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Admisibilidad de las reuniones virtuales de directorio y de asambleas en el derecho nacional / Maria Lucía Grazioli Milburn (2020)
en El derecho comercial frente a las crisis globales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2020)
Título : Admisibilidad de las reuniones virtuales de directorio y de asambleas en el derecho nacional Tipo de documento: texto impreso Autores: Maria Lucía Grazioli Milburn ; Ana Sorondo Peyre Editorial: Montevideo : Fundación de Cultura Universitaria Fecha de publicación: 2020 Número de páginas: p.73-82 Idioma : Español (spa) Clasificación: SOCIEDADES ANÓNIMAS / SOCIEDADES POR ACCION SIMPLIFICADA (SAS) / DIRECTORIO DE SOCIEDADES COMERCIALES / ASAMBLEA DE ACCIONISTAS Resumen: Introducción. -- Disposiciones de la LSC en relación a las sesiones de Directorio y de Asamblea de Accionistas de sociedades anónimas. -- La consagración legal de las sesiones a distancia para sociedades por acciones simplificadas. -- La consagración de las sesiones no presenciales en dos proyectos de ley recientes. -- Conclusión Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=15163 Admisibilidad de las reuniones virtuales de directorio y de asambleas en el derecho nacional [texto impreso] / Maria Lucía Grazioli Milburn ; Ana Sorondo Peyre . - Montevideo : Fundación de Cultura Universitaria, 2020 . - p.73-82.
en El derecho comercial frente a las crisis globales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2020)
Idioma : Español (spa)
Clasificación: SOCIEDADES ANÓNIMAS / SOCIEDADES POR ACCION SIMPLIFICADA (SAS) / DIRECTORIO DE SOCIEDADES COMERCIALES / ASAMBLEA DE ACCIONISTAS Resumen: Introducción. -- Disposiciones de la LSC en relación a las sesiones de Directorio y de Asamblea de Accionistas de sociedades anónimas. -- La consagración legal de las sesiones a distancia para sociedades por acciones simplificadas. -- La consagración de las sesiones no presenciales en dos proyectos de ley recientes. -- Conclusión Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=15163 Grazioli Milburn, Maria Lucía (2020). Admisibilidad de las reuniones virtuales de directorio y de asambleas en el derecho nacional. En El derecho comercial frente a las crisis globales. Montevideo : Fundación de Cultura Universitaria, 2020. p.73-82.
en El derecho comercial frente a las crisis globales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2020)
Idioma : Español (spa)
Clasificación: SOCIEDADES ANÓNIMAS / SOCIEDADES POR ACCION SIMPLIFICADA (SAS) / DIRECTORIO DE SOCIEDADES COMERCIALES / ASAMBLEA DE ACCIONISTAS Resumen: Introducción. -- Disposiciones de la LSC en relación a las sesiones de Directorio y de Asamblea de Accionistas de sociedades anónimas. -- La consagración legal de las sesiones a distancia para sociedades por acciones simplificadas. -- La consagración de las sesiones no presenciales en dos proyectos de ley recientes. -- Conclusión Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=15163 Deber de cooperación e información de directores y administradores cuando el concurso provoca su sustitución / Maria Lucía Grazioli Milburn
Título : Deber de cooperación e información de directores y administradores cuando el concurso provoca su sustitución Tipo de documento: texto impreso Autores: Maria Lucía Grazioli Milburn Número de páginas: p. 627 - 636 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO COMERCIAL / CONCURSOS / SOCIEDADES COMERCIALES / DIRECTORIO DE SOCIEDADES COMERCIALES / LEY 18387 Resumen: En esta ponencia se analiza la pertinencia, alcance y límites del deber de cooperación e información que la nueva ley concursal impone a administradores y directores de sociedades comerciales concursadas, puntualmente cuando la declaración del concurso provoca la suspensión de su legitimación para administrar y disponer de los bienes que componen la masa activa. Destacamos la importancia de si consagración en esos casos, dado que permite al síndico (y al juez) acceder al conocimiento que directores y administradores tienen de la empresa (de indudable trascendencia, muchas veces insustituible), y a la vez desplazarlos para permitir una ordenada administración del concurso por el síndico. Entendemos que este deber deriva del modelo de conducta de lealtad y diligencia del buen hombre de negocios exigido a directores y administradores en la legislación societaria, que les resulta aplicable aun en la etapa concursal. Este modelo de conducta, interpretado a la luz de la realidad concursal de la sociedad, de las circunstancias inusuales y acotadas en las que directores y administradores actúan y del interés supremo del concurso, nos informa asimismo sobre el alcance y los límites del deber de colaboración. Nota de contenido: Introducción. -- Suspensión de la legitimación de administradores y directores para administrar y disponer de su sustitución por un síndico. -- Deber de cooperación y de información de administradores y directores con legitimación suspendida. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=5017 Deber de cooperación e información de directores y administradores cuando el concurso provoca su sustitución [texto impreso] / Maria Lucía Grazioli Milburn . - [s.d.] . - p. 627 - 636.
