[artículo] inRevista Tributaria > v. 44, n. 260 (Setiembre - Octubre 2017) . - p. 719-754 Título : |
La aplicación de los convenios para evitar la doble imposición a las entidades híbridas : Plan de acción BEPS y caso de las entidades en régimen de atribución de rentas en Uruguay |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Andrea Laura Riccardi Sacchi |
Fecha de publicación: |
2017 |
Artículo en la página: |
p. 719-754 |
Idioma : |
Español (spa) |
Clasificación: |
DERECHO TRIBUTARIO / DOBLE TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL / BEPS / INTERCAMBIO INTERNACIONAL DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA / OCDE
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Resumen: |
El ámbito subjetivo de aplicación de los convenios para evitar la doble imposición genera, entre otros interrogantes, los referidos a las llamadas entidades híbridas. Dicha calificación es producto de las disparidades existentes en el tratamiento fiscal otorgado a ciertas entidades por las distintas jurisdicciones involucradas en una determinada operación internacional. El presente trabajo pretende presentar las generalidades de esta problemática, incluyendo las recomendaciones formuladas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, en particular, el reciente plan de acción contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios, para luego analizar el tratamiento dispensado a ciertas sociedades de personas en Régimen de Atribución de Rentas en Uruguay y la eventual adopción de las propuestas de la Acción 2, «Neutralizar los efectos de los mecanismos híbridos», del mencionado plan. |
Nota de contenido: |
Introducción. -- Los convenios para evitar la doble imposición y las entidades híbridas. -- Consideraciones previas sobre la aplicación de los Convenios para evitar la doble imposición. -- Entidades híbridas y sociedades de personas o partnerships. -- Recomendaciones del plan de acción contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios: aplicación de los convenios para evitar la doble imposición a las entidades híbridas. -- Nociones generales del plan de acción contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios. -- Acción 2- Neutralizar los efectos de los mecanismos híbridos. -- Estudios previos de la Organización para la Cooperación y el Derecho Económico sobre las entidades híbridas. -- Recomendaciones de la Acción 2 («Neutralizar los efectos de los mecanismos híbridos») sobre las entidades híbridas con impacto en los convenios para evitar la doble imposición. -- Las entidades en régimen de atribución de rentas en Uruguay a la luz del ámbito subjetivo de aplicación de los convenios para evitar la doble imposición. -- Consideraciones previas acerca del régimen de atribución de rentas en uruguay. -- Aplicación de los convenios para evitar la doble imposición a las entidades en régimen de atribución de rentas. -- Conclusiones. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=8678 |
[artículo] La aplicación de los convenios para evitar la doble imposición a las entidades híbridas : Plan de acción BEPS y caso de las entidades en régimen de atribución de rentas en Uruguay [texto impreso] / Andrea Laura Riccardi Sacchi . - 2017 . - p. 719-754. Idioma : Español ( spa) in Revista Tributaria > v. 44, n. 260 (Setiembre - Octubre 2017) . - p. 719-754 Clasificación: |
DERECHO TRIBUTARIO / DOBLE TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL / BEPS / INTERCAMBIO INTERNACIONAL DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA / OCDE
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Resumen: |
El ámbito subjetivo de aplicación de los convenios para evitar la doble imposición genera, entre otros interrogantes, los referidos a las llamadas entidades híbridas. Dicha calificación es producto de las disparidades existentes en el tratamiento fiscal otorgado a ciertas entidades por las distintas jurisdicciones involucradas en una determinada operación internacional. El presente trabajo pretende presentar las generalidades de esta problemática, incluyendo las recomendaciones formuladas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, en particular, el reciente plan de acción contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios, para luego analizar el tratamiento dispensado a ciertas sociedades de personas en Régimen de Atribución de Rentas en Uruguay y la eventual adopción de las propuestas de la Acción 2, «Neutralizar los efectos de los mecanismos híbridos», del mencionado plan. |
Nota de contenido: |
Introducción. -- Los convenios para evitar la doble imposición y las entidades híbridas. -- Consideraciones previas sobre la aplicación de los Convenios para evitar la doble imposición. -- Entidades híbridas y sociedades de personas o partnerships. -- Recomendaciones del plan de acción contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios: aplicación de los convenios para evitar la doble imposición a las entidades híbridas. -- Nociones generales del plan de acción contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios. -- Acción 2- Neutralizar los efectos de los mecanismos híbridos. -- Estudios previos de la Organización para la Cooperación y el Derecho Económico sobre las entidades híbridas. -- Recomendaciones de la Acción 2 («Neutralizar los efectos de los mecanismos híbridos») sobre las entidades híbridas con impacto en los convenios para evitar la doble imposición. -- Las entidades en régimen de atribución de rentas en Uruguay a la luz del ámbito subjetivo de aplicación de los convenios para evitar la doble imposición. -- Consideraciones previas acerca del régimen de atribución de rentas en uruguay. -- Aplicación de los convenios para evitar la doble imposición a las entidades en régimen de atribución de rentas. -- Conclusiones. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=8678 |
[artículo] Riccardi Sacchi, Andrea Laura (2017). La aplicación de los convenios para evitar la doble imposición a las entidades híbridas : Plan de acción BEPS y caso de las entidades en régimen de atribución de rentas en Uruguay. Revista Tributaria. v. 44, n. 260. (Setiembre - Octubre 2017) p. 719-754. Idioma : Español ( spa) in Revista Tributaria > v. 44, n. 260 (Setiembre - Octubre 2017) . - p. 719-754 Clasificación: |
DERECHO TRIBUTARIO / DOBLE TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL / BEPS / INTERCAMBIO INTERNACIONAL DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA / OCDE
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Resumen: |
El ámbito subjetivo de aplicación de los convenios para evitar la doble imposición genera, entre otros interrogantes, los referidos a las llamadas entidades híbridas. Dicha calificación es producto de las disparidades existentes en el tratamiento fiscal otorgado a ciertas entidades por las distintas jurisdicciones involucradas en una determinada operación internacional. El presente trabajo pretende presentar las generalidades de esta problemática, incluyendo las recomendaciones formuladas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, en particular, el reciente plan de acción contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios, para luego analizar el tratamiento dispensado a ciertas sociedades de personas en Régimen de Atribución de Rentas en Uruguay y la eventual adopción de las propuestas de la Acción 2, «Neutralizar los efectos de los mecanismos híbridos», del mencionado plan. |
Nota de contenido: |
Introducción. -- Los convenios para evitar la doble imposición y las entidades híbridas. -- Consideraciones previas sobre la aplicación de los Convenios para evitar la doble imposición. -- Entidades híbridas y sociedades de personas o partnerships. -- Recomendaciones del plan de acción contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios: aplicación de los convenios para evitar la doble imposición a las entidades híbridas. -- Nociones generales del plan de acción contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios. -- Acción 2- Neutralizar los efectos de los mecanismos híbridos. -- Estudios previos de la Organización para la Cooperación y el Derecho Económico sobre las entidades híbridas. -- Recomendaciones de la Acción 2 («Neutralizar los efectos de los mecanismos híbridos») sobre las entidades híbridas con impacto en los convenios para evitar la doble imposición. -- Las entidades en régimen de atribución de rentas en Uruguay a la luz del ámbito subjetivo de aplicación de los convenios para evitar la doble imposición. -- Consideraciones previas acerca del régimen de atribución de rentas en uruguay. -- Aplicación de los convenios para evitar la doble imposición a las entidades en régimen de atribución de rentas. -- Conclusiones. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
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https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=8678 |
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