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Autor Mauricio Tapia Rodriguez |
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El acuerdo de unión civil en el derecho civil chileno / Mauricio Tapia Rodriguez en Revista Crítica de Derecho Privado, 13 (Enero - Diciembre 2016)
[artículo]
Título : El acuerdo de unión civil en el derecho civil chileno Tipo de documento: texto impreso Autores: Mauricio Tapia Rodriguez Fecha de publicación: 2016 Artículo en la página: p. 853-878 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO CIVIL Palabras clave: FAMILIA UNION CIVIL ACUERDO FUNCIONES EFECTOS CIVILES MATRIMONIO IGUALITARIO Resumen: El propósito de este artículo es efectuar algunas reflexiones desde la perspectiva del derecho chileno, sobre: Las funciones de la ley civil frente a los diversos modelos familiares. La génesis de la ley chilena nº 20830 que creó el Acuerdo de Unión Civil (AUC), de 21 de abril de 2015, contrato destinado a regular los efectos civiles de las uniones estables de parejas heterosexuales u homosexuales, así como sus más sensibles vacíos, y, Algunos aspectos específicos de su contenido, en lo que dice relación con la regulación civil de las familias. Como corolario, se mencionará la necesidad de avanzar hacia una ley de matrimonio igualitario. Nota de contenido: Funciones de la ley civil frente a los diversos modelos familiares. -- Génesis del AUC y sus más sensibles vacíos. -- Comentarios específicos a su contenido. -- El AUC es un estatuto que subsistirá aunque se apruebe el matrimonio igualitario. -- El AUC debía constituir una reforma verdadera al Código Civil. -- Otros comentarios específicos. Cobertura geográfica : Chile Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=13099
in Revista Crítica de Derecho Privado > 13 (Enero - Diciembre 2016) . - p. 853-878[artículo] El acuerdo de unión civil en el derecho civil chileno [texto impreso] / Mauricio Tapia Rodriguez . - 2016 . - p. 853-878.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 13 (Enero - Diciembre 2016) . - p. 853-878
Clasificación: DERECHO CIVIL Palabras clave: FAMILIA UNION CIVIL ACUERDO FUNCIONES EFECTOS CIVILES MATRIMONIO IGUALITARIO Resumen: El propósito de este artículo es efectuar algunas reflexiones desde la perspectiva del derecho chileno, sobre: Las funciones de la ley civil frente a los diversos modelos familiares. La génesis de la ley chilena nº 20830 que creó el Acuerdo de Unión Civil (AUC), de 21 de abril de 2015, contrato destinado a regular los efectos civiles de las uniones estables de parejas heterosexuales u homosexuales, así como sus más sensibles vacíos, y, Algunos aspectos específicos de su contenido, en lo que dice relación con la regulación civil de las familias. Como corolario, se mencionará la necesidad de avanzar hacia una ley de matrimonio igualitario. Nota de contenido: Funciones de la ley civil frente a los diversos modelos familiares. -- Génesis del AUC y sus más sensibles vacíos. -- Comentarios específicos a su contenido. -- El AUC es un estatuto que subsistirá aunque se apruebe el matrimonio igualitario. -- El AUC debía constituir una reforma verdadera al Código Civil. -- Otros comentarios específicos. Cobertura geográfica : Chile Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=13099 [artículo] Tapia Rodriguez, Mauricio (2016). El acuerdo de unión civil en el derecho civil chileno. Revista Crítica de Derecho Privado. 13. (Enero - Diciembre 2016) p. 853-878.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 13 (Enero - Diciembre 2016) . - p. 853-878
Clasificación: DERECHO CIVIL Palabras clave: FAMILIA UNION CIVIL ACUERDO FUNCIONES EFECTOS CIVILES MATRIMONIO IGUALITARIO Resumen: El propósito de este artículo es efectuar algunas reflexiones desde la perspectiva del derecho chileno, sobre: Las funciones de la ley civil frente a los diversos modelos familiares. La génesis de la ley chilena nº 20830 que creó el Acuerdo de Unión Civil (AUC), de 21 de abril de 2015, contrato destinado a regular los efectos civiles de las uniones estables de parejas heterosexuales u homosexuales, así como sus más sensibles vacíos, y, Algunos aspectos específicos de su contenido, en lo que dice relación con la regulación civil de las familias. Como corolario, se mencionará la necesidad de avanzar hacia una ley de matrimonio igualitario. Nota de contenido: Funciones de la ley civil frente a los diversos modelos familiares. -- Génesis del AUC y sus más sensibles vacíos. -- Comentarios específicos a su contenido. -- El AUC es un estatuto que subsistirá aunque se apruebe el matrimonio igualitario. -- El AUC debía constituir una reforma verdadera al Código Civil. -- Otros comentarios específicos. Cobertura geográfica : Chile Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=13099 Responsabilidad civil entre cónyuges en el Derecho Francés Contemporáneo / Mauricio Tapia Rodriguez en Revista de Legislación Uruguaya Sistematizada y Analizada, v.9, n. 6 (Noviembre-Diciembre)
[artículo]
