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Autor Daniel Marcelo Zoso |
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La norma de conflicto y la regulación de la responsabilidad civil en el derecho internacional privado. / Daniel Marcelo Zoso en Revista Crítica de Derecho Privado, 14 (Enero - Diciembre 2017)
[artículo]
Título : La norma de conflicto y la regulación de la responsabilidad civil en el derecho internacional privado. : Nuevo Código Civil y Comercial Argentino Tipo de documento: texto impreso Autores: Daniel Marcelo Zoso Fecha de publicación: 2017 Artículo en la página: p. 1019-1072 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO Palabras clave: NUEVO CODIGO CIVIL Y COMERCIAL ARGENTINO DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO NORMA DE CONFLICTO RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL ESTATUTO DELICTUAL REGLAMENTO ROMA II DAÑOS PRINCIPIO DE PROXIMIDAD PUNTOS DE CONEXION FLEXIBILIZACION MATERIALIZACION Resumen: En la actualidad las reformas de las legislaciones las reformas de las legislaciones tratan de incorporar las más innovadoras tendencias que se dan en los países más avanzados. Este es el caso del DIPr. Argentino que incorpora en su Nuevo Código Civil y Comercial estas ideas. Es que las nuevas tendencias y el avance obtenido por el derecho de responsabilidad para ciertos tipos de daños producen un fuerte impacto en el DIPr, y éste a través de una norma de conflicto restaurada con caracteres especiales intenta poder otorgar a estos nuevos daños, y a sus microsistemas, una solución más acorde con la evolución que estos han adquirido. -- Se analiza en este trabajo, sí el DIPr. puede ser consecuente con estas nuevas tendencias y dar el complemento necesario para la obtención de soluciones armonizadas y justas. Se estudia cómo estas nuevas tendencias afectan y repercuten en el ámbito del Derecho Internacional Privado a través de los métodos de especialización , flexibilización y materialización de las normas de conflicto. Se examina finalmente el DIPr. Argentino referente a la Reponsabilidad Civil que recoge también estas tendencias sobre la base del Reglamento Roma II relativo a obligaciones extracontractuales, que le sirve de inspiración. Nota de contenido: Introducción. -- Algunas consideraciones sobre Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación Argentina referente al Derecho Internacional Privado. -- El Derecho de Daños en el Derecho Internacional Privado. -- La norma de conflicto. -- El concepto de obligación extracontractual en el DIPr. -- ¿Estatuto Delictual o Responsabilidad civil? -- Análisis General de los actos ilícitos. -- Criterios tradicionales de conexión y determinación de la ley aplicable en materia de responsabilidad extracontractual: conexión de la lex fori como solución exclusiva. -- Conexión de la ley del lugar de comisión del delito como solución exclusiva. -- La localización del lugar del delito: supuestos A- Localización en el lugar donde se produce la acción B- Localización en el lugar donde se produce la acción B- Localización en el lugar en donde se produce el resultado C- Localización D- La localización por la utilización del Derecho Material. -- La tendencia a la flexibilización , materialización y la especialización de las normas de conflicto. -- La utilización del principio de proximidad como correctivo de la rigidez de la regla "lex loci deliti commissi". -- La adopción de las nuevas tendencias por el DIPr Argentino. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=12954
in Revista Crítica de Derecho Privado > 14 (Enero - Diciembre 2017) . - p. 1019-1072[artículo] La norma de conflicto y la regulación de la responsabilidad civil en el derecho internacional privado. : Nuevo Código Civil y Comercial Argentino [texto impreso] / Daniel Marcelo Zoso . - 2017 . - p. 1019-1072.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 14 (Enero - Diciembre 2017) . - p. 1019-1072
Clasificación: DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO Palabras clave: NUEVO CODIGO CIVIL Y COMERCIAL ARGENTINO DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO NORMA DE CONFLICTO RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL ESTATUTO DELICTUAL REGLAMENTO ROMA II DAÑOS PRINCIPIO DE PROXIMIDAD PUNTOS DE CONEXION FLEXIBILIZACION MATERIALIZACION Resumen: En la actualidad las reformas de las legislaciones las reformas de las legislaciones tratan de incorporar las más innovadoras tendencias que se dan en los países más avanzados. Este es el caso del DIPr. Argentino que incorpora en su Nuevo Código Civil y Comercial estas ideas. Es que las nuevas tendencias y el avance obtenido por el derecho de responsabilidad para ciertos tipos de daños producen un fuerte impacto en el DIPr, y éste a través de una norma de conflicto restaurada con caracteres especiales intenta poder otorgar a estos nuevos daños, y a sus microsistemas, una solución más acorde con la evolución que estos han adquirido. -- Se analiza en este trabajo, sí el DIPr. puede ser consecuente con estas nuevas tendencias y dar el complemento necesario