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Acciones judiciales en caso de desconocimiento del derecho de preferencia / Paula Algorta Morales
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Título : Acciones judiciales en caso de desconocimiento del derecho de preferencia Tipo de documento: texto impreso Autores: Paula Algorta Morales Número de páginas: p. 403-412 Idioma : Español (spa) Palabras clave: DERECHO DE PREFERENCIA ACCIONES Resumen: La presente ponencia tiene por objeto analizar las acciones judiciales que posee el accionista de una sociedad anónima en caso de desconocimiento de su derecho de preferencia, señalando especialmente las particularidades de las acciones previstas en el artículo 329 de la Ley de Sociedades Comerciales (LSC) No. 16.060.
En este sentido, se indica los extremos que podrían ameritar más de una interpretación o aquellos puntos donde la ley no es clara, como por ejemplo el término del plazo de caducidad de dichas acciones, la forma de computar el mismo, el comienzo del plazo en caso de que lo vulnerado fuere el derecho de acrecer, que debemos entender por "el precio por el que se emiten las acciones" para determinar la reparación mínima prevista en el artículo 329, quiénes pueden iniciar estas acciones, así como con qué acciones cuenta el accionista perjudicado en su derecho de preferencia si caducó la acción especial establecida en la LSC.
Si bien el derecho de preferencia de los accionistas ha sido analizado por la suscrita con mayor extensión en una publicación anterior, se entiende oportuna esta instancia en donde, a los 20 años de la Ley No 16.060, se pretende valorar la misma, dando espacio para realizar críticas a su régimen normativo o a los criterios de su aplicación, interpretaciones creativas de sus institutos o propuestas para su reforma.Nota de contenido: Generalidades. -- Acciones previstas en el artículo 329 de la LSC. -- Término de las acciones previstas en el art. 329 de la LSC. -- Cómputo del plazo previsto en el art. 329 de la LSC. -- Acciones supletorias en caso de caducidad de las acciones previstas en el art. 329 de la LSC. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4822 Acciones judiciales en caso de desconocimiento del derecho de preferencia [texto impreso] / Paula Algorta Morales . - [s.d.] . - p. 403-412.
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Idioma : Español (spa)
Palabras clave: DERECHO DE PREFERENCIA ACCIONES Resumen: La presente ponencia tiene por objeto analizar las acciones judiciales que posee el accionista de una sociedad anónima en caso de desconocimiento de su derecho de preferencia, señalando especialmente las particularidades de las acciones previstas en el artículo 329 de la Ley de Sociedades Comerciales (LSC) No. 16.060.
En este sentido, se indica los extremos que podrían ameritar más de una interpretación o aquellos puntos donde la ley no es clara, como por ejemplo el término del plazo de caducidad de dichas acciones, la forma de computar el mismo, el comienzo del plazo en caso de que lo vulnerado fuere el derecho de acrecer, que debemos entender por "el precio por el que se emiten las acciones" para determinar la reparación mínima prevista en el artículo 329, quiénes pueden iniciar estas acciones, así como con qué acciones cuenta el accionista perjudicado en su derecho de preferencia si caducó la acción especial establecida en la LSC.
Si bien el derecho de preferencia de los accionistas ha sido analizado por la suscrita con mayor extensión en una publicación anterior, se entiende oportuna esta instancia en donde, a los 20 años de la Ley No 16.060, se pretende valorar la misma, dando espacio para realizar críticas a su régimen normativo o a los criterios de su aplicación, interpretaciones creativas de sus institutos o propuestas para su reforma.Nota de contenido: Generalidades. -- Acciones previstas en el artículo 329 de la LSC. -- Término de las acciones previstas en el art. 329 de la LSC. -- Cómputo del plazo previsto en el art. 329 de la LSC. -- Acciones supletorias en caso de caducidad de las acciones previstas en el art. 329 de la LSC. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4822 Algorta Morales, Paula (2009). Acciones judiciales en caso de desconocimiento del derecho de preferencia. En Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria. , 2009. p. 403-412.
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Idioma : Español (spa)
Palabras clave: DERECHO DE PREFERENCIA ACCIONES Resumen: La presente ponencia tiene por objeto analizar las acciones judiciales que posee el accionista de una sociedad anónima en caso de desconocimiento de su derecho de preferencia, señalando especialmente las particularidades de las acciones previstas en el artículo 329 de la Ley de Sociedades Comerciales (LSC) No. 16.060.
