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Principio de primacía de la realidad en el sector de la salud / Ricardo Barona Betancourt
en [Ponencias] / Jornadas Uruguayas de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (22; 19-20 de noviembre de 2011; Montevideo) (2011)
Título : Principio de primacía de la realidad en el sector de la salud Tipo de documento: texto impreso Autores: Ricardo Barona Betancourt Número de páginas: p. 135- 146 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO LABORAL / PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL / PRIMACÍA DE LA REALIDAD / TRABAJADORES DE LA SALUD Palabras clave: TRABAJADOR PRINCIPIOS LABORALES RELACIONES LABORALES MARCO CONCEPTUAL PROTECCIÓN NACIONAL CONTRATO REALIDAD PROTECCIÓN JURISPRUDENCIAL MÉDICO TRABAJADOR DE LA SALUD PRIMACÍA DE LA REALIDAD Resumen: El principio de primacía de la realidad indica que la existencia de una relación de trabajo no depende de los pactos realizados por las partes ni de la apariencia contractual, ni de las relaciones jurídicas subjetivas, sino, por el contrario, de la situación real en que se halla el trabajador respecto del patrono, de la realidad de los hechos a que aquél se encuentra vinculado y de las situaciones objetivas que surgen indistintamente de la nomenclatura utilizada para definir la relación. Este alcance del principio rescata la existencia de la relación laboral aún sobre la voluntad evidenciada por las partes y ello es compatible con el carácter irrenunciable de los derechos laborales y con la índole protectora del derecho del trabajo. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4435 Principio de primacía de la realidad en el sector de la salud [texto impreso] / Ricardo Barona Betancourt . - [s.d.] . - p. 135- 146.
en [Ponencias] / Jornadas Uruguayas de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (22; 19-20 de noviembre de 2011; Montevideo) (2011)
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO LABORAL / PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL / PRIMACÍA DE LA REALIDAD / TRABAJADORES DE LA SALUD Palabras clave: TRABAJADOR PRINCIPIOS LABORALES RELACIONES LABORALES MARCO CONCEPTUAL PROTECCIÓN NACIONAL CONTRATO REALIDAD PROTECCIÓN JURISPRUDENCIAL MÉDICO TRABAJADOR DE LA SALUD PRIMACÍA DE LA REALIDAD Resumen: El principio de primacía de la realidad indica que la existencia de una relación de trabajo no depende de los pactos realizados por las partes ni de la apariencia contractual, ni de las relaciones jurídicas subjetivas, sino, por el contrario, de la situación real en que se halla el trabajador respecto del patrono, de la realidad de los hechos a que aquél se encuentra vinculado y de las situaciones objetivas que surgen indistintamente de la nomenclatura utilizada para definir la relación. Este alcance del principio rescata la existencia de la relación laboral aún sobre la voluntad evidenciada por las partes y ello es compatible con el carácter irrenunciable de los derechos laborales y con la índole protectora del derecho del trabajo. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4435 Barona Betancourt, Ricardo (2011). Principio de primacía de la realidad en el sector de la salud. En [Ponencias]. Montevideo: Fundación Editorial Ferrere Abogados. , 2011. p. 135- 146.
en [Ponencias] / Jornadas Uruguayas de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (22; 19-20 de noviembre de 2011; Montevideo) (2011)
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO LABORAL / PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL / PRIMACÍA DE LA REALIDAD / TRABAJADORES DE LA SALUD Palabras clave: TRABAJADOR PRINCIPIOS LABORALES RELACIONES LABORALES MARCO CONCEPTUAL PROTECCIÓN NACIONAL CONTRATO REALIDAD PROTECCIÓN JURISPRUDENCIAL MÉDICO TRABAJADOR DE LA SALUD PRIMACÍA DE LA REALIDAD Resumen: El principio de primacía de la realidad indica que la existencia de una relación de trabajo no depende de los pactos realizados por las partes ni de la apariencia contractual, ni de las relaciones jurídicas subjetivas, sino, por el contrario, de la situación real en que se halla el trabajador respecto del patrono, de la realidad de los hechos a que aquél se encuentra vinculado y de las situaciones objetivas que surgen indistintamente de la nomenclatura utilizada para definir la relación. Este alcance del principio rescata la existencia de la relación laboral aún sobre la voluntad evidenciada por las partes y ello es compatible con el carácter irrenunciable de los derechos laborales y con la índole protectora del derecho del trabajo. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4435