para la obtención de soluciones armonizadas y justas. Se estudia cómo estas nuevas tendencias afectan y repercuten en el ámbito del Derecho Internacional Privado a través de los métodos de especialización , flexibilización y materialización de las normas de conflicto. Se examina finalmente el DIPr. Argentino referente a la Reponsabilidad Civil que recoge también estas tendencias sobre la base del Reglamento Roma II relativo a obligaciones extracontractuales, que le sirve de inspiración. Nota de contenido: Introducción. -- Algunas consideraciones sobre Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación Argentina referente al Derecho Internacional Privado. -- El Derecho de Daños en el Derecho Internacional Privado. -- La norma de conflicto. -- El concepto de obligación extracontractual en el DIPr. -- ¿Estatuto Delictual o Responsabilidad civil? -- Análisis General de los actos ilícitos. -- Criterios tradicionales de conexión y determinación de la ley aplicable en materia de responsabilidad extracontractual: conexión de la lex fori como solución exclusiva. -- Conexión de la ley del lugar de comisión del delito como solución exclusiva. -- La localización del lugar del delito: supuestos A- Localización en el lugar donde se produce la acción B- Localización en el lugar donde se produce la acción B- Localización en el lugar en donde se produce el resultado C- Localización D- La localización por la utilización del Derecho Material. -- La tendencia a la flexibilización , materialización y la especialización de las normas de conflicto. -- La utilización del principio de proximidad como correctivo de la rigidez de la regla "lex loci deliti commissi". -- La adopción de las nuevas tendencias por el DIPr Argentino. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=12954 [artículo] Zoso, Daniel Marcelo (2017). La norma de conflicto y la regulación de la responsabilidad civil en el derecho internacional privado. : Nuevo Código Civil y Comercial Argentino. Revista Crítica de Derecho Privado. 14. (Enero - Diciembre 2017) p. 1019-1072.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 14 (Enero - Diciembre 2017) . - p. 1019-1072
Clasificación: DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO Palabras clave: NUEVO CODIGO CIVIL Y COMERCIAL ARGENTINO DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO NORMA DE CONFLICTO RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL ESTATUTO DELICTUAL REGLAMENTO ROMA II DAÑOS PRINCIPIO DE PROXIMIDAD PUNTOS DE CONEXION FLEXIBILIZACION MATERIALIZACION Resumen: En la actualidad las reformas de las legislaciones las reformas de las legislaciones tratan de incorporar las más innovadoras tendencias que se dan en los países más avanzados. Este es el caso del DIPr. Argentino que incorpora en su Nuevo Código Civil y Comercial estas ideas. Es que las nuevas tendencias y el avance obtenido por el derecho de responsabilidad para ciertos tipos de daños producen un fuerte impacto en el DIPr, y éste a través de una norma de conflicto restaurada con caracteres especiales intenta poder otorgar a estos nuevos daños, y a sus microsistemas, una solución más acorde con la evolución que estos han adquirido. -- Se analiza en este trabajo, sí el DIPr. puede ser consecuente con estas nuevas tendencias y dar el complemento necesario para la obtención de soluciones armonizadas y justas. Se estudia cómo estas nuevas tendencias afectan y repercuten en el ámbito del Derecho Internacional Privado a través de los métodos de especialización , flexibilización y materialización de las normas de conflicto. Se examina finalmente el DIPr. Argentino referente a la Reponsabilidad Civil que recoge también estas tendencias sobre la base del Reglamento Roma II relativo a obligaciones extracontractuales, que le sirve de inspiración. Nota de contenido: Introducción. -- Algunas consideraciones sobre Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación Argentina referente al Derecho Internacional Privado. -- El Derecho de Daños en el Derecho Internacional Privado. -- La norma de conflicto. -- El concepto de obligación extracontractual en el DIPr. -- ¿Estatuto Delictual o Responsabilidad civil? -- Análisis General de los actos ilícitos. -- Criterios tradicionales de conexión y determinación de la ley aplicable en materia de responsabilidad extracontractual: conexión de la lex fori como solución exclusiva. -- Conexión de la ley del lugar de comisión del delito como solución exclusiva. -- La localización del lugar del delito: supuestos A- Localización en el lugar donde se produce la acción B- Localización en el lugar donde se produce la acción B- Localización en el lugar en donde se produce el resultado C- Localización D- La localización por la utilización del Derecho Material. -- La tendencia a la flexibilización , materialización y la especialización de las normas de conflicto. -- La utilización del principio de proximidad como correctivo de la rigidez de la regla "lex loci deliti commissi". -- La adopción de las nuevas tendencias por el DIPr Argentino. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=12954