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Contratos por adhesión a condiciones generales en el código civil y comercial argentino / José Fernando Marquez en Revista Crítica de Derecho Privado, 18 (Enero - Diciembre 2021)
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Título : Contratos por adhesión a condiciones generales en el código civil y comercial argentino Tipo de documento: texto impreso Autores: José Fernando Marquez, Autor ; Maximiliano Rafael Calderón, Autor Fecha de publicación: 2021 Artículo en la página: p. 249-265 Nota general: Obligaciones y contratos civiles y comerciales Idioma : Español (spa) Palabras clave: CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL ARGENTINO, CONTRATOS POR ADHESIÓN Resumen: La contratación por adhesión a condiciones generales de contratación es una modalidad con larga trayectoria práctica en los negocios, producto de la necesidad de agilizar la contratación y abaratar los costos de transacción. Durante largos años, en la Argentina, la cuestión se reguló a partir de principios generales y criterios doctrinarios. La ley de defensa de consumidores y usuarios, de 1993, inlcuyó algunas disposiciones. El Código Civil y Comercial, con vigencia desde el 2015, la caracteriza como un modo específico de prestación del consentimiento y regula sus aspectos más relevantes. Nota de contenido: La contratación por adhesión a condiciones generales de su contratación. -- La regulación de los contratos por adhesión a cláusulas generales predispuestas en el Código Civil argentino de 2015. Ubicación de la materia. -- La definición de contrato por adhesión. -- Requisitos de validez de las cláusulas generales predispuestas. -- Alcances de las cláusulas particulares. -- Regla de interpretación en contra del predisponente. -- Las cláusulas abusivas en los contratos por adhesión. -- Control judicial de las cláusulas abusivas. -- Valoración crítica del Código. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=20679
in Revista Crítica de Derecho Privado > 18 (Enero - Diciembre 2021) . - p. 249-265[artículo] Contratos por adhesión a condiciones generales en el código civil y comercial argentino [texto impreso] / José Fernando Marquez, Autor ; Maximiliano Rafael Calderón, Autor . - 2021 . - p. 249-265.
Obligaciones y contratos civiles y comerciales
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 18 (Enero - Diciembre 2021) . - p. 249-265
Palabras clave: CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL ARGENTINO, CONTRATOS POR ADHESIÓN Resumen: La contratación por adhesión a condiciones generales de contratación es una modalidad con larga trayectoria práctica en los negocios, producto de la necesidad de agilizar la contratación y abaratar los costos de transacción. Durante largos años, en la Argentina, la cuestión se reguló a partir de principios generales y criterios doctrinarios. La ley de defensa de consumidores y usuarios, de 1993, inlcuyó algunas disposiciones. El Código Civil y Comercial, con vigencia desde el 2015, la caracteriza como un modo específico de prestación del consentimiento y regula sus aspectos más relevantes. Nota de contenido: La contratación por adhesión a condiciones generales de su contratación. -- La regulación de los contratos por adhesión a cláusulas generales predispuestas en el Código Civil argentino de 2015. Ubicación de la materia. -- La definición de contrato por adhesión. -- Requisitos de validez de las cláusulas generales predispuestas. -- Alcances de las cláusulas particulares. -- Regla de interpretación en contra del predisponente. -- Las cláusulas abusivas en los contratos por adhesión. -- Control judicial de las cláusulas abusivas. -- Valoración crítica del Código. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=20679 [artículo] Marquez, José Fernando (2021). Contratos por adhesión a condiciones generales en el código civil y comercial argentino. Revista Crítica de Derecho Privado. 18. (Enero - Diciembre 2021) p. 249-265.
