Título : |
Réplica |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Javier Sánchez-Vera Gómez-Trelles |
Número de páginas: |
p. 431-471 |
Idioma : |
Español (spa) |
Clasificación: |
DERECHO PENAL / DELITOS / DELITOS DE INFRACCIÓN DE DEBER
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Nota de contenido: |
Introducción: brevemente, en lo que -mutatis mutandis- sí reina acuerdo. -- Primero: La base de los delitos de infracción de deber -las instituciones positivas- sería una construcción dogmática insegura y que nada tendría que ver con el derecho penal. -- Segundo: la actual teoría del delito de infracción de deber habría ido más allá que la primigenia propuesta de Roxin, adulterándola. -- Tercero: los delitos de infracción quebrantarían el principio de legalidad al considerar «autoría» lo que no serían sino acciones de «inducción», «cooperación necesaria» o «complicidad». -- Cuarto: la teoría del delito de infracción de deber hace responder a los extranei a pesar de que a ellos no les incumbe el deber positivo. -- Quinto: la teoría del delito de infracción de deber sería «peligrosa». -- Sexto: Críticas en torno al art. 65.3 del código penal. |
Cobertura geográfica : |
España |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=8925 |
Réplica [texto impreso] / Javier Sánchez-Vera Gómez-Trelles . - [s.d.] . - p. 431-471. Idioma : Español ( spa) Clasificación: |
DERECHO PENAL / DELITOS / DELITOS DE INFRACCIÓN DE DEBER
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Nota de contenido: |
Introducción: brevemente, en lo que -mutatis mutandis- sí reina acuerdo. -- Primero: La base de los delitos de infracción de deber -las instituciones positivas- sería una construcción dogmática insegura y que nada tendría que ver con el derecho penal. -- Segundo: la actual teoría del delito de infracción de deber habría ido más allá que la primigenia propuesta de Roxin, adulterándola. -- Tercero: los delitos de infracción quebrantarían el principio de legalidad al considerar «autoría» lo que no serían sino acciones de «inducción», «cooperación necesaria» o «complicidad». -- Cuarto: la teoría del delito de infracción de deber hace responder a los extranei a pesar de que a ellos no les incumbe el deber positivo. -- Quinto: la teoría del delito de infracción de deber sería «peligrosa». -- Sexto: Críticas en torno al art. 65.3 del código penal. |
Cobertura geográfica : |
España |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=8925 |
Sánchez-Vera Gómez-Trelles, Javier (2014). Réplica. En La responsabilidad en los «delitos especiales». Montevideo: B de F. , 2014. p. 431-471. Idioma : Español ( spa) Clasificación: |
DERECHO PENAL / DELITOS / DELITOS DE INFRACCIÓN DE DEBER
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Nota de contenido: |
Introducción: brevemente, en lo que -mutatis mutandis- sí reina acuerdo. -- Primero: La base de los delitos de infracción de deber -las instituciones positivas- sería una construcción dogmática insegura y que nada tendría que ver con el derecho penal. -- Segundo: la actual teoría del delito de infracción de deber habría ido más allá que la primigenia propuesta de Roxin, adulterándola. -- Tercero: los delitos de infracción quebrantarían el principio de legalidad al considerar «autoría» lo que no serían sino acciones de «inducción», «cooperación necesaria» o «complicidad». -- Cuarto: la teoría del delito de infracción de deber hace responder a los extranei a pesar de que a ellos no les incumbe el deber positivo. -- Quinto: la teoría del delito de infracción de deber sería «peligrosa». -- Sexto: Críticas en torno al art. 65.3 del código penal. |
Cobertura geográfica : |
España |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=8925 |
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