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Subcontratación, intermediación y suministro de mano de obra / Mario Garmendia Arigón en Revista Derecho del Trabajo, v. 4 n. 13 (Octubre - Diciembre 2016)
[artículo]
Título : Subcontratación, intermediación y suministro de mano de obra : La división de la deuda entre las empresas usuarias Tipo de documento: texto impreso Autores: Mario Garmendia Arigón Fecha de publicación: 2016 Artículo en la página: p. 153-161 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO LABORAL / FLEXIBILIZACIÓN LABORAL / SUBCONTRATACIÓN LABORAL / TERCERIZACIONES LABORALES / RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADOR / PROCESO LABORAL / ACREEDOR / BENEFICIO DE DIVISIÓN / CRÉDITOS LABORALES / PRESCRIPCIÓN DE CRÉDITOS LABORALES / RESPONSABILIDAD DE SOCIEDADES COMERCIALES / RESPONSABILIDAD SOLIDARIA Resumen: En el régimen de las leyes núm. 18.099 y 18.251, el importe de la deuda laboral por el que responden las empresas usuarias se fracciona entre ellas. Esta particular característica distancia a este sistema del clásico concepto de solidaridad del Código Civil. En el caso de las tercerizaciones opera la partición ope legis de la deuda entre las diversas empresas usuarias, sobre la base del tiempo en que el trabajador se desempeñó para cada una de ellas. Las leyes han creado una ficción: las empresas usuarias sólo responderán por el importe de las obligaciones que se habrían generado a su cargo si los trabajadores hubieran, hipotéticamente, laborado directamente para aquellas. Las empresas usuarias gozan del beneficio de división, que el Código Civil prevé en sede de fianza y que en dicho Código queda excluido para los obligados solidarios. Nota de contenido: El fraccionamiento legal de la deuda entre las empresas usuarias. -- Regla para practicar el fraccionamiento. -- Alcance de la ficción: el fraccionamiento en períodos breves. -- Empresas usuarias y beneficio de división. -- Algunas proyecciones de la división de la obligación entre las empresas usuarias: a) Eficacia de los actos liberatorios. -- b) Carga de accionar contra todos los deudores. -- Carga de emplazamiento conjunto. -- Interrupción de la prescripción. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=5913
in Revista Derecho del Trabajo > v. 4 n. 13 (Octubre - Diciembre 2016) . - p. 153-161[artículo] Subcontratación, intermediación y suministro de mano de obra : La división de la deuda entre las empresas usuarias [texto impreso] / Mario Garmendia Arigón . - 2016 . - p. 153-161.
Idioma : Español (spa)
in Revista Derecho del Trabajo > v. 4 n. 13 (Octubre - Diciembre 2016) . - p. 153-161
Clasificación: DERECHO LABORAL / FLEXIBILIZACIÓN LABORAL / SUBCONTRATACIÓN LABORAL / TERCERIZACIONES LABORALES / RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADOR / PROCESO LABORAL / ACREEDOR / BENEFICIO DE DIVISIÓN / CRÉDITOS LABORALES / PRESCRIPCIÓN DE CRÉDITOS LABORALES / RESPONSABILIDAD DE SOCIEDADES COMERCIALES / RESPONSABILIDAD SOLIDARIA Resumen: En el régimen de las leyes núm. 18.099 y 18.251, el importe de la deuda laboral por el que responden las empresas usuarias se fracciona entre ellas. Esta particular característica distancia a este sistema del clásico concepto de solidaridad del Código Civil. En el caso de las tercerizaciones opera la partición ope legis de la deuda entre las diversas empresas usuarias, sobre la base del tiempo en que el trabajador se desempeñó para cada una de ellas. Las leyes han creado una ficción: las empresas usuarias sólo responderán por el importe de las obligaciones que se habrían generado a su cargo si los trabajadores hubieran, hipotéticamente, laborado directamente para aquellas. Las empresas usuarias gozan del beneficio de división, que el Código Civil prevé en sede de fianza y que en dicho Código queda excluido para los obligados solidarios. Nota de contenido: El fraccionamiento legal de la deuda entre las empresas usuarias. -- Regla para practicar el fraccionamiento. -- Alcance de la ficción: el fraccionamiento en períodos breves. -- Empresas usuarias y beneficio de división. -- Algunas proyecciones de la división de la obligación entre las empresas usuarias: a) Eficacia de los actos liberatorios. -- b) Carga de accionar contra todos los deudores. -- Carga de emplazamiento conjunto. -- Interrupción de la prescripción. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=5913 [artículo] Garmendia Arigón, Mario (2016). Subcontratación, intermediación y suministro de mano de obra : La división de la deuda entre las empresas usuarias. Revista Derecho del Trabajo. v. 4 n. 13. (Octubre - Diciembre 2016) p. 153-161.
Idioma : Español (spa)
in Revista Derecho del Trabajo > v. 4 n. 13 (Octubre - Diciembre 2016) . - p. 153-161
Clasificación: DERECHO LABORAL / FLEXIBILIZACIÓN LABORAL / SUBCONTRATACIÓN LABORAL / TERCERIZACIONES LABORALES / RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADOR / PROCESO LABORAL / ACREEDOR / BENEFICIO DE DIVISIÓN / CRÉDITOS LABORALES / PRESCRIPCIÓN DE CRÉDITOS LABORALES / RESPONSABILIDAD DE SOCIEDADES COMERCIALES / RESPONSABILIDAD SOLIDARIA Resumen: En el régimen de las leyes núm. 18.099 y 18.251, el importe de la deuda laboral por el que responden las empresas usuarias se fracciona entre ellas. Esta particular característica distancia a este sistema del clásico concepto de solidaridad del Código Civil. En el caso de las tercerizaciones opera la partición ope legis de la deuda entre las diversas empresas usuarias, sobre la base del tiempo en que el trabajador se desempeñó para cada una de ellas. Las leyes han creado una ficción: las empresas usuarias sólo responderán por el importe de las obligaciones que se habrían generado a su cargo si los trabajadores hubieran, hipotéticamente, laborado directamente para aquellas. Las empresas usuarias gozan del beneficio de división, que el Código Civil prevé en sede de fianza y que en dicho Código queda excluido para los obligados solidarios. Nota de contenido: El fraccionamiento legal de la deuda entre las empresas usuarias. -- Regla para practicar el fraccionamiento. -- Alcance de la ficción: el fraccionamiento en períodos breves. -- Empresas usuarias y beneficio de división. -- Algunas proyecciones de la división de la obligación entre las empresas usuarias: a) Eficacia de los actos liberatorios. -- b) Carga de accionar contra todos los deudores. -- Carga de emplazamiento conjunto. -- Interrupción de la prescripción. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=5913