Obligaciones y contratos civiles y comerciales
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 18 (Enero - Diciembre 2021) . - p. 249-265
Palabras clave: CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL ARGENTINO, CONTRATOS POR ADHESIÓN Resumen: La contratación por adhesión a condiciones generales de contratación es una modalidad con larga trayectoria práctica en los negocios, producto de la necesidad de agilizar la contratación y abaratar los costos de transacción. Durante largos años, en la Argentina, la cuestión se reguló a partir de principios generales y criterios doctrinarios. La ley de defensa de consumidores y usuarios, de 1993, inlcuyó algunas disposiciones. El Código Civil y Comercial, con vigencia desde el 2015, la caracteriza como un modo específico de prestación del consentimiento y regula sus aspectos más relevantes. Nota de contenido: La contratación por adhesión a condiciones generales de su contratación. -- La regulación de los contratos por adhesión a cláusulas generales predispuestas en el Código Civil argentino de 2015. Ubicación de la materia. -- La definición de contrato por adhesión. -- Requisitos de validez de las cláusulas generales predispuestas. -- Alcances de las cláusulas particulares. -- Regla de interpretación en contra del predisponente. -- Las cláusulas abusivas en los contratos por adhesión. -- Control judicial de las cláusulas abusivas. -- Valoración crítica del Código. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=20679 La costumbre como fuente del Derecho: su relevancia jurídica y su recepción en el Derecho Privado Argentino. / José Fernando Marquez en Revista Crítica de Derecho Privado, 17 (Enero - Diciembre 2020)
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Título : La costumbre como fuente del Derecho: su relevancia jurídica y su recepción en el Derecho Privado Argentino. Tipo de documento: texto impreso Autores: José Fernando Marquez ; Maximiliano Rafael Calderón Fecha de publicación: 2020 Artículo en la página: p. 449-474 Idioma : Español (spa) Palabras clave: COSTUMBRE, USOS Y PRACTICAS, FUENTE DEL DERECHO, DERECHO PRIVADO Resumen: La costumbre (y los usos y prácticas) son conductas con notable incidencia en la formación de reglas de de convivencia, y, en particular en las reglas del Derecho. En este trabajo se aborda la problemática de la costumbre como fuente del derecho en el derecho argentino, desde la visión doctrinaria y jurisprudencial, desde la base de las reglas de los Códigos vigentes durante los siglos 19 y 20,y el reciente Código Civil y Comercial de 2015. Nota de contenido: Costumbre y derecho. -- Aproximaciones al tema. -- La costumbre como técnica de creación de normas jurídicas. -- Otras proyecciones jurídicas de la costumbre. -- La costumbre como fuente del derecho en el derecho privado argentino. -- La costumbre en el derecho civil durante la vigencia del Código Civil de 1871. -- La costumbre en el Código de Comercio de 1862. -- La costumbre en el Código Civil y Comercial de 2015. -- A modo de conclusiones. Cobertura geográfica : Argentina Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=15325
in Revista Crítica de Derecho Privado > 17 (Enero - Diciembre 2020) . - p. 449-474[artículo] La costumbre como fuente del Derecho: su relevancia jurídica y su recepción en el Derecho Privado Argentino. [texto impreso] / José Fernando Marquez ; Maximiliano Rafael Calderón . - 2020 . - p. 449-474.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 17 (Enero - Diciembre 2020) . - p. 449-474
Palabras clave: COSTUMBRE, USOS Y PRACTICAS, FUENTE DEL DERECHO, DERECHO PRIVADO Resumen: La costumbre (y los usos y prácticas) son conductas con notable incidencia en la formación de reglas de de convivencia, y, en particular en las reglas del Derecho. En este trabajo se aborda la problemática de la costumbre como fuente del derecho en el derecho argentino, desde la visión doctrinaria y jurisprudencial, desde la base de las reglas de los Códigos vigentes durante los siglos 19 y 20,y el reciente Código Civil y Comercial de 2015. Nota de contenido: Costumbre y derecho. -- Aproximaciones al tema. -- La costumbre como técnica de creación de normas jurídicas. -- Otras proyecciones jurídicas de la costumbre. -- La costumbre como fuente del derecho en el derecho privado argentino. -- La costumbre en el derecho civil durante la vigencia del Código Civil de 1871. -- La costumbre en el Código de Comercio de 1862. -- La costumbre en el Código Civil y Comercial de 2015. -- A modo de conclusiones. Cobertura geográfica : Argentina Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=15325 [artículo] Marquez, José Fernando (2020). La costumbre como fuente del Derecho: su relevancia jurídica y su recepción en el Derecho Privado Argentino.. Revista Crítica de Derecho Privado. 17. (Enero - Diciembre 2020) p. 449-474.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 17 (Enero - Diciembre 2020) . - p. 449-474
