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Algunos de los problemas que se pueden generar cuando se adquiera la empresa en bloque por cooperativas o sociedades comerciales integradas por trabajadores de la concursada / Enrique A. Falco Iriondo
en Sociedades y concursos en un mundo en cambio / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2010)
Título : Algunos de los problemas que se pueden generar cuando se adquiera la empresa en bloque por cooperativas o sociedades comerciales integradas por trabajadores de la concursada Tipo de documento: texto impreso Autores: Enrique A. Falco Iriondo Número de páginas: p. 391 - 398 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO COMERCIAL / CONCURSOS / VENTA EN BLOQUE DE LA EMPRESA EN FUNCIONAMIENTO / CRÉDITOS LABORALES / ACREEDORES / LEY 18387 / LEY 18407 Resumen: La ley 18.387 sobre «Declaración Judicial del Concurso y Reorganización Empresarial» crea nuevos instrumentos a fin de dar solución a las situaciones de crisis a que se ven enfrentadas las empresas. En tal sentido otorga distintas posibilidades a los acreedores laborales procurando proteger sus créditos, frente a los del resto de los acreedores del deudor concursado. Una de las posibilidades que otorga a estos acreedores, se aplica en el caso de liquidación de la masa activa de la empresa. Por ella se autoriza a que en oportunidad de subastarse la empresa en funcionamiento mediante un proceso licitatorio, se puedan formular ofrecimientos por parte de una cooperativa o sociedad comercial de trabajadores de la empresa subastada, que se constituya y se integre de manera tal que más del 50% de la propiedad corresponda a trabajadores que desarrollaban actividad personal en la empresa al inicio del proceso concursal. En este caso, es sociedad en su oferta podrá disponer de los créditos que le correspondan a los trabajadores que la integren por rubros no satisfechos y por las indemnizaciones por seguro de desempleo que les correspondan a los trabajadores que la integren por rubros no satisfechos y por las indemnizaciones por seguro de desempleo que les correspondan. Si la adquisición de la empresa se concreta, consideramos que entre otros, se podrían generar los siguientes problemas: a) trato desigual entre los acreedores laborales que integran la cooperativa o sociedad comercial que adquiere la empresa y los que no la integran, b) resolución de los contratos laborales vigentes pro parte de la cooperativa o sociedad comercial de trabajadores que adquiere la empresa, y c) límite al número de trabajadores dependientes, previstos por el artículo 100 de la ley 18.407. Se analizan estos problemas y se plantean posibles soluciones. Nota de contenido: Introducción. -- Adquisición en bloque de la empresa en funcionamiento por parte de una cooperativa o sociedad comercial de trabajadores de la empresa subastada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4954 Algunos de los problemas que se pueden generar cuando se adquiera la empresa en bloque por cooperativas o sociedades comerciales integradas por trabajadores de la concursada [texto impreso] / Enrique A. Falco Iriondo . - [s.d.] . - p. 391 - 398.
