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Autor Gregorio M. Cerdeña Barceló |
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Comentario de la Sentencia de Primera Instancia Nº 34/2018 del 9 de agosto de 2018 del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de Primer Turno / Gregorio M. Cerdeña Barceló en Revista de Derecho Marítimo y Portuario, 3 (enero-diciembre)
[artículo]
Título : Comentario de la Sentencia de Primera Instancia Nº 34/2018 del 9 de agosto de 2018 del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de Primer Turno Tipo de documento: texto impreso Autores: Gregorio M. Cerdeña Barceló, Autor Fecha de publicación: 2019 Artículo en la página: p. 145-173 Idioma : Español (spa) Resumen: El comentario de la referida sentencia resulta de interés, principalmente por cómo se resolvió una temática que en la práctica marítimo portuaria genera importantes controversias, como es el accionar de las terminales de contenedores que operan buques en el puerto de Montevideo, la documentación que emiten (listas de descarga convalidada y documentos de intercambio de equipo - EIR); así como los eventuales daños a la estructura de los contenedores que pueden causar en sus operativas de carga, descarga y almacenamiento intermedio en playa de contenedores. En el presente caso, fue trascendente que se dañó la estructura del contenedor por parte de la terminal interviniente al momento del manejo del contenedor en la operativa de descarga y/o en los movimientos posteriores y que, dicho extremo, logró acreditarse en el proceso judicial otorgándosele importancia y valor probatorio a lo que surgía de los documentos emitidos por la propia terminal. El daño generado a la estructura del contenedor no se conoció ni fue registrado en un primer momento, conforme a la documentación expedida por la terminal de contenedores (lista de descarga convalidada). Si en una instancia posterior, cuando el contenedor se despachó lleno por el importador desde dicha terminal (documento de intercambio de equipo de entrega lleno al importador - EIR). Ello implicó que la terminal de contenedores no tomara ninguna medida para resguardar la carga y mitigar el daño, ante lluvias copiosas durante los días que el contenedor estuvo depositado a la intemperie en su playa de contenedores a espera de ser retirado por el importador. Lo que trajo aparejado el ingreso de agua por el agujero en el techo del contenedor y la avería de la carga por mojadura. El argumento principal de la terminal de contenedores en su defensa fue que el contenedor ya estaba dañado al momento de la descarga desde el buque y que no registró dicho daño en la documentación que se emite en esa instancia por ser un daño menor y no de entidad. Y que la falta de observaciones o constancias en la lista de descarga convalidada que emitió a la descarga, no es indicativa de la inexistencia de daños en dicha instancia. Además de alegar que no se habían producido precipitaciones en los días que el contenedor estuvo en su poder en su playa de contenedores; hecho que fue expresamente controvertido acreditándose en forma la existencia de importantes lluvias en esos días. El proceso judicial fue iniciado por la compañía de seguros actuando por subrogación (artículo 669 del Código de Comercio), exclusivamente contra las navieras intervinientes en la operativa de transporte marítimo. En efecto, contra Mediterranean Shipping Company S.A. como emisora de un conocimiento de embarque por dicha operativa de transporte marítimo y contra Hamburg Sud por ser la que efectuó el transporte efectivo en un buque de su propiedad. No se demandó a la terminal de contenedores. Las empresas navieras demandadas, al momento de contestar la demanda, solicitaron la citación en garantía (artículo 51 CGP) de la terminal de contenedores que participó en la operativa de descarga del buque en el puerto de Montevideo (Terminal Cuenca del Plata S.A.) y del depósito intra-portuario (Bomport S.A) donde quedó depositado el contenedor luego de ser despachado desde la terminal de contenedores. También existió una demanda por vía de citación en garantía de Terminal Cuenca del Plata S.A. contra Bomport S.A. Por ende, se dio en el proceso judicial un encadenamiento de pretensiones entre los diferentes agentes que participaron en la operativa logística y de transporte marítimo; lo que llevó a que la sentencia en estudio efectuara un exhaustivo análisis del accionar que tuvo cada agente interviniente así como de las responsabilidades de cada uno. Nota de contenido: Las principales cuestiones jurídicas y de prueba analizadas para la resolución del caso. -- Se logró determinar exactamente en qué momento de la operativa logística se produjo la mojadura de la carga. -- Otro punto de interés: la emisión de documentos por parte de Terminal Cuenca del Plata S.A y el valor probatorio que se les otorga. -- La sentencia analiza correctamente el funcionamiento de los dos documentos emitidos por Terminal Cuenca del Plata S.A en lo que fue su operativa como terminal de contenedores. De esa forma, finalmente concluye que dicha terminal fue la responsable de dañar el contenedor. -- La trascendencia práctica de lo resuelto por la sentencia. -- El fallo. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=21256
in Revista de Derecho Marítimo y Portuario > 3 (enero-diciembre) . - p. 145-173[artículo] Comentario de la Sentencia de Primera Instancia Nº 34/2018 del 9 de agosto de 2018 del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de Primer Turno [texto impreso] / Gregorio M. Cerdeña Barceló, Autor . - 2019 . - p. 145-173.
