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Refinar búsquedaAlgunas limitaciones jurídicas para la implementación efectiva del marco legal en materia de ordenamiento territorial- ambiental en Uruguay / Sciandro, José en Revista de derecho administrativo y urbanístico, n. 6 (2026)
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Título : Algunas limitaciones jurídicas para la implementación efectiva del marco legal en materia de ordenamiento territorial- ambiental en Uruguay Tipo de documento: texto impreso Autores: Sciandro, José Fecha de publicación: 2026 Artículo en la página: p. 47-70 Idioma : Español (spa) Palabras clave: CONCEPTOS INDETERMINADOS, DISCRECIONALIDAD, PARTICIPACION CIUDADANA Resumen: En Uruguay existe un amplio marco de regulación jurídica del ordenamiento territorial- ambiental. Con base en el análisis de Jurisprudencia reciente se constata la existencia de limitaciones para hacer efectivo el cumplimiento de este cuando es el propio Estado quien incumple las obligaciones que establece dicha normativa. Ello obedece a múltiples causas, que no podemos abordar en este artículo, pero desde una perspectiva jurídica existen tres elementos determinantes: las limitaciones para impugnar los actos administrativos por interés difuso o derechos colectivos; la discrecionalidad para dar contenido a conceptos indeterminados o abiertos muy utilizados por la normativa referida al ordenamiento territorial o ambiental y la ausencia de efecto vinculante de la participación ciudadana en la toma de decisiones sobre bienes comunes. La determinación de cuándo un aprovechamiento deja de ser sostenible, cuándo un paisaje o ecosistema es relevante, o cuándo un impacto es considerado negativo, salvo contadas excepciones, no está especificado objetivamente. Lo usual es la ausencia de estándares que permitan una determinación objetiva de esos conceptos. Las instancias de participación social previstas no tienen ningún efecto vinculante. Ello implica que la definición última de cuando un impacto es "significativo" o un daño ambiental "es grave" recae en la discrecionalidad del Jerarca del órgano competente. Los actos administrativos contrarios a la misma normativa se ven amparados por la limitante constitucional de requerir como condición un interés personal, directo y legítimo para poder impugnar dichos actos. Esto representa un andamiaje jurídico institucional que posiciona al país en los primeros lugares del avance en la agenda de la protección de los bienes comunes; ello no se compadece con instrumentos legales que permitan el contralor de su aplicación efectiva por parte de organizaciones sociales. Nota de contenido: 1. Introducción. -- 2. El alcance jurídico de la participación en Uruguay. -- 3. La discrecionalidad para otorgar contenido a los conceptos indeterminados o abiertos que utiliza el ordenamiento jurídico Ambiental. -- 4. Legitimación activa para la impugnación de actos administrativos por parte de organizaciones sociales. -- 5. Conclusiones. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27488
in Revista de derecho administrativo y urbanístico > n. 6 (2026) . - p. 47-70[artículo] Algunas limitaciones jurídicas para la implementación efectiva del marco legal en materia de ordenamiento territorial- ambiental en Uruguay [texto impreso] / Sciandro, José . - 2026 . - p. 47-70.
