De la responsabilidad civil de los funcionarios públicos : (O de la legitimación pasiva de los funcionarios públicos en demandas de responsabilidad civil por daños causados en la ejecución de los servicios públicos confiados a su gestión o dirección) [texto impreso] /
Edgardo Ettlin . - [s.d.] . - p. 795-825.
Idioma : Español (
spa)
| Nota de contenido: |
Generalidades. -- Daño ocasionado por el Funcionario Público a Terceros (arts. 24 y 25 de la Constitución Nacional). -- Legitimación Pasiva. -- Los arts. 24 y 25 de la Constitución Nacional. Un régimen jurídico de Responsabilidad Civil Autónomo y diferente al Sistema de los arts. 1319 y 1324 del Código Civil. -- De las condiciones en que se configura la responsabilidad estatal por daño de los funcionarios a terceros o administrados. -- De la acción de repetición estatal contra el funcionario (art. 25 de la Constitución). -- De la responsabilidad civil de los legisladores nacionales y de los ediles departamentales como funcionarios públicos. -- Algunas palabras sobre responsabilidad civil de los jueces, por su actividad jurisdiccional. También sobre responsabilidad de fiscales. -- De la responsabilidad civil del funcionario por el daño ocasionado directamente a la administración o al organismo público al cual pertenece o pertenecía, a causa o en ocasión de su gestión. -- Conclusiones. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=28253 |
Ettlin, Edgardo (2026). De la responsabilidad civil de los funcionarios públicos : (O de la legitimación pasiva de los funcionarios públicos en demandas de responsabilidad civil por daños causados en la ejecución de los servicios públicos confiados a su gestión o dirección).
En Summa de Derecho Administrativo Uruguayo: T. V. Montevideo: La Ley Uruguay. , 2026. p. 795-825.
Idioma : Español (
spa)
| Nota de contenido: |
Generalidades. -- Daño ocasionado por el Funcionario Público a Terceros (arts. 24 y 25 de la Constitución Nacional). -- Legitimación Pasiva. -- Los arts. 24 y 25 de la Constitución Nacional. Un régimen jurídico de Responsabilidad Civil Autónomo y diferente al Sistema de los arts. 1319 y 1324 del Código Civil. -- De las condiciones en que se configura la responsabilidad estatal por daño de los funcionarios a terceros o administrados. -- De la acción de repetición estatal contra el funcionario (art. 25 de la Constitución). -- De la responsabilidad civil de los legisladores nacionales y de los ediles departamentales como funcionarios públicos. -- Algunas palabras sobre responsabilidad civil de los jueces, por su actividad jurisdiccional. También sobre responsabilidad de fiscales. -- De la responsabilidad civil del funcionario por el daño ocasionado directamente a la administración o al organismo público al cual pertenece o pertenecía, a causa o en ocasión de su gestión. -- Conclusiones. |
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https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=28253 |