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO COMERCIAL / CONCURSOS / SOCIEDADES COMERCIALES / DIRECTORIO DE SOCIEDADES COMERCIALES / LEY 18387 Resumen: En esta ponencia se analiza la pertinencia, alcance y límites del deber de cooperación e información que la nueva ley concursal impone a administradores y directores de sociedades comerciales concursadas, puntualmente cuando la declaración del concurso provoca la suspensión de su legitimación para administrar y disponer de los bienes que componen la masa activa. Destacamos la importancia de si consagración en esos casos, dado que permite al síndico (y al juez) acceder al conocimiento que directores y administradores tienen de la empresa (de indudable trascendencia, muchas veces insustituible), y a la vez desplazarlos para permitir una ordenada administración del concurso por el síndico. Entendemos que este deber deriva del modelo de conducta de lealtad y diligencia del buen hombre de negocios exigido a directores y administradores en la legislación societaria, que les resulta aplicable aun en la etapa concursal. Este modelo de conducta, interpretado a la luz de la realidad concursal de la sociedad, de las circunstancias inusuales y acotadas en las que directores y administradores actúan y del interés supremo del concurso, nos informa asimismo sobre el alcance y los límites del deber de colaboración. Nota de contenido: Introducción. -- Suspensión de la legitimación de administradores y directores para administrar y disponer de su sustitución por un síndico. -- Deber de cooperación y de información de administradores y directores con legitimación suspendida. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=5017 Grazioli Milburn, Maria Lucía. Deber de cooperación e información de directores y administradores cuando el concurso provoca su sustitución.
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO COMERCIAL / CONCURSOS / SOCIEDADES COMERCIALES / DIRECTORIO DE SOCIEDADES COMERCIALES / LEY 18387 Resumen: En esta ponencia se analiza la pertinencia, alcance y límites del deber de cooperación e información que la nueva ley concursal impone a administradores y directores de sociedades comerciales concursadas, puntualmente cuando la declaración del concurso provoca la suspensión de su legitimación para administrar y disponer de los bienes que componen la masa activa. Destacamos la importancia de si consagración en esos casos, dado que permite al síndico (y al juez) acceder al conocimiento que directores y administradores tienen de la empresa (de indudable trascendencia, muchas veces insustituible), y a la vez desplazarlos para permitir una ordenada administración del concurso por el síndico. Entendemos que este deber deriva del modelo de conducta de lealtad y diligencia del buen hombre de negocios exigido a directores y administradores en la legislación societaria, que les resulta aplicable aun en la etapa concursal. Este modelo de conducta, interpretado a la luz de la realidad concursal de la sociedad, de las circunstancias inusuales y acotadas en las que directores y administradores actúan y del interés supremo del concurso, nos informa asimismo sobre el alcance y los límites del deber de colaboración. Nota de contenido: Introducción. -- Suspensión de la legitimación de administradores y directores para administrar y disponer de su sustitución por un síndico. -- Deber de cooperación y de información de administradores y directores con legitimación suspendida. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=5017 Diez años de aplicación de la ley 17.904 / Daniella Cianciarulo Bertone en Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay, 101 (Enero - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : Diez años de aplicación de la ley 17.904 : Algunos aspectos prácticos Tipo de documento: texto impreso Autores: Daniella Cianciarulo Bertone Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 59-74 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO COMERCIAL / SOCIEDADES COMERCIALES / ADMINISTRACIÓN DE SOCIEDADES COMERCIALES / ADMINISTRADOR DE SOCIEDAD COMERCIAL / REPRESENTANTE DE SOCIEDAD COMERCIAL / REVOCACIÓN DE AUTORIDADES / REGISTRO DE COMERCIO / DIRECTORIO DE SOCIEDADES COMERCIALES / RESPONSABILIDAD DEL DIRECTORIO / DISOLUCIÓN DE SOCIEDADES COMERCIALES / DIRECTOR DE SOCIEDAD COMERCIAL / LEY 17904 Resumen: La ley 17.904 ha reinstaurado en nuestra legislación la necesidad de comunicarle al Registro Nacional de Comercio la designación, la revocación, y el cese de los administradores o representantes designados fuera del contrato social, en todos los tipos sociales. Durante sus diez años de su aplicación, se han suscitado variadas opiniones, que hoy la autora reúne en un solo trabajo y con los criterios que considera más adecuados. El desarrollo se plantea a partir de cuáles son las sociedades obligadas a la comunicación, los actos que deben ser comunicados, las consecuencias de la no comunicación, hasta otras situaciones no comprendidas dentro de la obligación legal. Se han tenido en cuenta, además, consultas formuladas a la Asociación de Escribanos, cuyo intercambio de opiniones presentó posiciones muy divididas. Nota de contenido: Generalidades. -- Plazo para el cumplimiento de la ley. -- Distintas situaciones. -- ¿Cuáles sociedades están comprendidas en la disposición legal y en qué situaciones se realiza la comunicación? -- Renovación de autoridades. -- Mandatos. -- ¿ Qué administradores, directores o representantes hay que comunicar para que el acto que realice la sociedad sea oponible? Cese o revocación de administradores o representantes. -- Alcance de la inoponibilidad. -- Necesidad de ratificación del acto que se hace oponible recién con la comunicación del representante. -- Otorgamiento de compraventa judicial en cumplimiento de promesa con representantes no comunicados. -- Nombramiento de liquidadores. -- Convenios de sindicación. -- Cambio de sede. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=8362
in Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay > 101 (Enero - Diciembre 2015) . - p. 59-74[artículo] Diez años de aplicación de la ley 17.904 : Algunos aspectos prácticos [texto impreso] / Daniella Cianciarulo Bertone . - 2015 . - p. 59-74.
Idioma : Español (spa)
in Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay > 101 (Enero - Diciembre 2015) . - p. 59-74
Clasificación: DERECHO COMERCIAL / SOCIEDADES COMERCIALES / ADMINISTRACIÓN DE SOCIEDADES COMERCIALES / ADMINISTRADOR DE SOCIEDAD COMERCIAL / REPRESENTANTE DE SOCIEDAD COMERCIAL / REVOCACIÓN DE AUTORIDADES / REGISTRO DE COMERCIO / DIRECTORIO DE SOCIEDADES COMERCIALES / RESPONSABILIDAD DEL DIRECTORIO / DISOLUCIÓN DE SOCIEDADES COMERCIALES / DIRECTOR DE SOCIEDAD COMERCIAL / LEY 17904 Resumen: La ley 17.904 ha reinstaurado en nuestra legislación la necesidad de comunicarle al Registro Nacional de Comercio la designación, la revocación, y el cese de los administradores o representantes designados fuera del contrato social, en todos los tipos sociales. Durante sus diez años de su aplicación, se han suscitado variadas opiniones, que hoy la autora reúne en un solo trabajo y con los criterios que considera más adecuados. El desarrollo se plantea a partir de cuáles son las sociedades obligadas a la comunicación, los actos que deben ser comunicados, las consecuencias de la no comunicación, hasta otras situaciones no comprendidas dentro de la obligación legal. Se han tenido en cuenta, además, consultas formuladas a la Asociación de Escribanos, cuyo intercambio de opiniones presentó posiciones muy divididas. Nota de contenido: Generalidades. -- Plazo para el cumplimiento de la ley. -- Distintas situaciones. -- ¿Cuáles sociedades están comprendidas en la disposición legal y en qué situaciones se realiza la comunicación? -- Renovación de autoridades. -- Mandatos. -- ¿ Qué administradores, directores o representantes hay que comunicar para que el acto que realice la sociedad sea oponible? Cese o revocación de administradores o representantes. -- Alcance de la inoponibilidad. -- Necesidad de ratificación del acto que se hace oponible recién con la comunicación del representante. -- Otorgamiento de compraventa judicial en cumplimiento de promesa con representantes no comunicados. -- Nombramiento de liquidadores. -- Convenios de sindicación. -- Cambio de sede. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=8362 [artículo] Cianciarulo Bertone, Daniella (2015). Diez años de aplicación de la ley 17.904 : Algunos aspectos prácticos. Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay. 101. (Enero - Diciembre 2015) p. 59-74.
