[artículo] inRevista Tributaria > v. 44, n. 256 (Enero - Febrero 2017) . - p. 33-52 Título : |
¿Es posible que respondan tributariamente los representantes de un responsable? |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Serrana Delgado Manteiga |
Fecha de publicación: |
2017 |
Artículo en la página: |
p. 33-52 |
Idioma : |
Español (spa) |
Clasificación: |
DERECHO TRIBUTARIO
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Resumen: |
En el presente artículo confuto la tesis tradicional de la dogmática tributaria que sostiene que un representante de un responsable no debe responder, con fundamento en que el concepto de obligación tributaria es aquel que implica la verificación del hecho generador. Este argumento se basa en otros, que considero deben ser desechados: la falacia de falsa oposición de los incisos primero y último del artículo 14, la constancia terminológica en el concepto "obligación tributaria", el de la naturaleza jurídica de la misma obligación y el argumento de las sedes materiae y un determinado criterio de ordenación de fuentes. Finalmente considero que es posible sostener que un representante de un responsable responsable tributariamente. |
Nota de contenido: |
Planteo del problema. -- La posición de la dogmática tributaria. -- Los niveles del lenguaje: la distinción entre disposición normativa, norma, y enunciado interpretativo. -- La falacia de falsa oposición. -- La naturaleza de las cosas, no hay una diferencia entre ser y considerar para el Derecho. ¿ Hay una naturaleza jurídica de la obligación tributaria? -- ¿Hay un uso sistemático del enunciado "obligación tributaria" (entendido como constancia terminológica) en el Código Tributario? -- El argumento empleado por la dogmática de la sedes materiae. -- La ordenación de las fuentes en el Derecho y las contradicciones normativas. -- Es posible entender que el concepto de obligación tributaria empleado por el artículo 21 del Código Tributario captura en su concepto a la obligación que tienen los responsables. -- Conclusiones. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=6185 |
[artículo] ¿Es posible que respondan tributariamente los representantes de un responsable? [texto impreso] / Serrana Delgado Manteiga . - 2017 . - p. 33-52. Idioma : Español ( spa) in Revista Tributaria > v. 44, n. 256 (Enero - Febrero 2017) . - p. 33-52 Clasificación: |
DERECHO TRIBUTARIO
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Resumen: |
En el presente artículo confuto la tesis tradicional de la dogmática tributaria que sostiene que un representante de un responsable no debe responder, con fundamento en que el concepto de obligación tributaria es aquel que implica la verificación del hecho generador. Este argumento se basa en otros, que considero deben ser desechados: la falacia de falsa oposición de los incisos primero y último del artículo 14, la constancia terminológica en el concepto "obligación tributaria", el de la naturaleza jurídica de la misma obligación y el argumento de las sedes materiae y un determinado criterio de ordenación de fuentes. Finalmente considero que es posible sostener que un representante de un responsable responsable tributariamente. |
Nota de contenido: |
Planteo del problema. -- La posición de la dogmática tributaria. -- Los niveles del lenguaje: la distinción entre disposición normativa, norma, y enunciado interpretativo. -- La falacia de falsa oposición. -- La naturaleza de las cosas, no hay una diferencia entre ser y considerar para el Derecho. ¿ Hay una naturaleza jurídica de la obligación tributaria? -- ¿Hay un uso sistemático del enunciado "obligación tributaria" (entendido como constancia terminológica) en el Código Tributario? -- El argumento empleado por la dogmática de la sedes materiae. -- La ordenación de las fuentes en el Derecho y las contradicciones normativas. -- Es posible entender que el concepto de obligación tributaria empleado por el artículo 21 del Código Tributario captura en su concepto a la obligación que tienen los responsables. -- Conclusiones. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=6185 |
[artículo] Delgado Manteiga, Serrana (2017). ¿Es posible que respondan tributariamente los representantes de un responsable?. Revista Tributaria. v. 44, n. 256. (Enero - Febrero 2017) p. 33-52. Idioma : Español ( spa) in Revista Tributaria > v. 44, n. 256 (Enero - Febrero 2017) . - p. 33-52 Clasificación: |
DERECHO TRIBUTARIO
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Resumen: |
En el presente artículo confuto la tesis tradicional de la dogmática tributaria que sostiene que un representante de un responsable no debe responder, con fundamento en que el concepto de obligación tributaria es aquel que implica la verificación del hecho generador. Este argumento se basa en otros, que considero deben ser desechados: la falacia de falsa oposición de los incisos primero y último del artículo 14, la constancia terminológica en el concepto "obligación tributaria", el de la naturaleza jurídica de la misma obligación y el argumento de las sedes materiae y un determinado criterio de ordenación de fuentes. Finalmente considero que es posible sostener que un representante de un responsable responsable tributariamente. |
Nota de contenido: |
Planteo del problema. -- La posición de la dogmática tributaria. -- Los niveles del lenguaje: la distinción entre disposición normativa, norma, y enunciado interpretativo. -- La falacia de falsa oposición. -- La naturaleza de las cosas, no hay una diferencia entre ser y considerar para el Derecho. ¿ Hay una naturaleza jurídica de la obligación tributaria? -- ¿Hay un uso sistemático del enunciado "obligación tributaria" (entendido como constancia terminológica) en el Código Tributario? -- El argumento empleado por la dogmática de la sedes materiae. -- La ordenación de las fuentes en el Derecho y las contradicciones normativas. -- Es posible entender que el concepto de obligación tributaria empleado por el artículo 21 del Código Tributario captura en su concepto a la obligación que tienen los responsables. -- Conclusiones. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=6185 |
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