Idioma : Español (spa)
in Revista de derecho administrativo y urbanístico > n. 6 (2026) . - p. 47-70
Palabras clave: CONCEPTOS INDETERMINADOS, DISCRECIONALIDAD, PARTICIPACION CIUDADANA Resumen: En Uruguay existe un amplio marco de regulación jurídica del ordenamiento territorial- ambiental. Con base en el análisis de Jurisprudencia reciente se constata la existencia de limitaciones para hacer efectivo el cumplimiento de este cuando es el propio Estado quien incumple las obligaciones que establece dicha normativa. Ello obedece a múltiples causas, que no podemos abordar en este artículo, pero desde una perspectiva jurídica existen tres elementos determinantes: las limitaciones para impugnar los actos administrativos por interés difuso o derechos colectivos; la discrecionalidad para dar contenido a conceptos indeterminados o abiertos muy utilizados por la normativa referida al ordenamiento territorial o ambiental y la ausencia de efecto vinculante de la participación ciudadana en la toma de decisiones sobre bienes comunes. La determinación de cuándo un aprovechamiento deja de ser sostenible, cuándo un paisaje o ecosistema es relevante, o cuándo un impacto es considerado negativo, salvo contadas excepciones, no está especificado objetivamente. Lo usual es la ausencia de estándares que permitan una determinación objetiva de esos conceptos. Las instancias de participación social previstas no tienen ningún efecto vinculante. Ello implica que la definición última de cuando un impacto es "significativo" o un daño ambiental "es grave" recae en la discrecionalidad del Jerarca del órgano competente. Los actos administrativos contrarios a la misma normativa se ven amparados por la limitante constitucional de requerir como condición un interés personal, directo y legítimo para poder impugnar dichos actos. Esto representa un andamiaje jurídico institucional que posiciona al país en los primeros lugares del avance en la agenda de la protección de los bienes comunes; ello no se compadece con instrumentos legales que permitan el contralor de su aplicación efectiva por parte de organizaciones sociales. Nota de contenido: 1. Introducción. -- 2. El alcance jurídico de la participación en Uruguay. -- 3. La discrecionalidad para otorgar contenido a los conceptos indeterminados o abiertos que utiliza el ordenamiento jurídico Ambiental. -- 4. Legitimación activa para la impugnación de actos administrativos por parte de organizaciones sociales. -- 5. Conclusiones. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27488 [artículo] Sciandro, José (2026). Algunas limitaciones jurídicas para la implementación efectiva del marco legal en materia de ordenamiento territorial- ambiental en Uruguay. Revista de derecho administrativo y urbanístico. n. 6. (2026) p. 47-70.
Idioma : Español (spa)
in Revista de derecho administrativo y urbanístico > n. 6 (2026) . - p. 47-70
Palabras clave: CONCEPTOS INDETERMINADOS, DISCRECIONALIDAD, PARTICIPACION CIUDADANA Resumen: En Uruguay existe un amplio marco de regulación jurídica del ordenamiento territorial- ambiental. Con base en el análisis de Jurisprudencia reciente se constata la existencia de limitaciones para hacer efectivo el cumplimiento de este cuando es el propio Estado quien incumple las obligaciones que establece dicha normativa. Ello obedece a múltiples causas, que no podemos abordar en este artículo, pero desde una perspectiva jurídica existen tres elementos determinantes: las limitaciones para impugnar los actos administrativos por interés difuso o derechos colectivos; la discrecionalidad para dar contenido a conceptos indeterminados o abiertos muy utilizados por la normativa referida al ordenamiento territorial o ambiental y la ausencia de efecto vinculante de la participación ciudadana en la toma de decisiones sobre bienes comunes. La determinación de cuándo un aprovechamiento deja de ser sostenible, cuándo un paisaje o ecosistema es relevante, o cuándo un impacto es considerado negativo, salvo contadas excepciones, no está especificado objetivamente. Lo usual es la ausencia de estándares que permitan una determinación objetiva de esos conceptos. Las instancias de participación social previstas no tienen ningún efecto vinculante. Ello implica que la definición última de cuando un impacto es "significativo" o un daño ambiental "es grave" recae en la discrecionalidad del Jerarca del órgano competente. Los actos administrativos contrarios a la misma normativa se ven amparados por la limitante constitucional de requerir como condición un interés personal, directo y legítimo para poder impugnar dichos actos. Esto representa un andamiaje jurídico institucional que posiciona al país en los primeros lugares del avance en la agenda de la protección de los bienes comunes; ello no se compadece con instrumentos legales que permitan el contralor de su aplicación efectiva por parte de organizaciones sociales. Nota de contenido: 1. Introducción. -- 2. El alcance jurídico de la participación en Uruguay. -- 3. La discrecionalidad para otorgar contenido a los conceptos indeterminados o abiertos que utiliza el ordenamiento jurídico Ambiental. -- 4. Legitimación activa para la impugnación de actos administrativos por parte de organizaciones sociales. -- 5. Conclusiones. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27488 Sobre las recientes modificaciones en materia de la regulación de la caza en Uruguay / Sciandro, José en Revista de Técnica Forense, 28 (2024)
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Título : Sobre las recientes modificaciones en materia de la regulación de la caza en Uruguay Tipo de documento: texto impreso Autores: Sciandro, José, Autor Fecha de publicación: 2024 Artículo en la página: p. 243-253 Idioma : Español (spa) Clasificación: CAZA ABUSIVA Nota de contenido: Introducción. -- Antecedentes de la regulación de la caza en Uruguay. -- La tendencia: una mayor discrecionalidad del Poder Ejecutivo en materia de caza. -- Jurisprudencia anterior a la vigencia de la reciente modificación de la legislación sobre la caza. -- Discusión - Análisis de la situación planteada. -- Conclusiones. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=22399
in Revista de Técnica Forense > 28 (2024) . - p. 243-253[artículo] Sobre las recientes modificaciones en materia de la regulación de la caza en Uruguay [texto impreso] / Sciandro, José, Autor . - 2024 . - p. 243-253.
