Inicio
Materias
(1)
Refinar búsqueda
Extender la búsqueda nivel(es) hacia arriba y hacia abajo
Derechos del concubino del socio a ingresar como socio a la sociedad a su fallecimiento o a la disolución de su sociedad de bienes concubinaria / María Wonsiak de Haskel
en Sociedades y concursos en un mundo en cambio / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2010)
Título : Derechos del concubino del socio a ingresar como socio a la sociedad a su fallecimiento o a la disolución de su sociedad de bienes concubinaria Tipo de documento: texto impreso Autores: María Wonsiak de Haskel Número de páginas: p. 87 - 93 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO COMERCIAL / CONTRATOS COMERCIALES / CONCUBINATO / SOCIEDAD CONYUGAL / PATRIMONIO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL / PACTOS DE CONTINUACIÓN / LEY 16060 / LEY 16060 - ART. 146 / LEY 16060 - ART. 235 / LEY 16060 - ART. 236 / LEY 18246 Resumen: Es admisible el pacto de continuación de la sociedad con el concubino, solo o con el cónyuge y/o con los restantes herederos para el caso de fallecimiento de un socio o con el concubino en caso de disolución de la sociedad de bienes concubinaria; Si el contrato social social contiene el pacto de continuación de la sociedad con el cónyuge y/o con los herederos del socio fallecido-dependiendo de lo establecido-, el concubino de éste queda colocado en la misma situación del cónyuge; Debe legislarse respecto del derecho del concubino del socio a ingresar como socio en la sociedad a su fallecimiento o a la disolución de la sociedad de bienes concubinaria; La inclusión de los pactos de continuación a favor de los herederos, del cónyuge y/o del concubino deben ser precedidos de un cuidadoso análisis por los socios previo asesoramiento del profesional interviniente, que es imposible en el caso de la "empresa en el dia" tal cual actualmente está estructurando su procedimiento de creación. Nota de contenido: Incidencia de la Ley de Unión Concubinaria en los pactos de continuación con el cónyuge. -- Viabilidad del pacto de continuación con el concubino del socio. -- Derechos del concubino del socio fallecido cuando el contrato social contiene pacto de continuación con el cónyuge. -- Derechos del concubino del socio fallecido cuando el contrato social contienen pacto de continuación exclusivamente con el cónyuge. -- Derechos del concubino del socio cuando el contrato social contiene pacto de continuación exclusivamente con el cónyuge. -- Derechos del concubino del socio cuando el contrato contiene el pacto de continuación con los herederos. -- Disolución de la sociedad de bienes de la unión concubinaria. -- Regulación legal del pacto de continuación con el concubino. -- Reflexión del otorgante y asesoramiento profesional con relación a los efectos de los pactos de continuación. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4890 Derechos del concubino del socio a ingresar como socio a la sociedad a su fallecimiento o a la disolución de su sociedad de bienes concubinaria [texto impreso] / María Wonsiak de Haskel . - [s.d.] . - p. 87 - 93.
en Sociedades y concursos en un mundo en cambio / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2010)
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO COMERCIAL / CONTRATOS COMERCIALES / CONCUBINATO / SOCIEDAD CONYUGAL / PATRIMONIO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL / PACTOS DE CONTINUACIÓN / LEY 16060 / LEY 16060 - ART. 146 / LEY 16060 - ART. 235 / LEY 16060 - ART. 236 / LEY 18246 Resumen: Es admisible el pacto de continuación de la sociedad con el concubino, solo o con el cónyuge y/o con los restantes herederos para el caso de fallecimiento de un socio o con el concubino en caso de disolución de la sociedad de bienes concubinaria; Si el contrato social social contiene el pacto de continuación de la sociedad con el cónyuge y/o con los herederos del socio fallecido-dependiendo de lo establecido-, el concubino de éste queda colocado en la misma situación del cónyuge; Debe legislarse respecto del derecho del concubino del socio a ingresar como socio en la sociedad a su fallecimiento o a la disolución de la sociedad de bienes concubinaria; La inclusión de los pactos de continuación a favor de los herederos, del cónyuge y/o del concubino deben ser precedidos de un cuidadoso análisis por los socios previo asesoramiento del profesional interviniente, que es imposible en el caso de la "empresa en el dia" tal cual actualmente está estructurando su procedimiento de creación. Nota de contenido: Incidencia de la Ley de Unión Concubinaria en los pactos de continuación con el cónyuge. -- Viabilidad del pacto de continuación con el concubino del socio. -- Derechos del concubino del socio fallecido cuando el contrato social contiene pacto de continuación con el cónyuge. -- Derechos del concubino del socio fallecido cuando el contrato social contienen pacto de continuación exclusivamente con el cónyuge. -- Derechos del concubino del socio cuando el contrato social contiene pacto de continuación exclusivamente con el cónyuge. -- Derechos del concubino del socio cuando el contrato contiene el pacto de continuación con los herederos. -- Disolución de la sociedad de bienes de la unión concubinaria. -- Regulación legal del pacto de continuación con el concubino. -- Reflexión del otorgante y asesoramiento profesional con relación a los efectos de los pactos de continuación. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4890 Wonsiak de Haskel, María (2010). Derechos del concubino del socio a ingresar como socio a la sociedad a su fallecimiento o a la disolución de su sociedad de bienes concubinaria. En Sociedades y concursos en un mundo en cambio. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria. , 2010. p. 87 - 93.
en Sociedades y concursos en un mundo en cambio / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2010)
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO COMERCIAL / CONTRATOS COMERCIALES / CONCUBINATO / SOCIEDAD CONYUGAL / PATRIMONIO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL / PACTOS DE CONTINUACIÓN / LEY 16060 / LEY 16060 - ART. 146 / LEY 16060 - ART. 235 / LEY 16060 - ART. 236 / LEY 18246 Resumen: Es admisible el pacto de continuación de la sociedad con el concubino, solo o con el cónyuge y/o con los restantes herederos para el caso de fallecimiento de un socio o con el concubino en caso de disolución de la sociedad de bienes concubinaria; Si el contrato social social contiene el pacto de continuación de la sociedad con el cónyuge y/o con los herederos del socio fallecido-dependiendo de lo establecido-, el concubino de éste queda colocado en la misma situación del cónyuge; Debe legislarse respecto del derecho del concubino del socio a ingresar como socio en la sociedad a su fallecimiento o a la disolución de la sociedad de bienes concubinaria; La inclusión de los pactos de continuación a favor de los herederos, del cónyuge y/o del concubino deben ser precedidos de un cuidadoso análisis por los socios previo asesoramiento del profesional interviniente, que es imposible en el caso de la "empresa en el dia" tal cual actualmente está estructurando su procedimiento de creación. Nota de contenido: Incidencia de la Ley de Unión Concubinaria en los pactos de continuación con el cónyuge. -- Viabilidad del pacto de continuación con el concubino del socio. -- Derechos del concubino del socio fallecido cuando el contrato social contiene pacto de continuación con el cónyuge. -- Derechos del concubino del socio fallecido cuando el contrato social contienen pacto de continuación exclusivamente con el cónyuge. -- Derechos del concubino del socio cuando el contrato social contiene pacto de continuación exclusivamente con el cónyuge. -- Derechos del concubino del socio cuando el contrato contiene el pacto de continuación con los herederos. -- Disolución de la sociedad de bienes de la unión concubinaria. -- Regulación legal del pacto de continuación con el concubino. -- Reflexión del otorgante y asesoramiento profesional con relación a los efectos de los pactos de continuación. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4890