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Autor de Castro, Florencia |
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Refinar búsquedaEvaluación de impacto ambiental de actividades productivas / Marcelo J. Cousillas en Revista Uruguaya de Derecho de los Recursos Naturales, n.1 (noviembre)
[artículo]
Título : Evaluación de impacto ambiental de actividades productivas Tipo de documento: texto impreso Autores: Marcelo J. Cousillas, Autor ; de Castro, Florencia, Autor Fecha de publicación: 2024 Artículo en la página: p. 175-184 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO AMBIENTAL / AUTORIZACIÓN AMBIENTAL PREVIA / ACTIVIDAD AGRARIA / INDUSTRIA FORESTAL Resumen: La evaluación de impacto ambiental fue introducida en el Derecho uruguayo hace 30 años, con la Ley Nº16.466, de 19 de enero de 1994, conocida como Ley de Evaluación de Impacto Ambiental. Es un procedimiento preventivo de gestión ambiental, con un alto componente técnico y participativo, cuyo ámbito de aplicación surge del artículo 2º de la reglamentación (originalmente el Decreto 435/994, del 21 de setiembre de 1994, sustituido por el Decreto Nº349/005, del 21 de setiembre de 2005), mediante un listado de actividades, construcciones u obras que no pueden ser ejecutadas si no han obtenido la Autorización Ambiental Previa (AAP). Dicho listado se ha ampliado de forma continua, por lo que se busca efectuar una revisión de las modificaciones y ampliaciones incorporadas, especialmente respectos de las actividades industriales y agropecuarias, con el objetivo de buscarla producción sustentable, según lo prevén las políticas ambientales nacionales. Nota de contenido: Introducción. -- El procedimiento y las asociaciones vinculadas. -- Actividades industriales. -- Actividad agropecuaria. -- Otras actividades productivas. -- Conclusiones. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=22667
in Revista Uruguaya de Derecho de los Recursos Naturales > n.1 (noviembre) . - p. 175-184[artículo] Evaluación de impacto ambiental de actividades productivas [texto impreso] / Marcelo J. Cousillas, Autor ; de Castro, Florencia, Autor . - 2024 . - p. 175-184.
Idioma : Español (spa)
in Revista Uruguaya de Derecho de los Recursos Naturales > n.1 (noviembre) . - p. 175-184
Clasificación: DERECHO AMBIENTAL / AUTORIZACIÓN AMBIENTAL PREVIA / ACTIVIDAD AGRARIA / INDUSTRIA FORESTAL Resumen: La evaluación de impacto ambiental fue introducida en el Derecho uruguayo hace 30 años, con la Ley Nº16.466, de 19 de enero de 1994, conocida como Ley de Evaluación de Impacto Ambiental. Es un procedimiento preventivo de gestión ambiental, con un alto componente técnico y participativo, cuyo ámbito de aplicación surge del artículo 2º de la reglamentación (originalmente el Decreto 435/994, del 21 de setiembre de 1994, sustituido por el Decreto Nº349/005, del 21 de setiembre de 2005), mediante un listado de actividades, construcciones u obras que no pueden ser ejecutadas si no han obtenido la Autorización Ambiental Previa (AAP). Dicho listado se ha ampliado de forma continua, por lo que se busca efectuar una revisión de las modificaciones y ampliaciones incorporadas, especialmente respectos de las actividades industriales y agropecuarias, con el objetivo de buscarla producción sustentable, según lo prevén las políticas ambientales nacionales. Nota de contenido: Introducción. -- El procedimiento y las asociaciones vinculadas. -- Actividades industriales. -- Actividad agropecuaria. -- Otras actividades productivas. -- Conclusiones. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=22667 [artículo] Cousillas, Marcelo J. (2024). Evaluación de impacto ambiental de actividades productivas. Revista Uruguaya de Derecho de los Recursos Naturales. n.1. (noviembre) p. 175-184.
