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Autor Garmendia, Agustín |
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Potestad tributaria de los gobiernos departamentales / Garmendia, Agustín en CADE. Profesionales & Empresas, v.69 (agosto)
[artículo]
Título : Potestad tributaria de los gobiernos departamentales Tipo de documento: texto impreso Autores: Garmendia, Agustín, Autor ; Leonardo Costa, Autor Fecha de publicación: 2023 Artículo en la página: p. 5-17 Idioma : Español (spa) Clasificación: GOBIERNO DEPARTAMENTAL Palabras clave: POTESTAD TRIBUTARIA Nota de contenido: Introducción. -- Marco teórico. -- Del cuerpo normativo de la potestad tributaria departamental. -- De las características de la potestad tributaria departamental. -- Irrenunciabilidad. -- Imprescriptibilidad y permanencia. -- Legalidad. -- Generalidad y territorialidad. -- Originalidad. -- Principio de legalidad. -- Requisitos de legalidad. -- El primer requisito refiere al cumplimiento por parte de los Gobiernos Departamentales, de los mecanismos procedimentales previstos en el cuerpo constitucional. -- El segundo requisito, de naturaleza sustantiva, implica que al dictarse dichas normas creadoras de tributos, se encuentren ajustadas a las competencias previstas por la Carta. -- Sobre la limitación sustantiva de la potestad tributaria departamental - Artículo 297 de la Constitución de la República. -- De los impuestos: -- De las tasas: -- De las contribuciones especiales: -- Sobre la posible extensión de la patria potestad tributaria departamental - Artículo 298 de la Constitución de la República. -- Sobre las vías de impugnación de los actos de los gobiernos departamentales. -- Proceso de inconstitucionalidad de los actos legislativos. -- Recursos administrativos, y posterior contencioso anulatorio. -- Recurso de apelación por el Poder Ejecutivo. -- Del recurso de Referéndum departamental. -- De la enumeración de potestades de los gobiernos departamentales en materia tributaria. -- Impuesto sobre la propiedad inmueble, urbana o suburbana. -- Impuesto a los terrenos baldíos y edificaciones inapropiadas. -- Impuestos nacionales. -- Contribuciones especiales. -- Tasas, precios públicos y tarifas. -- Impuestos a los espectáculos públicos y a los vehículos de transporte. -- Impuesto a la publicidad y propaganda. -- Beneficios de la explotación de los juegos de azar. -- Impuestos a los juegos de carreras de caballos y competencias de apuestas mutuas. -- Multas. -- Las rentas y el producto de las enajenaciones de los bienes de los cuales los Gobiernos Departamentales son titulares. -- Cuota parte sobre el monto de recursos del presupuesto nacional. -- Síntesis de las fuentes de recursos de los Gobiernos Departamentales. -- Análisis del artículo 298 de la Constitución de la República. -- Análisis de la sentencia de la SCJ Nº 523/2023. -- Conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=20944
in CADE. Profesionales & Empresas > v.69 (agosto) . - p. 5-17[artículo] Potestad tributaria de los gobiernos departamentales [texto impreso] / Garmendia, Agustín, Autor ; Leonardo Costa, Autor . - 2023 . - p. 5-17.
