[artículo] inRevista de Derecho Público > 53 (Julio 2018) . - p. 57 a 76 Título : |
Efectos de sentencia anulatoria dictada por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo en relación al alcance subjetivo : Análisis del artículo 311 de la Constitución de la Rpeública, y su aplicación |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Florencia Mesa Dupuy, Autor |
Fecha de publicación: |
2018 |
Artículo en la página: |
p. 57 a 76 |
Idioma : |
Español (spa) |
Clasificación: |
CONSTITUCIÓN / CONSTITUCIÓN - ART. 311 / EFECTOS DE LA SENTENCIA
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Palabras clave: |
SENTENCIA ANULATORIA |
Resumen: |
En el presente artículo se abordará el alcance de los efectos inter partes oerga omnes que puede/debe tener una sentencia anulatoria dictada por el TRibunal de lo Contencioso Administrativo, haciendo especial énfasis en el análisis de la posición actual del mencionado TCA, respecto a lo que establece el inciso segundo del artículo 311 de la Constitución. En dicho inciso se dispone el efecto general y abstracto de la sentencia anulatoria, dejándose de lado la regla de la cosa juzgada, la cual solo tiene consecuencias inter partes. Específicamente, se intentará realizar un análisis primario que ayude a determinar si ante el texto constitucional el TCA está obligado a dar efecto erga omnes a su fallo (situación de deber), o si lo que tiene es una "facultad" para ello, tal como se ha sostenido en jurisprudencia reciente. |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=12972 |
[artículo] Efectos de sentencia anulatoria dictada por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo en relación al alcance subjetivo : Análisis del artículo 311 de la Constitución de la Rpeública, y su aplicación [texto impreso] / Florencia Mesa Dupuy, Autor . - 2018 . - p. 57 a 76. Idioma : Español ( spa) in Revista de Derecho Público > 53 (Julio 2018) . - p. 57 a 76 Clasificación: |
CONSTITUCIÓN / CONSTITUCIÓN - ART. 311 / EFECTOS DE LA SENTENCIA
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Palabras clave: |
SENTENCIA ANULATORIA |
Resumen: |
En el presente artículo se abordará el alcance de los efectos inter partes oerga omnes que puede/debe tener una sentencia anulatoria dictada por el TRibunal de lo Contencioso Administrativo, haciendo especial énfasis en el análisis de la posición actual del mencionado TCA, respecto a lo que establece el inciso segundo del artículo 311 de la Constitución. En dicho inciso se dispone el efecto general y abstracto de la sentencia anulatoria, dejándose de lado la regla de la cosa juzgada, la cual solo tiene consecuencias inter partes. Específicamente, se intentará realizar un análisis primario que ayude a determinar si ante el texto constitucional el TCA está obligado a dar efecto erga omnes a su fallo (situación de deber), o si lo que tiene es una "facultad" para ello, tal como se ha sostenido en jurisprudencia reciente. |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=12972 |
[artículo] Mesa Dupuy, Florencia (2018). Efectos de sentencia anulatoria dictada por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo en relación al alcance subjetivo : Análisis del artículo 311 de la Constitución de la Rpeública, y su aplicación. Revista de Derecho Público. 53. (Julio 2018) p. 57 a 76. Idioma : Español ( spa) in Revista de Derecho Público > 53 (Julio 2018) . - p. 57 a 76 Clasificación: |
CONSTITUCIÓN / CONSTITUCIÓN - ART. 311 / EFECTOS DE LA SENTENCIA
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Palabras clave: |
SENTENCIA ANULATORIA |
Resumen: |
En el presente artículo se abordará el alcance de los efectos inter partes oerga omnes que puede/debe tener una sentencia anulatoria dictada por el TRibunal de lo Contencioso Administrativo, haciendo especial énfasis en el análisis de la posición actual del mencionado TCA, respecto a lo que establece el inciso segundo del artículo 311 de la Constitución. En dicho inciso se dispone el efecto general y abstracto de la sentencia anulatoria, dejándose de lado la regla de la cosa juzgada, la cual solo tiene consecuencias inter partes. Específicamente, se intentará realizar un análisis primario que ayude a determinar si ante el texto constitucional el TCA está obligado a dar efecto erga omnes a su fallo (situación de deber), o si lo que tiene es una "facultad" para ello, tal como se ha sostenido en jurisprudencia reciente. |
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https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=12972 |
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