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La negativa de atención o alimentos al causante como causal de incapacidad para suceder (rectius inhabilitación o exclusión sucesoria) / Leonardo B. Pérez Gallardo en Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones, 02 (Enero-Diciembre 2014)
[artículo]
Título : La negativa de atención o alimentos al causante como causal de incapacidad para suceder (rectius inhabilitación o exclusión sucesoria) Tipo de documento: texto impreso Autores: Leonardo B. Pérez Gallardo Fecha de publicación: 2014 Artículo en la página: p. 31-58 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO CIVIL Palabras clave: ATENCION ALIMENTOS INCAPACIDAD PARA SUCEDER INDIGNIDAD SUCESORIA PERDON REHABILITACIÓN HEREDERO LEGATARIO Resumen: La negativa de atención o la negativa de alimentos al causante de la sucesión ( de forma alternativa) se han erigido en el ordenamiento cubano en motivos suficientes ex lege para la exclusión (con la denominación legal de incapacidad para suceder), ya sea del pretenso heredero o legatario incurso en tales conductas (ex artículo 469.12 c) del Código Civil. El amplio diapasón de sujetos que pueden ser irradiados, dada la formulación de la norma legal, por el efecto sancionatorio que la inhabilitación sucesoria representa, lleva a la doctrina a polemizar sobre si se ajusta a Derecho o no , la imposición de esta pena civil de innegables consecuencias en el orden sucesorio. Nota de contenido: El código civil cubano y las causales de incapacidad para suceder. -- Notas críticas en torno a su propia denominación. -- ¿Cómo entender la negativa de atención al causante de la sucesión? -- El sustrato ético y de naturaleza personal de esta causal de incapacidad para suceder, que no de indignidad sucesoria. -- La negativa de alimentos al causante de la sucesión. El concepto de alimentos conforme con el Código de Familia. -- La no necesariedad de la previa reclamación de los alimentos por el causante. -- La interpretación jurisprudencial al respecto. -- Posibilidad de declarar incapaces para suceder a parientes no obligados a alimentos, incursos en el supuesto normativo. -- ¿ Pudieran ser declarlados incapaces para suceder al amparo de esta causal, pretensos legitimarios asistenciales del causante? -- La naturaleza alternativa de los supuestos fácticos de la norma contenida en el artículo 469.1.c) del Código Civil. -- Imperiosa necesidad de la prueba en sede judicial del hecho constitutivo de la incapacidad sucesoria. -- Prescriptibilidad de la acción. -- El perdón o rehabilitación por el causante. Modos de instrumentarlo. Bibliografía. Cobertura geográfica : Cuba Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=9954
in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > 02 (Enero-Diciembre 2014) . - p. 31-58[artículo] La negativa de atención o alimentos al causante como causal de incapacidad para suceder (rectius inhabilitación o exclusión sucesoria) [texto impreso] / Leonardo B. Pérez Gallardo . - 2014 . - p. 31-58.
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Clasificación: DERECHO CIVIL Palabras clave: ATENCION ALIMENTOS INCAPACIDAD PARA SUCEDER INDIGNIDAD SUCESORIA PERDON REHABILITACIÓN HEREDERO LEGATARIO Resumen: La negativa de atención o la negativa de alimentos al causante de la sucesión ( de forma alternativa) se han erigido en el ordenamiento cubano en motivos suficientes ex lege para la exclusión (con la denominación legal de incapacidad para suceder), ya sea del pretenso heredero o legatario incurso en tales conductas (ex artículo 469.12 c) del Código Civil. El amplio diapasón de sujetos que pueden ser irradiados, dada la formulación de la norma legal, por el efecto sancionatorio que la inhabilitación sucesoria representa, lleva a la doctrina a polemizar sobre si se ajusta a Derecho o no , la imposición de esta pena civil de innegables consecuencias en el orden sucesorio. Nota de contenido: El código civil cubano y las causales de incapacidad para suceder. -- Notas críticas en torno a su propia denominación. -- ¿Cómo entender la negativa de atención al causante de la sucesión? -- El sustrato ético y de naturaleza personal de esta causal de incapacidad para suceder, que no de indignidad sucesoria. -- La negativa de alimentos al causante de la sucesión. El concepto de alimentos conforme con el Código de Familia. -- La no necesariedad de la previa reclamación de los alimentos por el causante. -- La interpretación jurisprudencial al respecto. -- Posibilidad de declarar incapaces para suceder a parientes no obligados a alimentos, incursos en el supuesto normativo. -- ¿ Pudieran ser declarlados incapaces para suceder al amparo de esta causal, pretensos legitimarios asistenciales del causante? -- La naturaleza alternativa de los supuestos fácticos de la norma contenida en el artículo 469.1.c) del Código Civil. -- Imperiosa necesidad de la prueba en sede judicial del hecho constitutivo de la incapacidad sucesoria. -- Prescriptibilidad de la acción. -- El perdón o rehabilitación por el causante. Modos de instrumentarlo. Bibliografía. Cobertura geográfica : Cuba Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=9954 [artículo] Pérez Gallardo, Leonardo B. (2014). La negativa de atención o alimentos al causante como causal de incapacidad para suceder (rectius inhabilitación o exclusión sucesoria). Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones. 02. (Enero-Diciembre 2014) p. 31-58.