en Sociedades y concursos en un mundo en cambio / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2010)
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO COMERCIAL / CONCURSOS / VENTA EN BLOQUE DE LA EMPRESA EN FUNCIONAMIENTO / CRÉDITOS LABORALES / ACREEDORES / LEY 18387 / LEY 18407 Resumen: La ley 18.387 sobre «Declaración Judicial del Concurso y Reorganización Empresarial» crea nuevos instrumentos a fin de dar solución a las situaciones de crisis a que se ven enfrentadas las empresas. En tal sentido otorga distintas posibilidades a los acreedores laborales procurando proteger sus créditos, frente a los del resto de los acreedores del deudor concursado. Una de las posibilidades que otorga a estos acreedores, se aplica en el caso de liquidación de la masa activa de la empresa. Por ella se autoriza a que en oportunidad de subastarse la empresa en funcionamiento mediante un proceso licitatorio, se puedan formular ofrecimientos por parte de una cooperativa o sociedad comercial de trabajadores de la empresa subastada, que se constituya y se integre de manera tal que más del 50% de la propiedad corresponda a trabajadores que desarrollaban actividad personal en la empresa al inicio del proceso concursal. En este caso, es sociedad en su oferta podrá disponer de los créditos que le correspondan a los trabajadores que la integren por rubros no satisfechos y por las indemnizaciones por seguro de desempleo que les correspondan a los trabajadores que la integren por rubros no satisfechos y por las indemnizaciones por seguro de desempleo que les correspondan. Si la adquisición de la empresa se concreta, consideramos que entre otros, se podrían generar los siguientes problemas: a) trato desigual entre los acreedores laborales que integran la cooperativa o sociedad comercial que adquiere la empresa y los que no la integran, b) resolución de los contratos laborales vigentes pro parte de la cooperativa o sociedad comercial de trabajadores que adquiere la empresa, y c) límite al número de trabajadores dependientes, previstos por el artículo 100 de la ley 18.407. Se analizan estos problemas y se plantean posibles soluciones. Nota de contenido: Introducción. -- Adquisición en bloque de la empresa en funcionamiento por parte de una cooperativa o sociedad comercial de trabajadores de la empresa subastada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4954 Falco Iriondo, Enrique A. (2010). Algunos de los problemas que se pueden generar cuando se adquiera la empresa en bloque por cooperativas o sociedades comerciales integradas por trabajadores de la concursada. En Sociedades y concursos en un mundo en cambio. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria. , 2010. p. 391 - 398.
en Sociedades y concursos en un mundo en cambio / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2010)
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO COMERCIAL / CONCURSOS / VENTA EN BLOQUE DE LA EMPRESA EN FUNCIONAMIENTO / CRÉDITOS LABORALES / ACREEDORES / LEY 18387 / LEY 18407 Resumen: La ley 18.387 sobre «Declaración Judicial del Concurso y Reorganización Empresarial» crea nuevos instrumentos a fin de dar solución a las situaciones de crisis a que se ven enfrentadas las empresas. En tal sentido otorga distintas posibilidades a los acreedores laborales procurando proteger sus créditos, frente a los del resto de los acreedores del deudor concursado. Una de las posibilidades que otorga a estos acreedores, se aplica en el caso de liquidación de la masa activa de la empresa. Por ella se autoriza a que en oportunidad de subastarse la empresa en funcionamiento mediante un proceso licitatorio, se puedan formular ofrecimientos por parte de una cooperativa o sociedad comercial de trabajadores de la empresa subastada, que se constituya y se integre de manera tal que más del 50% de la propiedad corresponda a trabajadores que desarrollaban actividad personal en la empresa al inicio del proceso concursal. En este caso, es sociedad en su oferta podrá disponer de los créditos que le correspondan a los trabajadores que la integren por rubros no satisfechos y por las indemnizaciones por seguro de desempleo que les correspondan a los trabajadores que la integren por rubros no satisfechos y por las indemnizaciones por seguro de desempleo que les correspondan. Si la adquisición de la empresa se concreta, consideramos que entre otros, se podrían generar los siguientes problemas: a) trato desigual entre los acreedores laborales que integran la cooperativa o sociedad comercial que adquiere la empresa y los que no la integran, b) resolución de los contratos laborales vigentes pro parte de la cooperativa o sociedad comercial de trabajadores que adquiere la empresa, y c) límite al número de trabajadores dependientes, previstos por el artículo 100 de la ley 18.407. Se analizan estos problemas y se plantean posibles soluciones. Nota de contenido: Introducción. -- Adquisición en bloque de la empresa en funcionamiento por parte de una cooperativa o sociedad comercial de trabajadores de la empresa subastada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4954 Algunos de los problemas que se pueden generar cuando se otorga a cooperativas, sociedades comerciales, u otra modalidad empresarial, integradas por trabajadores, el uso de los bienes de la empresa / Enrique A. Falco Iriondo