Palabras clave: COSTUMBRE, USOS Y PRACTICAS, FUENTE DEL DERECHO, DERECHO PRIVADO Resumen: La costumbre (y los usos y prácticas) son conductas con notable incidencia en la formación de reglas de de convivencia, y, en particular en las reglas del Derecho. En este trabajo se aborda la problemática de la costumbre como fuente del derecho en el derecho argentino, desde la visión doctrinaria y jurisprudencial, desde la base de las reglas de los Códigos vigentes durante los siglos 19 y 20,y el reciente Código Civil y Comercial de 2015. Nota de contenido: Costumbre y derecho. -- Aproximaciones al tema. -- La costumbre como técnica de creación de normas jurídicas. -- Otras proyecciones jurídicas de la costumbre. -- La costumbre como fuente del derecho en el derecho privado argentino. -- La costumbre en el derecho civil durante la vigencia del Código Civil de 1871. -- La costumbre en el Código de Comercio de 1862. -- La costumbre en el Código Civil y Comercial de 2015. -- A modo de conclusiones. Cobertura geográfica : Argentina Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=15325 El consentimiento del damnificado como eximente de responsabilidad / José Fernando Marquez en Revista Crítica de Derecho Privado, 19 (Enero - Diciembre 2022)
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Título : El consentimiento del damnificado como eximente de responsabilidad : Análisis del artículo 1720 Código Civil y Comercial argentino. Tipo de documento: texto impreso Autores: José Fernando Marquez, Autor Fecha de publicación: 2022 Artículo en la página: p. 649-663 Idioma : Español (spa) Palabras clave: Consentimiento del damnificado Resumen: El consentimiento del damnificado como causa de eximición de responsabilidad no fue caracterizado por el Código Civil argentino de 1871. Ello no obstó a que fuera considerado para eximir de responsabilidad al sindicado como responsable, a través de la aplicación de las normas del Código Penal y la construcción dogmática, autoral y judicial. El código Civil y Comercial argentino de 2015 incorpora a la figura en el artículo 1720, con un texto que genera no pocos problemas interpretativos. En este trabajo analizamos los interrogantes y posibles lecturas. Nota de contenido: Introducción. Los alcances de este trabajo. -- La participación del damnificado en la producción de su propio daño. -- Cláusulas de atribución o liberación de responsabilidad o disminución de la indemnización. -- Hecho del damnificado. -- Asunción de riesgos. -- El consentimiento del damnificado al ser dañado. -- La norma. -- ¿Qué supuestos se encuentran comprendidos en la norma?. -- Requisitos de admisibilidad del consentimiento del damnificado. -- El consentimiento debe ser expreso. -- Debe ser anterior a la producción del daño. -- Debe ser libre. -- Quien consiente debe estar informado. -- Debe recaer sobre bienes disponibles. -- La cláusula no debe ser abusiva. -- A modo de conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=20591
in Revista Crítica de Derecho Privado > 19 (Enero - Diciembre 2022) . - p. 649-663[artículo] El consentimiento del damnificado como eximente de responsabilidad : Análisis del artículo 1720 Código Civil y Comercial argentino. [texto impreso] / José Fernando Marquez, Autor . - 2022 . - p. 649-663.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 19 (Enero - Diciembre 2022) . - p. 649-663
Palabras clave: Consentimiento del damnificado Resumen: El consentimiento del damnificado como causa de eximición de responsabilidad no fue caracterizado por el Código Civil argentino de 1871. Ello no obstó a que fuera considerado para eximir de responsabilidad al sindicado como responsable, a través de la aplicación de las normas del Código Penal y la construcción dogmática, autoral y judicial. El código Civil y Comercial argentino de 2015 incorpora a la figura en el artículo 1720, con un texto que genera no pocos problemas interpretativos. En este trabajo analizamos los interrogantes y posibles lecturas. Nota de contenido: Introducción. Los alcances de este trabajo. -- La participación del damnificado en la producción de su propio daño. -- Cláusulas de atribución o liberación de responsabilidad o disminución de la indemnización. -- Hecho del damnificado. -- Asunción de riesgos. -- El consentimiento del damnificado al ser dañado. -- La norma. -- ¿Qué supuestos se encuentran comprendidos en la norma?. -- Requisitos de admisibilidad del consentimiento del damnificado. -- El consentimiento debe ser expreso. -- Debe ser anterior a la producción del daño. -- Debe ser libre. -- Quien consiente debe estar informado. -- Debe recaer sobre bienes disponibles. -- La cláusula no debe ser abusiva. -- A modo de conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=20591 [artículo] Marquez, José Fernando (2022). El consentimiento del damnificado como eximente de responsabilidad : Análisis del artículo 1720 Código Civil y Comercial argentino.. Revista Crítica de Derecho Privado. 19. (Enero - Diciembre 2022) p. 649-663.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 19 (Enero - Diciembre 2022) . - p. 649-663