En este sentido, se indica los extremos que podrían ameritar más de una interpretación o aquellos puntos donde la ley no es clara, como por ejemplo el término del plazo de caducidad de dichas acciones, la forma de computar el mismo, el comienzo del plazo en caso de que lo vulnerado fuere el derecho de acrecer, que debemos entender por "el precio por el que se emiten las acciones" para determinar la reparación mínima prevista en el artículo 329, quiénes pueden iniciar estas acciones, así como con qué acciones cuenta el accionista perjudicado en su derecho de preferencia si caducó la acción especial establecida en la LSC.
Si bien el derecho de preferencia de los accionistas ha sido analizado por la suscrita con mayor extensión en una publicación anterior, se entiende oportuna esta instancia en donde, a los 20 años de la Ley No 16.060, se pretende valorar la misma, dando espacio para realizar críticas a su régimen normativo o a los criterios de su aplicación, interpretaciones creativas de sus institutos o propuestas para su reforma.Nota de contenido: Generalidades. -- Acciones previstas en el artículo 329 de la LSC. -- Término de las acciones previstas en el art. 329 de la LSC. -- Cómputo del plazo previsto en el art. 329 de la LSC. -- Acciones supletorias en caso de caducidad de las acciones previstas en el art. 329 de la LSC. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4822 Usufructo de acciones de sociedades anónimas : el límite a los derechos trasmisibles al usufructuario / Cristina Herdt
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Título : Usufructo de acciones de sociedades anónimas : el límite a los derechos trasmisibles al usufructuario Tipo de documento: texto impreso Autores: Cristina Herdt Número de páginas: p. 455-461 Idioma : Español (spa) Palabras clave: ACCIONES USUFRUCTO DE ACCIONES Resumen: Las sociedades anónimas en el Uruguay expresan su capital en acciones, y el accionista es el titular, el propietario de ellas, y como tal es el dueño de todos los derechos legales, estatutarios y contractuales inherentes a esa calidad. El derecho de propiedad sobre las acciones supone el poder de disposición sobre ellas, pudiendo el accionista celebrar actos y negocios jurídicos que tengan por objeto la transferencia del dominio pleno de las acciones, así como también la constitución de derechos reales menores de goce o de garantía, entre otros. Uno de dichos negocios es la constitución del derecho de usufructo sobre todas o parte de las acciones. Este plantea la interrogante de delimitar, a la luz de la normativa aplicable, la amplitud de los derechos que pueden trasmitirse a través de la constitución del usufructo y los límites a dicha trasmisión, que entendemos emergen con claridad de la naturaleza misma del instituto. Nota de contenido: El derecho de usufructo. -- Límite a los derechos del usufructuario de acciones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4840 Usufructo de acciones de sociedades anónimas : el límite a los derechos trasmisibles al usufructuario [texto impreso] / Cristina Herdt . - [s.d.] . - p. 455-461.
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Idioma : Español (spa)
Palabras clave: ACCIONES USUFRUCTO DE ACCIONES Resumen: Las sociedades anónimas en el Uruguay expresan su capital en acciones, y el accionista es el titular, el propietario de ellas, y como tal es el dueño de todos los derechos legales, estatutarios y contractuales inherentes a esa calidad. El derecho de propiedad sobre las acciones supone el poder de disposición sobre ellas, pudiendo el accionista celebrar actos y negocios jurídicos que tengan por objeto la transferencia del dominio pleno de las acciones, así como también la constitución de derechos reales menores de goce o de garantía, entre otros. Uno de dichos negocios es la constitución del derecho de usufructo sobre todas o parte de las acciones. Este plantea la interrogante de delimitar, a la luz de la normativa aplicable, la amplitud de los derechos que pueden trasmitirse a través de la constitución del usufructo y los límites a dicha trasmisión, que entendemos emergen con claridad de la naturaleza misma del instituto. Nota de contenido: El derecho de usufructo. -- Límite a los derechos del usufructuario de acciones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4840 Herdt, Cristina (2009). Usufructo de acciones de sociedades anónimas : el límite a los derechos trasmisibles al usufructuario. En Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria. , 2009. p. 455-461.