en Sociedades y concursos en un mundo en cambio / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2010)
Título : Algunos de los problemas que se pueden generar cuando se otorga a cooperativas, sociedades comerciales, u otra modalidad empresarial, integradas por trabajadores, el uso de los bienes de la empresa Tipo de documento: texto impreso Autores: Enrique A. Falco Iriondo Número de páginas: p. 497 - 505 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO COMERCIAL / CONCURSOS / COOPERATIVAS DE TRABAJO / VENTA EN BLOQUE DE LA EMPRESA EN FUNCIONAMIENTO / CRÉDITOS LABORALES / LEY 18387 Resumen: La ley 18.387 sobre «Declaración Judicial del Concurso y Reorganización Empresarial» crea nuevos instrumentos a fin de dar solución a las situaciones de crisis a que se ven enfrentadas las empresas. En tal sentido otorga distintas posibilidades a los acreedores laborales procurando proteger sus créditos frente a los del resto de los acreedores del deudor concursado. Una de las posibilidades que plantea se da cuando en el proceso de liquidación no se efectiviza la adquisición de la empresa en bloque. Ante esta situación se otorga a los acreedores laborales la posibilidad del uso precario de los bienes de la empresa de manera transitoria y provisoria. Otra alternativa emparentada con la anterior que también brinda la ley puede darse cuando el empresario haya abandonado la empresa sin haberse presentado a promover su propio concurso y existan exclusivamente acreedores laborales. En este caso, la nueva ley, ante la solicitud de los acreedores laborales, prevé la cesión precaria de los bienes de la empresa a los trabajadores la que puede transformarse en definitiva. Se analizan brevemente estas alternativas las que si bien no suponen el cumplimiento natural de la prestación, admiten que el trabajador pueda utilizar e incluso adquirir en propiedad los bienes que integraron el establecimiento, capitalizando para ello los créditos laborales que se les adeudan y las prestaciones por seguro de paro que brinda la seguridad social. Hemos advertido algunos problemas que comprometen la concreción de las soluciones previstas en la norma y que, en consecuencia, requieren de una solución, la que hemos intentado brindar. Nota de contenido: Introducción. -- Artículo 174.2: uso precario de los bienes de la empresa cuando no se logre la venta en bloque de la misma. -- Artículo 238. Adquisición de la empresa por los trabajadores en caso de abandono. -- Conclusión. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4977 Algunos de los problemas que se pueden generar cuando se otorga a cooperativas, sociedades comerciales, u otra modalidad empresarial, integradas por trabajadores, el uso de los bienes de la empresa [texto impreso] / Enrique A. Falco Iriondo . - [s.d.] . - p. 497 - 505.
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Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO COMERCIAL / CONCURSOS / COOPERATIVAS DE TRABAJO / VENTA EN BLOQUE DE LA EMPRESA EN FUNCIONAMIENTO / CRÉDITOS LABORALES / LEY 18387 Resumen: La ley 18.387 sobre «Declaración Judicial del Concurso y Reorganización Empresarial» crea nuevos instrumentos a fin de dar solución a las situaciones de crisis a que se ven enfrentadas las empresas. En tal sentido otorga distintas posibilidades a los acreedores laborales procurando proteger sus créditos frente a los del resto de los acreedores del deudor concursado. Una de las posibilidades que plantea se da cuando en el proceso de liquidación no se efectiviza la adquisición de la empresa en bloque. Ante esta situación se otorga a los acreedores laborales la posibilidad del uso precario de los bienes de la empresa de manera transitoria y provisoria. Otra alternativa emparentada con la anterior que también brinda la ley puede darse cuando el empresario haya abandonado la empresa sin haberse presentado a promover su propio concurso y existan exclusivamente acreedores laborales. En este caso, la nueva ley, ante la solicitud de los acreedores laborales, prevé la cesión precaria de los bienes de la empresa a los trabajadores la que puede transformarse en definitiva. Se analizan brevemente estas alternativas las que si bien no suponen el cumplimiento natural de la prestación, admiten que el trabajador pueda utilizar e incluso adquirir en propiedad los bienes que integraron el establecimiento, capitalizando para ello los créditos laborales que se les adeudan y las prestaciones por seguro de paro que brinda la seguridad social. Hemos advertido algunos problemas que comprometen la concreción de las soluciones previstas en la norma y que, en consecuencia, requieren de una solución, la que hemos intentado brindar. Nota de contenido: Introducción. -- Artículo 174.2: uso precario de los bienes de la empresa cuando no se logre la venta en bloque de la misma. -- Artículo 238. Adquisición de la empresa por los trabajadores en caso de abandono. -- Conclusión. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4977 Falco Iriondo, Enrique A. (2010). Algunos de los problemas que se pueden generar cuando se otorga a cooperativas, sociedades comerciales, u otra modalidad empresarial, integradas por trabajadores, el uso de los bienes de la empresa. En Sociedades y concursos en un mundo en cambio. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria. , 2010. p. 497 - 505.