Idioma : Español (spa)
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Clasificación: DERECHO CIVIL Palabras clave: ATENCION ALIMENTOS INCAPACIDAD PARA SUCEDER INDIGNIDAD SUCESORIA PERDON REHABILITACIÓN HEREDERO LEGATARIO Resumen: La negativa de atención o la negativa de alimentos al causante de la sucesión ( de forma alternativa) se han erigido en el ordenamiento cubano en motivos suficientes ex lege para la exclusión (con la denominación legal de incapacidad para suceder), ya sea del pretenso heredero o legatario incurso en tales conductas (ex artículo 469.12 c) del Código Civil. El amplio diapasón de sujetos que pueden ser irradiados, dada la formulación de la norma legal, por el efecto sancionatorio que la inhabilitación sucesoria representa, lleva a la doctrina a polemizar sobre si se ajusta a Derecho o no , la imposición de esta pena civil de innegables consecuencias en el orden sucesorio. Nota de contenido: El código civil cubano y las causales de incapacidad para suceder. -- Notas críticas en torno a su propia denominación. -- ¿Cómo entender la negativa de atención al causante de la sucesión? -- El sustrato ético y de naturaleza personal de esta causal de incapacidad para suceder, que no de indignidad sucesoria. -- La negativa de alimentos al causante de la sucesión. El concepto de alimentos conforme con el Código de Familia. -- La no necesariedad de la previa reclamación de los alimentos por el causante. -- La interpretación jurisprudencial al respecto. -- Posibilidad de declarar incapaces para suceder a parientes no obligados a alimentos, incursos en el supuesto normativo. -- ¿ Pudieran ser declarlados incapaces para suceder al amparo de esta causal, pretensos legitimarios asistenciales del causante? -- La naturaleza alternativa de los supuestos fácticos de la norma contenida en el artículo 469.1.c) del Código Civil. -- Imperiosa necesidad de la prueba en sede judicial del hecho constitutivo de la incapacidad sucesoria. -- Prescriptibilidad de la acción. -- El perdón o rehabilitación por el causante. Modos de instrumentarlo. Bibliografía. Cobertura geográfica : Cuba Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=9954 Cuantificación del daño extrapatrimonial por afectación de la tierra a causa de fumigaciones / Santiago Mirande en Revista Crítica de Derecho Privado, 13 (Enero - Diciembre 2016)
[artículo]
Título : Cuantificación del daño extrapatrimonial por afectación de la tierra a causa de fumigaciones Tipo de documento: texto impreso Autores: Santiago Mirande Fecha de publicación: 2016 Artículo en la página: p. 475-523 Idioma : Español (spa) Clasificación: DAÑO MORAL Palabras clave: TRANSGENICOS SEMILLAS ALIMENTOS AGROQUIMICOS AGROTOXICOS FUMIGACIONES TIERRA DAÑO DAÑO TOXICO DAÑO EXTRAPATRIMONIAL SUBCATEGORIAS VALORACION CUANTIFICACION LIQUIDACION PRECAUCION PREVENCION REPARACION RECOMPOSICION PERMACULTURA Resumen: La producción y cultivo de semillas transgénicas y el uso intensivo de agroquímicos forman parte de un mismo problema. Ya no tratan solo de un asunto relativo a la salud o al medio ambiente. Es una cuestión de poder: político, económico, científico y comunicacional. Cada vez son mayores las advertencias científicas sobre los daños derivados de las fumigaciones. Ellas pueden provocar distintos tipos de daños por afectación de la tierra. Entre ellos, el daño extrapatrimonial que sufre el propietario, el productor rural o el agricultor de la tierra. El daño extrapatrimonial en general ha transitado por diversas etapas, en especial en cuanto a su admisibilidad y su valoración y cuantificación. Doctrina y jurisprudencia han elaborado distintos criterios y métodos de cuantificación que han contribuido a una indemnización más metódica, objetiva, y, en definitiva, más justa. Generalmente se ha preconizado la cuantificación y reparación por equivalente pecuniario o dinerario. La jurisprudencia extranjera y uruguaya ha comenzado a conceder indemnizaciones con relación al daño extrapatrimonial por afectación de la tierra a causa de fumigaciones. Para la cuantificación de este tipo de daño pueden tomarse en cuenta criterios o pautas atinentes a la vinculación entre la tierra y la víctima que la utiliza, la explota o simplemente la disfruta. Dichos criterios pueden ser utilizados para una cuantificación y reparación dinerarias. Pero ésta ofrece dificultades dadas las particularidades de este tipo de daño y sus