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La actividad minera ante el derecho ambiental nacional / Juan Manuel Palmer Massaferro en Anuario de Derecho Administrativo, 17 (2009)
[artículo]
Título : La actividad minera ante el derecho ambiental nacional : hacia una puesta al día de la legislación minera Tipo de documento: texto impreso Autores: Juan Manuel Palmer Massaferro Fecha de publicación: 2009 Artículo en la página: p. 27-36 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO PÚBLICO / DOMINIO DEL ESTADO / ACTIVIDADES DE MINERÍA / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / TUTELA AMBIENTAL / PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO / PATRIMONIO PALEONTOLÓGICO / LEY 16466 / LEY 14040 Nota de contenido: Introito: algunas nociones generales que hacen al objeto particular del derecho minero. -- El derecho al medio ambiente. Nociones. Principales normas del ordenamiento jurídico nacional. -- Minería e impacto ambiental. -- Análisis de las disposiciones del decreto Nº 349/005 de interés específicamente minero. -- Aplicación de las nuevas autorizaciones ambientales a la minería. -- Consecuencias de la omisión de acreditar ante la Dirección Nacional de Minería y Geología la tramitación de las autorizaciones ambientales. -- A modo de conclusión. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=7696
in Anuario de Derecho Administrativo > 17 (2009) . - p. 27-36[artículo] La actividad minera ante el derecho ambiental nacional : hacia una puesta al día de la legislación minera [texto impreso] / Juan Manuel Palmer Massaferro . - 2009 . - p. 27-36.
Idioma : Español (spa)
in Anuario de Derecho Administrativo > 17 (2009) . - p. 27-36
Clasificación: DERECHO PÚBLICO / DOMINIO DEL ESTADO / ACTIVIDADES DE MINERÍA / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / TUTELA AMBIENTAL / PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO / PATRIMONIO PALEONTOLÓGICO / LEY 16466 / LEY 14040 Nota de contenido: Introito: algunas nociones generales que hacen al objeto particular del derecho minero. -- El derecho al medio ambiente. Nociones. Principales normas del ordenamiento jurídico nacional. -- Minería e impacto ambiental. -- Análisis de las disposiciones del decreto Nº 349/005 de interés específicamente minero. -- Aplicación de las nuevas autorizaciones ambientales a la minería. -- Consecuencias de la omisión de acreditar ante la Dirección Nacional de Minería y Geología la tramitación de las autorizaciones ambientales. -- A modo de conclusión. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=7696 [artículo] Palmer Massaferro, Juan Manuel (2009). La actividad minera ante el derecho ambiental nacional : hacia una puesta al día de la legislación minera. Anuario de Derecho Administrativo. 17. (2009) p. 27-36.
Idioma : Español (spa)
in Anuario de Derecho Administrativo > 17 (2009) . - p. 27-36
Clasificación: DERECHO PÚBLICO / DOMINIO DEL ESTADO / ACTIVIDADES DE MINERÍA / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / TUTELA AMBIENTAL / PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO / PATRIMONIO PALEONTOLÓGICO / LEY 16466 / LEY 14040 Nota de contenido: Introito: algunas nociones generales que hacen al objeto particular del derecho minero. -- El derecho al medio ambiente. Nociones. Principales normas del ordenamiento jurídico nacional. -- Minería e impacto ambiental. -- Análisis de las disposiciones del decreto Nº 349/005 de interés específicamente minero. -- Aplicación de las nuevas autorizaciones ambientales a la minería. -- Consecuencias de la omisión de acreditar ante la Dirección Nacional de Minería y Geología la tramitación de las autorizaciones ambientales. -- A modo de conclusión. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=7696 Análisis del decreto del Poder Ejecutivo No. 353/008 sobre bioseguridad y vegetales genéticamente modificados en el contexto del sistema jurídico uruguayo / Santiago Mirande en Revista de Legislación Uruguaya Sistematizada y Analizada, v. 8 n. 5 (Setiembre - Octubre 2017)
[artículo]