en Sociedades y concursos en un mundo en cambio / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2010)
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO COMERCIAL / CONCURSOS / COOPERATIVAS DE TRABAJO / VENTA EN BLOQUE DE LA EMPRESA EN FUNCIONAMIENTO / CRÉDITOS LABORALES / LEY 18387 Resumen: La ley 18.387 sobre «Declaración Judicial del Concurso y Reorganización Empresarial» crea nuevos instrumentos a fin de dar solución a las situaciones de crisis a que se ven enfrentadas las empresas. En tal sentido otorga distintas posibilidades a los acreedores laborales procurando proteger sus créditos frente a los del resto de los acreedores del deudor concursado. Una de las posibilidades que plantea se da cuando en el proceso de liquidación no se efectiviza la adquisición de la empresa en bloque. Ante esta situación se otorga a los acreedores laborales la posibilidad del uso precario de los bienes de la empresa de manera transitoria y provisoria. Otra alternativa emparentada con la anterior que también brinda la ley puede darse cuando el empresario haya abandonado la empresa sin haberse presentado a promover su propio concurso y existan exclusivamente acreedores laborales. En este caso, la nueva ley, ante la solicitud de los acreedores laborales, prevé la cesión precaria de los bienes de la empresa a los trabajadores la que puede transformarse en definitiva. Se analizan brevemente estas alternativas las que si bien no suponen el cumplimiento natural de la prestación, admiten que el trabajador pueda utilizar e incluso adquirir en propiedad los bienes que integraron el establecimiento, capitalizando para ello los créditos laborales que se les adeudan y las prestaciones por seguro de paro que brinda la seguridad social. Hemos advertido algunos problemas que comprometen la concreción de las soluciones previstas en la norma y que, en consecuencia, requieren de una solución, la que hemos intentado brindar. Nota de contenido: Introducción. -- Artículo 174.2: uso precario de los bienes de la empresa cuando no se logre la venta en bloque de la misma. -- Artículo 238. Adquisición de la empresa por los trabajadores en caso de abandono. -- Conclusión. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4977 Antecedentes, fuentes y concordancias de la Ley de Sociedades Comerciales / Ricardo Olivera García (1999)
Título : Antecedentes, fuentes y concordancias de la Ley de Sociedades Comerciales Tipo de documento: texto impreso Autores: Ricardo Olivera García, ; Dante Barrios de Angelis (1921-) ; Beatriz Bugallo Montaño ; Mariela Castaño ; Enrique A. Falco Iriondo ; Marcelo Lasowski Editorial: Montevideo : Universidad de Montevideo Fecha de publicación: 1999 Número de páginas: 237 p Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO COMERCIAL / SOCIEDADES COMERCIALES / CONJUNTO ECONÓMICO / LEY 16060 Clasificación: 346.68 Nota de contenido: Elementos para la interpretación de la ley de sociedades comerciales. -- Ley de Sociedades Comerciales. -- De las sociedades en particular. -- De los grupos de interés económico y de los consorcios. -- De las disposiciones especiales y transitorias. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=3602 Antecedentes, fuentes y concordancias de la Ley de Sociedades Comerciales [texto impreso] / Ricardo Olivera García, ; Dante Barrios de Angelis (1921-) ; Beatriz Bugallo Montaño ; Mariela Castaño ; Enrique A. Falco Iriondo ; Marcelo Lasowski . - Montevideo : Universidad de Montevideo, 1999 . - 237 p.