repercusiones en el ámbito extrapatrimonial de la víctima. Una alternativa puede ser la reparación por equivalente no pecuniario a través de una recomposición permacultural. Ésta consiste en la adopción de medidas respecto del sujeto dañante con la finalidad de recomponer la tierra por medios naturales. Nota de contenido: Introducción. -- Transgénicos, agroquímicos (agrotóxicos) y fumigaciones. -- Alimentos genéticamente modificados. -- Paquete tecnológico de la agricultura intensiva: agroquímicos y semillas transgénicas. Su evaluación científica. -- Fumigaciones: el puente entre los agroquímicos y las semillas transgénicas. -- Transgénicos, agroquímicos y fumigaciones en el sistema jurídico uruguayo. -- Daños tóxicos derivados de semillas transgénicas y fumigaciones. -- El daño extrapatrimonial. -- Breve referencia histórica y comparada sobre la admisibilidad del daño extrapatrimonial. -- Conceptualización del daño extrapatrimonial. -- Su distinción con el daño patrimonial. -- Subcategorías de daño extrapatrimonial. -- Valoración, cuantificación y liquidación del daño. -- Valoración, cuantificación y liquidación del daño extrapatrimonial. -- Problemas atinentes a la cuantificación del daño extrapatrimonial. -- Soluciones metodológicas propuestas para la cuantificación del daño extrapatrimonial por afectación de la tierra a causa de fumigaciones. -- Jurisprudencia sobre daños derivados de fumigaciones y alimentos transgénicos. -- Jurisprudencia extranjera sobre transgénicos y fumigaciones. -- Jurisprudencia uruguaya sobre transgénicos y fumigaciones. -- Las particularidades de la valoración y cauntificación del daño extrapatrimonial derivado de fumigaciones: criterios para su reparación pecuniaria. -- Propuesta de criterios o pautas para la cuantificación del daño extrapatrimonial derivado de fumigaciones a través de una reparación no pecuniaria: la recomposición permacultural. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=13075
in Revista Crítica de Derecho Privado > 13 (Enero - Diciembre 2016) . - p. 475-523[artículo] Cuantificación del daño extrapatrimonial por afectación de la tierra a causa de fumigaciones [texto impreso] / Santiago Mirande . - 2016 . - p. 475-523.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 13 (Enero - Diciembre 2016) . - p. 475-523
Clasificación: DAÑO MORAL Palabras clave: TRANSGENICOS SEMILLAS ALIMENTOS AGROQUIMICOS AGROTOXICOS FUMIGACIONES TIERRA DAÑO DAÑO TOXICO DAÑO EXTRAPATRIMONIAL SUBCATEGORIAS VALORACION CUANTIFICACION LIQUIDACION PRECAUCION PREVENCION REPARACION RECOMPOSICION PERMACULTURA Resumen: La producción y cultivo de semillas transgénicas y el uso intensivo de agroquímicos forman parte de un mismo problema. Ya no tratan solo de un asunto relativo a la salud o al medio ambiente. Es una cuestión de poder: político, económico, científico y comunicacional. Cada vez son mayores las advertencias científicas sobre los daños derivados de las fumigaciones. Ellas pueden provocar distintos tipos de daños por afectación de la tierra. Entre ellos, el daño extrapatrimonial que sufre el propietario, el productor rural o el agricultor de la tierra. El daño extrapatrimonial en general ha transitado por diversas etapas, en especial en cuanto a su admisibilidad y su valoración y cuantificación. Doctrina y jurisprudencia han elaborado distintos criterios y métodos de cuantificación que han contribuido a una indemnización más metódica, objetiva, y, en definitiva, más justa. Generalmente se ha preconizado la cuantificación y reparación por equivalente pecuniario o dinerario. La jurisprudencia extranjera y uruguaya ha comenzado a conceder indemnizaciones con relación al daño extrapatrimonial por afectación de la tierra a causa de fumigaciones. Para la cuantificación de este tipo de daño pueden tomarse en cuenta criterios o pautas atinentes a la vinculación entre la tierra y la víctima que la utiliza, la explota o simplemente la disfruta. Dichos criterios pueden ser utilizados para una cuantificación y reparación dinerarias. Pero ésta ofrece dificultades dadas las particularidades de este tipo de daño y sus repercusiones en el ámbito extrapatrimonial de la víctima. Una alternativa puede ser la reparación por equivalente no pecuniario a través de una recomposición permacultural. Ésta consiste en la adopción de medidas respecto del sujeto dañante con la finalidad de recomponer la tierra por medios