Idioma : Español (spa)
in Revista de Técnica Forense > 28 (2024) . - p. 243-253
Clasificación: CAZA ABUSIVA Nota de contenido: Introducción. -- Antecedentes de la regulación de la caza en Uruguay. -- La tendencia: una mayor discrecionalidad del Poder Ejecutivo en materia de caza. -- Jurisprudencia anterior a la vigencia de la reciente modificación de la legislación sobre la caza. -- Discusión - Análisis de la situación planteada. -- Conclusiones. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=22399 [artículo] Sciandro, José (2024). Sobre las recientes modificaciones en materia de la regulación de la caza en Uruguay. Revista de Técnica Forense. 28. (2024) p. 243-253.
Idioma : Español (spa)
in Revista de Técnica Forense > 28 (2024) . - p. 243-253
Clasificación: CAZA ABUSIVA Nota de contenido: Introducción. -- Antecedentes de la regulación de la caza en Uruguay. -- La tendencia: una mayor discrecionalidad del Poder Ejecutivo en materia de caza. -- Jurisprudencia anterior a la vigencia de la reciente modificación de la legislación sobre la caza. -- Discusión - Análisis de la situación planteada. -- Conclusiones. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=22399 La trascendencia de los principios de prevención y precaución para la protección de los derechos humanos y el ambiente / Sciandro, José en Revista de Técnica Forense, 27 (2023)
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Título : La trascendencia de los principios de prevención y precaución para la protección de los derechos humanos y el ambiente Tipo de documento: texto impreso Autores: Sciandro, José Fecha de publicación: 2023 Artículo en la página: p. 57-73 Idioma : Español (spa) Clasificación: PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Resumen: En los últimos años se abre una nueva perspectiva para la protección del ambiente a través de los derechos humanos en la región. En el año 2017, la Corte Interamericana de Derechos Humanos pronunció la "Opinión Consultiva 23 sobre Medio Ambiente y Derechos Humanos...". Con posterioridad entró en vigencia el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, ("Acuerdo de Escazú") adoptado el 4/03/2018. -- En el año 2021, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos dictó la Resolución 3/2021 "Emergencia climática: Alcance de las obligaciones interamericanas en materia de Derechos Humanos". Estos pronunciamientos regionales son muy trascendentes: en forma explícita se consagra el deber de prevenir las violaciones de los derechos ambientales y la obligación de impedir la contaminación ilícita del medio ambiente. Específicamente, se expresa que los Estados parte deban actuar conforme al principio de precaución, frente a posibles afectaciones a los derechos a la vida y a la integridad personal de sus habitantes. La postpandemia de COVID-19, nos señala que el principio de precaución, por sus características, se constituye en un instrumento fundamental para proteger el ambiente; permite la gestión de nuevos riesgos- inciertos- emergentes de la sociedad posindustrial para impedir que ocurran una nueva categoría de daños colectivos e imprevisibles y cuyas medidas de mitigación carecen de certidumbre científica. Nota de contenido: Introducción. Marco teórico. Metodología. -- Concepto doctrinario de los principios de prevención y precaución. -- Relación derechos humanos, ambiente y principio de precaución. -- Obligación de prevención y precaución en la OC- 23/2017. -- Los principios de prevención y precaución en el Derecho Positivo de Argentina. -- Los principios de prevención y precaución en el Derecho Positivo de Uruguay. -- Conclusiones. -- Referencias bibliográficas. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=21166
in Revista de Técnica Forense > 27 (2023) . - p. 57-73[artículo] La trascendencia de los principios de prevención y precaución para la protección de los derechos humanos y el ambiente [texto impreso] / Sciandro, José . - 2023 . - p. 57-73.