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO COMERCIAL / SOCIEDADES COMERCIALES / CONJUNTO ECONÓMICO / LEY 16060 Clasificación: 346.68 Nota de contenido: Elementos para la interpretación de la ley de sociedades comerciales. -- Ley de Sociedades Comerciales. -- De las sociedades en particular. -- De los grupos de interés económico y de los consorcios. -- De las disposiciones especiales y transitorias. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=3602 Olivera García, Ricardo (1999). Antecedentes, fuentes y concordancias de la Ley de Sociedades Comerciales. Montevideo : Universidad de Montevideo, 1999.
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO COMERCIAL / SOCIEDADES COMERCIALES / CONJUNTO ECONÓMICO / LEY 16060 Clasificación: 346.68 Nota de contenido: Elementos para la interpretación de la ley de sociedades comerciales. -- Ley de Sociedades Comerciales. -- De las sociedades en particular. -- De los grupos de interés económico y de los consorcios. -- De las disposiciones especiales y transitorias. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=3602 Ejemplares (1)
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[artículo]
Título : Concepto y funciones básicas del capitán en el Derecho Uruguayo Tipo de documento: texto impreso Autores: Enrique A. Falco Iriondo Fecha de publicación: 2023 Artículo en la página: p. 113-129 Idioma : Español (spa) Palabras clave: DERECHO MARITIMO, CAPITAN, PATRON, REGULACION Resumen: En este trabajo se analiza el concepto del Capitán, sus orígenes, las normas del Derecho uruguayo que lo regulan ysus funciones básicas. Se distingue el concepto de Capitán como cargo, de los títulos que con idéntica o diferente denominación, permiten a quienes están al mando de un buque, desempeñarse en nuestro país en el cargo de Capitán. Por último se analiza a qué Capitánes de buques (considerando como cargo), les son aplicables las disposiciones del Código de Comercio. Nota de contenido: Evolución de la figura del capitán. -- El capitán en el Código de Comercio uruguayo. -- Otras normas nacionales sobre el captián. -- Normas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). -- Títulos y patentes. -- Títulos de capitán y oficial de la marina mercante que otorga la Escuela Naval. -- Títulos de patrón. -- Capitán y patrón. -- Funciones del capitán en el Derecho uruguayo. -- La responsabilidad del capitán y del propietario o armador del buque en el Derecho uruguayo. -- Artículo 7º del Código de Comercio y la figura del capitán. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=21084
in Revista Crítica de Derecho Privado > 20 (Enero - Diciembre 2023) . - p. 113-129[artículo] Concepto y funciones básicas del capitán en el Derecho Uruguayo [texto impreso] / Enrique A. Falco Iriondo . - 2023 . - p. 113-129.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 20 (Enero - Diciembre 2023) . - p. 113-129
Palabras clave: DERECHO MARITIMO, CAPITAN, PATRON, REGULACION Resumen: En este trabajo se analiza el concepto del Capitán, sus orígenes, las normas del Derecho uruguayo que lo regulan ysus funciones básicas. Se distingue el concepto de Capitán como cargo, de los títulos que con idéntica o diferente denominación, permiten a quienes están al mando de un buque, desempeñarse en nuestro país en el cargo de Capitán. Por último se analiza a qué Capitánes de buques (considerando como cargo), les son aplicables las disposiciones del Código de Comercio. Nota de contenido: Evolución de la figura del capitán. -- El capitán en el Código de Comercio uruguayo. -- Otras normas nacionales sobre el captián. -- Normas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). -- Títulos y patentes. -- Títulos de capitán y oficial de la marina mercante que otorga la Escuela Naval. -- Títulos de patrón. -- Capitán y patrón. -- Funciones del capitán en el Derecho uruguayo. -- La responsabilidad del capitán y del propietario o armador del buque en el Derecho uruguayo. -- Artículo 7º del Código de Comercio y la figura del capitán. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=21084 [artículo] Falco Iriondo, Enrique A. (2023). Concepto y funciones básicas del capitán en el Derecho Uruguayo. Revista Crítica de Derecho Privado. 20. (Enero - Diciembre 2023) p. 113-129.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 20 (Enero - Diciembre 2023) . - p. 113-129