naturales. Nota de contenido: Introducción. -- Transgénicos, agroquímicos (agrotóxicos) y fumigaciones. -- Alimentos genéticamente modificados. -- Paquete tecnológico de la agricultura intensiva: agroquímicos y semillas transgénicas. Su evaluación científica. -- Fumigaciones: el puente entre los agroquímicos y las semillas transgénicas. -- Transgénicos, agroquímicos y fumigaciones en el sistema jurídico uruguayo. -- Daños tóxicos derivados de semillas transgénicas y fumigaciones. -- El daño extrapatrimonial. -- Breve referencia histórica y comparada sobre la admisibilidad del daño extrapatrimonial. -- Conceptualización del daño extrapatrimonial. -- Su distinción con el daño patrimonial. -- Subcategorías de daño extrapatrimonial. -- Valoración, cuantificación y liquidación del daño. -- Valoración, cuantificación y liquidación del daño extrapatrimonial. -- Problemas atinentes a la cuantificación del daño extrapatrimonial. -- Soluciones metodológicas propuestas para la cuantificación del daño extrapatrimonial por afectación de la tierra a causa de fumigaciones. -- Jurisprudencia sobre daños derivados de fumigaciones y alimentos transgénicos. -- Jurisprudencia extranjera sobre transgénicos y fumigaciones. -- Jurisprudencia uruguaya sobre transgénicos y fumigaciones. -- Las particularidades de la valoración y cauntificación del daño extrapatrimonial derivado de fumigaciones: criterios para su reparación pecuniaria. -- Propuesta de criterios o pautas para la cuantificación del daño extrapatrimonial derivado de fumigaciones a través de una reparación no pecuniaria: la recomposición permacultural. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=13075 [artículo] Mirande, Santiago (2016). Cuantificación del daño extrapatrimonial por afectación de la tierra a causa de fumigaciones. Revista Crítica de Derecho Privado. 13. (Enero - Diciembre 2016) p. 475-523.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 13 (Enero - Diciembre 2016) . - p. 475-523
Clasificación: DAÑO MORAL Palabras clave: TRANSGENICOS SEMILLAS ALIMENTOS AGROQUIMICOS AGROTOXICOS FUMIGACIONES TIERRA DAÑO DAÑO TOXICO DAÑO EXTRAPATRIMONIAL SUBCATEGORIAS VALORACION CUANTIFICACION LIQUIDACION PRECAUCION PREVENCION REPARACION RECOMPOSICION PERMACULTURA Resumen: La producción y cultivo de semillas transgénicas y el uso intensivo de agroquímicos forman parte de un mismo problema. Ya no tratan solo de un asunto relativo a la salud o al medio ambiente. Es una cuestión de poder: político, económico, científico y comunicacional. Cada vez son mayores las advertencias científicas sobre los daños derivados de las fumigaciones. Ellas pueden provocar distintos tipos de daños por afectación de la tierra. Entre ellos, el daño extrapatrimonial que sufre el propietario, el productor rural o el agricultor de la tierra. El daño extrapatrimonial en general ha transitado por diversas etapas, en especial en cuanto a su admisibilidad y su valoración y cuantificación. Doctrina y jurisprudencia han elaborado distintos criterios y métodos de cuantificación que han contribuido a una indemnización más metódica, objetiva, y, en definitiva, más justa. Generalmente se ha preconizado la cuantificación y reparación por equivalente pecuniario o dinerario. La jurisprudencia extranjera y uruguaya ha comenzado a conceder indemnizaciones con relación al daño extrapatrimonial por afectación de la tierra a causa de fumigaciones. Para la cuantificación de este tipo de daño pueden tomarse en cuenta criterios o pautas atinentes a la vinculación entre la tierra y la víctima que la utiliza, la explota o simplemente la disfruta. Dichos criterios pueden ser utilizados para una cuantificación y reparación dinerarias. Pero ésta ofrece dificultades dadas las particularidades de este tipo de daño y sus repercusiones en el ámbito extrapatrimonial de la víctima. Una alternativa puede ser la reparación por equivalente no pecuniario a través de una recomposición permacultural. Ésta consiste en la adopción de medidas respecto del sujeto dañante con la finalidad de recomponer la tierra por medios naturales. Nota de contenido: Introducción. -- Transgénicos, agroquímicos (agrotóxicos) y fumigaciones. -- Alimentos genéticamente modificados. -- Paquete tecnológico de la agricultura intensiva: agroquímicos y semillas transgénicas. Su evaluación científica. -- Fumigaciones: el puente entre los agroquímicos y las semillas