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Autor Gonzalo Secco Fernandes Ribeiro |
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Las cláusulas de bancabilidad en el financiamiento de proyectos (Project Finance) / Sebastián Ramos Olano en Revista Crítica de Derecho Privado, 13 (Enero - Diciembre 2016)
[artículo]
Título : Las cláusulas de bancabilidad en el financiamiento de proyectos (Project Finance) Tipo de documento: texto impreso Autores: Sebastián Ramos Olano ; Gonzalo Secco Fernandes Ribeiro Fecha de publicación: 2016 Artículo en la página: p. 293-317 Idioma : Español (spa) Palabras clave: BANCABILIDAD FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS CONDICIONES DE BANCABILIDAD Resumen: Este trabajo analiza el financiamiento de proyectos a través de la modalidad "Project Finance" y se centra particularmente en las llamadas cláusulas o condiciones de "bancabilidad" (bankability). Las cláusulas de bancabilidad son los requisitos que normalmente exigen las entidades financieras que darán los recursos necesarios para construir el proyecto, como condición para otorgar el financiamiento. El trabajo incluye un estudio de las cláusulas de bancabilidad que se insertaron en los contratos de compraventa de energía eléctrica celebrados por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas en su calidad de offtaker y de los contratos de participación público- privada (PPP) celebrados por distintos organismos estatales uruguayos. Nota de contenido: Definición preliminar de Project Finance. -- Introducción. -- Concepto de Project Finance. -- Características del Project Finance. -- Diferencias del Project Finance con el Préstamo Corporativo. -- Cláusulas de bancabilidad. -- Mantenimiento de la ecuación económico- financiera del contrato. -- Inexistencia de términos indebidamente onerosos. -- El riesgo de cambio en la ley. -- Las causas extrañas no imputables suspenden el plazo del contrato. -- La ejecución de las garantías no puede afectar la concesión/ PPA/ PPP. -- El contrato sólo puede terminar si el pago que recibe el particular es suficiente para repagar la deuda. -- Cesión de la concesión/ contrato a un tercero. -- Notificación a los financiadores de eventos relevantes. -- Consentimiento previo de los financiadores para realizar determinados actos. -- Derecho de los financiadores a subsanar. -- Arbitraje internacional. -- Materialidad de cualquier evento de terminación. -- La fuerza mayor no aplica a obligaciones de pago. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=13057
in Revista Crítica de Derecho Privado > 13 (Enero - Diciembre 2016) . - p. 293-317[artículo] Las cláusulas de bancabilidad en el financiamiento de proyectos (Project Finance) [texto impreso] / Sebastián Ramos Olano ; Gonzalo Secco Fernandes Ribeiro . - 2016 . - p. 293-317.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 13 (Enero - Diciembre 2016) . - p. 293-317
Palabras clave: BANCABILIDAD FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS CONDICIONES DE BANCABILIDAD Resumen: Este trabajo analiza el financiamiento de proyectos a través de la modalidad "Project Finance" y se centra particularmente en las llamadas cláusulas o condiciones de "bancabilidad" (bankability). Las cláusulas de bancabilidad son los requisitos que normalmente exigen las entidades financieras que darán los recursos necesarios para construir el proyecto, como condición para otorgar el financiamiento. El trabajo incluye un estudio de las cláusulas de bancabilidad que se insertaron en los contratos de compraventa de energía eléctrica celebrados por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas en su calidad de offtaker y de los contratos de participación público- privada (PPP) celebrados por distintos organismos estatales uruguayos. Nota de contenido: Definición preliminar de Project Finance. -- Introducción. -- Concepto de Project Finance. -- Características del Project Finance. -- Diferencias del Project Finance con el Préstamo Corporativo. -- Cláusulas de bancabilidad. -- Mantenimiento de la ecuación económico- financiera del contrato. -- Inexistencia de términos indebidamente onerosos. -- El riesgo de cambio en la ley. -- Las causas extrañas no imputables suspenden el plazo del contrato. -- La ejecución de las garantías no puede afectar la concesión/ PPA/ PPP. -- El contrato sólo puede terminar si el pago que recibe el particular es suficiente para repagar la deuda. -- Cesión de la concesión/ contrato a un tercero. -- Notificación a los financiadores de eventos relevantes. -- Consentimiento previo de los financiadores para realizar determinados actos. -- Derecho de los financiadores a subsanar. -- Arbitraje internacional. -- Materialidad de cualquier evento de terminación. -- La fuerza mayor no aplica a obligaciones de pago. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=13057 [artículo] Ramos Olano, Sebastián (2016). Las cláusulas de bancabilidad en el financiamiento de proyectos (Project Finance). Revista Crítica de Derecho Privado. 13. (Enero - Diciembre 2016) p. 293-317.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 13 (Enero - Diciembre 2016) . - p. 293-317
Palabras clave: BANCABILIDAD FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS CONDICIONES DE BANCABILIDAD Resumen: Este trabajo analiza el financiamiento de proyectos a través de la modalidad "Project Finance" y se centra particularmente en las llamadas cláusulas o condiciones de "bancabilidad" (bankability). Las cláusulas de bancabilidad son los requisitos que normalmente exigen las entidades financieras que darán los recursos necesarios para construir el proyecto, como condición para otorgar el financiamiento. El trabajo incluye un estudio de las cláusulas de bancabilidad que se insertaron en los contratos de compraventa de energía eléctrica celebrados por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas en su calidad de offtaker y de los contratos de participación público- privada (PPP) celebrados por distintos organismos estatales uruguayos. Nota de contenido: Definición preliminar de Project Finance. -- Introducción. -- Concepto de Project Finance. -- Características del Project Finance. -- Diferencias del Project Finance con el Préstamo Corporativo. -- Cláusulas de bancabilidad. -- Mantenimiento de la ecuación económico- financiera del contrato. -- Inexistencia de términos indebidamente onerosos. -- El riesgo de cambio en la ley. -- Las causas extrañas no imputables suspenden el plazo del contrato. -- La ejecución de las garantías no puede afectar la concesión/ PPA/ PPP. -- El contrato sólo puede terminar si el pago que recibe el particular es suficiente para repagar la deuda. -- Cesión de la concesión/ contrato a un tercero. -- Notificación a los financiadores de eventos relevantes. -- Consentimiento previo de los financiadores para realizar determinados actos. -- Derecho de los financiadores a subsanar. -- Arbitraje internacional. -- Materialidad de cualquier evento de terminación. -- La fuerza mayor no aplica a obligaciones de pago. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=13057