Palabras clave: DERECHO MARITIMO, CAPITAN, PATRON, REGULACION Resumen: En este trabajo se analiza el concepto del Capitán, sus orígenes, las normas del Derecho uruguayo que lo regulan ysus funciones básicas. Se distingue el concepto de Capitán como cargo, de los títulos que con idéntica o diferente denominación, permiten a quienes están al mando de un buque, desempeñarse en nuestro país en el cargo de Capitán. Por último se analiza a qué Capitánes de buques (considerando como cargo), les son aplicables las disposiciones del Código de Comercio. Nota de contenido: Evolución de la figura del capitán. -- El capitán en el Código de Comercio uruguayo. -- Otras normas nacionales sobre el captián. -- Normas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). -- Títulos y patentes. -- Títulos de capitán y oficial de la marina mercante que otorga la Escuela Naval. -- Títulos de patrón. -- Capitán y patrón. -- Funciones del capitán en el Derecho uruguayo. -- La responsabilidad del capitán y del propietario o armador del buque en el Derecho uruguayo. -- Artículo 7º del Código de Comercio y la figura del capitán. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=21084 Concurso de personas físicas no contempladas por la ley 18.387 / Enrique A. Falco Iriondo
Título : Concurso de personas físicas no contempladas por la ley 18.387 Tipo de documento: texto impreso Autores: Enrique A. Falco Iriondo Número de páginas: p. 461-471 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO COMERCIAL / CONCURSOS Nota de contenido: Introducción. -- Concepto de sobreendeudamiento. -- Soluciones de derecho comparado. -- Situación en Uruguay. -- Una aproximación posibles soluciones para nuestro país. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=5781 Concurso de personas físicas no contempladas por la ley 18.387 [texto impreso] / Enrique A. Falco Iriondo . - [s.d.] . - p. 461-471.
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO COMERCIAL / CONCURSOS Nota de contenido: Introducción. -- Concepto de sobreendeudamiento. -- Soluciones de derecho comparado. -- Situación en Uruguay. -- Una aproximación posibles soluciones para nuestro país. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=5781 Falco Iriondo, Enrique A. (2015). Concurso de personas físicas no contempladas por la ley 18.387. En Los retos de la modernidad. México: Fondo de Cultura Económica. , 2015. p. 461-471.
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO COMERCIAL / CONCURSOS Nota de contenido: Introducción. -- Concepto de sobreendeudamiento. -- Soluciones de derecho comparado. -- Situación en Uruguay. -- Una aproximación posibles soluciones para nuestro país. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=5781 Continuidad de la empresa en el concurso y reorganización por los trabajadores / Enrique A. Falco Iriondo (2022)PermalinkDaños en grupos de sociedades / Enrique A. Falco IriondoPermalink¿El juez letrado de concurso es competente para entender en los juicios ejecutivos promovidos antes de la declaración del concurso? / Enrique A. Falco IriondoPermalinkEl trabajador de la empresa declarada en concurso / Enrique A. Falco Iriondo en La Justicia Uruguaya, v. 76 n. 152 suplemento (2015)PermalinkEnajenaciones de acciones al portador por titular no registrado ante BCU / Enrique A. Falco IriondoPermalink¿Es conveniente otorgar al deudor insolvente cuyos bienes han sido liquidados, una nueva oportunidad de rehabilitación? / Enrique A. Falco Iriondo (2018)PermalinkLa factura de servicios como título ejecutivo / Enrique A. Falco IriondoPermalinkLa finalidad principal del concurso no es la recuperación y conservación de la empresa en crisis / Enrique A. Falco Iriondo en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 1 (Enero - junio 2015)PermalinkLa finalidad principal del concurso no es la recuperación y conservación de la empresa en crisis / Enrique A. Falco IriondoPermalinkInconveniencia de la solución del inciso 3o. del artículo 2o. de la ley 18.159 del 20 de julio de 2007 de promoción y defensa de la competencia / Enrique A. Falco Iriondo en Revista de Derecho Comercial, 02 (Mayo 2009)Permalink