| Título : |
El control en la ley 16.060 : Alcance. Impacto de la nueva ley concursal |
| Tipo de documento: |
texto impreso |
| Autores: |
Eva Holz |
| Fecha de publicación: |
2009 |
| Número de páginas: |
p. 575-577 |
| Idioma : |
Español (spa) |
| Palabras clave: |
CONTROL SOCIETARIO |
| Resumen: |
El concepto de control y su alcance, tal como están previstos por el art. 49 de la ley 16.060 se ha modificado con la definición de grupos de sociedades contenida en el art. 112 No. 2 literal C de la ley 18.387.
A partir de la sanción de la misma entendemos que se incluyen en el concepto de controlante no sólo una o más sociedades sino una o más personas físicas o jurídicas. Por ende, a todas ellas se les podrán aplicar las consecuencias de los arts. 49, 50 y 51 de la ley No. 16.060. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4854 |
El control en la ley 16.060 : Alcance. Impacto de la nueva ley concursal [texto impreso] / Eva Holz . - 2009 . - p. 575-577. Idioma : Español ( spa) | Palabras clave: |
CONTROL SOCIETARIO |
| Resumen: |
El concepto de control y su alcance, tal como están previstos por el art. 49 de la ley 16.060 se ha modificado con la definición de grupos de sociedades contenida en el art. 112 No. 2 literal C de la ley 18.387.
A partir de la sanción de la misma entendemos que se incluyen en el concepto de controlante no sólo una o más sociedades sino una o más personas físicas o jurídicas. Por ende, a todas ellas se les podrán aplicar las consecuencias de los arts. 49, 50 y 51 de la ley No. 16.060. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4854 |
Holz, Eva (2009). El control en la ley 16.060 : Alcance. Impacto de la nueva ley concursal. En Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria. , 2009. p. 575-577. Idioma : Español ( spa) | Palabras clave: |
CONTROL SOCIETARIO |
| Resumen: |
El concepto de control y su alcance, tal como están previstos por el art. 49 de la ley 16.060 se ha modificado con la definición de grupos de sociedades contenida en el art. 112 No. 2 literal C de la ley 18.387.
A partir de la sanción de la misma entendemos que se incluyen en el concepto de controlante no sólo una o más sociedades sino una o más personas físicas o jurídicas. Por ende, a todas ellas se les podrán aplicar las consecuencias de los arts. 49, 50 y 51 de la ley No. 16.060. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4854 |
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