Idioma : Español (spa)
in Revista Uruguaya de Derecho de los Recursos Naturales > n.1 (noviembre) . - p. 175-184
Clasificación: DERECHO AMBIENTAL / AUTORIZACIÓN AMBIENTAL PREVIA / ACTIVIDAD AGRARIA / INDUSTRIA FORESTAL Resumen: La evaluación de impacto ambiental fue introducida en el Derecho uruguayo hace 30 años, con la Ley Nº16.466, de 19 de enero de 1994, conocida como Ley de Evaluación de Impacto Ambiental. Es un procedimiento preventivo de gestión ambiental, con un alto componente técnico y participativo, cuyo ámbito de aplicación surge del artículo 2º de la reglamentación (originalmente el Decreto 435/994, del 21 de setiembre de 1994, sustituido por el Decreto Nº349/005, del 21 de setiembre de 2005), mediante un listado de actividades, construcciones u obras que no pueden ser ejecutadas si no han obtenido la Autorización Ambiental Previa (AAP). Dicho listado se ha ampliado de forma continua, por lo que se busca efectuar una revisión de las modificaciones y ampliaciones incorporadas, especialmente respectos de las actividades industriales y agropecuarias, con el objetivo de buscarla producción sustentable, según lo prevén las políticas ambientales nacionales. Nota de contenido: Introducción. -- El procedimiento y las asociaciones vinculadas. -- Actividades industriales. -- Actividad agropecuaria. -- Otras actividades productivas. -- Conclusiones. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=22667 Régimen de reservas privadas en Uruguay / Colombo, Catherine en Revista Uruguaya de Derecho de los Recursos Naturales, n.2 (2025)
[artículo]
Título : Régimen de reservas privadas en Uruguay Tipo de documento: texto impreso Autores: Colombo, Catherine, Autor ; de Castro, Florencia, Autor Fecha de publicación: 2025 Artículo en la página: p. 257-264 Nota general: Medio Ambiente Idioma : Español (spa) Resumen: La Ley Nº 17.234, creó el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP) como instrumento de orden público para la preservación de la biodiversidad y del patrimonio natural y cultural del país. Este sistema establece categorías de protección, procedimientos de incorporación, límites al uso del suelo, mecanismos de participación pública, un fondo específico y un cuerpo nacional de guardaparques. En 2024, Uruguay avanzó en un instrumento complementario: las reservas privadas previstas en el artículo 4 de la Ley pero recién reglamentadas mediante Resolución del Ministerio de Ambiente Nº. 1155/024, que habilita a los propietarios a solicitar voluntariamente la declaración de áreas de conservación en sus predios. Este nuevo régimen establece requisitos, plazos, pautas de gestión y causales de revocación, diferenciándose de las áreas protegidas en aspectos como el procedimiento, la duración, la propiedad y las obligaciones asociadas. Ambos instrumentos son excluyentes, pero complementarios, y buscan ampliar la cobertura territorial de conservación, promover la participación privada y fortalecer la protección de la biodiversidad en Uruguay. Nota de contenido: La ley de creación del Sistema Nacional de Áreas Protegidas como marco normativo. -- Régimen de reservas privadas. -- Requisitos y procedimiento para solicitar la declaración de reserva privada. -- Distinción entre las reservas privadas y las áreas protegidas. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26375
in Revista Uruguaya de Derecho de los Recursos Naturales > n.2 (2025) . - p. 257-264[artículo] Régimen de reservas privadas en Uruguay [texto impreso] / Colombo, Catherine, Autor ; de Castro, Florencia, Autor . - 2025 . - p. 257-264.
Medio Ambiente
Idioma : Español (spa)
in Revista Uruguaya de Derecho de los Recursos Naturales > n.2 (2025) . - p. 257-264
Resumen: La Ley Nº 17.234, creó el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP) como instrumento de orden público para la preservación de la biodiversidad y del patrimonio natural y cultural del país. Este sistema establece categorías de protección, procedimientos de incorporación, límites al uso del suelo, mecanismos de participación pública, un fondo específico y un cuerpo nacional de guardaparques. En 2024, Uruguay avanzó en un instrumento complementario: las reservas privadas previstas en el artículo 4 de la Ley pero recién reglamentadas mediante Resolución del Ministerio de Ambiente Nº. 1155/024, que habilita a los propietarios a solicitar voluntariamente la declaración de áreas de conservación en sus predios. Este nuevo régimen establece requisitos, plazos, pautas de gestión y causales de revocación, diferenciándose de las áreas protegidas en aspectos como el procedimiento, la duración, la propiedad y las obligaciones asociadas. Ambos instrumentos son excluyentes, pero complementarios, y buscan ampliar la cobertura territorial de conservación, promover la participación privada y fortalecer la protección de la biodiversidad en Uruguay. Nota de contenido: La ley de creación del Sistema Nacional de Áreas Protegidas como marco normativo. -- Régimen de reservas privadas. -- Requisitos y procedimiento para solicitar la declaración de reserva privada. -- Distinción entre las reservas privadas y las áreas protegidas. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26375 [artículo] Colombo, Catherine (2025). Régimen de reservas privadas en Uruguay. Revista Uruguaya de Derecho de los Recursos Naturales. n.2. (2025) p. 257-264.
Medio Ambiente
Idioma : Español (spa)
in Revista Uruguaya de Derecho de los Recursos Naturales > n.2 (2025) . - p. 257-264
Resumen: La Ley Nº 17.234, creó el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP) como instrumento de orden público para la preservación de la biodiversidad y del patrimonio natural y cultural del país. Este sistema establece categorías de protección, procedimientos de incorporación, límites al uso del suelo, mecanismos de participación pública, un fondo específico y un cuerpo nacional de guardaparques. En 2024, Uruguay avanzó en un instrumento complementario: las reservas privadas previstas en el artículo 4 de la Ley pero recién reglamentadas mediante Resolución del Ministerio de Ambiente Nº. 1155/024, que habilita a los propietarios a solicitar voluntariamente la declaración de áreas de conservación en sus predios. Este nuevo régimen establece requisitos, plazos, pautas de gestión y causales de revocación, diferenciándose de las áreas protegidas en aspectos como el procedimiento, la duración, la propiedad y las obligaciones asociadas. Ambos instrumentos son excluyentes, pero complementarios, y buscan ampliar la cobertura territorial de conservación, promover la participación privada y fortalecer la protección de la biodiversidad en Uruguay. Nota de contenido: La ley de creación del Sistema Nacional de Áreas Protegidas como marco normativo. -- Régimen de reservas privadas. -- Requisitos y procedimiento para solicitar la declaración de reserva privada. -- Distinción entre las reservas privadas y las áreas protegidas. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26375