Idioma : Español (spa)
in Revista de Derecho Marítimo y Portuario > 3 (enero-diciembre) . - p. 145-173
Resumen: El comentario de la referida sentencia resulta de interés, principalmente por cómo se resolvió una temática que en la práctica marítimo portuaria genera importantes controversias, como es el accionar de las terminales de contenedores que operan buques en el puerto de Montevideo, la documentación que emiten (listas de descarga convalidada y documentos de intercambio de equipo - EIR); así como los eventuales daños a la estructura de los contenedores que pueden causar en sus operativas de carga, descarga y almacenamiento intermedio en playa de contenedores. En el presente caso, fue trascendente que se dañó la estructura del contenedor por parte de la terminal interviniente al momento del manejo del contenedor en la operativa de descarga y/o en los movimientos posteriores y que, dicho extremo, logró acreditarse en el proceso judicial otorgándosele importancia y valor probatorio a lo que surgía de los documentos emitidos por la propia terminal. El daño generado a la estructura del contenedor no se conoció ni fue registrado en un primer momento, conforme a la documentación expedida por la terminal de contenedores (lista de descarga convalidada). Si en una instancia posterior, cuando el contenedor se despachó lleno por el importador desde dicha terminal (documento de intercambio de equipo de entrega lleno al importador - EIR). Ello implicó que la terminal de contenedores no tomara ninguna medida para resguardar la carga y mitigar el daño, ante lluvias copiosas durante los días que el contenedor estuvo depositado a la intemperie en su playa de contenedores a espera de ser retirado por el importador. Lo que trajo aparejado el ingreso de agua por el agujero en el techo del contenedor y la avería de la carga por mojadura. El argumento principal de la terminal de contenedores en su defensa fue que el contenedor ya estaba dañado al momento de la descarga desde el buque y que no registró dicho daño en la documentación que se emite en esa instancia por ser un daño menor y no de entidad. Y que la falta de observaciones o constancias en la lista de descarga convalidada que emitió a la descarga, no es indicativa de la inexistencia de daños en dicha instancia. Además de alegar que no se habían producido precipitaciones en los días que el contenedor estuvo en su poder en su playa de contenedores; hecho que fue expresamente controvertido acreditándose en forma la existencia de importantes lluvias en esos días. El proceso judicial fue iniciado por la compañía de seguros actuando por subrogación (artículo 669 del Código de Comercio), exclusivamente contra las navieras intervinientes en la operativa de transporte marítimo. En efecto, contra Mediterranean Shipping Company S.A. como emisora de un conocimiento de embarque por dicha operativa de transporte marítimo y contra Hamburg Sud por ser la que efectuó el transporte efectivo en un buque de su propiedad. No se demandó a la terminal de contenedores. Las empresas navieras demandadas, al momento de contestar la demanda, solicitaron la citación en garantía (artículo 51 CGP) de la terminal de contenedores que participó en la operativa de descarga del buque en el puerto de Montevideo (Terminal Cuenca del Plata S.A.) y del depósito intra-portuario (Bomport S.A) donde quedó depositado el contenedor luego de ser despachado desde la terminal de contenedores. También existió una demanda por vía de citación en garantía de Terminal Cuenca del Plata S.A. contra Bomport S.A. Por ende, se dio en el proceso judicial un encadenamiento de pretensiones entre los diferentes agentes que participaron en la operativa logística y de transporte marítimo; lo que llevó a que la sentencia en estudio efectuara un exhaustivo análisis del accionar que tuvo cada agente interviniente así como de las responsabilidades de cada uno. Nota de contenido: Las principales cuestiones jurídicas y de prueba analizadas para la resolución del caso. -- Se logró determinar exactamente en qué momento de la operativa logística se produjo la mojadura de la carga. -- Otro punto de interés: la emisión de documentos por parte de Terminal Cuenca del Plata S.A y el valor probatorio que se les otorga. -- La sentencia analiza correctamente el funcionamiento de los dos documentos emitidos por Terminal Cuenca del Plata S.A en lo que fue su operativa como terminal de contenedores. De esa forma, finalmente concluye que dicha terminal fue la responsable de dañar el contenedor. -- La trascendencia práctica de lo resuelto por la sentencia. -- El fallo. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=21256 [artículo] Cerdeña Barceló, Gregorio M. (2019). Comentario de la Sentencia de Primera Instancia Nº 34/2018 del 9 de agosto de 2018 del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de Primer Turno. Revista de Derecho Marítimo y Portuario. 3. (enero-diciembre) p. 145-173.
