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Revista Tributaria / Instituto Uruguayo de Estudios Tributarios (Montevideo, Uruguay) . v. 44, n. 256Fecha de aparición: 01/01/2017 |
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18184 | 050 TRI 256 | Publicación periódica | Biblioteca sede principal | Hemeroteca | Disponible |
Artículos
Influencia del plan beps en las reglas de precios de transferencia de América Latina / Luciana Ávalo en Revista Tributaria, v. 44, n. 256 (Enero - Febrero 2017)
[artículo]
Título : Influencia del plan beps en las reglas de precios de transferencia de América Latina Tipo de documento: texto impreso Autores: Luciana Ávalo ; Raquel Balsa Fecha de publicación: 2017 Artículo en la página: p. 11-31 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO TRIBUTARIO / DERECHO FINANCIERO Resumen: Se pretende evaluar la influencia que ejercer las directrices revisadas de la OCDE en materia de precios de transferencia (PT), parte integrante del proyecto de lucha contra la erosión de la base imponible y transferencia de beneficios ( Proyecto BEPS), en las reglas de PT de Uruguay. Se describen y analizan los objetivos del Proyecto BEPS en materia de PT, en particular los contenidos en las acciones 8, 9, 10 y 13, y se examinan los posibles efectos de éstos en Uruguay. El Proyecto BEPS supone un cambio en el paradigma fiscal internacional. En materia de PT en el mundo pre- BEPS, la propiedad legal de los intangibles y las asignaciones contractuales de riesgos eran factores considerados relevantes. EN el mundo post- BEPS, la propiedad legal de intangibles o el mero financiamiento es insuficiente para obtener los derechos al retorno, cobrando importancia en tal sentido el control de riesgos, la capacidad financiera para asumirlos y el desarrollo de las funciones importantes, lo deberá evaluarse a través de la conducta de las partes. Resulta difícil a la fecha predecir qué ocurrirá a nivel local en lo concerniente a lo dispuesto en el Proyecto BEPS. Sin embargo, insertos en un contexto internacional activo, con países dominantes propulsores de dicho proyecto, procurando la consistencia internacional, es de esperar, en pos de la atracción de inversión extranjera, que Uruguay se prepare para acompañar las nuevas tendencias, articulando posiciones comunes con Estados en similar situación. Nota de contenido: Introducción. -- Propiedad Intangible. -- Riesgos y capital. -- Partición de utilidades. -- Commodities. -- Servicios intragrupo. -- Reexaminar la documentación de precios de transferencia. -- Conclusiones y recomendaciones. -- Bibliografía consultada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=6175
in Revista Tributaria > v. 44, n. 256 (Enero - Febrero 2017) . - p. 11-31[artículo] Influencia del plan beps en las reglas de precios de transferencia de América Latina [texto impreso] / Luciana Ávalo ; Raquel Balsa . - 2017 . - p. 11-31.
Idioma : Español (spa)
in Revista Tributaria > v. 44, n. 256 (Enero - Febrero 2017) . - p. 11-31
Clasificación: DERECHO TRIBUTARIO / DERECHO FINANCIERO Resumen: Se pretende evaluar la influencia que ejercer las directrices revisadas de la OCDE en materia de precios de transferencia (PT), parte integrante del proyecto de lucha contra la erosión de la base imponible y transferencia de beneficios ( Proyecto BEPS), en las reglas de PT de Uruguay. Se describen y analizan los objetivos del Proyecto BEPS en materia de PT, en particular los contenidos en las acciones 8, 9, 10 y 13, y se examinan los posibles efectos de éstos en Uruguay. El Proyecto BEPS supone un cambio en el paradigma fiscal internacional. En materia de PT en el mundo pre- BEPS, la propiedad legal de los intangibles y las asignaciones contractuales de riesgos eran factores considerados relevantes. EN el mundo post- BEPS, la propiedad legal de intangibles o el mero financiamiento es insuficiente para obtener los derechos al retorno, cobrando importancia en tal sentido el control de riesgos, la capacidad financiera para asumirlos y el desarrollo de las funciones importantes, lo deberá evaluarse a través de la conducta de las partes. Resulta difícil a la fecha predecir qué ocurrirá a nivel local en lo concerniente a lo dispuesto en el Proyecto BEPS. Sin embargo, insertos en un contexto internacional activo, con países dominantes propulsores de dicho proyecto, procurando la consistencia internacional, es de esperar, en pos de la atracción de inversión extranjera, que Uruguay se prepare para acompañar las nuevas tendencias, articulando posiciones comunes con Estados en similar situación. Nota de contenido: Introducción. -- Propiedad Intangible. -- Riesgos y capital. -- Partición de utilidades. -- Commodities. -- Servicios intragrupo. -- Reexaminar la documentación de precios de transferencia. -- Conclusiones y recomendaciones. -- Bibliografía consultada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=6175 [artículo] Ávalo, Luciana (2017). Influencia del plan beps en las reglas de precios de transferencia de América Latina. Revista Tributaria. v. 44, n. 256. (Enero - Febrero 2017) p. 11-31.