Título : Análisis del decreto del Poder Ejecutivo No. 353/008 sobre bioseguridad y vegetales genéticamente modificados en el contexto del sistema jurídico uruguayo Tipo de documento: texto impreso Autores: Santiago Mirande Fecha de publicación: 2017 Artículo en la página: p. 155-179 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO CIVIL / DERECHO AMBIENTAL / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / PLAGUICIDAS / DAÑO AMBIENTAL / PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR / PROHIBICIÓN DE USO DE AGROQUÍMICOS / DAÑOS / BIOTECNOLOGÍA / ETIQUETADO DE ALIMENTOS / SEMILLAS / LEY 16466 / LEY 18283 / LEY 17250 Resumen: En el sistema jurídico uruguayo los transgénicos y los agroquímicos están regulados de manera dispersa y asistemática. -- Mediante la interpretación contextual y armónica de los textos normativos puede individualizarse un eje normativo central sobre el tema, compuesto por normas jurídicas constitucionales, legales y reglamentarias, internas e internacionales. Todas ellas deben ser interpretadas y aplicadas en conjunto y sus aparentes contradicciones pueden ser resueltas mediante el principio de jerarquía de las normas jurídicas. El proceso para evaluar y gestionar el riesgo de aprobar nuevos eventos trangénicos está regulado por el decreto del Poder Ejecutivo No. 353/008, de 08/062008, sobre bioseguridad de organismos vegetales genéticamente modificados. Este proceso también está regulado por las restantes normas jurídicas de mayor rango, en especial en cuanto a: las garantías del debido proceso y la debida participación pública. Existen otras normas jurídicas, tanto internas como internacionales sobre trangénicos, agroquímicos y fumigaciones. Entre las normas internacionales se destaca la Declaración de Naciones Unidas de Río de Janeiro (1992); el Convenio sobre Diversidad Biológica (Río de Janeiro – 1992) y sus dos Protocolos (Cartagena- 2000) y (Nagoya – 2010). De todas las normas referidas y del conocimiento científico del cual se nutre el Derecho, surgen dos conceptos directamente vinculados a los transgénicos: la precaución y la información. Ambos conceptos inciden entre sí. La precaución surgió como un avance en la prevención de daños. Es decir, a pesar de la falta de certeza científica absoluta sobre la dañosidad de un hecho o actividad igualmente pueden adoptarse medidas de prevención del daño. Pero la precaución también incide en la reparación o recomposición de daños ambientales así como también en la interpretación y aplicación de normas jurídicas. Mediante esto último se superó la ficción del denominado «principio de equivalencia sustancial» entre los alimentos transgénicos y los no transgénicos. La información es un medio de prevención precautoria de daños. La ley de defensa del consumidor establece una obligación sofisticada de informar sobre los productos que circulan en el mercado. Se debe informar al consumidor sobre las características, la naturaleza, la cantidad, la calidad y la composición de cada uno de los productos en general. La ley también establece pautas de información sobre productos riesgosos o peligrosos. En unos y otros puede incluirse a la modificación genética en general y de alimentos en particular. El cumplimiento de la obligación de informar por parte del proveedor no lo exonera de responsabilidad por los daños que sus productos productos puedan ocasionar. Tampoco evita la adopción de medidas preventivas precautorias. Solo justifica la autorización para que el producto se introduzca y circule en el mercado. El etiquetado o rotulado de alimentos forma parte de la obligación de informar. En Uruguay existen normas jurídicas departamentales que establecen el etiquetado obligatorio de alimentos transgénicos. Estas tienen fuerza de ley en su jurisdicción, es decir, un rango jerárquico mayor al de normas jurídicas reglamentarias aprobadas por el Poder Ejecutivo, como el referido Decreto del Poder Ejecutivo No. 353/008 sobre bioseguridad de organismos vegetales genéticamente modificados. Nota de contenido: Introducción. -- Transgénicos y agroquímicos en el sistema jurídico uruguayo: su regulación asistemática y dispersa. -- Normas uruguayas sobre transgénicos y agroquímicos. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=9794
in Revista de Legislación Uruguaya Sistematizada y Analizada > v. 8 n. 5 (Setiembre - Octubre 2017) . - p. 155-179[artículo] Análisis del decreto del Poder Ejecutivo No. 353/008 sobre bioseguridad y vegetales genéticamente modificados en el contexto del sistema jurídico uruguayo [texto impreso] / Santiago Mirande . - 2017 . - p. 155-179.
