[artículo] inDerecho Laboral > v.67, n. 294-295 (abr.-sept. 2024) . - p. 385-398 Título : |
Reflexiones sobre la cosa juzgada en reclamos de funcionarios públicos |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Claudia Luque Parafita, Autor ; Da Cuña Verdum, María Amelia, Autor |
Fecha de publicación: |
2024 |
Artículo en la página: |
p. 385-398 |
Idioma : |
Español (spa) |
Clasificación: |
COSA JUZGADA
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Resumen: |
La sentencia que se comenta ampara la excepción de cosa juzgada en relación con el reclamo salarial de uno de los actores -un funcionario público- a pesar de que faltan en el caso los presupuestos que exige la norma vigente a fin de configurar tal excepción. El fallo referido se aparta de la concepción tradicional de la triple identidad espejada de la cosa juzgada, afiliándose a la interpretación que flexibiliza dicha regla. En su mérito expresa el Tribunal actuante que la identidad de objeto y causa no requiere "una especie de imagen simétrica en espejo, sino que el objeto de un proceso haya sido decidido en otro, ya sea en forma total o parcial". Dicha interpretación colide con el precepto de que la ley procesal debe aplicarse en conformidad con las disposiciones y principios constitucionales, y de forma tal, que se garantice una adecuada y efectiva tutela de derechos sustantivos. En el caso de autos ello termina por traducirse en un incentivo al incumplimiento contumaz del Estado en su calidad empleador, en relación a reclamos por haberes salariales que se van generando como contrapartida de una prestación de trabajo sucesiva, y que tienen diferente fecha de exigibilidad. |
Nota de contenido: |
A modo de introducción. -- Noción. -- Análisis de la sentencia. -- Cosa juzgada. -- Cosa juzgada eventual. |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=22649 |
[artículo] Reflexiones sobre la cosa juzgada en reclamos de funcionarios públicos [texto impreso] / Claudia Luque Parafita, Autor ; Da Cuña Verdum, María Amelia, Autor . - 2024 . - p. 385-398. Idioma : Español ( spa) in Derecho Laboral > v.67, n. 294-295 (abr.-sept. 2024) . - p. 385-398 Clasificación: |
COSA JUZGADA
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Resumen: |
La sentencia que se comenta ampara la excepción de cosa juzgada en relación con el reclamo salarial de uno de los actores -un funcionario público- a pesar de que faltan en el caso los presupuestos que exige la norma vigente a fin de configurar tal excepción. El fallo referido se aparta de la concepción tradicional de la triple identidad espejada de la cosa juzgada, afiliándose a la interpretación que flexibiliza dicha regla. En su mérito expresa el Tribunal actuante que la identidad de objeto y causa no requiere "una especie de imagen simétrica en espejo, sino que el objeto de un proceso haya sido decidido en otro, ya sea en forma total o parcial". Dicha interpretación colide con el precepto de que la ley procesal debe aplicarse en conformidad con las disposiciones y principios constitucionales, y de forma tal, que se garantice una adecuada y efectiva tutela de derechos sustantivos. En el caso de autos ello termina por traducirse en un incentivo al incumplimiento contumaz del Estado en su calidad empleador, en relación a reclamos por haberes salariales que se van generando como contrapartida de una prestación de trabajo sucesiva, y que tienen diferente fecha de exigibilidad. |
Nota de contenido: |
A modo de introducción. -- Noción. -- Análisis de la sentencia. -- Cosa juzgada. -- Cosa juzgada eventual. |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=22649 |
[artículo] Luque Parafita, Claudia (2024). Reflexiones sobre la cosa juzgada en reclamos de funcionarios públicos. Derecho Laboral. v.67, n. 294-295. (abr.-sept. 2024) p. 385-398. Idioma : Español ( spa) in Derecho Laboral > v.67, n. 294-295 (abr.-sept. 2024) . - p. 385-398 Clasificación: |
COSA JUZGADA
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Resumen: |
La sentencia que se comenta ampara la excepción de cosa juzgada en relación con el reclamo salarial de uno de los actores -un funcionario público- a pesar de que faltan en el caso los presupuestos que exige la norma vigente a fin de configurar tal excepción. El fallo referido se aparta de la concepción tradicional de la triple identidad espejada de la cosa juzgada, afiliándose a la interpretación que flexibiliza dicha regla. En su mérito expresa el Tribunal actuante que la identidad de objeto y causa no requiere "una especie de imagen simétrica en espejo, sino que el objeto de un proceso haya sido decidido en otro, ya sea en forma total o parcial". Dicha interpretación colide con el precepto de que la ley procesal debe aplicarse en conformidad con las disposiciones y principios constitucionales, y de forma tal, que se garantice una adecuada y efectiva tutela de derechos sustantivos. En el caso de autos ello termina por traducirse en un incentivo al incumplimiento contumaz del Estado en su calidad empleador, en relación a reclamos por haberes salariales que se van generando como contrapartida de una prestación de trabajo sucesiva, y que tienen diferente fecha de exigibilidad. |
Nota de contenido: |
A modo de introducción. -- Noción. -- Análisis de la sentencia. -- Cosa juzgada. -- Cosa juzgada eventual. |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=22649 |
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