Título : |
Establecimiento comercial concubinario y sociedad de hecho |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
María Wonsiak de Haskel |
Número de páginas: |
p. 81-86 |
Idioma : |
Español (spa) |
Clasificación: |
DERECHO COMERCIAL / REGISTRO DE COMERCIO / ESTABLECIMIENTO COMERCIAL / ENAJENACIÓN DE ESTABLECIMIENTO COMERCIAL / SOCIEDADES DE HECHO / CONCUBINATO / LEY 2904
|
Resumen: |
La inclusión de un establecimiento comercial adquirido por un concubino en la sociedad legal de bienes concubinaria implica el nacimiento de una sociedad de hecho en el caso de que los concubinos se repartan utilidades o soporten en común las pérdidas.
La enajenación del establecimiento comercial concubinario debe ser consentida u otorgada por ambos concubinos y la sociedad de hecho, representada por cualquiera o ambos concubinos y el emplazamiento de la No 2904 del año 1904 debe efectuarse convocando a los acreedores de todos los enajenantes, incluso a los de la sociedad de hecho.
No procede la inscripción de la resolución que incluye un establecimiento comercial en la sociedad de bienes concubinaria en el Registro Nacional de Comercio en tanto tal declaración no produce cambio de titular del establecimiento comercial que continúa en el patrimonio del concubino originario pero formando parte de la sociedad de bienes concubinaria.
De nacer una sociedad de hecho las cuotas de participación en la sociedad de hecho ingresan al patrimonio de cada concubino y no constituye acto registrable en el Registro Nacional de Comercio. |
Nota de contenido: |
Requisitos para la inclusión de un establecimiento comercial en la sociedad de bienes concubinaria. -- Sociedad de hecho. -- Establecimiento comercial concubinario. -- La legitimación para disponer de un establecimiento comercial concubinario y la responsabilidad del adquirente por las deudas regulada por la ley No. 2904 de 1904. -- Aspectos registrales de la inclusión del establecimiento comercial de un concubino en la sociedad de bienes concubinaria. -- Conclusiones. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4884 |
Establecimiento comercial concubinario y sociedad de hecho [texto impreso] / María Wonsiak de Haskel . - [s.d.] . - p. 81-86. Idioma : Español ( spa) Clasificación: |
DERECHO COMERCIAL / REGISTRO DE COMERCIO / ESTABLECIMIENTO COMERCIAL / ENAJENACIÓN DE ESTABLECIMIENTO COMERCIAL / SOCIEDADES DE HECHO / CONCUBINATO / LEY 2904
|
Resumen: |
La inclusión de un establecimiento comercial adquirido por un concubino en la sociedad legal de bienes concubinaria implica el nacimiento de una sociedad de hecho en el caso de que los concubinos se repartan utilidades o soporten en común las pérdidas.
La enajenación del establecimiento comercial concubinario debe ser consentida u otorgada por ambos concubinos y la sociedad de hecho, representada por cualquiera o ambos concubinos y el emplazamiento de la No 2904 del año 1904 debe efectuarse convocando a los acreedores de todos los enajenantes, incluso a los de la sociedad de hecho.
No procede la inscripción de la resolución que incluye un establecimiento comercial en la sociedad de bienes concubinaria en el Registro Nacional de Comercio en tanto tal declaración no produce cambio de titular del establecimiento comercial que continúa en el patrimonio del concubino originario pero formando parte de la sociedad de bienes concubinaria.
De nacer una sociedad de hecho las cuotas de participación en la sociedad de hecho ingresan al patrimonio de cada concubino y no constituye acto registrable en el Registro Nacional de Comercio. |
Nota de contenido: |
Requisitos para la inclusión de un establecimiento comercial en la sociedad de bienes concubinaria. -- Sociedad de hecho. -- Establecimiento comercial concubinario. -- La legitimación para disponer de un establecimiento comercial concubinario y la responsabilidad del adquirente por las deudas regulada por la ley No. 2904 de 1904. -- Aspectos registrales de la inclusión del establecimiento comercial de un concubino en la sociedad de bienes concubinaria. -- Conclusiones. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4884 |
Wonsiak de Haskel, María (2010). Establecimiento comercial concubinario y sociedad de hecho. En Sociedades y concursos en un mundo de cambios. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria. , 2010. p. 81-86. Idioma : Español ( spa) Clasificación: |
DERECHO COMERCIAL / REGISTRO DE COMERCIO / ESTABLECIMIENTO COMERCIAL / ENAJENACIÓN DE ESTABLECIMIENTO COMERCIAL / SOCIEDADES DE HECHO / CONCUBINATO / LEY 2904
|
Resumen: |
La inclusión de un establecimiento comercial adquirido por un concubino en la sociedad legal de bienes concubinaria implica el nacimiento de una sociedad de hecho en el caso de que los concubinos se repartan utilidades o soporten en común las pérdidas.
La enajenación del establecimiento comercial concubinario debe ser consentida u otorgada por ambos concubinos y la sociedad de hecho, representada por cualquiera o ambos concubinos y el emplazamiento de la No 2904 del año 1904 debe efectuarse convocando a los acreedores de todos los enajenantes, incluso a los de la sociedad de hecho.
No procede la inscripción de la resolución que incluye un establecimiento comercial en la sociedad de bienes concubinaria en el Registro Nacional de Comercio en tanto tal declaración no produce cambio de titular del establecimiento comercial que continúa en el patrimonio del concubino originario pero formando parte de la sociedad de bienes concubinaria.
De nacer una sociedad de hecho las cuotas de participación en la sociedad de hecho ingresan al patrimonio de cada concubino y no constituye acto registrable en el Registro Nacional de Comercio. |
Nota de contenido: |
Requisitos para la inclusión de un establecimiento comercial en la sociedad de bienes concubinaria. -- Sociedad de hecho. -- Establecimiento comercial concubinario. -- La legitimación para disponer de un establecimiento comercial concubinario y la responsabilidad del adquirente por las deudas regulada por la ley No. 2904 de 1904. -- Aspectos registrales de la inclusión del establecimiento comercial de un concubino en la sociedad de bienes concubinaria. -- Conclusiones. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4884 |
|