Idioma : Español (spa)
in Revista Tributaria > v. 44, n. 256 (Enero - Febrero 2017) . - p. 11-31
Clasificación: DERECHO TRIBUTARIO / DERECHO FINANCIERO Resumen: Se pretende evaluar la influencia que ejercer las directrices revisadas de la OCDE en materia de precios de transferencia (PT), parte integrante del proyecto de lucha contra la erosión de la base imponible y transferencia de beneficios ( Proyecto BEPS), en las reglas de PT de Uruguay. Se describen y analizan los objetivos del Proyecto BEPS en materia de PT, en particular los contenidos en las acciones 8, 9, 10 y 13, y se examinan los posibles efectos de éstos en Uruguay. El Proyecto BEPS supone un cambio en el paradigma fiscal internacional. En materia de PT en el mundo pre- BEPS, la propiedad legal de los intangibles y las asignaciones contractuales de riesgos eran factores considerados relevantes. EN el mundo post- BEPS, la propiedad legal de intangibles o el mero financiamiento es insuficiente para obtener los derechos al retorno, cobrando importancia en tal sentido el control de riesgos, la capacidad financiera para asumirlos y el desarrollo de las funciones importantes, lo deberá evaluarse a través de la conducta de las partes. Resulta difícil a la fecha predecir qué ocurrirá a nivel local en lo concerniente a lo dispuesto en el Proyecto BEPS. Sin embargo, insertos en un contexto internacional activo, con países dominantes propulsores de dicho proyecto, procurando la consistencia internacional, es de esperar, en pos de la atracción de inversión extranjera, que Uruguay se prepare para acompañar las nuevas tendencias, articulando posiciones comunes con Estados en similar situación. Nota de contenido: Introducción. -- Propiedad Intangible. -- Riesgos y capital. -- Partición de utilidades. -- Commodities. -- Servicios intragrupo. -- Reexaminar la documentación de precios de transferencia. -- Conclusiones y recomendaciones. -- Bibliografía consultada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=6175 ¿Es posible que respondan tributariamente los representantes de un responsable? / Serrana Delgado Manteiga en Revista Tributaria, v. 44, n. 256 (Enero - Febrero 2017)
[artículo]
Título : ¿Es posible que respondan tributariamente los representantes de un responsable? Tipo de documento: texto impreso Autores: Serrana Delgado Manteiga Fecha de publicación: 2017 Artículo en la página: p. 33-52 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO TRIBUTARIO Resumen: En el presente artículo confuto la tesis tradicional de la dogmática tributaria que sostiene que un representante de un responsable no debe responder, con fundamento en que el concepto de obligación tributaria es aquel que implica la verificación del hecho generador. Este argumento se basa en otros, que considero deben ser desechados: la falacia de falsa oposición de los incisos primero y último del artículo 14, la constancia terminológica en el concepto "obligación tributaria", el de la naturaleza jurídica de la misma obligación y el argumento de las sedes materiae y un determinado criterio de ordenación de fuentes. Finalmente considero que es posible sostener que un representante de un responsable responsable tributariamente. Nota de contenido: Planteo del problema. -- La posición de la dogmática tributaria. -- Los niveles del lenguaje: la distinción entre disposición normativa, norma, y enunciado interpretativo. -- La falacia de falsa oposición. -- La naturaleza de las cosas, no hay una diferencia entre ser y considerar para el Derecho. ¿ Hay una naturaleza jurídica de la obligación tributaria? -- ¿Hay un uso sistemático del enunciado "obligación tributaria" (entendido como constancia terminológica) en el Código Tributario? -- El argumento empleado por la dogmática de la sedes materiae. -- La ordenación de las fuentes en el Derecho y las contradicciones normativas. -- Es posible entender que el concepto de obligación tributaria empleado por el artículo 21 del Código Tributario captura en su concepto a la obligación que tienen los responsables. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=6185
in Revista Tributaria > v. 44, n. 256 (Enero - Febrero 2017) . - p. 33-52[artículo] ¿Es posible que respondan tributariamente los representantes de un responsable? [texto impreso] / Serrana Delgado Manteiga . - 2017 . - p. 33-52.