Título : Responsabilidad civil entre cónyuges en el Derecho Francés Contemporáneo Tipo de documento: texto impreso Autores: Mauricio Tapia Rodriguez Fecha de publicación: 2018 Artículo en la página: p. 219-237 Idioma : Español (spa) Clasificación: RESPONSABILIDAD CIVIL Palabras clave: DIVORCIO RESPONSABILIDAD CIVIL DERECHO FRANCES Resumen: El artículo examina los dos estatutos de responsabilidad civil del derecho francés, aplicables entre cónyuges, tanto por los daños que provienen de los hechos que motivan el divorcio como aquellos generados por la disolución del matrimonio. Fundándose el primero en el derecho común de la responsabilidad por culpa y el segundo en el régimen especial del art. 266 del Cód. Civil, sin culpa y sujeto a la prueba de "consecuencias de una particular gravedad", el estudio analiza críticamente la naturaleza de esos regímenes, sus asimetrías y su aplicación práctica por la jurisprudencia reciente. Se concluye que, ante todo, se trata de dos regímenes completamente excepcionales, que solo permiten conceder indemnizaciones en casos muy justificados (culpas calificadas o daños muy graves), las que, en todo caso, son sistemáticamente muy bajas. Asimismo, se constatan las complejidades prácticas y confusiones a las que conduce este doble estatuto, cuestión que ha llevado a la doctrina reciente a instar por su unificación o simplificación. Nota de contenido: Resumen. -- Indemnización de daños entre cónyuges conforme al régimen de derecho común (art. 1382 del Cód. Civil). -- Indemnización de daños entre cónyuges conforme al régimen especial por "consecuencias de una particular gravedad" provocadas por la disolución (art. 266 del Cód. Civil). -- Bibliografía. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=13132
in Revista de Legislación Uruguaya Sistematizada y Analizada > v.9, n. 6 (Noviembre-Diciembre) . - p. 219-237[artículo] Responsabilidad civil entre cónyuges en el Derecho Francés Contemporáneo [texto impreso] / Mauricio Tapia Rodriguez . - 2018 . - p. 219-237.
Idioma : Español (spa)
in Revista de Legislación Uruguaya Sistematizada y Analizada > v.9, n. 6 (Noviembre-Diciembre) . - p. 219-237
Clasificación: RESPONSABILIDAD CIVIL Palabras clave: DIVORCIO RESPONSABILIDAD CIVIL DERECHO FRANCES Resumen: El artículo examina los dos estatutos de responsabilidad civil del derecho francés, aplicables entre cónyuges, tanto por los daños que provienen de los hechos que motivan el divorcio como aquellos generados por la disolución del matrimonio. Fundándose el primero en el derecho común de la responsabilidad por culpa y el segundo en el régimen especial del art. 266 del Cód. Civil, sin culpa y sujeto a la prueba de "consecuencias de una particular gravedad", el estudio analiza críticamente la naturaleza de esos regímenes, sus asimetrías y su aplicación práctica por la jurisprudencia reciente. Se concluye que, ante todo, se trata de dos regímenes completamente excepcionales, que solo permiten conceder indemnizaciones en casos muy justificados (culpas calificadas o daños muy graves), las que, en todo caso, son sistemáticamente muy bajas. Asimismo, se constatan las complejidades prácticas y confusiones a las que conduce este doble estatuto, cuestión que ha llevado a la doctrina reciente a instar por su unificación o simplificación. Nota de contenido: Resumen. -- Indemnización de daños entre cónyuges conforme al régimen de derecho común (art. 1382 del Cód. Civil). -- Indemnización de daños entre cónyuges conforme al régimen especial por "consecuencias de una particular gravedad" provocadas por la disolución (art. 266 del Cód. Civil). -- Bibliografía. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=13132 [artículo] Tapia Rodriguez, Mauricio (2018). Responsabilidad civil entre cónyuges en el Derecho Francés Contemporáneo. Revista de Legislación Uruguaya Sistematizada y Analizada. v.9, n. 6. (Noviembre-Diciembre) p. 219-237.
Idioma : Español (spa)
in Revista de Legislación Uruguaya Sistematizada y Analizada > v.9, n. 6 (Noviembre-Diciembre) . - p. 219-237
Clasificación: RESPONSABILIDAD CIVIL Palabras clave: DIVORCIO RESPONSABILIDAD CIVIL DERECHO FRANCES Resumen: El artículo examina los dos estatutos de responsabilidad civil del derecho francés, aplicables entre cónyuges, tanto por los daños que provienen de los hechos que motivan el divorcio como aquellos generados por la disolución del matrimonio. Fundándose el primero en el derecho común de la responsabilidad por culpa y el segundo en el régimen especial del art. 266 del Cód. Civil, sin culpa y sujeto a la prueba de "consecuencias de una particular gravedad", el estudio analiza críticamente la naturaleza de esos regímenes, sus asimetrías y su aplicación práctica por la jurisprudencia reciente. Se concluye que, ante todo, se trata de dos regímenes completamente excepcionales, que solo permiten conceder indemnizaciones en casos muy justificados (culpas calificadas o daños muy graves), las que, en todo caso, son sistemáticamente muy bajas. Asimismo, se constatan las complejidades prácticas y confusiones a las que conduce este doble estatuto, cuestión que ha llevado a la doctrina reciente a instar por su unificación o simplificación. Nota de contenido: Resumen. -- Indemnización de daños entre cónyuges conforme al régimen de derecho común (art. 1382 del Cód. Civil). -- Indemnización de daños entre cónyuges conforme al régimen especial por "consecuencias de una particular gravedad" provocadas por la disolución (art. 266 del Cód. Civil). -- Bibliografía. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=13132