[artículo] inAnuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > 02 (Enero-Diciembre 2014) . - p. 113-125 Título : |
Orden público internacional y derechos humanos en el derecho internacional privado de familia |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Cecilia Fresnedo de Aguirre |
Fecha de publicación: |
2014 |
Artículo en la página: |
p. 113-125 |
Idioma : |
Español (spa) |
Clasificación: |
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
|
Resumen: |
Es necesario distinguir el concepto, alcance y funcionamiento del orden público internacional y del orden público interno. Al respecto el juez y otros aplicadores del derecho, como registradores y escribanos públicos, desempeñan un rol fundamental y deben hacerlo en forma no discrecional y fundada, apreciando adecuadamente la evolución temporal y territorial de dichos principios fundamentales. Se plantean mecanismos sólidos y facilitadores de la tarea de identificación del contenido del orden público internacional, receptando la incuestionable influencia de los instrumentos de derechos humanos en la codificación y en la jurisprudencia del Derecho Internacional Privado. Se analizan las repercusiones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos con relación al Derecho Internacional Privado en cuanto a la obligación que asumen los Estados Parte de respetar los derechos y libertades reconocidos en aquella, no sólo mediante disposiciones legislativas sino también de otro carácter, como pueden ser las jurisprudenciales. Finalmente, se estudia esta interacción entre normas de derechos humanos y de derecho internacional privado con respecto a diversos temas de derecho de familia, como la protección de la familia en sus diversas formas, la dignidad de la persona, libertad, igualdad y no discriminación, custodia, divorcio, entre otros. |
Nota de contenido: |
Concepto y alcance del orden público internacional. -- Distinción entre orden público internacional y orden público interno. -- Distinción entre orden público internacional y normas de aplicación inmediata, imperativas o de policía. -- ¿Cuáles son los principios fundamentales del orden público internacional uruguayo? -- ¿Cómo identificarlos? -- Obligación de los Estados Parte de respetar los derechos y libertades reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. -- Orden público internacional y orden público "transnacional" en el Derecho de Familia. Derecho a la protección de la familia y la dignidad. -- Derecho a contraer matrimonio, a fundar una familia y a la no discriminación. -- Derecho de custodia y derecho a no ser trasladado o retenido indebidamente. -- Divorcio. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=9987 |
[artículo] Orden público internacional y derechos humanos en el derecho internacional privado de familia [texto impreso] / Cecilia Fresnedo de Aguirre . - 2014 . - p. 113-125. Idioma : Español ( spa) in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > 02 (Enero-Diciembre 2014) . - p. 113-125 Clasificación: |
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
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Resumen: |
Es necesario distinguir el concepto, alcance y funcionamiento del orden público internacional y del orden público interno. Al respecto el juez y otros aplicadores del derecho, como registradores y escribanos públicos, desempeñan un rol fundamental y deben hacerlo en forma no discrecional y fundada, apreciando adecuadamente la evolución temporal y territorial de dichos principios fundamentales. Se plantean mecanismos sólidos y facilitadores de la tarea de identificación del contenido del orden público internacional, receptando la incuestionable influencia de los instrumentos de derechos humanos en la codificación y en la jurisprudencia del Derecho Internacional Privado. Se analizan las repercusiones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos con relación al Derecho Internacional Privado en cuanto a la obligación que asumen los Estados Parte de respetar los derechos y libertades reconocidos en aquella, no sólo mediante disposiciones legislativas sino también de otro carácter, como pueden ser las jurisprudenciales. Finalmente, se estudia esta interacción entre normas de derechos humanos y de derecho internacional privado con respecto a diversos temas de derecho de familia, como la protección de la familia en sus diversas formas, la dignidad de la persona, libertad, igualdad y no discriminación, custodia, divorcio, entre otros. |
Nota de contenido: |
Concepto y alcance del orden público internacional. -- Distinción entre orden público internacional y orden público interno. -- Distinción entre orden público internacional y normas de aplicación inmediata, imperativas o de policía. -- ¿Cuáles son los principios fundamentales del orden público internacional uruguayo? -- ¿Cómo identificarlos? -- Obligación de los Estados Parte de respetar los derechos y libertades reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. -- Orden público internacional y orden público "transnacional" en el Derecho de Familia. Derecho a la protección de la familia y la dignidad. -- Derecho a contraer matrimonio, a fundar una familia y a la no discriminación. -- Derecho de custodia y derecho a no ser trasladado o retenido indebidamente. -- Divorcio. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=9987 |
[artículo] Fresnedo de Aguirre, Cecilia (2014). Orden público internacional y derechos humanos en el derecho internacional privado de familia. Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones. 02. (Enero-Diciembre 2014) p. 113-125. Idioma : Español ( spa) in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > 02 (Enero-Diciembre 2014) . - p. 113-125 Clasificación: |
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
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Resumen: |
Es necesario distinguir el concepto, alcance y funcionamiento del orden público internacional y del orden público interno. Al respecto el juez y otros aplicadores del derecho, como registradores y escribanos públicos, desempeñan un rol fundamental y deben hacerlo en forma no discrecional y fundada, apreciando adecuadamente la evolución temporal y territorial de dichos principios fundamentales. Se plantean mecanismos sólidos y facilitadores de la tarea de identificación del contenido del orden público internacional, receptando la incuestionable influencia de los instrumentos de derechos humanos en la codificación y en la jurisprudencia del Derecho Internacional Privado. Se analizan las repercusiones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos con relación al Derecho Internacional Privado en cuanto a la obligación que asumen los Estados Parte de respetar los derechos y libertades reconocidos en aquella, no sólo mediante disposiciones legislativas sino también de otro carácter, como pueden ser las jurisprudenciales. Finalmente, se estudia esta interacción entre normas de derechos humanos y de derecho internacional privado con respecto a diversos temas de derecho de familia, como la protección de la familia en sus diversas formas, la dignidad de la persona, libertad, igualdad y no discriminación, custodia, divorcio, entre otros. |
Nota de contenido: |
Concepto y alcance del orden público internacional. -- Distinción entre orden público internacional y orden público interno. -- Distinción entre orden público internacional y normas de aplicación inmediata, imperativas o de policía. -- ¿Cuáles son los principios fundamentales del orden público internacional uruguayo? -- ¿Cómo identificarlos? -- Obligación de los Estados Parte de respetar los derechos y libertades reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. -- Orden público internacional y orden público "transnacional" en el Derecho de Familia. Derecho a la protección de la familia y la dignidad. -- Derecho a contraer matrimonio, a fundar una familia y a la no discriminación. -- Derecho de custodia y derecho a no ser trasladado o retenido indebidamente. -- Divorcio. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=9987 |
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