Título : |
La relatividad de la cosa juzgada |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Rodrigo Rivera Morales, Autor |
Número de páginas: |
p. 1017-1044 |
Nota general: |
Otros temas actuales sobre proceso y justicia |
Idioma : |
Español (spa) |
Resumen: |
La cosa juzgada es instituto procesal que en la doctrina ha sido considerado como algo inherente a la sentencia, como efecto de ella, destinado a garantiza la estabilidad y seguridad jurídica. Bajo esta idea se relacionó con el concepto de inmutabilidad. Esta inmutabilidad limitaba la posibilidad de revisión de las sentencia firme que hacía cosa juzgada. La doctrina clásica a este principio le otorga al fallo judicial la calidad de indiscutible y la certeza de que su contenido permanecerá inalterable, independientemente a que el pronunciamiento expedido haya sido favorable o desfavorable para quien promovió la acción. No obstante la doctrina imperante, Landoni Sosa se atrevió a plantear lo relativos de la cosa juzgada, partió de analizar y el alcance de la cosa, los conceptos justicia de justicia y certeza, además, la temática de los procesos colectivos. En su estudio, Landoni, apuntó que la doctrina uruguaya ha aceptado la revisión de la cosa juzgada en casos de dolo, fraude, colusión o idenfensión. En este artículo se aprecian los aporte del profesor uruguayo Ángel Landoni, temática que no ha tenido una actualización legislativa en el modelo del civil law, tal como se puede percibir en el reciente diálogo italo-ibérico realizado en la ciudad de Lima en el marco de las Jornadas Del instituto Iberoamericano de Derecho Procesal. |
Nota de contenido: |
Introducción. -- Concepto de cosa juzgada y fundamento. -- Naturaleza jurídica. -- Límites de la cosa juzgada. -- La relatividad de la cosa juzgada. Su revisión. -- La cosa aparente o fraudulenta. -- Recurso de revisión. -- El tratamiento en las acciones por interese colectivos y difusos. Insuficiencia de prueba. -- Conclusiones. |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=24551 |
La relatividad de la cosa juzgada [texto impreso] / Rodrigo Rivera Morales, Autor . - [s.d.] . - p. 1017-1044. Otros temas actuales sobre proceso y justicia Idioma : Español ( spa) Resumen: |
La cosa juzgada es instituto procesal que en la doctrina ha sido considerado como algo inherente a la sentencia, como efecto de ella, destinado a garantiza la estabilidad y seguridad jurídica. Bajo esta idea se relacionó con el concepto de inmutabilidad. Esta inmutabilidad limitaba la posibilidad de revisión de las sentencia firme que hacía cosa juzgada. La doctrina clásica a este principio le otorga al fallo judicial la calidad de indiscutible y la certeza de que su contenido permanecerá inalterable, independientemente a que el pronunciamiento expedido haya sido favorable o desfavorable para quien promovió la acción. No obstante la doctrina imperante, Landoni Sosa se atrevió a plantear lo relativos de la cosa juzgada, partió de analizar y el alcance de la cosa, los conceptos justicia de justicia y certeza, además, la temática de los procesos colectivos. En su estudio, Landoni, apuntó que la doctrina uruguaya ha aceptado la revisión de la cosa juzgada en casos de dolo, fraude, colusión o idenfensión. En este artículo se aprecian los aporte del profesor uruguayo Ángel Landoni, temática que no ha tenido una actualización legislativa en el modelo del civil law, tal como se puede percibir en el reciente diálogo italo-ibérico realizado en la ciudad de Lima en el marco de las Jornadas Del instituto Iberoamericano de Derecho Procesal. |
Nota de contenido: |
Introducción. -- Concepto de cosa juzgada y fundamento. -- Naturaleza jurídica. -- Límites de la cosa juzgada. -- La relatividad de la cosa juzgada. Su revisión. -- La cosa aparente o fraudulenta. -- Recurso de revisión. -- El tratamiento en las acciones por interese colectivos y difusos. Insuficiencia de prueba. -- Conclusiones. |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=24551 |
Rivera Morales, Rodrigo (2025). La relatividad de la cosa juzgada. En Estudios sobre proceso y justicia en homenaje al profesor Angel Landoni Sosa. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria. , 2025. p. 1017-1044. Otros temas actuales sobre proceso y justicia Idioma : Español ( spa) Resumen: |
La cosa juzgada es instituto procesal que en la doctrina ha sido considerado como algo inherente a la sentencia, como efecto de ella, destinado a garantiza la estabilidad y seguridad jurídica. Bajo esta idea se relacionó con el concepto de inmutabilidad. Esta inmutabilidad limitaba la posibilidad de revisión de las sentencia firme que hacía cosa juzgada. La doctrina clásica a este principio le otorga al fallo judicial la calidad de indiscutible y la certeza de que su contenido permanecerá inalterable, independientemente a que el pronunciamiento expedido haya sido favorable o desfavorable para quien promovió la acción. No obstante la doctrina imperante, Landoni Sosa se atrevió a plantear lo relativos de la cosa juzgada, partió de analizar y el alcance de la cosa, los conceptos justicia de justicia y certeza, además, la temática de los procesos colectivos. En su estudio, Landoni, apuntó que la doctrina uruguaya ha aceptado la revisión de la cosa juzgada en casos de dolo, fraude, colusión o idenfensión. En este artículo se aprecian los aporte del profesor uruguayo Ángel Landoni, temática que no ha tenido una actualización legislativa en el modelo del civil law, tal como se puede percibir en el reciente diálogo italo-ibérico realizado en la ciudad de Lima en el marco de las Jornadas Del instituto Iberoamericano de Derecho Procesal. |
Nota de contenido: |
Introducción. -- Concepto de cosa juzgada y fundamento. -- Naturaleza jurídica. -- Límites de la cosa juzgada. -- La relatividad de la cosa juzgada. Su revisión. -- La cosa aparente o fraudulenta. -- Recurso de revisión. -- El tratamiento en las acciones por interese colectivos y difusos. Insuficiencia de prueba. -- Conclusiones. |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=24551 |
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