Idioma : Español (spa)
in Revista de Legislación Uruguaya Sistematizada y Analizada > v. 8 n. 5 (Setiembre - Octubre 2017) . - p. 155-179
Clasificación: DERECHO CIVIL / DERECHO AMBIENTAL / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / PLAGUICIDAS / DAÑO AMBIENTAL / PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR / PROHIBICIÓN DE USO DE AGROQUÍMICOS / DAÑOS / BIOTECNOLOGÍA / ETIQUETADO DE ALIMENTOS / SEMILLAS / LEY 16466 / LEY 18283 / LEY 17250 Resumen: En el sistema jurídico uruguayo los transgénicos y los agroquímicos están regulados de manera dispersa y asistemática. -- Mediante la interpretación contextual y armónica de los textos normativos puede individualizarse un eje normativo central sobre el tema, compuesto por normas jurídicas constitucionales, legales y reglamentarias, internas e internacionales. Todas ellas deben ser interpretadas y aplicadas en conjunto y sus aparentes contradicciones pueden ser resueltas mediante el principio de jerarquía de las normas jurídicas. El proceso para evaluar y gestionar el riesgo de aprobar nuevos eventos trangénicos está regulado por el decreto del Poder Ejecutivo No. 353/008, de 08/062008, sobre bioseguridad de organismos vegetales genéticamente modificados. Este proceso también está regulado por las restantes normas jurídicas de mayor rango, en especial en cuanto a: las garantías del debido proceso y la debida participación pública. Existen otras normas jurídicas, tanto internas como internacionales sobre trangénicos, agroquímicos y fumigaciones. Entre las normas internacionales se destaca la Declaración de Naciones Unidas de Río de Janeiro (1992); el Convenio sobre Diversidad Biológica (Río de Janeiro – 1992) y sus dos Protocolos (Cartagena- 2000) y (Nagoya – 2010). De todas las normas referidas y del conocimiento científico del cual se nutre el Derecho, surgen dos conceptos directamente vinculados a los transgénicos: la precaución y la información. Ambos conceptos inciden entre sí. La precaución surgió como un avance en la prevención de daños. Es decir, a pesar de la falta de certeza científica absoluta sobre la dañosidad de un hecho o actividad igualmente pueden adoptarse medidas de prevención del daño. Pero la precaución también incide en la reparación o recomposición de daños ambientales así como también en la interpretación y aplicación de normas jurídicas. Mediante esto último se superó la ficción del denominado «principio de equivalencia sustancial» entre los alimentos transgénicos y los no transgénicos. La información es un medio de prevención precautoria de daños. La ley de defensa del consumidor establece una obligación sofisticada de informar sobre los productos que circulan en el mercado. Se debe informar al consumidor sobre las características, la naturaleza, la cantidad, la calidad y la composición de cada uno de los productos en general. La ley también establece pautas de información sobre productos riesgosos o peligrosos. En unos y otros puede incluirse a la modificación genética en general y de alimentos en particular. El cumplimiento de la obligación de informar por parte del proveedor no lo exonera de responsabilidad por los daños que sus productos productos puedan ocasionar. Tampoco evita la adopción de medidas preventivas precautorias. Solo justifica la autorización para que el producto se introduzca y circule en el mercado. El etiquetado o rotulado de alimentos forma parte de la obligación de informar. En Uruguay existen normas jurídicas departamentales que establecen el etiquetado obligatorio de alimentos transgénicos. Estas tienen fuerza de ley en su jurisdicción, es decir, un rango jerárquico mayor al de normas jurídicas reglamentarias aprobadas por el Poder Ejecutivo, como el referido Decreto del Poder Ejecutivo No. 353/008 sobre bioseguridad de organismos vegetales genéticamente modificados. Nota de contenido: Introducción. -- Transgénicos y agroquímicos en el sistema jurídico uruguayo: su regulación asistemática y dispersa. -- Normas uruguayas sobre transgénicos y agroquímicos. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=9794 [artículo] Mirande, Santiago (2017). Análisis del decreto del Poder Ejecutivo No. 353/008 sobre bioseguridad y vegetales genéticamente modificados en el contexto del sistema jurídico uruguayo. Revista de Legislación Uruguaya Sistematizada y Analizada. v. 8 n. 5. (Setiembre - Octubre 2017) p. 155-179.
