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Huelga y lock-out en los servicios esenciales / Hugo Fernández Brignoni en Derecho Laboral, v. 58 nº 258 (Abril - Junio 2015)
[artículo]
Título : Huelga y lock-out en los servicios esenciales : La protección del derecho de huelga y su compatibilidad con los derechos fundamentales de terceros Tipo de documento: texto impreso Autores: Hugo Fernández Brignoni Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 203-221 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO LABORAL / RELACIONES LABORALES / CONFLICTOS LABORALES / HUELGA / HUELGA PATRONAL Resumen: El tratamiento conjunto de la la huelga y el lock out requiere deslindar un concepto de otro , en tanto no son acciones que puedan igualarse. Los dos institutos no tienen el mismo lugar en el sistema jurídico. La huelga ha sido reconocida universalmente como un derecho fundamental de rango constitucional, en cambio el lock out no ha alcanzado ese nivel; incluso en algunos ordenamientos jurídicos es considerado una acción patronal ilícita. El derecho de huelga es una herramienta de igualación y por lo tanto, su promoción y fomento es parte de la dogmática jurídica laboral, igual que ocurre con su autonomía. El concepto de servicio esencial es planteado como el único límite al ejercicio del derecho de huelga basado en la compatibilidad del derecho de huelga con otros derechos fundamentales de terceros. Luego de una actualización del concepto de servicios esenciales se analiza si dentro de sus efectos es posible llegar a prohibir la huelga, o si la aplicación del concepto de la esencialidad sólo puede generar algunas restricciones, además de los mecanismos de compensación conducentes a no generar nuevas descompensaciones sistémicas. Nota de contenido: Introducción. -- Un deslinde necesario. -- La promoción, el fomento y la autonomía del derecho de huelga. -- Los límites del derecho de huelga en relación a los derechos fundamentales de terceros. -- El concepto de servicio esencial. -- Alcances del límite impuesto por el concepto de servicio esencial. -- Prohibición o restricción. -- Mecanismos de compensación de la limitación al derecho de huelga. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Argentina Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=6276
in Derecho Laboral > v. 58 nº 258 (Abril - Junio 2015) . - p. 203-221[artículo] Huelga y lock-out en los servicios esenciales : La protección del derecho de huelga y su compatibilidad con los derechos fundamentales de terceros [texto impreso] / Hugo Fernández Brignoni . - 2015 . - p. 203-221.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 58 nº 258 (Abril - Junio 2015) . - p. 203-221
Clasificación: DERECHO LABORAL / RELACIONES LABORALES / CONFLICTOS LABORALES / HUELGA / HUELGA PATRONAL Resumen: El tratamiento conjunto de la la huelga y el lock out requiere deslindar un concepto de otro , en tanto no son acciones que puedan igualarse. Los dos institutos no tienen el mismo lugar en el sistema jurídico. La huelga ha sido reconocida universalmente como un derecho fundamental de rango constitucional, en cambio el lock out no ha alcanzado ese nivel; incluso en algunos ordenamientos jurídicos es considerado una acción patronal ilícita. El derecho de huelga es una herramienta de igualación y por lo tanto, su promoción y fomento es parte de la dogmática jurídica laboral, igual que ocurre con su autonomía. El concepto de servicio esencial es planteado como el único límite al ejercicio del derecho de huelga basado en la compatibilidad del derecho de huelga con otros derechos fundamentales de terceros. Luego de una actualización del concepto de servicios esenciales se analiza si dentro de sus efectos es posible llegar a prohibir la huelga, o si la aplicación del concepto de la esencialidad sólo puede generar algunas restricciones, además de los mecanismos de compensación conducentes a no generar nuevas descompensaciones sistémicas. Nota de contenido: Introducción. -- Un deslinde necesario. -- La promoción, el fomento y la autonomía del derecho de huelga. -- Los límites del derecho de huelga en relación a los derechos fundamentales de terceros. -- El concepto de servicio esencial. -- Alcances del límite impuesto por el concepto de servicio esencial. -- Prohibición o restricción. -- Mecanismos de compensación de la limitación al derecho de huelga. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Argentina Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=6276 [artículo] Fernández Brignoni, Hugo (2015). Huelga y lock-out en los servicios esenciales : La protección del derecho de huelga y su compatibilidad con los derechos fundamentales de terceros. Derecho Laboral. v. 58 nº 258. (Abril - Junio 2015) p. 203-221.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 58 nº 258 (Abril - Junio 2015) . - p. 203-221
Clasificación: DERECHO LABORAL / RELACIONES LABORALES / CONFLICTOS LABORALES / HUELGA / HUELGA PATRONAL Resumen: El tratamiento conjunto de la la huelga y el lock out requiere deslindar un concepto de otro , en tanto no son acciones que puedan igualarse. Los dos institutos no tienen el mismo lugar en el sistema jurídico. La huelga ha sido reconocida universalmente como un derecho fundamental de rango constitucional, en cambio el lock out no ha alcanzado ese nivel; incluso en algunos ordenamientos jurídicos es considerado una acción patronal ilícita. El derecho de huelga es una herramienta de igualación y por lo tanto, su promoción y fomento es parte de la dogmática jurídica laboral, igual que ocurre con su autonomía. El concepto de servicio esencial es planteado como el único límite al ejercicio del derecho de huelga basado en la compatibilidad del derecho de huelga con otros derechos fundamentales de terceros. Luego de una actualización del concepto de servicios esenciales se analiza si dentro de sus efectos es posible llegar a prohibir la huelga, o si la aplicación del concepto de la esencialidad sólo puede generar algunas restricciones, además de los mecanismos de compensación conducentes a no generar nuevas descompensaciones sistémicas. Nota de contenido: Introducción. -- Un deslinde necesario. -- La promoción, el fomento y la autonomía del derecho de huelga. -- Los límites del derecho de huelga en relación a los derechos fundamentales de terceros. -- El concepto de servicio esencial. -- Alcances del límite impuesto por el concepto de servicio esencial. -- Prohibición o restricción. -- Mecanismos de compensación de la limitación al derecho de huelga. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Argentina Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=6276