Idioma : Español (spa)
in Revista de Derecho Marítimo y Portuario > 3 (enero-diciembre) . - p. 145-173
Resumen: El comentario de la referida sentencia resulta de interés, principalmente por cómo se resolvió una temática que en la práctica marítimo portuaria genera importantes controversias, como es el accionar de las terminales de contenedores que operan buques en el puerto de Montevideo, la documentación que emiten (listas de descarga convalidada y documentos de intercambio de equipo - EIR); así como los eventuales daños a la estructura de los contenedores que pueden causar en sus operativas de carga, descarga y almacenamiento intermedio en playa de contenedores. En el presente caso, fue trascendente que se dañó la estructura del contenedor por parte de la terminal interviniente al momento del manejo del contenedor en la operativa de descarga y/o en los movimientos posteriores y que, dicho extremo, logró acreditarse en el proceso judicial otorgándosele importancia y valor probatorio a lo que surgía de los documentos emitidos por la propia terminal. El daño generado a la estructura del contenedor no se conoció ni fue registrado en un primer momento, conforme a la documentación expedida por la terminal de contenedores (lista de descarga convalidada). Si en una instancia posterior, cuando el contenedor se despachó lleno por el importador desde dicha terminal (documento de intercambio de equipo de entrega lleno al importador - EIR). Ello implicó que la terminal de contenedores no tomara ninguna medida para resguardar la carga y mitigar el daño, ante lluvias copiosas durante los días que el contenedor estuvo depositado a la intemperie en su playa de contenedores a espera de ser retirado por el importador. Lo que trajo aparejado el ingreso de agua por el agujero en el techo del contenedor y la avería de la carga por mojadura. El argumento principal de la terminal de contenedores en su defensa fue que el contenedor ya estaba dañado al momento de la descarga desde el buque y que no registró dicho daño en la documentación que se emite en esa instancia por ser un daño menor y no de entidad. Y que la falta de observaciones o constancias en la lista de descarga convalidada que emitió a la descarga, no es indicativa de la inexistencia de daños en dicha instancia. Además de alegar que no se habían producido precipitaciones en los días que el contenedor estuvo en su poder en su playa de contenedores; hecho que fue expresamente controvertido acreditándose en forma la existencia de importantes lluvias en esos días. El proceso judicial fue iniciado por la compañía de seguros actuando por subrogación (artículo 669 del Código de Comercio), exclusivamente contra las navieras intervinientes en la operativa de transporte marítimo. En efecto, contra Mediterranean Shipping Company S.A. como emisora de un conocimiento de embarque por dicha operativa de transporte marítimo y contra Hamburg Sud por ser la que efectuó el transporte efectivo en un buque de su propiedad. No se demandó a la terminal de contenedores. Las empresas navieras demandadas, al momento de contestar la demanda, solicitaron la citación en garantía (artículo 51 CGP) de la terminal de contenedores que participó en la operativa de descarga del buque en el puerto de Montevideo (Terminal Cuenca del Plata S.A.) y del depósito intra-portuario (Bomport S.A) donde quedó depositado el contenedor luego de ser despachado desde la terminal de contenedores. También existió una demanda por vía de citación en garantía de Terminal Cuenca del Plata S.A. contra Bomport S.A. Por ende, se dio en el proceso judicial un encadenamiento de pretensiones entre los diferentes agentes que participaron en la operativa logística y de transporte marítimo; lo que llevó a que la sentencia en estudio efectuara un exhaustivo análisis del accionar que tuvo cada agente interviniente así como de las responsabilidades de cada uno. Nota de contenido: Las principales cuestiones jurídicas y de