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Acción social de responsabilidad en el concurso / Pablo Garrido
en Sociedades y concursos en un mundo en cambio / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2010)
Título : Acción social de responsabilidad en el concurso : Crítica al art. 52 de la ley de Declaración Judicial del Concurso Tipo de documento: texto impreso Autores: Pablo Garrido Número de páginas: p. 619-625 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO COMERCIAL / CONCURSOS / SOCIEDADES COMERCIALES / RESPONSABILIDAD DE SOCIEDADES COMERCIALES / RESPONSABILIDAD DEL DIRECTORIO / PROCESO CONCURSAL / LEGITIMACIÓN ACTIVA / LEY 16060 / LEY 16060 - ART. 394 / LEY 16060 - ART. 396 / LEY 18387 / LEY 18387 - ART. 52 Resumen: En el presente trabajo se analizará la solución adoptada por la ley de Declaración Judicial del Concurso y Reorganización Empresarial (ley 18.387) en cuanto a la acción social de responsabilidad una vez declarado el concurso. La acción social de responsabilidad una vez declarado el concurso. La acción social de responsabilidad genera en el ordenamiento jurídico nacional una amplia gama de discusiones doctrinarias que van desde la naturaleza jurídica hasta los distintos recaudos que deben acreditarse para poder ejercerla. En este trabajo se analizará exclusivamente lo dispuesto por el artículo 52 de la ley 18.387 que refiere al funcionamiento de la acción social en el concurso. Se efectuará dicho análisis bajo la óptica de las nuevas tendencias tanto nacionales como internacionales en la concepción de la responsabilidad civil y del papel que presenta el daño y la mitigación del mismo como elemento principal. En particular los puntos analizados serán: el concepto de acción social y su distinción de la acción individual; la legitimación activa necesaria para entablar la acción social en el ordenamiento jurídico uruguayo; lo dispuesto por el artículo 52 de la ley de concursos; la crítica a la solución adoptada por el legislador nacional y finalmente, las conclusiones. Nota de contenido: Introducción. -- Distinción entre acción social y acción individual. -- Legitimación activa para promover la acción social de responsabilidad. -- Crítica al artículo 52 de la ley [18.387]. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4993 Acción social de responsabilidad en el concurso : Crítica al art. 52 de la ley de Declaración Judicial del Concurso [texto impreso] / Pablo Garrido . - [s.d.] . - p. 619-625.
en Sociedades y concursos en un mundo en cambio / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2010)
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO COMERCIAL / CONCURSOS / SOCIEDADES COMERCIALES / RESPONSABILIDAD DE SOCIEDADES COMERCIALES / RESPONSABILIDAD DEL DIRECTORIO / PROCESO CONCURSAL / LEGITIMACIÓN ACTIVA / LEY 16060 / LEY 16060 - ART. 394 / LEY 16060 - ART. 396 / LEY 18387 / LEY 18387 - ART. 52 Resumen: En el presente trabajo se analizará la solución adoptada por la ley de Declaración Judicial del Concurso y Reorganización Empresarial (ley 18.387) en cuanto a la acción social de responsabilidad una vez declarado el concurso. La acción social de responsabilidad una vez declarado el concurso. La acción social de responsabilidad genera en el ordenamiento jurídico nacional una amplia gama de discusiones doctrinarias que van desde la naturaleza jurídica hasta los distintos recaudos que deben acreditarse para poder ejercerla. En este trabajo se analizará exclusivamente lo dispuesto por el artículo 52 de la ley 18.387 que refiere al funcionamiento de la acción social en el concurso. Se efectuará dicho análisis bajo la óptica de las nuevas tendencias tanto nacionales como internacionales en la concepción de la responsabilidad civil y del papel que presenta el daño y la mitigación del mismo como elemento principal. En particular los puntos analizados serán: el concepto de acción social y su distinción de la acción individual; la legitimación activa necesaria para entablar la acción social en el ordenamiento jurídico uruguayo; lo dispuesto por el artículo 52 de la ley de concursos; la crítica a la solución adoptada por el legislador nacional y finalmente, las conclusiones. Nota de contenido: Introducción. -- Distinción entre acción social y acción individual. -- Legitimación activa para promover la acción social de responsabilidad. -- Crítica al artículo 52 de la ley [18.387]. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4993 Garrido, Pablo (2010). Acción social de responsabilidad en el concurso : Crítica al art. 52 de la ley de Declaración Judicial del Concurso. En Sociedades y concursos en un mundo en cambio. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria. , 2010. p. 619-625.
en Sociedades y concursos en un mundo en cambio / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2010)
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO COMERCIAL / CONCURSOS / SOCIEDADES COMERCIALES / RESPONSABILIDAD DE SOCIEDADES COMERCIALES / RESPONSABILIDAD DEL DIRECTORIO / PROCESO CONCURSAL / LEGITIMACIÓN ACTIVA / LEY 16060 / LEY 16060 - ART. 394 / LEY 16060 - ART. 396 / LEY 18387 / LEY 18387 - ART. 52 Resumen: En el presente trabajo se analizará la solución adoptada por la ley de Declaración Judicial del Concurso y Reorganización Empresarial (ley 18.387) en cuanto a la acción social de responsabilidad una vez declarado el concurso. La acción social de responsabilidad una vez declarado el concurso. La acción social de responsabilidad genera en el ordenamiento jurídico nacional una amplia gama de discusiones doctrinarias que van desde la naturaleza jurídica hasta los distintos recaudos que deben acreditarse para poder ejercerla. En este trabajo se analizará exclusivamente lo dispuesto por el artículo 52 de la ley 18.387 que refiere al funcionamiento de la acción social en el concurso. Se efectuará dicho análisis bajo la óptica de las nuevas tendencias tanto nacionales como internacionales en la concepción de la responsabilidad civil y del papel que presenta el daño y la mitigación del mismo como elemento principal. En particular los puntos analizados serán: el concepto de acción social y su distinción de la acción individual; la legitimación activa necesaria para entablar la acción social en el ordenamiento jurídico uruguayo; lo dispuesto por el artículo 52 de la ley de concursos; la crítica a la solución adoptada por el legislador nacional y finalmente, las conclusiones. Nota de contenido: Introducción. -- Distinción entre acción social y acción individual. -- Legitimación activa para promover la acción social de responsabilidad. -- Crítica al artículo 52 de la ley [18.387]. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4993