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Idioma : Español (spa)
Palabras clave: ACCIONES USUFRUCTO DE ACCIONES Resumen: Las sociedades anónimas en el Uruguay expresan su capital en acciones, y el accionista es el titular, el propietario de ellas, y como tal es el dueño de todos los derechos legales, estatutarios y contractuales inherentes a esa calidad. El derecho de propiedad sobre las acciones supone el poder de disposición sobre ellas, pudiendo el accionista celebrar actos y negocios jurídicos que tengan por objeto la transferencia del dominio pleno de las acciones, así como también la constitución de derechos reales menores de goce o de garantía, entre otros. Uno de dichos negocios es la constitución del derecho de usufructo sobre todas o parte de las acciones. Este plantea la interrogante de delimitar, a la luz de la normativa aplicable, la amplitud de los derechos que pueden trasmitirse a través de la constitución del usufructo y los límites a dicha trasmisión, que entendemos emergen con claridad de la naturaleza misma del instituto. Nota de contenido: El derecho de usufructo. -- Límite a los derechos del usufructuario de acciones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4840 Alternativas ante la violación del derecho de preferencia por la sociedad anónima / Maria Lucía Grazioli Milburn
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Título : Alternativas ante la violación del derecho de preferencia por la sociedad anónima Tipo de documento: texto impreso Autores: Maria Lucía Grazioli Milburn Número de páginas: p. 421-430 Idioma : Español (spa) Palabras clave: SOCIEDAD ANÓNIMA DERECHO DE PREFERENCIA ACCIONES Resumen: En esta ponencia se exponen las alternativas de que dispone la sociedad en caso de violación del derecho de preferencia de sus accionistas en la suscripción e integración de acciones. Puntualmente, se analiza el alcance de la norma contenida en el art. 329 LSC, que regula las acciones judiciales de que dispone el accionista ante la violación de ese derecho por parte de la sociedad. Se propone una interpretación del alcance de esa norma, que contempla alternativas no mencionadas expresamente por ella. A nuestro entender, ante todo, se debe procurar la satisfacción del derecho de preferencia vulnerado por parte de la sociedad, habilitando el ejercicio de ese derecho (sea mediante la cancelación de la suscripción de acciones realizada, mediante la no entrega de acciones integradas en contravención a ese derecho, o mediante el recupero de las acciones entregadas a un tercero de buena fe con su consentimiento). La reparación de los daños y perjuicios al accionista sólo procederá de no ser posible una alternativa que permita a la sociedad habilitar el ejercicio del derecho de preferencia. Nota de contenido: Introducción. -- Derecho de preferencia. Alcance. -- Consecuencias derivadas del incumplimiento de la obligación de permitir el ejercicio del derecho de preferencia. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4824 Alternativas ante la violación del derecho de preferencia por la sociedad anónima [texto impreso] / Maria Lucía Grazioli Milburn . - [s.d.] . - p. 421-430.
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Idioma : Español (spa)
Palabras clave: SOCIEDAD ANÓNIMA DERECHO DE PREFERENCIA ACCIONES Resumen: En esta ponencia se exponen las alternativas de que dispone la sociedad en caso de violación del derecho de preferencia de sus accionistas en la suscripción e integración de acciones. Puntualmente, se analiza el alcance de la norma contenida en el art. 329 LSC, que regula las acciones judiciales de que dispone el accionista ante la violación de ese derecho por parte de la sociedad. Se propone una interpretación del alcance de esa norma, que contempla alternativas no mencionadas expresamente por ella. A nuestro entender, ante todo, se debe procurar la satisfacción del derecho de preferencia vulnerado por parte de la sociedad, habilitando el ejercicio de ese derecho (sea mediante la cancelación de la suscripción de acciones realizada, mediante la no entrega de acciones integradas en contravención a ese derecho, o mediante el recupero de las acciones entregadas a un tercero de buena fe con su consentimiento). La reparación de los daños y perjuicios al accionista sólo procederá de no ser posible una alternativa que permita a la sociedad habilitar el ejercicio del derecho de preferencia. Nota de contenido: Introducción. -- Derecho de preferencia. Alcance. -- Consecuencias derivadas del incumplimiento de la obligación de permitir el ejercicio del derecho de preferencia. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4824 Grazioli Milburn, Maria Lucía (2009). Alternativas ante la violación del derecho de preferencia por la sociedad anónima. En Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria. , 2009. p. 421-430.