prueba analizadas para la resolución del caso. -- Se logró determinar exactamente en qué momento de la operativa logística se produjo la mojadura de la carga. -- Otro punto de interés: la emisión de documentos por parte de Terminal Cuenca del Plata S.A y el valor probatorio que se les otorga. -- La sentencia analiza correctamente el funcionamiento de los dos documentos emitidos por Terminal Cuenca del Plata S.A en lo que fue su operativa como terminal de contenedores. De esa forma, finalmente concluye que dicha terminal fue la responsable de dañar el contenedor. -- La trascendencia práctica de lo resuelto por la sentencia. -- El fallo. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=21256 Régimen legal del transporte marítimo por contenedores en Uruguay / Gregorio M. Cerdeña Barceló (2017)
Título : Régimen legal del transporte marítimo por contenedores en Uruguay Tipo de documento: texto impreso Autores: Gregorio M. Cerdeña Barceló Editorial: Montevideo : IJ Fecha de publicación: 2017 Número de páginas: 362 p ISBN/ISSN/DL: 978-9974-631-77-9 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO COMERCIAL / TRANSPORTE MARÍTIMO / TRANSPORTE INTERNACIONAL / TRANSPORTE DE CARGA / EMBARGO / EMBARGO DE BUQUES / CONOCIMIENTO DE EMBARQUE / RESPONSABILIDAD DEL TRANSPORTISTA / EXIMENTES DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL / RESPONSABILIDAD SOLIDARIA / CONTRATOS INTERNACIONALES / DERECHO APLICABLE / REGLAS DE HAMBURGO / REGLAS DE ROTTERDAM (2008) / REGLAS DE LA HAYA - VISBY / LEY 18803 / LEY 19117 / LEY 19246 Clasificación: 343.96 Transporte acuático Nota de contenido: El contrato de transporte por contenedores bajo la normativa nacional. -- El contrato de transporte por contenedores bajo la normativa internacional. -- Implicancia práctica del régimen jurídico vigente en nuestro país. -- Anexo normativo. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=9778 Régimen legal del transporte marítimo por contenedores en Uruguay [texto impreso] / Gregorio M. Cerdeña Barceló . - Montevideo : IJ, 2017 . - 362 p.
ISBN : 978-9974-631-77-9
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO COMERCIAL / TRANSPORTE MARÍTIMO / TRANSPORTE INTERNACIONAL / TRANSPORTE DE CARGA / EMBARGO / EMBARGO DE BUQUES / CONOCIMIENTO DE EMBARQUE / RESPONSABILIDAD DEL TRANSPORTISTA / EXIMENTES DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL / RESPONSABILIDAD SOLIDARIA / CONTRATOS INTERNACIONALES / DERECHO APLICABLE / REGLAS DE HAMBURGO / REGLAS DE ROTTERDAM (2008) / REGLAS DE LA HAYA - VISBY / LEY 18803 / LEY 19117 / LEY 19246 Clasificación: 343.96 Transporte acuático Nota de contenido: El contrato de transporte por contenedores bajo la normativa nacional. -- El contrato de transporte por contenedores bajo la normativa internacional. -- Implicancia práctica del régimen jurídico vigente en nuestro país. -- Anexo normativo. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=9778 Cerdeña Barceló, Gregorio M. (2017). Régimen legal del transporte marítimo por contenedores en Uruguay. Montevideo : IJ, 2017.
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO COMERCIAL / TRANSPORTE MARÍTIMO / TRANSPORTE INTERNACIONAL / TRANSPORTE DE CARGA / EMBARGO / EMBARGO DE BUQUES / CONOCIMIENTO DE EMBARQUE / RESPONSABILIDAD DEL TRANSPORTISTA / EXIMENTES DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL / RESPONSABILIDAD SOLIDARIA / CONTRATOS INTERNACIONALES / DERECHO APLICABLE / REGLAS DE HAMBURGO / REGLAS DE ROTTERDAM (2008) / REGLAS DE LA HAYA - VISBY / LEY 18803 / LEY 19117 / LEY 19246 Clasificación: 343.96 Transporte acuático Nota de contenido: El contrato de transporte por contenedores bajo la normativa nacional. -- El contrato de transporte por contenedores bajo la normativa internacional. -- Implicancia práctica del régimen jurídico vigente en nuestro país. -- Anexo normativo. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=9778 Ejemplares (1)
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