Idioma : Español (spa)
in Revista de Legislación Uruguaya Sistematizada y Analizada > v. 8 n. 5 (Setiembre - Octubre 2017) . - p. 155-179
Clasificación: DERECHO CIVIL / DERECHO AMBIENTAL / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / PLAGUICIDAS / DAÑO AMBIENTAL / PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR / PROHIBICIÓN DE USO DE AGROQUÍMICOS / DAÑOS / BIOTECNOLOGÍA / ETIQUETADO DE ALIMENTOS / SEMILLAS / LEY 16466 / LEY 18283 / LEY 17250 Resumen: En el sistema jurídico uruguayo los transgénicos y los agroquímicos están regulados de manera dispersa y asistemática. -- Mediante la interpretación contextual y armónica de los textos normativos puede individualizarse un eje normativo central sobre el tema, compuesto por normas jurídicas constitucionales, legales y reglamentarias, internas e internacionales. Todas ellas deben ser interpretadas y aplicadas en conjunto y sus aparentes contradicciones pueden ser resueltas mediante el principio de jerarquía de las normas jurídicas. El proceso para evaluar y gestionar el riesgo de aprobar nuevos eventos trangénicos está regulado por el decreto del Poder Ejecutivo No. 353/008, de 08/062008, sobre bioseguridad de organismos vegetales genéticamente modificados. Este proceso también está regulado por las restantes normas jurídicas de mayor rango, en especial en cuanto a: las garantías del debido proceso y la debida participación pública. Existen otras normas jurídicas, tanto internas como internacionales sobre trangénicos, agroquímicos y fumigaciones. Entre las normas internacionales se destaca la Declaración de Naciones Unidas de Río de Janeiro (1992); el Convenio sobre Diversidad Biológica (Río de Janeiro – 1992) y sus dos Protocolos (Cartagena- 2000) y (Nagoya – 2010). De todas las normas referidas y del conocimiento científico del cual se nutre el Derecho, surgen dos conceptos directamente vinculados a los transgénicos: la precaución y la información. Ambos conceptos inciden entre sí. La precaución surgió como un avance en la prevención de daños. Es decir, a pesar de la falta de certeza científica absoluta sobre la dañosidad de un hecho o actividad igualmente pueden adoptarse medidas de prevención del daño. Pero la precaución también incide en la reparación o recomposición de daños ambientales así como también en la interpretación y aplicación de normas jurídicas. Mediante esto último se superó la ficción del denominado «principio de equivalencia sustancial» entre los alimentos transgénicos y los no transgénicos. La información es un medio de prevención precautoria de daños. La ley de defensa del consumidor establece una obligación sofisticada de informar sobre los productos que circulan en el mercado. Se debe informar al consumidor sobre las características, la naturaleza, la cantidad, la calidad y la composición de cada uno de los productos en general. La ley también establece pautas de información sobre productos riesgosos o peligrosos. En unos y otros puede incluirse a la modificación genética en general y de alimentos en particular. El cumplimiento de la obligación de informar por parte del proveedor no lo exonera de responsabilidad por los daños que sus productos productos puedan ocasionar. Tampoco evita la adopción de medidas preventivas precautorias. Solo justifica la autorización para que el producto se introduzca y circule en el mercado. El etiquetado o rotulado de alimentos forma parte de la obligación de informar. En Uruguay existen normas jurídicas departamentales que establecen el etiquetado obligatorio de alimentos transgénicos. Estas tienen fuerza de ley en su jurisdicción, es decir, un rango jerárquico mayor al de normas jurídicas reglamentarias aprobadas por el Poder Ejecutivo, como el referido Decreto del Poder Ejecutivo No. 353/008 sobre bioseguridad de organismos vegetales genéticamente modificados. Nota de contenido: Introducción. -- Transgénicos y agroquímicos en el sistema jurídico uruguayo: su regulación asistemática y dispersa. -- Normas uruguayas sobre transgénicos y agroquímicos. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=9794 Audiencia pública durante el trámite de autorización ambiental previa / Ricardo Gorosito Zuluaga en La Justicia Uruguaya, 120 (1999)