Idioma : Español (spa)
in CADE. Profesionales & Empresas > v.69 (agosto) . - p. 5-17
Clasificación: GOBIERNO DEPARTAMENTAL Palabras clave: POTESTAD TRIBUTARIA Nota de contenido: Introducción. -- Marco teórico. -- Del cuerpo normativo de la potestad tributaria departamental. -- De las características de la potestad tributaria departamental. -- Irrenunciabilidad. -- Imprescriptibilidad y permanencia. -- Legalidad. -- Generalidad y territorialidad. -- Originalidad. -- Principio de legalidad. -- Requisitos de legalidad. -- El primer requisito refiere al cumplimiento por parte de los Gobiernos Departamentales, de los mecanismos procedimentales previstos en el cuerpo constitucional. -- El segundo requisito, de naturaleza sustantiva, implica que al dictarse dichas normas creadoras de tributos, se encuentren ajustadas a las competencias previstas por la Carta. -- Sobre la limitación sustantiva de la potestad tributaria departamental - Artículo 297 de la Constitución de la República. -- De los impuestos: -- De las tasas: -- De las contribuciones especiales: -- Sobre la posible extensión de la patria potestad tributaria departamental - Artículo 298 de la Constitución de la República. -- Sobre las vías de impugnación de los actos de los gobiernos departamentales. -- Proceso de inconstitucionalidad de los actos legislativos. -- Recursos administrativos, y posterior contencioso anulatorio. -- Recurso de apelación por el Poder Ejecutivo. -- Del recurso de Referéndum departamental. -- De la enumeración de potestades de los gobiernos departamentales en materia tributaria. -- Impuesto sobre la propiedad inmueble, urbana o suburbana. -- Impuesto a los terrenos baldíos y edificaciones inapropiadas. -- Impuestos nacionales. -- Contribuciones especiales. -- Tasas, precios públicos y tarifas. -- Impuestos a los espectáculos públicos y a los vehículos de transporte. -- Impuesto a la publicidad y propaganda. -- Beneficios de la explotación de los juegos de azar. -- Impuestos a los juegos de carreras de caballos y competencias de apuestas mutuas. -- Multas. -- Las rentas y el producto de las enajenaciones de los bienes de los cuales los Gobiernos Departamentales son titulares. -- Cuota parte sobre el monto de recursos del presupuesto nacional. -- Síntesis de las fuentes de recursos de los Gobiernos Departamentales. -- Análisis del artículo 298 de la Constitución de la República. -- Análisis de la sentencia de la SCJ Nº 523/2023. -- Conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=20944 [artículo] Garmendia, Agustín (2023). Potestad tributaria de los gobiernos departamentales. CADE. Profesionales & Empresas. v.69. (agosto) p. 5-17.
Idioma : Español (spa)
in CADE. Profesionales & Empresas > v.69 (agosto) . - p. 5-17
Clasificación: GOBIERNO DEPARTAMENTAL Palabras clave: POTESTAD TRIBUTARIA Nota de contenido: Introducción. -- Marco teórico. -- Del cuerpo normativo de la potestad tributaria departamental. -- De las características de la potestad tributaria departamental. -- Irrenunciabilidad. -- Imprescriptibilidad y permanencia. -- Legalidad. -- Generalidad y territorialidad. -- Originalidad. -- Principio de legalidad. -- Requisitos de legalidad. -- El primer requisito refiere al cumplimiento por parte de los Gobiernos Departamentales, de los mecanismos procedimentales previstos en el cuerpo constitucional. -- El segundo requisito, de naturaleza sustantiva, implica que al dictarse dichas normas creadoras de tributos, se encuentren ajustadas a las competencias previstas por la Carta. -- Sobre la limitación sustantiva de la potestad tributaria departamental - Artículo 297 de la Constitución de la República. -- De los impuestos: -- De las tasas: -- De las contribuciones especiales: -- Sobre la posible extensión de la patria potestad tributaria departamental - Artículo 298 de la Constitución de la República. -- Sobre las vías de impugnación de los actos de los gobiernos departamentales. -- Proceso de inconstitucionalidad de los actos legislativos. -- Recursos administrativos, y posterior contencioso anulatorio. -- Recurso de apelación por el Poder Ejecutivo. -- Del recurso de Referéndum departamental. -- De la enumeración de potestades de los gobiernos departamentales en materia tributaria. -- Impuesto sobre la propiedad inmueble, urbana o suburbana. -- Impuesto a los terrenos baldíos y edificaciones inapropiadas. -- Impuestos nacionales. -- Contribuciones especiales. -- Tasas, precios públicos y tarifas. -- Impuestos a los espectáculos públicos y a los vehículos de transporte. -- Impuesto a la publicidad y propaganda. -- Beneficios de la explotación de los juegos de azar. -- Impuestos a los juegos de carreras de caballos y competencias de apuestas mutuas. -- Multas. -- Las rentas y el producto de las enajenaciones de los bienes de los cuales los Gobiernos Departamentales son titulares. -- Cuota parte sobre el monto de recursos del presupuesto nacional. -- Síntesis de las fuentes de recursos de los Gobiernos Departamentales. -- Análisis del artículo 298 de la Constitución de la República. -- Análisis de la sentencia de la SCJ Nº 523/2023. -- Conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=20944