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Idioma : Español (spa)
Palabras clave: SOCIEDAD ANÓNIMA DERECHO DE PREFERENCIA ACCIONES Resumen: En esta ponencia se exponen las alternativas de que dispone la sociedad en caso de violación del derecho de preferencia de sus accionistas en la suscripción e integración de acciones. Puntualmente, se analiza el alcance de la norma contenida en el art. 329 LSC, que regula las acciones judiciales de que dispone el accionista ante la violación de ese derecho por parte de la sociedad. Se propone una interpretación del alcance de esa norma, que contempla alternativas no mencionadas expresamente por ella. A nuestro entender, ante todo, se debe procurar la satisfacción del derecho de preferencia vulnerado por parte de la sociedad, habilitando el ejercicio de ese derecho (sea mediante la cancelación de la suscripción de acciones realizada, mediante la no entrega de acciones integradas en contravención a ese derecho, o mediante el recupero de las acciones entregadas a un tercero de buena fe con su consentimiento). La reparación de los daños y perjuicios al accionista sólo procederá de no ser posible una alternativa que permita a la sociedad habilitar el ejercicio del derecho de preferencia. Nota de contenido: Introducción. -- Derecho de preferencia. Alcance. -- Consecuencias derivadas del incumplimiento de la obligación de permitir el ejercicio del derecho de preferencia. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4824 Las acciones de las entidades de intermediación financiera / Ricardo Olivera García en Anuario de Derecho Comercial, 10 (2004)
[artículo]
Título : Las acciones de las entidades de intermediación financiera Tipo de documento: texto impreso Autores: Ricardo Olivera García Fecha de publicación: 2004 Artículo en la página: p. 25-36 Idioma : Español (spa) Palabras clave: INTERMEDIACIÓN FINANCIERA ACCIONES RECESIÓN ECONÓMICA Nota de contenido: Introducción. -- Panorama del régimen anterior. -- Representación, transferencia y emisión de acciones. -- Registro público de accionistas. -- Reestructura del capital accionario. -- Reestructura por la propia sociedad. -- Expropiación del capital accionario. -- Enajenación compulsiva del capital accionario. -- Emisiones de acciones con interés por las cooperativas de intermediación financiera. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=8483
in Anuario de Derecho Comercial > 10 (2004) . - p. 25-36[artículo] Las acciones de las entidades de intermediación financiera [texto impreso] / Ricardo Olivera García . - 2004 . - p. 25-36.
Idioma : Español (spa)
in Anuario de Derecho Comercial > 10 (2004) . - p. 25-36
Palabras clave: INTERMEDIACIÓN FINANCIERA ACCIONES RECESIÓN ECONÓMICA Nota de contenido: Introducción. -- Panorama del régimen anterior. -- Representación, transferencia y emisión de acciones. -- Registro público de accionistas. -- Reestructura del capital accionario. -- Reestructura por la propia sociedad. -- Expropiación del capital accionario. -- Enajenación compulsiva del capital accionario. -- Emisiones de acciones con interés por las cooperativas de intermediación financiera. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=8483 [artículo] Olivera García, Ricardo (2004). Las acciones de las entidades de intermediación financiera. Anuario de Derecho Comercial. 10. (2004) p. 25-36.
Idioma : Español (spa)
in Anuario de Derecho Comercial > 10 (2004) . - p. 25-36
Palabras clave: INTERMEDIACIÓN FINANCIERA ACCIONES RECESIÓN ECONÓMICA Nota de contenido: Introducción. -- Panorama del régimen anterior. -- Representación, transferencia y emisión de acciones. -- Registro público de accionistas. -- Reestructura del capital accionario. -- Reestructura por la propia sociedad. -- Expropiación del capital accionario. -- Enajenación compulsiva del capital accionario. -- Emisiones de acciones con interés por las cooperativas de intermediación financiera. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=8483 Reforma del art. 56 ley 16.060 (condominio) / Álvaro Martín Gussoni Aldaya
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Título : Reforma del art. 56 ley 16.060 (condominio) Tipo de documento: texto impreso Autores: Álvaro Martín Gussoni Aldaya Número de páginas: p. 449-454 Idioma : Español (spa) Palabras clave: ACCIONES COPROPIEDAD Resumen: En el presente trabajo, se realiza un estudio de la reglamentación existente sobre condominio de acciones, realizando propuestas de modificaciones al artículo 56 de la Ley de Sociedades Comerciales.
