Título : |
Algunos de los problemas que se pueden generar cuando se adquiera la empresa en bloque por cooperativas o sociedades comerciales integradas por trabajadores de la concursada |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Enrique A. Falco Iriondo |
Fecha de publicación: |
2010 |
Número de páginas: |
p. 391 - 398 |
Idioma : |
Español (spa) |
Clasificación: |
DERECHO COMERCIAL / CONCURSOS / VENTA EN BLOQUE DE LA EMPRESA EN FUNCIONAMIENTO / CRÉDITOS LABORALES / ACREEDORES / LEY 18387 / LEY 18407
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Resumen: |
La ley 18.387 sobre «Declaración Judicial del Concurso y Reorganización Empresarial» crea nuevos instrumentos a fin de dar solución a las situaciones de crisis a que se ven enfrentadas las empresas. En tal sentido otorga distintas posibilidades a los acreedores laborales procurando proteger sus créditos, frente a los del resto de los acreedores del deudor concursado. Una de las posibilidades que otorga a estos acreedores, se aplica en el caso de liquidación de la masa activa de la empresa. Por ella se autoriza a que en oportunidad de subastarse la empresa en funcionamiento mediante un proceso licitatorio, se puedan formular ofrecimientos por parte de una cooperativa o sociedad comercial de trabajadores de la empresa subastada, que se constituya y se integre de manera tal que más del 50% de la propiedad corresponda a trabajadores que desarrollaban actividad personal en la empresa al inicio del proceso concursal. En este caso, es sociedad en su oferta podrá disponer de los créditos que le correspondan a los trabajadores que la integren por rubros no satisfechos y por las indemnizaciones por seguro de desempleo que les correspondan a los trabajadores que la integren por rubros no satisfechos y por las indemnizaciones por seguro de desempleo que les correspondan. Si la adquisición de la empresa se concreta, consideramos que entre otros, se podrían generar los siguientes problemas: a) trato desigual entre los acreedores laborales que integran la cooperativa o sociedad comercial que adquiere la empresa y los que no la integran, b) resolución de los contratos laborales vigentes pro parte de la cooperativa o sociedad comercial de trabajadores que adquiere la empresa, y c) límite al número de trabajadores dependientes, previstos por el artículo 100 de la ley 18.407. Se analizan estos problemas y se plantean posibles soluciones. |
Nota de contenido: |
Introducción. -- Adquisición en bloque de la empresa en funcionamiento por parte de una cooperativa o sociedad comercial de trabajadores de la empresa subastada. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4954 |
Algunos de los problemas que se pueden generar cuando se adquiera la empresa en bloque por cooperativas o sociedades comerciales integradas por trabajadores de la concursada [texto impreso] / Enrique A. Falco Iriondo . - 2010 . - p. 391 - 398. Idioma : Español ( spa) Clasificación: |
DERECHO COMERCIAL / CONCURSOS / VENTA EN BLOQUE DE LA EMPRESA EN FUNCIONAMIENTO / CRÉDITOS LABORALES / ACREEDORES / LEY 18387 / LEY 18407
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Resumen: |
La ley 18.387 sobre «Declaración Judicial del Concurso y Reorganización Empresarial» crea nuevos instrumentos a fin de dar solución a las situaciones de crisis a que se ven enfrentadas las empresas. En tal sentido otorga distintas posibilidades a los acreedores laborales procurando proteger sus créditos, frente a los del resto de los acreedores del deudor concursado. Una de las posibilidades que otorga a estos acreedores, se aplica en el caso de liquidación de la masa activa de la empresa. Por ella se autoriza a que en oportunidad de subastarse la empresa en funcionamiento mediante un proceso licitatorio, se puedan formular ofrecimientos por parte de una cooperativa o sociedad comercial de trabajadores de la empresa subastada, que se constituya y se integre de manera tal que más del 50% de la propiedad corresponda a trabajadores que desarrollaban actividad personal en la empresa al inicio del proceso concursal. En este caso, es sociedad en su oferta podrá disponer de los créditos que le correspondan a los trabajadores que la integren por rubros no satisfechos y por las indemnizaciones por seguro de desempleo que les correspondan a los trabajadores que la integren por rubros no satisfechos y por las indemnizaciones por seguro de desempleo que les correspondan. Si la adquisición de la empresa se concreta, consideramos que entre otros, se podrían generar los siguientes problemas: a) trato desigual entre los acreedores laborales que integran la cooperativa o sociedad comercial que adquiere la empresa y los que no la integran, b) resolución de los contratos laborales vigentes pro parte de la cooperativa o sociedad comercial de trabajadores que adquiere la empresa, y c) límite al número de trabajadores dependientes, previstos por el artículo 100 de la ley 18.407. Se analizan estos problemas y se plantean posibles soluciones. |
Nota de contenido: |
Introducción. -- Adquisición en bloque de la empresa en funcionamiento por parte de una cooperativa o sociedad comercial de trabajadores de la empresa subastada. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4954 |
Falco Iriondo, Enrique A. (2010). Algunos de los problemas que se pueden generar cuando se adquiera la empresa en bloque por cooperativas o sociedades comerciales integradas por trabajadores de la concursada. En Sociedades y concursos en un mundo de cambios. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria. , 2010. p. 391 - 398. Idioma : Español ( spa) Clasificación: |
DERECHO COMERCIAL / CONCURSOS / VENTA EN BLOQUE DE LA EMPRESA EN FUNCIONAMIENTO / CRÉDITOS LABORALES / ACREEDORES / LEY 18387 / LEY 18407
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Resumen: |
La ley 18.387 sobre «Declaración Judicial del Concurso y Reorganización Empresarial» crea nuevos instrumentos a fin de dar solución a las situaciones de crisis a que se ven enfrentadas las empresas. En tal sentido otorga distintas posibilidades a los acreedores laborales procurando proteger sus créditos, frente a los del resto de los acreedores del deudor concursado. Una de las posibilidades que otorga a estos acreedores, se aplica en el caso de liquidación de la masa activa de la empresa. Por ella se autoriza a que en oportunidad de subastarse la empresa en funcionamiento mediante un proceso licitatorio, se puedan formular ofrecimientos por parte de una cooperativa o sociedad comercial de trabajadores de la empresa subastada, que se constituya y se integre de manera tal que más del 50% de la propiedad corresponda a trabajadores que desarrollaban actividad personal en la empresa al inicio del proceso concursal. En este caso, es sociedad en su oferta podrá disponer de los créditos que le correspondan a los trabajadores que la integren por rubros no satisfechos y por las indemnizaciones por seguro de desempleo que les correspondan a los trabajadores que la integren por rubros no satisfechos y por las indemnizaciones por seguro de desempleo que les correspondan. Si la adquisición de la empresa se concreta, consideramos que entre otros, se podrían generar los siguientes problemas: a) trato desigual entre los acreedores laborales que integran la cooperativa o sociedad comercial que adquiere la empresa y los que no la integran, b) resolución de los contratos laborales vigentes pro parte de la cooperativa o sociedad comercial de trabajadores que adquiere la empresa, y c) límite al número de trabajadores dependientes, previstos por el artículo 100 de la ley 18.407. Se analizan estos problemas y se plantean posibles soluciones. |
Nota de contenido: |
Introducción. -- Adquisición en bloque de la empresa en funcionamiento por parte de una cooperativa o sociedad comercial de trabajadores de la empresa subastada. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4954 |
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