Idioma : Español (spa)
in Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay > 101 (Enero - Diciembre 2015) . - p. 59-74
Clasificación: DERECHO COMERCIAL / SOCIEDADES COMERCIALES / ADMINISTRACIÓN DE SOCIEDADES COMERCIALES / ADMINISTRADOR DE SOCIEDAD COMERCIAL / REPRESENTANTE DE SOCIEDAD COMERCIAL / REVOCACIÓN DE AUTORIDADES / REGISTRO DE COMERCIO / DIRECTORIO DE SOCIEDADES COMERCIALES / RESPONSABILIDAD DEL DIRECTORIO / DISOLUCIÓN DE SOCIEDADES COMERCIALES / DIRECTOR DE SOCIEDAD COMERCIAL / LEY 17904 Resumen: La ley 17.904 ha reinstaurado en nuestra legislación la necesidad de comunicarle al Registro Nacional de Comercio la designación, la revocación, y el cese de los administradores o representantes designados fuera del contrato social, en todos los tipos sociales. Durante sus diez años de su aplicación, se han suscitado variadas opiniones, que hoy la autora reúne en un solo trabajo y con los criterios que considera más adecuados. El desarrollo se plantea a partir de cuáles son las sociedades obligadas a la comunicación, los actos que deben ser comunicados, las consecuencias de la no comunicación, hasta otras situaciones no comprendidas dentro de la obligación legal. Se han tenido en cuenta, además, consultas formuladas a la Asociación de Escribanos, cuyo intercambio de opiniones presentó posiciones muy divididas. Nota de contenido: Generalidades. -- Plazo para el cumplimiento de la ley. -- Distintas situaciones. -- ¿Cuáles sociedades están comprendidas en la disposición legal y en qué situaciones se realiza la comunicación? -- Renovación de autoridades. -- Mandatos. -- ¿ Qué administradores, directores o representantes hay que comunicar para que el acto que realice la sociedad sea oponible? Cese o revocación de administradores o representantes. -- Alcance de la inoponibilidad. -- Necesidad de ratificación del acto que se hace oponible recién con la comunicación del representante. -- Otorgamiento de compraventa judicial en cumplimiento de promesa con representantes no comunicados. -- Nombramiento de liquidadores. -- Convenios de sindicación. -- Cambio de sede. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=8362 Directores no ejecutivos / Alejandro Miller
Título : Directores no ejecutivos Tipo de documento: texto impreso Autores: Alejandro Miller Número de páginas: p. 177-186 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO COMERCIAL / SOCIEDADES COMERCIALES / DIRECTORIO DE SOCIEDADES COMERCIALES / DIRECTOR DE SOCIEDAD COMERCIAL / RESPONSABILIDAD DEL DIRECTORIO Nota de contenido: Sumario. -- Una descripción de la realidad. -- El desajuste entre el escenario que postula la ley y la realidad empresarial. -- Los directores «no ejecutivos» existen y cada día son más. -- ¿Habrá un estándar de conducta diferente para el «director no ejecutivo»?. -- Efectivamente puede haber un estándar de conducta diferenciado. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4902 Directores no ejecutivos [texto impreso] / Alejandro Miller . - [s.d.] . - p. 177-186.
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO COMERCIAL / SOCIEDADES COMERCIALES / DIRECTORIO DE SOCIEDADES COMERCIALES / DIRECTOR DE SOCIEDAD COMERCIAL / RESPONSABILIDAD DEL DIRECTORIO Nota de contenido: Sumario. -- Una descripción de la realidad. -- El desajuste entre el escenario que postula la ley y la realidad empresarial. -- Los directores «no ejecutivos» existen y cada día son más. -- ¿Habrá un estándar de conducta diferente para el «director no ejecutivo»?. -- Efectivamente puede haber un estándar de conducta diferenciado. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4902 Miller, Alejandro. Directores no ejecutivos.
