajadores de dirección, confianza y manejo no pueden hacer parte de la junta directiva del sindicato y no gozan de la garantía del fuero sindical. -- Posibilidad de que a los trabajadores de dirección, confianza y manejo se les excluya de la regulación sobre la jornada máxima legal de trabajo. -- Obligación del pago de recargos a los trabajadores de dirección, confianza y manejo. -- Los trabajadores de dirección, confianza y manejo pueden acumular mayor periodo de vacaciones. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Colombia Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=608