Palabras clave: Consentimiento del damnificado Resumen: El consentimiento del damnificado como causa de eximición de responsabilidad no fue caracterizado por el Código Civil argentino de 1871. Ello no obstó a que fuera considerado para eximir de responsabilidad al sindicado como responsable, a través de la aplicación de las normas del Código Penal y la construcción dogmática, autoral y judicial. El código Civil y Comercial argentino de 2015 incorpora a la figura en el artículo 1720, con un texto que genera no pocos problemas interpretativos. En este trabajo analizamos los interrogantes y posibles lecturas. Nota de contenido: Introducción. Los alcances de este trabajo. -- La participación del damnificado en la producción de su propio daño. -- Cláusulas de atribución o liberación de responsabilidad o disminución de la indemnización. -- Hecho del damnificado. -- Asunción de riesgos. -- El consentimiento del damnificado al ser dañado. -- La norma. -- ¿Qué supuestos se encuentran comprendidos en la norma?. -- Requisitos de admisibilidad del consentimiento del damnificado. -- El consentimiento debe ser expreso. -- Debe ser anterior a la producción del daño. -- Debe ser libre. -- Quien consiente debe estar informado. -- Debe recaer sobre bienes disponibles. -- La cláusula no debe ser abusiva. -- A modo de conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=20591 El consentimiento del damnificado como eximente de responsabilidad (análisis del artículo 1720 Código Civil y Comercial argentino) / José Fernando Marquez en Revista Crítica de Derecho Privado, 20 (Enero - Diciembre 2023)
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Título : El consentimiento del damnificado como eximente de responsabilidad (análisis del artículo 1720 Código Civil y Comercial argentino) Tipo de documento: texto impreso Autores: José Fernando Marquez Fecha de publicación: 2023 Artículo en la página: p. 627-639 Idioma : Español (spa) Palabras clave: RESPONSABILIDAD CIVIL, CAUSALES DE EXCLUSION, CONSENTIMIENTO DEL DAMNIFICADO Resumen: El consentimiento del damnificado como causa de eximición de responsabilidad no fue caracterizado por el Código Civil argentino de 1871. Ello no obstó a que fuera considerado para eximir de responsabilidad al sindicado como responsable, a través de la aplicación de las normas del Código Penal y la construcción dogmática, autoral y judicial. El Código Civil y Comercial argentino de 2015 incorpora a la figura en el artículo 1720, con un texto que genera no pocos problemas interpretativos. En este trabajo analizamos los interrogantes y posibles lecturas. Nota de contenido: Introducción. -- Los alcances de este trabajo. -- La participación del damnificado en la producción de su propio daño. -- Cláusulas de atribución o liberación de responsabilidad o disminución de la indemnización. -- Hecho del damnificado. -- Asunción de riesgos. -- El consentimiento del damnificado a ser dañado. -- La norma. -- ¿Qué supuestos se encuentran comprendidos en la norma? -- Requisitos de admisibilidad del consentimiento del damnificado. -- El consentimiento deber ser expreso. -- Debe ser anterior a la producción del daño. -- Debe ser libre. -- Quien consiente debe estar informado. -- Debe recaer sobre bienes disponibles. -- La cláusula no debe ser abusiva. -- A modo de conclusiones. Cobertura geográfica : Argentina Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=21129
in Revista Crítica de Derecho Privado > 20 (Enero - Diciembre 2023) . - p. 627-639[artículo] El consentimiento del damnificado como eximente de responsabilidad (análisis del artículo 1720 Código Civil y Comercial argentino) [texto impreso] / José Fernando Marquez . - 2023 . - p. 627-639.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 20 (Enero - Diciembre 2023) . - p. 627-639
Palabras clave: RESPONSABILIDAD CIVIL, CAUSALES DE EXCLUSION, CONSENTIMIENTO DEL DAMNIFICADO Resumen: El consentimiento del damnificado como causa de eximición de responsabilidad no fue caracterizado por el Código Civil argentino de 1871. Ello no obstó a que fuera considerado para eximir de responsabilidad al sindicado como responsable, a través de la aplicación de las normas del Código Penal y la construcción dogmática, autoral y judicial. El Código Civil y Comercial argentino de 2015 incorpora a la figura en el artículo 1720, con un texto que genera no pocos problemas interpretativos. En este trabajo analizamos los interrogantes y posibles lecturas. Nota de contenido: Introducción. -- Los alcances de este trabajo. -- La participación del damnificado en la producción de su propio daño. -- Cláusulas de atribución o liberación de responsabilidad o disminución de la indemnización. -- Hecho del damnificado. -- Asunción de riesgos. -- El consentimiento del damnificado a ser dañado. -- La norma. -- ¿Qué supuestos se encuentran comprendidos en la norma? -- Requisitos de admisibilidad del consentimiento del damnificado. -- El consentimiento deber ser expreso. -- Debe ser anterior a la producción del daño. -- Debe ser libre. -- Quien consiente debe estar informado. -- Debe recaer sobre bienes disponibles. -- La cláusula no debe ser abusiva. -- A modo de conclusiones. Cobertura geográfica : Argentina Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=21129 [artículo] Marquez, José Fernando (2023). El consentimiento del damnificado como eximente de responsabilidad (análisis del artículo 1720 Código Civil y Comercial argentino). Revista Crítica de Derecho Privado. 20. (Enero - Diciembre 2023) p. 627-639.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 20 (Enero - Diciembre 2023) . - p. 627-639