Idioma : Español (spa)
in Revista Tributaria > v. 44, n. 256 (Enero - Febrero 2017) . - p. 33-52
Clasificación: DERECHO TRIBUTARIO Resumen: En el presente artículo confuto la tesis tradicional de la dogmática tributaria que sostiene que un representante de un responsable no debe responder, con fundamento en que el concepto de obligación tributaria es aquel que implica la verificación del hecho generador. Este argumento se basa en otros, que considero deben ser desechados: la falacia de falsa oposición de los incisos primero y último del artículo 14, la constancia terminológica en el concepto "obligación tributaria", el de la naturaleza jurídica de la misma obligación y el argumento de las sedes materiae y un determinado criterio de ordenación de fuentes. Finalmente considero que es posible sostener que un representante de un responsable responsable tributariamente. Nota de contenido: Planteo del problema. -- La posición de la dogmática tributaria. -- Los niveles del lenguaje: la distinción entre disposición normativa, norma, y enunciado interpretativo. -- La falacia de falsa oposición. -- La naturaleza de las cosas, no hay una diferencia entre ser y considerar para el Derecho. ¿ Hay una naturaleza jurídica de la obligación tributaria? -- ¿Hay un uso sistemático del enunciado "obligación tributaria" (entendido como constancia terminológica) en el Código Tributario? -- El argumento empleado por la dogmática de la sedes materiae. -- La ordenación de las fuentes en el Derecho y las contradicciones normativas. -- Es posible entender que el concepto de obligación tributaria empleado por el artículo 21 del Código Tributario captura en su concepto a la obligación que tienen los responsables. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=6185 [artículo] Delgado Manteiga, Serrana (2017). ¿Es posible que respondan tributariamente los representantes de un responsable?. Revista Tributaria. v. 44, n. 256. (Enero - Febrero 2017) p. 33-52.
Idioma : Español (spa)
in Revista Tributaria > v. 44, n. 256 (Enero - Febrero 2017) . - p. 33-52
Clasificación: DERECHO TRIBUTARIO Resumen: En el presente artículo confuto la tesis tradicional de la dogmática tributaria que sostiene que un representante de un responsable no debe responder, con fundamento en que el concepto de obligación tributaria es aquel que implica la verificación del hecho generador. Este argumento se basa en otros, que considero deben ser desechados: la falacia de falsa oposición de los incisos primero y último del artículo 14, la constancia terminológica en el concepto "obligación tributaria", el de la naturaleza jurídica de la misma obligación y el argumento de las sedes materiae y un determinado criterio de ordenación de fuentes. Finalmente considero que es posible sostener que un representante de un responsable responsable tributariamente. Nota de contenido: Planteo del problema. -- La posición de la dogmática tributaria. -- Los niveles del lenguaje: la distinción entre disposición normativa, norma, y enunciado interpretativo. -- La falacia de falsa oposición. -- La naturaleza de las cosas, no hay una diferencia entre ser y considerar para el Derecho. ¿ Hay una naturaleza jurídica de la obligación tributaria? -- ¿Hay un uso sistemático del enunciado "obligación tributaria" (entendido como constancia terminológica) en el Código Tributario? -- El argumento empleado por la dogmática de la sedes materiae. -- La ordenación de las fuentes en el Derecho y las contradicciones normativas. -- Es posible entender que el concepto de obligación tributaria empleado por el artículo 21 del Código Tributario captura en su concepto a la obligación que tienen los responsables. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=6185 Métodos para evitar la doble imposición en América Latina / Javier Otegui en Revista Tributaria, v. 44, n. 256 (Enero - Febrero 2017)
[artículo]
Título : Métodos para evitar la doble imposición en América Latina Tipo de documento: texto impreso Autores: Javier Otegui ; Cecilia Arias Fecha de publicación: 2017 Artículo en la página: p. 53-80 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO TRIBUTARIO Resumen: El presente trabajo busca analizar en primera instancia cuáles son los criterios de sujeción considerados en la imposición sobre la renta y el patrimonio en Uruguay, haciendo foco en los conceptos internos de residencia fiscal, las extensiones al criterio de la fuente y las normas antiabuso locales que llevan a situaciones de Doble Tributación Internacional (DTI). Detectadas dichas situaciones, se busca analizar entonces cuáles los mecanismos para evitar la DTI, que se han previsto tanto en la normativa local como en la red de Convenios de Doble Imposición (CDIs) que ha firmado Uruguay. Como se verá a lo largo del desarrollo de este relato, Uruguay ha adoptado mayoritariamente como método para evitar la DTI el sistema del crédito por imputación ordinaria o tax credit, tanto a nivel de norma interna como a nivel de CDIs. Sólo en casos puntuales ha logrado introducir cláusulas de tax sparing ( como en el caso del CDI con Ecuador) o incorporar el método de la exención dentro del marco de un CDI. Nota de contenido: Introducción. -- Parte I: Criterios de sujeción en la imposición sobre la renta y patrimonio. -- Impuestos a la renta y el patrimonio. -- Concepto de impuesto. -- Impuestos sobre la renta. -- Impuesto al patrimonio. -- Los conceptos en la normativa interna local que impactan en la DTI. -- Criterios de conexión utilizados. -- Definición de fuente. -- Definición de residencia. -- Normas antiabuso. -- Parte II: Mecanismos domésticos para evitar la doble imposición internacional. -- Exención. -- Crédito impositivo (Tax Credit). -- Parte III: Métodos para evitar la doble imposición internacional bajo la red de tratados. -- El concepto de impuesto. -- Impuestos incluidos. -- Inclusión de las multas, intereses y recargos en el concepto de impuesto cubiertos. -- Impuestos pagos vía "grossing up". -- Inclusión de impuestos a la renta locales en el ámbito de los CDIs. -- Resolución de controversias en caso de ausencia de definiciones en el CDI. -- El concepto de residente. -- Personas incluidas, remisión a la norma interna y criterios de desempate. --Treaty shopping. -- Cláusulas de limitación de beneficios. -- Metodo de exención. -- Método del crédito. -- Parte IV: Aspectos administrativos y formales. -- Parte V: Jurisprudencia. -- Bibliografía consultada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=6190
in Revista Tributaria > v. 44, n. 256 (Enero - Febrero 2017) . - p. 53-80[artículo] Métodos para evitar la doble imposición en América Latina [texto impreso] / Javier Otegui ; Cecilia Arias . - 2017 . - p. 53-80.