El artículo 56 de la Ley 16.060 es una disposición que regula en forma general los diferentes tipos societarios. Se trata de una disposición insuficiente, que ante un caso de condominio, de parte de interés, cuota o acción, deberá acudirse a las leyes análogas, los principios generales de derecho, y las doctrinas más recibidas.
En la especie, nos encontramos con el inconveniente de que nuestro derecho no regula en forma específica el condominio, como sí lo realiza la legislación argentina. Esto trae aparejado problemas en las sociedades, ya que mientras se discute la resolución de los distintos inconvenientes, el dinamismo de las sociedades hace que los socios se vean perjudicados.
Se estudian las formas de condominio tanto sucesorio como contractual, las consecuencias generadas por el condominio, la representación de los condóminos, los derechos y obligaciones de los condóminos y sus representantes, la administración, cesación del condominio y la proposición de modificación del artículo 56 de la Ley.Nota de contenido: Introducción. -- Nacimiento. -- Indivisibilidad. -- Representante. -- Administración. -- Fin del condominio accionario. -- Artículo propuesto. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4839 Reforma del art. 56 ley 16.060 (condominio) [texto impreso] / Álvaro Martín Gussoni Aldaya . - [s.d.] . - p. 449-454.
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Idioma : Español (spa)
Palabras clave: ACCIONES COPROPIEDAD Resumen: En el presente trabajo, se realiza un estudio de la reglamentación existente sobre condominio de acciones, realizando propuestas de modificaciones al artículo 56 de la Ley de Sociedades Comerciales.
El artículo 56 de la Ley 16.060 es una disposición que regula en forma general los diferentes tipos societarios. Se trata de una disposición insuficiente, que ante un caso de condominio, de parte de interés, cuota o acción, deberá acudirse a las leyes análogas, los principios generales de derecho, y las doctrinas más recibidas.
En la especie, nos encontramos con el inconveniente de que nuestro derecho no regula en forma específica el condominio, como sí lo realiza la legislación argentina. Esto trae aparejado problemas en las sociedades, ya que mientras se discute la resolución de los distintos inconvenientes, el dinamismo de las sociedades hace que los socios se vean perjudicados.
Se estudian las formas de condominio tanto sucesorio como contractual, las consecuencias generadas por el condominio, la representación de los condóminos, los derechos y obligaciones de los condóminos y sus representantes, la administración, cesación del condominio y la proposición de modificación del artículo 56 de la Ley.Nota de contenido: Introducción. -- Nacimiento. -- Indivisibilidad. -- Representante. -- Administración. -- Fin del condominio accionario. -- Artículo propuesto. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4839 Gussoni Aldaya, Álvaro Martín (2009). Reforma del art. 56 ley 16.060 (condominio). En Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria. , 2009. p. 449-454.
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Idioma : Español (spa)
Palabras clave: ACCIONES COPROPIEDAD Resumen: En el presente trabajo, se realiza un estudio de la reglamentación existente sobre condominio de acciones, realizando propuestas de modificaciones al artículo 56 de la Ley de Sociedades Comerciales.
El artículo 56 de la Ley 16.060 es una disposición que regula en forma general los diferentes tipos societarios. Se trata de una disposición insuficiente, que ante un caso de condominio, de parte de interés, cuota o acción, deberá acudirse a las leyes análogas, los principios generales de derecho, y las doctrinas más recibidas.
En la especie, nos encontramos con el inconveniente de que nuestro derecho no regula en forma específica el condominio, como sí lo realiza la legislación argentina. Esto trae aparejado problemas en las sociedades, ya que mientras se discute la resolución de los distintos inconvenientes, el dinamismo de las sociedades hace que los socios se vean perjudicados.
Se estudian las formas de condominio tanto sucesorio como contractual, las consecuencias generadas por el condominio, la representación de los condóminos, los derechos y obligaciones de los condóminos y sus representantes, la administración, cesación del condominio y la proposición de modificación del artículo 56 de la Ley.Nota de contenido: Introducción. -- Nacimiento. -- Indivisibilidad. -- Representante. -- Administración. -- Fin del condominio accionario. -- Artículo propuesto. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4839 La limitación o suspensión del derecho de preferencia como instrumento para el fraude / Jenifer Alfaro BorgesPermalink