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¿El socio de una sociedad comercial regularmente constituida, posee legitimación activa para solicitar rendición de cuentas al órgano de administracion? / Hugo Costa Bueno en Anuario de Derecho Comercial, 14 (2012)
[artículo]
Título : ¿El socio de una sociedad comercial regularmente constituida, posee legitimación activa para solicitar rendición de cuentas al órgano de administracion? Tipo de documento: texto impreso Autores: Hugo Costa Bueno ; Marcelo Güinle Wonsiak Fecha de publicación: 2012 Artículo en la página: p. 343-352 Idioma : Español (spa) Palabras clave: DERECHO SOCIETARIO SOCIO RENDICIÓN DE CUENTAS ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN DERECHO A LA INFORMACIÓN Resumen: En ninguna hipótesis el socio de una sociedad comercial regularmente constituida posee legitimación activa para solicitar una rendición de cuentas al órgano de administración; menos aún cuando el órgano de gobierno aprobó la información contable oportunamente recibida mediante una decisión válida, con independencia de que el socio requirente haya o no votado en contra de la decisión. Aún en el caso en el cual el órgano de administración incumpla con su obligación de entregar información contable, le está vedado al socio promover tal acción, puesto que deberá recurrir a los suficientes medios de defensa que le proporciona el derecho societario. Nota de contenido: Sumario. -- Introducción. -- Concepto de "cuenta" y de obligación de rendición de cuentas. -- El órgano de administración de una sociedad comercial regularmente constituida no está obligado a rendir cuentas. -- La doctrina y jurisprudencia argentina. -- Nuestra posición. No admisión de excepciones a la regla. -- Distinción entre el ejercicio del derecho de información por parte del socio y la solicitud de rendición de cuentas. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=640
in Anuario de Derecho Comercial > 14 (2012) . - p. 343-352[artículo] ¿El socio de una sociedad comercial regularmente constituida, posee legitimación activa para solicitar rendición de cuentas al órgano de administracion? [texto impreso] / Hugo Costa Bueno ; Marcelo Güinle Wonsiak . - 2012 . - p. 343-352.
Idioma : Español (spa)
in Anuario de Derecho Comercial > 14 (2012) . - p. 343-352
Palabras clave: DERECHO SOCIETARIO SOCIO RENDICIÓN DE CUENTAS ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN DERECHO A LA INFORMACIÓN Resumen: En ninguna hipótesis el socio de una sociedad comercial regularmente constituida posee legitimación activa para solicitar una rendición de cuentas al órgano de administración; menos aún cuando el órgano de gobierno aprobó la información contable oportunamente recibida mediante una decisión válida, con independencia de que el socio requirente haya o no votado en contra de la decisión. Aún en el caso en el cual el órgano de administración incumpla con su obligación de entregar información contable, le está vedado al socio promover tal acción, puesto que deberá recurrir a los suficientes medios de defensa que le proporciona el derecho societario. Nota de contenido: Sumario. -- Introducción. -- Concepto de "cuenta" y de obligación de rendición de cuentas. -- El órgano de administración de una sociedad comercial regularmente constituida no está obligado a rendir cuentas. -- La doctrina y jurisprudencia argentina. -- Nuestra posición. No admisión de excepciones a la regla. -- Distinción entre el ejercicio del derecho de información por parte del socio y la solicitud de rendición de cuentas. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=640 [artículo] Costa Bueno, Hugo (2012). ¿El socio de una sociedad comercial regularmente constituida, posee legitimación activa para solicitar rendición de cuentas al órgano de administracion?. Anuario de Derecho Comercial. 14. (2012) p. 343-352.
Idioma : Español (spa)
in Anuario de Derecho Comercial > 14 (2012) . - p. 343-352
Palabras clave: DERECHO SOCIETARIO SOCIO RENDICIÓN DE CUENTAS ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN DERECHO A LA INFORMACIÓN Resumen: En ninguna hipótesis el socio de una sociedad comercial regularmente constituida posee legitimación activa para solicitar una rendición de cuentas al órgano de administración; menos aún cuando el órgano de gobierno aprobó la información contable oportunamente recibida mediante una decisión válida, con independencia de que el socio requirente haya o no votado en contra de la decisión. Aún en el caso en el cual el órgano de administración incumpla con su obligación de entregar información contable, le está vedado al socio promover tal acción, puesto que deberá recurrir a los suficientes medios de defensa que le proporciona el derecho societario. Nota de contenido: Sumario. -- Introducción. -- Concepto de "cuenta" y de obligación de rendición de cuentas. -- El órgano de administración de una sociedad comercial regularmente constituida no está obligado a rendir cuentas. -- La doctrina y jurisprudencia argentina. -- Nuestra posición. No admisión de excepciones a la regla. -- Distinción entre el ejercicio del derecho de información por parte del socio y la solicitud de rendición de cuentas. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=640