[artículo] inRevista de Derecho > v. 16, n. 31 (2017) . - p. 55-74 Título : |
El derecho al olvido y a la protección de datos personales en Uruguay |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Pablo Schiavi |
Fecha de publicación: |
2017 |
Artículo en la página: |
p. 55-74 |
Idioma : |
Español (spa) |
Clasificación: |
DERECHO CIVIL / DERECHO PÚBLICO / DERECHO CONSTITUCIONAL / ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA / DERECHO A LA INTIMIDAD / HÁBEAS DATA / TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN / REDES SOCIALES / DERECHO AL OLVIDO / LEY 18331
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Resumen: |
Los desarrollos doctrinarios y jurisprudenciales sobre el «derecho al olvido» se encuadran en los permanentes desafíos que la actual era digital con una sociedad hiperconectada e hiperinformada le impone al Derecho y a las distintas regulaciones. El «derecho al olvido» deber ser analizado en el contexto de la protección de datos personales en Internet y en las redes sociales con especial acento en el necesario equilibrio entre modernización y garantía del derecho del ciudadano a preservar el control sobre sus datos personales y la aplicación de las nuevas tecnologías de la información. El «derecho al olvido», en tanto proyección de los derechos de supresión y oposición de los datos, no deber ser interpretado como sinónimo de «borrar» o de «ocultar» determinada información referida a una persona, aunque su consagración apunta al derecho del titular del dato a que su información personal no permanezca de manera indefinida y permanente, y de fácil acceso, en las redes sociales e Internet. Debemos ser muy cuidadosos en señalar que el derecho al olvido no puede interpretarse como contrario a la transparencia aunque debemos trabajar en soluciones y fórmulas que nos permitan respetar el derecho de una persona a que sus datos no permanezcan en forma indefinida en Internet vinculados a hechos o acontecimientos de su vida negativos e incluso positivos y que suponen una condena social permanente en las redes sociales e Internet. |
Nota de contenido: |
La protección de los datos personales en las redes sociales. -- El derecho al olvido en tiempos de «Google». -- Derecho al olvido y derecho a la protección de datos personales. -- La protección de datos personales en la legislación uruguaya. Régimen general. -- Principios generales. -- Derechos de los titulares de los datos. -- La acción de protección de datos personales. -- La Unidad Reguladora y Control de Datos Personales. -- Reflexiones finales. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=8710 |
[artículo] El derecho al olvido y a la protección de datos personales en Uruguay [texto impreso] / Pablo Schiavi . - 2017 . - p. 55-74. Idioma : Español ( spa) in Revista de Derecho > v. 16, n. 31 (2017) . - p. 55-74 Clasificación: |
DERECHO CIVIL / DERECHO PÚBLICO / DERECHO CONSTITUCIONAL / ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA / DERECHO A LA INTIMIDAD / HÁBEAS DATA / TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN / REDES SOCIALES / DERECHO AL OLVIDO / LEY 18331
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Resumen: |
Los desarrollos doctrinarios y jurisprudenciales sobre el «derecho al olvido» se encuadran en los permanentes desafíos que la actual era digital con una sociedad hiperconectada e hiperinformada le impone al Derecho y a las distintas regulaciones. El «derecho al olvido» deber ser analizado en el contexto de la protección de datos personales en Internet y en las redes sociales con especial acento en el necesario equilibrio entre modernización y garantía del derecho del ciudadano a preservar el control sobre sus datos personales y la aplicación de las nuevas tecnologías de la información. El «derecho al olvido», en tanto proyección de los derechos de supresión y oposición de los datos, no deber ser interpretado como sinónimo de «borrar» o de «ocultar» determinada información referida a una persona, aunque su consagración apunta al derecho del titular del dato a que su información personal no permanezca de manera indefinida y permanente, y de fácil acceso, en las redes sociales e Internet. Debemos ser muy cuidadosos en señalar que el derecho al olvido no puede interpretarse como contrario a la transparencia aunque debemos trabajar en soluciones y fórmulas que nos permitan respetar el derecho de una persona a que sus datos no permanezcan en forma indefinida en Internet vinculados a hechos o acontecimientos de su vida negativos e incluso positivos y que suponen una condena social permanente en las redes sociales e Internet. |
Nota de contenido: |
La protección de los datos personales en las redes sociales. -- El derecho al olvido en tiempos de «Google». -- Derecho al olvido y derecho a la protección de datos personales. -- La protección de datos personales en la legislación uruguaya. Régimen general. -- Principios generales. -- Derechos de los titulares de los datos. -- La acción de protección de datos personales. -- La Unidad Reguladora y Control de Datos Personales. -- Reflexiones finales. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=8710 |
[artículo] Schiavi, Pablo (2017). El derecho al olvido y a la protección de datos personales en Uruguay. Revista de Derecho. v. 16, n. 31. (2017) p. 55-74. Idioma : Español ( spa) in Revista de Derecho > v. 16, n. 31 (2017) . - p. 55-74 Clasificación: |
DERECHO CIVIL / DERECHO PÚBLICO / DERECHO CONSTITUCIONAL / ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA / DERECHO A LA INTIMIDAD / HÁBEAS DATA / TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN / REDES SOCIALES / DERECHO AL OLVIDO / LEY 18331
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Resumen: |
Los desarrollos doctrinarios y jurisprudenciales sobre el «derecho al olvido» se encuadran en los permanentes desafíos que la actual era digital con una sociedad hiperconectada e hiperinformada le impone al Derecho y a las distintas regulaciones. El «derecho al olvido» deber ser analizado en el contexto de la protección de datos personales en Internet y en las redes sociales con especial acento en el necesario equilibrio entre modernización y garantía del derecho del ciudadano a preservar el control sobre sus datos personales y la aplicación de las nuevas tecnologías de la información. El «derecho al olvido», en tanto proyección de los derechos de supresión y oposición de los datos, no deber ser interpretado como sinónimo de «borrar» o de «ocultar» determinada información referida a una persona, aunque su consagración apunta al derecho del titular del dato a que su información personal no permanezca de manera indefinida y permanente, y de fácil acceso, en las redes sociales e Internet. Debemos ser muy cuidadosos en señalar que el derecho al olvido no puede interpretarse como contrario a la transparencia aunque debemos trabajar en soluciones y fórmulas que nos permitan respetar el derecho de una persona a que sus datos no permanezcan en forma indefinida en Internet vinculados a hechos o acontecimientos de su vida negativos e incluso positivos y que suponen una condena social permanente en las redes sociales e Internet. |
Nota de contenido: |
La protección de los datos personales en las redes sociales. -- El derecho al olvido en tiempos de «Google». -- Derecho al olvido y derecho a la protección de datos personales. -- La protección de datos personales en la legislación uruguaya. Régimen general. -- Principios generales. -- Derechos de los titulares de los datos. -- La acción de protección de datos personales. -- La Unidad Reguladora y Control de Datos Personales. -- Reflexiones finales. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=8710 |
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