[artículo]
Título : Audiencia pública durante el trámite de autorización ambiental previa : artículo 14 - Ley No. 16.466 del 19 de enero de 1994 Tipo de documento: texto impreso Autores: Ricardo Gorosito Zuluaga Fecha de publicación: 1999 Artículo en la página: p. 61-72 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO AMBIENTAL / POLÍTICAS AMBIENTALES / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / AUTORIZACIÓN AMBIENTAL PREVIA / RESIDUOS PELIGROSOS / LEY 16466 Nota de contenido: Celebrando otro hito en la consolidación del derecho ambiental en nuestro país. -- Biografía institucional y primeras evaluaciones del texto legal. -- Una aproximación teórica al instituto de la audiencia pública en el trámite de autorización ambiental previa en nuestro derecho. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=9339
in La Justicia Uruguaya > 120 (1999) . - p. 61-72[artículo] Audiencia pública durante el trámite de autorización ambiental previa : artículo 14 - Ley No. 16.466 del 19 de enero de 1994 [texto impreso] / Ricardo Gorosito Zuluaga . - 1999 . - p. 61-72.
Idioma : Español (spa)
in La Justicia Uruguaya > 120 (1999) . - p. 61-72
Clasificación: DERECHO AMBIENTAL / POLÍTICAS AMBIENTALES / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / AUTORIZACIÓN AMBIENTAL PREVIA / RESIDUOS PELIGROSOS / LEY 16466 Nota de contenido: Celebrando otro hito en la consolidación del derecho ambiental en nuestro país. -- Biografía institucional y primeras evaluaciones del texto legal. -- Una aproximación teórica al instituto de la audiencia pública en el trámite de autorización ambiental previa en nuestro derecho. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=9339 [artículo] Gorosito Zuluaga, Ricardo (1999). Audiencia pública durante el trámite de autorización ambiental previa : artículo 14 - Ley No. 16.466 del 19 de enero de 1994. La Justicia Uruguaya. 120. (1999) p. 61-72.
Idioma : Español (spa)
in La Justicia Uruguaya > 120 (1999) . - p. 61-72
Clasificación: DERECHO AMBIENTAL / POLÍTICAS AMBIENTALES / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / AUTORIZACIÓN AMBIENTAL PREVIA / RESIDUOS PELIGROSOS / LEY 16466 Nota de contenido: Celebrando otro hito en la consolidación del derecho ambiental en nuestro país. -- Biografía institucional y primeras evaluaciones del texto legal. -- Una aproximación teórica al instituto de la audiencia pública en el trámite de autorización ambiental previa en nuestro derecho. -- Conclusiones. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=9339 Código de Minería de la República Oriental del Uruguay / Carlos Roselló Meyer (2013)
Título : Código de Minería de la República Oriental del Uruguay : y marco normativo complementario Tipo de documento: texto impreso Autores: Carlos Roselló Meyer, Anotador ; Laura Bertini Serena, Anotador ; Virginia Villalba Hauser, Anotador Editorial: Montevideo : Amalio Fernández Fecha de publicación: 2013 Número de páginas: 247 p ISBN/ISSN/DL: 978-9974-8365-6-3 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO PÚBLICO / CÓDIGO DE MINERÍA / LEY 16320 / LEY 16170 / LEY 15903 / LEY 14466 / LEY 16462 / LEY 16466 / LEY 16906 / LEY 18308 / LEY 19126 Clasificación: 343.775 Nota de contenido: Principios fundamentales del derecho minero. -- De los yacimientos minerales y de las minas. -- Derechos de los títulos mineros. -- Régimen legal de la minería.
Regulaciones de la actividad minera. -- Disposiciones generales. -- Disposiciones especiales.