Idioma : Español (spa)
in Revista de Técnica Forense > 27 (2023) . - p. 57-73
Clasificación: PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Resumen: En los últimos años se abre una nueva perspectiva para la protección del ambiente a través de los derechos humanos en la región. En el año 2017, la Corte Interamericana de Derechos Humanos pronunció la "Opinión Consultiva 23 sobre Medio Ambiente y Derechos Humanos...". Con posterioridad entró en vigencia el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, ("Acuerdo de Escazú") adoptado el 4/03/2018. -- En el año 2021, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos dictó la Resolución 3/2021 "Emergencia climática: Alcance de las obligaciones interamericanas en materia de Derechos Humanos". Estos pronunciamientos regionales son muy trascendentes: en forma explícita se consagra el deber de prevenir las violaciones de los derechos ambientales y la obligación de impedir la contaminación ilícita del medio ambiente. Específicamente, se expresa que los Estados parte deban actuar conforme al principio de precaución, frente a posibles afectaciones a los derechos a la vida y a la integridad personal de sus habitantes. La postpandemia de COVID-19, nos señala que el principio de precaución, por sus características, se constituye en un instrumento fundamental para proteger el ambiente; permite la gestión de nuevos riesgos- inciertos- emergentes de la sociedad posindustrial para impedir que ocurran una nueva categoría de daños colectivos e imprevisibles y cuyas medidas de mitigación carecen de certidumbre científica. Nota de contenido: Introducción. Marco teórico. Metodología. -- Concepto doctrinario de los principios de prevención y precaución. -- Relación derechos humanos, ambiente y principio de precaución. -- Obligación de prevención y precaución en la OC- 23/2017. -- Los principios de prevención y precaución en el Derecho Positivo de Argentina. -- Los principios de prevención y precaución en el Derecho Positivo de Uruguay. -- Conclusiones. -- Referencias bibliográficas. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=21166 [artículo] Sciandro, José (2023). La trascendencia de los principios de prevención y precaución para la protección de los derechos humanos y el ambiente. Revista de Técnica Forense. 27. (2023) p. 57-73.
Idioma : Español (spa)
in Revista de Técnica Forense > 27 (2023) . - p. 57-73
Clasificación: PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Resumen: En los últimos años se abre una nueva perspectiva para la protección del ambiente a través de los derechos humanos en la región. En el año 2017, la Corte Interamericana de Derechos Humanos pronunció la "Opinión Consultiva 23 sobre Medio Ambiente y Derechos Humanos...". Con posterioridad entró en vigencia el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, ("Acuerdo de Escazú") adoptado el 4/03/2018. -- En el año 2021, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos dictó la Resolución 3/2021 "Emergencia climática: Alcance de las obligaciones interamericanas en materia de Derechos Humanos". Estos pronunciamientos regionales son muy trascendentes: en forma explícita se consagra el deber de prevenir las violaciones de los derechos ambientales y la obligación de impedir la contaminación ilícita del medio ambiente. Específicamente, se expresa que los Estados parte deban actuar conforme al principio de precaución, frente a posibles afectaciones a los derechos a la vida y a la integridad personal de sus habitantes. La postpandemia de COVID-19, nos señala que el principio de precaución, por sus características, se constituye en un instrumento fundamental para proteger el ambiente; permite la gestión de nuevos riesgos- inciertos- emergentes de la sociedad posindustrial para impedir que ocurran una nueva categoría de daños colectivos e imprevisibles y cuyas medidas de mitigación carecen de certidumbre científica. Nota de contenido: Introducción. Marco teórico. Metodología. -- Concepto doctrinario de los principios de prevención y precaución. -- Relación derechos humanos, ambiente y principio de precaución. -- Obligación de prevención y precaución en la OC- 23/2017. -- Los principios de prevención y precaución en el Derecho Positivo de Argentina. -- Los principios de prevención y precaución en el Derecho Positivo de Uruguay. -- Conclusiones. -- Referencias bibliográficas. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=21166