Idioma : Español (spa)
in Revista Tributaria > v. 44, n. 256 (Enero - Febrero 2017) . - p. 53-80
Clasificación: DERECHO TRIBUTARIO Resumen: El presente trabajo busca analizar en primera instancia cuáles son los criterios de sujeción considerados en la imposición sobre la renta y el patrimonio en Uruguay, haciendo foco en los conceptos internos de residencia fiscal, las extensiones al criterio de la fuente y las normas antiabuso locales que llevan a situaciones de Doble Tributación Internacional (DTI). Detectadas dichas situaciones, se busca analizar entonces cuáles los mecanismos para evitar la DTI, que se han previsto tanto en la normativa local como en la red de Convenios de Doble Imposición (CDIs) que ha firmado Uruguay. Como se verá a lo largo del desarrollo de este relato, Uruguay ha adoptado mayoritariamente como método para evitar la DTI el sistema del crédito por imputación ordinaria o tax credit, tanto a nivel de norma interna como a nivel de CDIs. Sólo en casos puntuales ha logrado introducir cláusulas de tax sparing ( como en el caso del CDI con Ecuador) o incorporar el método de la exención dentro del marco de un CDI. Nota de contenido: Introducción. -- Parte I: Criterios de sujeción en la imposición sobre la renta y patrimonio. -- Impuestos a la renta y el patrimonio. -- Concepto de impuesto. -- Impuestos sobre la renta. -- Impuesto al patrimonio. -- Los conceptos en la normativa interna local que impactan en la DTI. -- Criterios de conexión utilizados. -- Definición de fuente. -- Definición de residencia. -- Normas antiabuso. -- Parte II: Mecanismos domésticos para evitar la doble imposición internacional. -- Exención. -- Crédito impositivo (Tax Credit). -- Parte III: Métodos para evitar la doble imposición internacional bajo la red de tratados. -- El concepto de impuesto. -- Impuestos incluidos. -- Inclusión de las multas, intereses y recargos en el concepto de impuesto cubiertos. -- Impuestos pagos vía "grossing up". -- Inclusión de impuestos a la renta locales en el ámbito de los CDIs. -- Resolución de controversias en caso de ausencia de definiciones en el CDI. -- El concepto de residente. -- Personas incluidas, remisión a la norma interna y criterios de desempate. --Treaty shopping. -- Cláusulas de limitación de beneficios. -- Metodo de exención. -- Método del crédito. -- Parte IV: Aspectos administrativos y formales. -- Parte V: Jurisprudencia. -- Bibliografía consultada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=6190 [artículo] Otegui, Javier (2017). Métodos para evitar la doble imposición en América Latina. Revista Tributaria. v. 44, n. 256. (Enero - Febrero 2017) p. 53-80.
Idioma : Español (spa)
in Revista Tributaria > v. 44, n. 256 (Enero - Febrero 2017) . - p. 53-80
Clasificación: DERECHO TRIBUTARIO Resumen: El presente trabajo busca analizar en primera instancia cuáles son los criterios de sujeción considerados en la imposición sobre la renta y el patrimonio en Uruguay, haciendo foco en los conceptos internos de residencia fiscal, las extensiones al criterio de la fuente y las normas antiabuso locales que llevan a situaciones de Doble Tributación Internacional (DTI). Detectadas dichas situaciones, se busca analizar entonces cuáles los mecanismos para evitar la DTI, que se han previsto tanto en la normativa local como en la red de Convenios de Doble Imposición (CDIs) que ha firmado Uruguay. Como se verá a lo largo del desarrollo de este relato, Uruguay ha adoptado mayoritariamente como método para evitar la DTI el sistema del crédito por imputación ordinaria o tax credit, tanto a nivel de norma interna como a nivel de CDIs. Sólo en casos puntuales ha logrado introducir cláusulas de tax sparing ( como en el caso del CDI con Ecuador) o incorporar el método de la exención dentro del marco de un CDI. Nota de contenido: Introducción. -- Parte I: Criterios de sujeción en la imposición sobre la renta y patrimonio. -- Impuestos a la renta y el patrimonio. -- Concepto de impuesto. -- Impuestos sobre la renta. -- Impuesto al patrimonio. -- Los conceptos en la normativa interna local que impactan en la DTI. -- Criterios de conexión utilizados. -- Definición de fuente. -- Definición de residencia. -- Normas antiabuso. -- Parte II: Mecanismos domésticos para evitar la doble imposición internacional. -- Exención. -- Crédito impositivo (Tax Credit). -- Parte III: Métodos para evitar la doble imposición internacional bajo la red de tratados. -- El concepto de impuesto. -- Impuestos incluidos. -- Inclusión de las multas, intereses y recargos en el concepto de impuesto cubiertos. -- Impuestos pagos vía "grossing up". -- Inclusión de impuestos a la renta locales en el ámbito de los CDIs. -- Resolución de controversias en caso de ausencia de definiciones en el CDI. -- El concepto de residente. -- Personas incluidas, remisión a la norma interna y criterios de desempate. --Treaty shopping. -- Cláusulas de limitación de beneficios. -- Metodo de exención. -- Método del crédito. -- Parte IV: Aspectos administrativos y formales. -- Parte V: Jurisprudencia. -- Bibliografía consultada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=6190