De las autoridades mineras y régimen de fiscalizaciones.
Decreto Reglamentario No 110/82, de 26 de marzo de 1982. -- Autoridades mineras y vigilancia de la actividad. -- La actividad minera. -- Regulación de la actividad minera. -- De la mediana y gran minería. -- Regulación de situaciones e institutos propios de la minería. -- Derechos y cánones mineros. -- El derecho de explotación en la concesión minera. -- Servidumbres mineras. -- Infracciones y sanciones. -- Registro General de Minería. -- Disposiciones especiales.
Régimen de canteras de obras públicas - Ley No 16.320. Apertura de canteras próximas a ciudades - Ley No 16.170. Extracciones s/faja costera - Ley No 15.903.Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=7388 Código de Minería de la República Oriental del Uruguay : y marco normativo complementario [texto impreso] / Carlos Roselló Meyer, Anotador ; Laura Bertini Serena, Anotador ; Virginia Villalba Hauser, Anotador . - Montevideo : Amalio Fernández, 2013 . - 247 p.
ISBN : 978-9974-8365-6-3
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO PÚBLICO / CÓDIGO DE MINERÍA / LEY 16320 / LEY 16170 / LEY 15903 / LEY 14466 / LEY 16462 / LEY 16466 / LEY 16906 / LEY 18308 / LEY 19126 Clasificación: 343.775 Nota de contenido: Principios fundamentales del derecho minero. -- De los yacimientos minerales y de las minas. -- Derechos de los títulos mineros. -- Régimen legal de la minería.
Regulaciones de la actividad minera. -- Disposiciones generales. -- Disposiciones especiales.
De las autoridades mineras y régimen de fiscalizaciones.
Decreto Reglamentario No 110/82, de 26 de marzo de 1982. -- Autoridades mineras y vigilancia de la actividad. -- La actividad minera. -- Regulación de la actividad minera. -- De la mediana y gran minería. -- Regulación de situaciones e institutos propios de la minería. -- Derechos y cánones mineros. -- El derecho de explotación en la concesión minera. -- Servidumbres mineras. -- Infracciones y sanciones. -- Registro General de Minería. -- Disposiciones especiales.
Régimen de canteras de obras públicas - Ley No 16.320. Apertura de canteras próximas a ciudades - Ley No 16.170. Extracciones s/faja costera - Ley No 15.903.Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=7388 Roselló Meyer, Carlos (2013). Código de Minería de la República Oriental del Uruguay : y marco normativo complementario. Montevideo : Amalio Fernández, 2013.
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO PÚBLICO / CÓDIGO DE MINERÍA / LEY 16320 / LEY 16170 / LEY 15903 / LEY 14466 / LEY 16462 / LEY 16466 / LEY 16906 / LEY 18308 / LEY 19126 Clasificación: 343.775 Nota de contenido: Principios fundamentales del derecho minero. -- De los yacimientos minerales y de las minas. -- Derechos de los títulos mineros. -- Régimen legal de la minería.
Regulaciones de la actividad minera. -- Disposiciones generales. -- Disposiciones especiales.
De las autoridades mineras y régimen de fiscalizaciones.
Decreto Reglamentario No 110/82, de 26 de marzo de 1982. -- Autoridades mineras y vigilancia de la actividad. -- La actividad minera. -- Regulación de la actividad minera. -- De la mediana y gran minería. -- Regulación de situaciones e institutos propios de la minería. -- Derechos y cánones mineros. -- El derecho de explotación en la concesión minera. -- Servidumbres mineras. -- Infracciones y sanciones. -- Registro General de Minería. -- Disposiciones especiales.
