Título : |
Pautas para aplicar al funcionamiento de los órganos sociales soluciones concretas brindadas por 'nuevas tecnologías' no previstas a texto expreso en la Ley 16.060 |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Marcelo Güinle Wonsiak |
Número de páginas: |
p. 55-62 |
Idioma : |
Español (spa) |
Clasificación: |
DERECHO COMERCIAL / SOCIEDADES COMERCIALES / ASAMBLEA DE ACCIONISTAS / CONVOCATORIA DE SOCIOS / LEY 16060 - ART. 348
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Resumen: |
En la presente ponencia, se afirma que la integración de la normativa societaria vigente, y la aplicación de normativa posterior, como la Ley 18.600, puede permitir, el uso de soluciones brindadas por "nuevas tecnologías", en el funcionamiento de una sociedad comercial, sin necesidad de una reforma legislativa. A tales efectos, se debe determinar si cada solución concreta que ofrecen las "nuevas tecnologías" satisface los requerimientos normativos vigentes, y no si el mecanismo concreto se encuentra expresamente previsto en la norma. En tanto la tecnología avanza vertiginosamente, las conclusiones a las que se arribe deben ser periódicamente revisadas. De esta forma, una determinada solución que hoy se valora como inadmisible, mañana puede serlo, como consecuencia de determinado avance. Sin perjuicio de ello, resulta indiscutiblemente conveniente, modificar la Ley 16.060 a efectos de zanjar cualquier tipo de duda respecto de la aplicabilidad de los avances tecnológicos en el quehacer diario de la sociedad. Con relación a la citación a asamblea al accionista de una sociedad anónima cerrada, se afirma que es admisible su realización mediante correo electrónico enviado al domicilio constituido por el accionista a tales efectos, y que en consecuencia, tal previsión - en nuestro concepto innecesario - puede ser incluida en el estatuto de una sociedad anónima. |
Nota de contenido: |
Introducción. -- El problema. -- Pautas del análisis. -- Comunicación de la convocatoria a asamblea. -- Análisis de la cuestión. -- ¿El correo electrónico cumple con el art. 348? |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=5701 |
Pautas para aplicar al funcionamiento de los órganos sociales soluciones concretas brindadas por 'nuevas tecnologías' no previstas a texto expreso en la Ley 16.060 [texto impreso] / Marcelo Güinle Wonsiak . - [s.d.] . - p. 55-62. Idioma : Español ( spa) Clasificación: |
DERECHO COMERCIAL / SOCIEDADES COMERCIALES / ASAMBLEA DE ACCIONISTAS / CONVOCATORIA DE SOCIOS / LEY 16060 - ART. 348
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Resumen: |
En la presente ponencia, se afirma que la integración de la normativa societaria vigente, y la aplicación de normativa posterior, como la Ley 18.600, puede permitir, el uso de soluciones brindadas por "nuevas tecnologías", en el funcionamiento de una sociedad comercial, sin necesidad de una reforma legislativa. A tales efectos, se debe determinar si cada solución concreta que ofrecen las "nuevas tecnologías" satisface los requerimientos normativos vigentes, y no si el mecanismo concreto se encuentra expresamente previsto en la norma. En tanto la tecnología avanza vertiginosamente, las conclusiones a las que se arribe deben ser periódicamente revisadas. De esta forma, una determinada solución que hoy se valora como inadmisible, mañana puede serlo, como consecuencia de determinado avance. Sin perjuicio de ello, resulta indiscutiblemente conveniente, modificar la Ley 16.060 a efectos de zanjar cualquier tipo de duda respecto de la aplicabilidad de los avances tecnológicos en el quehacer diario de la sociedad. Con relación a la citación a asamblea al accionista de una sociedad anónima cerrada, se afirma que es admisible su realización mediante correo electrónico enviado al domicilio constituido por el accionista a tales efectos, y que en consecuencia, tal previsión - en nuestro concepto innecesario - puede ser incluida en el estatuto de una sociedad anónima. |
Nota de contenido: |
Introducción. -- El problema. -- Pautas del análisis. -- Comunicación de la convocatoria a asamblea. -- Análisis de la cuestión. -- ¿El correo electrónico cumple con el art. 348? |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=5701 |
Güinle Wonsiak, Marcelo. Pautas para aplicar al funcionamiento de los órganos sociales soluciones concretas brindadas por 'nuevas tecnologías' no previstas a texto expreso en la Ley 16.060. Idioma : Español ( spa) Clasificación: |
DERECHO COMERCIAL / SOCIEDADES COMERCIALES / ASAMBLEA DE ACCIONISTAS / CONVOCATORIA DE SOCIOS / LEY 16060 - ART. 348
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Resumen: |
En la presente ponencia, se afirma que la integración de la normativa societaria vigente, y la aplicación de normativa posterior, como la Ley 18.600, puede permitir, el uso de soluciones brindadas por "nuevas tecnologías", en el funcionamiento de una sociedad comercial, sin necesidad de una reforma legislativa. A tales efectos, se debe determinar si cada solución concreta que ofrecen las "nuevas tecnologías" satisface los requerimientos normativos vigentes, y no si el mecanismo concreto se encuentra expresamente previsto en la norma. En tanto la tecnología avanza vertiginosamente, las conclusiones a las que se arribe deben ser periódicamente revisadas. De esta forma, una determinada solución que hoy se valora como inadmisible, mañana puede serlo, como consecuencia de determinado avance. Sin perjuicio de ello, resulta indiscutiblemente conveniente, modificar la Ley 16.060 a efectos de zanjar cualquier tipo de duda respecto de la aplicabilidad de los avances tecnológicos en el quehacer diario de la sociedad. Con relación a la citación a asamblea al accionista de una sociedad anónima cerrada, se afirma que es admisible su realización mediante correo electrónico enviado al domicilio constituido por el accionista a tales efectos, y que en consecuencia, tal previsión - en nuestro concepto innecesario - puede ser incluida en el estatuto de una sociedad anónima. |
Nota de contenido: |
Introducción. -- El problema. -- Pautas del análisis. -- Comunicación de la convocatoria a asamblea. -- Análisis de la cuestión. -- ¿El correo electrónico cumple con el art. 348? |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=5701 |
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