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La presunción de configuración de defraudación por transgresión al régimen general de documentación del art. 1 de la ley 19631 y su regularidad jurídica. / Omar Tuvi Helguera en Revista Tributaria, v. 48, n. 280 (Enero - Febrero)
[artículo]
Título : La presunción de configuración de defraudación por transgresión al régimen general de documentación del art. 1 de la ley 19631 y su regularidad jurídica. Tipo de documento: texto impreso Autores: Omar Tuvi Helguera Fecha de publicación: 2021 Artículo en la página: p. 91-108 Idioma : Español (spa) Palabras clave: CLAUSURA TRIBUTARIA, PRESUNCION, DEFRAUDACION, PRINCIPIO DE LEGALIDAD, PRINCIPIO DE TIPICIDAD Resumen: La clausura tributaria, por las razones que expondremos en este trabajo, tiene naturaleza penal, lo que implica que resultan aplicables a la misma los principios de legalidad, tipicidad y presunción de inocencia. El art. 1 de la Ley 19631 refiere a la presunción de configuración de defraudación, dado que la existencia de esta infracción requiere de un elemento subjetivo y un elemento objetivo, la presunción debe vincularse a ambos elementos y no sólo al subjetivo tal como lo ha hecho cierta jurisprudencia. El art. 1 de la Ley 19631 (al igual que su antecedente el art. 467 de la Ley 17930), refiere a la presunción de la configuración de defraudación , pero omite determinar con exactitud los parámetros y las condiciones que pueden dar lugar a la misma. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha firmado que en la elaboración de tipos penales es preciso utilizar términos precisos y unívocos (Kinkel vs. Argentina, Nº 63). Asimismo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Sentencia de 11 de mayo de 2006, ha expresado que sólo es admisible el establecimiento de presunciones cuando las circunstancias que les dan lugar pueden ser razonablemente conocidas, de lo contrario - como en el caso- no se respetan los principios de seguridad jurídica y proporcionalidad. Nota de contenido: Naturaleza jurídica de la clausura. -- Las presunciones y ficciones. -- Evolución normativa de la clausura. -- Opinión de la dogmática sobre el régimen de la clausura en nuestro país. -- Conclusiones. -- Bibliografía consultada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=15021
in Revista Tributaria > v. 48, n. 280 (Enero - Febrero) . - p. 91-108[artículo] La presunción de configuración de defraudación por transgresión al régimen general de documentación del art. 1 de la ley 19631 y su regularidad jurídica. [texto impreso] / Omar Tuvi Helguera . - 2021 . - p. 91-108.
Idioma : Español (spa)
in Revista Tributaria > v. 48, n. 280 (Enero - Febrero) . - p. 91-108
Palabras clave: CLAUSURA TRIBUTARIA, PRESUNCION, DEFRAUDACION, PRINCIPIO DE LEGALIDAD, PRINCIPIO DE TIPICIDAD Resumen: La clausura tributaria, por las razones que expondremos en este trabajo, tiene naturaleza penal, lo que implica que resultan aplicables a la misma los principios de legalidad, tipicidad y presunción de inocencia. El art. 1 de la Ley 19631 refiere a la presunción de configuración de defraudación, dado que la existencia de esta infracción requiere de un elemento subjetivo y un elemento objetivo, la presunción debe vincularse a ambos elementos y no sólo al subjetivo tal como lo ha hecho cierta jurisprudencia. El art. 1 de la Ley 19631 (al igual que su antecedente el art. 467 de la Ley 17930), refiere a la presunción de la configuración de defraudación , pero omite determinar con exactitud los parámetros y las condiciones que pueden dar lugar a la misma. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha firmado que en la elaboración de tipos penales es preciso utilizar términos precisos y unívocos (Kinkel vs. Argentina, Nº 63). Asimismo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Sentencia de 11 de mayo de 2006, ha expresado que sólo es admisible el establecimiento de presunciones cuando las circunstancias que les dan lugar pueden ser razonablemente conocidas, de lo contrario - como en el caso- no se respetan los principios de seguridad jurídica y proporcionalidad. Nota de contenido: Naturaleza jurídica de la clausura. -- Las presunciones y ficciones. -- Evolución normativa de la clausura. -- Opinión de la dogmática sobre el régimen de la clausura en nuestro país. -- Conclusiones. -- Bibliografía consultada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=15021 [artículo] Tuvi Helguera, Omar (2021). La presunción de configuración de defraudación por transgresión al régimen general de documentación del art. 1 de la ley 19631 y su regularidad jurídica.. Revista Tributaria. v. 48, n. 280. (Enero - Febrero) p. 91-108.
Idioma : Español (spa)
in Revista Tributaria > v. 48, n. 280 (Enero - Febrero) . - p. 91-108
Palabras clave: CLAUSURA TRIBUTARIA, PRESUNCION, DEFRAUDACION, PRINCIPIO DE LEGALIDAD, PRINCIPIO DE TIPICIDAD Resumen: La clausura tributaria, por las razones que expondremos en este trabajo, tiene naturaleza penal, lo que implica que resultan aplicables a la misma los principios de legalidad, tipicidad y presunción de inocencia. El art. 1 de la Ley 19631 refiere a la presunción de configuración de defraudación, dado que la existencia de esta infracción requiere de un elemento subjetivo y un elemento objetivo, la presunción debe vincularse a ambos elementos y no sólo al subjetivo tal como lo ha hecho cierta jurisprudencia. El art. 1 de la Ley 19631 (al igual que su antecedente el art. 467 de la Ley 17930), refiere a la presunción de la configuración de defraudación , pero omite determinar con exactitud los parámetros y las condiciones que pueden dar lugar a la misma. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha firmado que en la elaboración de tipos penales es preciso utilizar términos precisos y unívocos (Kinkel vs. Argentina, Nº 63). Asimismo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Sentencia de 11 de mayo de 2006, ha expresado que sólo es admisible el establecimiento de presunciones cuando las circunstancias que les dan lugar pueden ser razonablemente conocidas, de lo contrario - como en el caso- no se respetan los principios de seguridad jurídica y proporcionalidad. Nota de contenido: Naturaleza jurídica de la clausura. -- Las presunciones y ficciones. -- Evolución normativa de la clausura. -- Opinión de la dogmática sobre el régimen de la clausura en nuestro país. -- Conclusiones. -- Bibliografía consultada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=15021