Palabras clave: RESPONSABILIDAD CIVIL, CAUSALES DE EXCLUSION, CONSENTIMIENTO DEL DAMNIFICADO Resumen: El consentimiento del damnificado como causa de eximición de responsabilidad no fue caracterizado por el Código Civil argentino de 1871. Ello no obstó a que fuera considerado para eximir de responsabilidad al sindicado como responsable, a través de la aplicación de las normas del Código Penal y la construcción dogmática, autoral y judicial. El Código Civil y Comercial argentino de 2015 incorpora a la figura en el artículo 1720, con un texto que genera no pocos problemas interpretativos. En este trabajo analizamos los interrogantes y posibles lecturas. Nota de contenido: Introducción. -- Los alcances de este trabajo. -- La participación del damnificado en la producción de su propio daño. -- Cláusulas de atribución o liberación de responsabilidad o disminución de la indemnización. -- Hecho del damnificado. -- Asunción de riesgos. -- El consentimiento del damnificado a ser dañado. -- La norma. -- ¿Qué supuestos se encuentran comprendidos en la norma? -- Requisitos de admisibilidad del consentimiento del damnificado. -- El consentimiento deber ser expreso. -- Debe ser anterior a la producción del daño. -- Debe ser libre. -- Quien consiente debe estar informado. -- Debe recaer sobre bienes disponibles. -- La cláusula no debe ser abusiva. -- A modo de conclusiones. Cobertura geográfica : Argentina Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=21129 La formación del consentimiento en la contratación electrónica / Luis Moisset de Espanés
Título : La formación del consentimiento en la contratación electrónica Tipo de documento: texto impreso Autores: Luis Moisset de Espanés ; José Fernando Marquez Número de páginas: p. 789 - 804 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO CIVIL / CONTRATOS / CONTRATOS COMERCIALES / CONTRATOS ELECTRÓNICOS / EFICACIA DEL CONTRATO / ITER CONTRACTUAL / PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO / FIRMA ELECTRÓNICA Nota de contenido: El comercio y la contratación electrónica. -- Contrato electrónico. Régimen legal aplicable. -- Contratos celebrados en entornos cerrados y en entornos abiertos. -- La firma digital. Firma electrónica y firma digital. -- Momento de perfección del contrato. -- El aviso de recibo. -- La confirmación del envío del mensaje. -- A modo de conclusión. Cobertura geográfica : Argentina Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=10043 La formación del consentimiento en la contratación electrónica [texto impreso] / Luis Moisset de Espanés ; José Fernando Marquez . - [s.d.] . - p. 789 - 804.
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO CIVIL / CONTRATOS / CONTRATOS COMERCIALES / CONTRATOS ELECTRÓNICOS / EFICACIA DEL CONTRATO / ITER CONTRACTUAL / PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO / FIRMA ELECTRÓNICA Nota de contenido: El comercio y la contratación electrónica. -- Contrato electrónico. Régimen legal aplicable. -- Contratos celebrados en entornos cerrados y en entornos abiertos. -- La firma digital. Firma electrónica y firma digital. -- Momento de perfección del contrato. -- El aviso de recibo. -- La confirmación del envío del mensaje. -- A modo de conclusión. Cobertura geográfica : Argentina Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=10043 Moisset de Espanés, Luis (2011). La formación del consentimiento en la contratación electrónica. En Tratado jurisprudencial y doctrinario. Montevideo: La Ley Uruguay. , 2011. p. 789 - 804.
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO CIVIL / CONTRATOS / CONTRATOS COMERCIALES / CONTRATOS ELECTRÓNICOS / EFICACIA DEL CONTRATO / ITER CONTRACTUAL / PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO / FIRMA ELECTRÓNICA Nota de contenido: El comercio y la contratación electrónica. -- Contrato electrónico. Régimen legal aplicable. -- Contratos celebrados en entornos cerrados y en entornos abiertos. -- La firma digital. Firma electrónica y firma digital. -- Momento de perfección del contrato. -- El aviso de recibo. -- La confirmación del envío del mensaje. -- A modo de conclusión. Cobertura geográfica : Argentina Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=10043 Los riesgos de desarrollo como eximente de responsabilidad civil. La cuestión en el Derecho comparado, el marco legal argentino y en el Derecho del Consumo proyectado. / José Fernando Marquez en Revista Crítica de Derecho Privado, 16 (Enero - Diciembre 2019)Permalink