transgénicas. -- Transgénicos, agroquímicos y fumigaciones en el sistema jurídico uruguayo. -- Daños tóxicos derivados de semillas transgénicas y fumigaciones. -- El daño extrapatrimonial. -- Breve referencia histórica y comparada sobre la admisibilidad del daño extrapatrimonial. -- Conceptualización del daño extrapatrimonial. -- Su distinción con el daño patrimonial. -- Subcategorías de daño extrapatrimonial. -- Valoración, cuantificación y liquidación del daño. -- Valoración, cuantificación y liquidación del daño extrapatrimonial. -- Problemas atinentes a la cuantificación del daño extrapatrimonial. -- Soluciones metodológicas propuestas para la cuantificación del daño extrapatrimonial por afectación de la tierra a causa de fumigaciones. -- Jurisprudencia sobre daños derivados de fumigaciones y alimentos transgénicos. -- Jurisprudencia extranjera sobre transgénicos y fumigaciones. -- Jurisprudencia uruguaya sobre transgénicos y fumigaciones. -- Las particularidades de la valoración y cauntificación del daño extrapatrimonial derivado de fumigaciones: criterios para su reparación pecuniaria. -- Propuesta de criterios o pautas para la cuantificación del daño extrapatrimonial derivado de fumigaciones a través de una reparación no pecuniaria: la recomposición permacultural. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=13075 Sobre el concepto «posibilidades económicas de los obligados» incluido en el inciso final del artículo 46 del Código de la Niñez y la Adolescencia / Eduardo Cavalli Asole en Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones, 01 (Enero-Diciembre 2013)
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Título : Sobre el concepto «posibilidades económicas de los obligados» incluido en el inciso final del artículo 46 del Código de la Niñez y la Adolescencia Tipo de documento: texto impreso Autores: Eduardo Cavalli Asole Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 137-144 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO CIVIL Palabras clave: PODER- DEBER DERECHOS PREEXISTENTES DERECHOS DEL NIÑO ALIMENTOS BUENA CONDUCTA Nota de contenido: Introducción. -- ¿Cuáles son las posibilidades a las que alude el artículo 46? -- Sobre la pertinencia de la utilización de criterios generales abstractos para determinar las posibilidades del reclamado a servir alimentos. -- La actividad probatoria para la determinación de las posibilidades del alimentante. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=9748
in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > 01 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 137-144[artículo] Sobre el concepto «posibilidades económicas de los obligados» incluido en el inciso final del artículo 46 del Código de la Niñez y la Adolescencia [texto impreso] / Eduardo Cavalli Asole . - 2013 . - p. 137-144.
Idioma : Español (spa)
in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > 01 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 137-144
Clasificación: DERECHO CIVIL Palabras clave: PODER- DEBER DERECHOS PREEXISTENTES DERECHOS DEL NIÑO ALIMENTOS BUENA CONDUCTA Nota de contenido: Introducción. -- ¿Cuáles son las posibilidades a las que alude el artículo 46? -- Sobre la pertinencia de la utilización de criterios generales abstractos para determinar las posibilidades del reclamado a servir alimentos. -- La actividad probatoria para la determinación de las posibilidades del alimentante. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=9748 [artículo] Cavalli Asole, Eduardo (2013). Sobre el concepto «posibilidades económicas de los obligados» incluido en el inciso final del artículo 46 del Código de la Niñez y la Adolescencia. Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones. 01. (Enero-Diciembre 2013) p. 137-144.
Idioma : Español (spa)
in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > 01 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 137-144
Clasificación: DERECHO CIVIL Palabras clave: PODER- DEBER DERECHOS PREEXISTENTES DERECHOS DEL NIÑO ALIMENTOS BUENA CONDUCTA Nota de contenido: Introducción. -- ¿Cuáles son las posibilidades a las que alude el artículo 46? -- Sobre la pertinencia de la utilización de criterios generales abstractos para determinar las posibilidades del reclamado a servir alimentos. -- La actividad probatoria para la determinación de las posibilidades del alimentante. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=9748