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO COMERCIAL / SOCIEDADES COMERCIALES / DIRECTORIO DE SOCIEDADES COMERCIALES / DIRECTOR DE SOCIEDAD COMERCIAL / RESPONSABILIDAD DEL DIRECTORIO Nota de contenido: Sumario. -- Una descripción de la realidad. -- El desajuste entre el escenario que postula la ley y la realidad empresarial. -- Los directores «no ejecutivos» existen y cada día son más. -- ¿Habrá un estándar de conducta diferente para el «director no ejecutivo»?. -- Efectivamente puede haber un estándar de conducta diferenciado. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4902 Los deberes fiduciarios de los directores de sociedades anónimas en la regulación del mercado de valores / Adriana Bacchi Argibay
en Dinamismo y desafíos del derecho comercial / Semana Académica del Instituto de Derecho Comercial (2013) (2013)
Título : Los deberes fiduciarios de los directores de sociedades anónimas en la regulación del mercado de valores Tipo de documento: texto impreso Autores: Adriana Bacchi Argibay Número de páginas: p. 23-32 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO COMERCIAL / SOCIEDADES ANÓNIMAS / DIRECTORIO DE SOCIEDADES COMERCIALES / MERCADO DE VALORES / LEY 16060 / LEY 18627 Nota de contenido: Deberes fiduciarios. Origen, fundamento y concepto. -- El derecho uruguayo. -- Deberes fiduciarios en la LMV y en la circular No 2139 del BCU. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=5351 Los deberes fiduciarios de los directores de sociedades anónimas en la regulación del mercado de valores [texto impreso] / Adriana Bacchi Argibay . - [s.d.] . - p. 23-32.
en Dinamismo y desafíos del derecho comercial / Semana Académica del Instituto de Derecho Comercial (2013) (2013)
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO COMERCIAL / SOCIEDADES ANÓNIMAS / DIRECTORIO DE SOCIEDADES COMERCIALES / MERCADO DE VALORES / LEY 16060 / LEY 18627 Nota de contenido: Deberes fiduciarios. Origen, fundamento y concepto. -- El derecho uruguayo. -- Deberes fiduciarios en la LMV y en la circular No 2139 del BCU. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=5351 Bacchi Argibay, Adriana (2013). Los deberes fiduciarios de los directores de sociedades anónimas en la regulación del mercado de valores. En Dinamismo y desafíos del derecho comercial. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria. , 2013. p. 23-32.
en Dinamismo y desafíos del derecho comercial / Semana Académica del Instituto de Derecho Comercial (2013) (2013)
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO COMERCIAL / SOCIEDADES ANÓNIMAS / DIRECTORIO DE SOCIEDADES COMERCIALES / MERCADO DE VALORES / LEY 16060 / LEY 18627 Nota de contenido: Deberes fiduciarios. Origen, fundamento y concepto. -- El derecho uruguayo. -- Deberes fiduciarios en la LMV y en la circular No 2139 del BCU. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=5351 Manual de derecho mercantil / Manuel Broseta Pont (1990)PermalinkManual práctico de aportes a la seguridad social / Julio Ramos Olivera (2000)PermalinkManual de sociedades anónimas / Luis Lapique (2012)PermalinkManual de sociedades civiles y comerciales / Fernando H. Mascheroni (1994)PermalinkNueve razones para acabar con los directores rehenes / Cecilia S. Larrosa FernándezPermalinkProtección extracontractual del crédito / Gerardo Caffera (2016)PermalinkProtección extracontractual del crédito / Gerardo Caffera (2009)PermalinkRenuncia del director de sociedad anónima / Adriana Bacchi ArgibayPermalinkResponsabilidad de los administradores y directores de sociedades anónimas / Nuri E. Rodríguez Olivera (2011)PermalinkResponsabilidad de los directores por los hechos de la sociedad y del dependiente / Luis Acosta PittetaPermalink