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Autor Juan Pedro Arocena |
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Transacciones financieras entre casa matriz y establecimiento permanente en el IP y en el IRAE. / Juan Pedro Arocena en Revista Tributaria, v. 46, n.273 (Noviembre-Diciembre 2019)
[artículo]
Título : Transacciones financieras entre casa matriz y establecimiento permanente en el IP y en el IRAE. Tipo de documento: texto impreso Autores: Juan Pedro Arocena Fecha de publicación: 2019 Artículo en la página: p. 819-832 Idioma : Español (spa) Palabras clave: ACTIVO NO COMPUTABLE, RENTA NO COMPUTABLE, ACTIVO GENERADOR DE RENTAS NO GRAVADAS, REMESAS, RENTAS DE FUENTE EXTRANJERA Resumen: El reciente dictamen de la Dirección General Impositiva, en respuesta a la Consulta nº 6188 pone nuevamente sobre el tapete el tratamiento tributario de las relaciones entre Casa Matriz y su Establecimiento Permanente. El dictamen representa un cambio de criterio de la Administración, en particular en cuanto a las transacciones de tipo financiero cuando ellas se materializan en remesas del Establecimiento Permanente situado en el exterior con respecto a la Casa Matriz Uruguaya. En adelante, dichas remesas serán consideradas por la DGI como rentas de fuente extranjera, el saldo deudor del Establecimiento Permanente en el estado de situación de la Casa Matriz constituirá activo generador de rentas no gravadas. Ello traerá consecuencias en la liquidación del Impuesto al Patrimonio por absorción de pasivos, y en el IRAE por el necesario prorrateo de gastos financieros y gastos indirectos. Todo esto se da en el marco de definiciones legales imprecisas que dan lugar a interpretaciones disímiles. Nota de contenido: El concepto de activo. -- Los llamados "activos no computables". -- Actividades empresariales. -- Operaciones de carácter financiero entre casa matriz y establecimiento permanente. -- La inversión en filiales y en Establecimientos Permanentes. -- Consecuencias de las asimetrías. -- Incongruencias del criterio sostenido con las normas del Impuesto a la Renta en Uruguay. -- La actual posición de la DGI y las necesarias precisiones terminológicas. -- Bibliografía consultada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=13874
in Revista Tributaria > v. 46, n.273 (Noviembre-Diciembre 2019) . - p. 819-832[artículo] Transacciones financieras entre casa matriz y establecimiento permanente en el IP y en el IRAE. [texto impreso] / Juan Pedro Arocena . - 2019 . - p. 819-832.
Idioma : Español (spa)
in Revista Tributaria > v. 46, n.273 (Noviembre-Diciembre 2019) . - p. 819-832
Palabras clave: ACTIVO NO COMPUTABLE, RENTA NO COMPUTABLE, ACTIVO GENERADOR DE RENTAS NO GRAVADAS, REMESAS, RENTAS DE FUENTE EXTRANJERA Resumen: El reciente dictamen de la Dirección General Impositiva, en respuesta a la Consulta nº 6188 pone nuevamente sobre el tapete el tratamiento tributario de las relaciones entre Casa Matriz y su Establecimiento Permanente. El dictamen representa un cambio de criterio de la Administración, en particular en cuanto a las transacciones de tipo financiero cuando ellas se materializan en remesas del Establecimiento Permanente situado en el exterior con respecto a la Casa Matriz Uruguaya. En adelante, dichas remesas serán consideradas por la DGI como rentas de fuente extranjera, el saldo deudor del Establecimiento Permanente en el estado de situación de la Casa Matriz constituirá activo generador de rentas no gravadas. Ello traerá consecuencias en la liquidación del Impuesto al Patrimonio por absorción de pasivos, y en el IRAE por el necesario prorrateo de gastos financieros y gastos indirectos. Todo esto se da en el marco de definiciones legales imprecisas que dan lugar a interpretaciones disímiles. Nota de contenido: El concepto de activo. -- Los llamados "activos no computables". -- Actividades empresariales. -- Operaciones de carácter financiero entre casa matriz y establecimiento permanente. -- La inversión en filiales y en Establecimientos Permanentes. -- Consecuencias de las asimetrías. -- Incongruencias del criterio sostenido con las normas del Impuesto a la Renta en Uruguay. -- La actual posición de la DGI y las necesarias precisiones terminológicas. -- Bibliografía consultada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=13874 [artículo] Arocena, Juan Pedro (2019). Transacciones financieras entre casa matriz y establecimiento permanente en el IP y en el IRAE.. Revista Tributaria. v. 46, n.273. (Noviembre-Diciembre 2019) p. 819-832.
Idioma : Español (spa)
in Revista Tributaria > v. 46, n.273 (Noviembre-Diciembre 2019) . - p. 819-832
Palabras clave: ACTIVO NO COMPUTABLE, RENTA NO COMPUTABLE, ACTIVO GENERADOR DE RENTAS NO GRAVADAS, REMESAS, RENTAS DE FUENTE EXTRANJERA Resumen: El reciente dictamen de la Dirección General Impositiva, en respuesta a la Consulta nº 6188 pone nuevamente sobre el tapete el tratamiento tributario de las relaciones entre Casa Matriz y su Establecimiento Permanente. El dictamen representa un cambio de criterio de la Administración, en particular en cuanto a las transacciones de tipo financiero cuando ellas se materializan en remesas del Establecimiento Permanente situado en el exterior con respecto a la Casa Matriz Uruguaya. En adelante, dichas remesas serán consideradas por la DGI como rentas de fuente extranjera, el saldo deudor del Establecimiento Permanente en el estado de situación de la Casa Matriz constituirá activo generador de rentas no gravadas. Ello traerá consecuencias en la liquidación del Impuesto al Patrimonio por absorción de pasivos, y en el IRAE por el necesario prorrateo de gastos financieros y gastos indirectos. Todo esto se da en el marco de definiciones legales imprecisas que dan lugar a interpretaciones disímiles. Nota de contenido: El concepto de activo. -- Los llamados "activos no computables". -- Actividades empresariales. -- Operaciones de carácter financiero entre casa matriz y establecimiento permanente. -- La inversión en filiales y en Establecimientos Permanentes. -- Consecuencias de las asimetrías. -- Incongruencias del criterio sostenido con las normas del Impuesto a la Renta en Uruguay. -- La actual posición de la DGI y las necesarias precisiones terminológicas. -- Bibliografía consultada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=13874