Régimen de canteras de obras públicas - Ley No 16.320. Apertura de canteras próximas a ciudades - Ley No 16.170. Extracciones s/faja costera - Ley No 15.903.Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=7388 Ejemplares (1)
Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado 17284 343.775 CMU 2013 - ros Libro Biblioteca sede principal Constituciones y Códigos Disponible Daños colectivos / Jaime Berdaguer Estrader
Título : Daños colectivos Tipo de documento: texto impreso Autores: Jaime Berdaguer Estrader (1946 -) Número de páginas: p. 475 - 489 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO CIVIL / RESPONSABILIDAD CIVIL / DAÑOS / DAÑO AMBIENTAL / PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / INTERÉS DIFUSO / PUBLICIDAD ENGAÑOSA / CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY / CONSTITUCIÓN - ART. 47 / LEY 16112 / LEY 16466 / LEY 17250 / LEY 17220 / LEY 17234 / LEY 17283 Nota de contenido: Noción de daño. -- Daño masivo. -- Intereses afectados: intereses pluiri-individuales versus intereses supra-individuales. -- Daños supra-individuales: diferencia entre intereses difusos e intereses colectivos. -- Daños colectivos y difusos en el Uruguay. Regulación general. -- Caracteres principales. -- Regulaciones especiales: las normas de protección al consumidor. -- Principales acciones en materia de intereses colectivos y difusos. Posibilidad de que los consumidores entablen paralelamente acciones individuales. -- Las normas de protección del medio ambiente. -- Principales acciones en materia de intereses colectivos y difusos. Posibilidad de que los damnificados individuales inicien también acciones individuales. -- Algunas reformas futuras necesarias. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=10005 Daños colectivos [texto impreso] / Jaime Berdaguer Estrader (1946 -) . - [s.d.] . - p. 475 - 489.
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO CIVIL / RESPONSABILIDAD CIVIL / DAÑOS / DAÑO AMBIENTAL / PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / INTERÉS DIFUSO / PUBLICIDAD ENGAÑOSA / CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY / CONSTITUCIÓN - ART. 47 / LEY 16112 / LEY 16466 / LEY 17250 / LEY 17220 / LEY 17234 / LEY 17283 Nota de contenido: Noción de daño. -- Daño masivo. -- Intereses afectados: intereses pluiri-individuales versus intereses supra-individuales. -- Daños supra-individuales: diferencia entre intereses difusos e intereses colectivos. -- Daños colectivos y difusos en el Uruguay. Regulación general. -- Caracteres principales. -- Regulaciones especiales: las normas de protección al consumidor. -- Principales acciones en materia de intereses colectivos y difusos. Posibilidad de que los consumidores entablen paralelamente acciones individuales. -- Las normas de protección del medio ambiente. -- Principales acciones en materia de intereses colectivos y difusos. Posibilidad de que los damnificados individuales inicien también acciones individuales. -- Algunas reformas futuras necesarias. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=10005 Berdaguer Estrader, Jaime (2011). Daños colectivos. En Tratado jurisprudencial y doctrinario. Montevideo: La Ley Uruguay. , 2011. p. 475 - 489.
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO CIVIL / RESPONSABILIDAD CIVIL / DAÑOS / DAÑO AMBIENTAL / PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / INTERÉS DIFUSO / PUBLICIDAD ENGAÑOSA / CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY / CONSTITUCIÓN - ART. 47 / LEY 16112 / LEY 16466 / LEY 17250 / LEY 17220 / LEY 17234 / LEY 17283 Nota de contenido: Noción de daño. -- Daño masivo. -- Intereses afectados: intereses pluiri-individuales versus intereses supra-individuales. -- Daños supra-individuales: diferencia entre intereses difusos e intereses colectivos. -- Daños colectivos y difusos en el Uruguay. Regulación general. -- Caracteres principales. -- Regulaciones especiales: las normas de protección al consumidor. -- Principales acciones en materia de intereses colectivos y difusos. Posibilidad de que los consumidores entablen paralelamente acciones individuales. -- Las normas de protección del medio ambiente. -- Principales acciones en materia de intereses colectivos y difusos. Posibilidad de que los damnificados individuales inicien también acciones individuales. -- Algunas reformas futuras necesarias. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=10005 Derecho agrario y ambiente / Adolfo Gelsi Bidart (1994)PermalinkLa protección del ambiente frente a la contaminación por hidrocarburos / Gonzalo F. Iglesias Rossini en La Justicia Uruguaya, v. 78 n. 155 (Enero - Febrero 2017)PermalinkTemas medioambientales / Rafael Cosentino Fernández (2010)Permalink