[artículo] | Título : |
Tutela judicial efectiva y principio pro actione en el inicio del procedimiento contencioso-administrativo por vulneración de derechos fundamentales |
| Tipo de documento: |
texto impreso |
| Autores: |
Herce Maza, José Ignacio, Autor |
| Fecha de publicación: |
2026 |
| Artículo en la página: |
p. 125-155 |
| Idioma : |
Español (spa) |
| Resumen: |
La ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, articula un procedimiento singular destinado a dispensar una tutela reforzada frente a las lesiones de derechos fundamentales. Se trata de un mecanismo procesal diseñado bajo las notas de preferencia, celeridad y especial protección. Sin embargo, la práctica forense y jurisprudencial pone de relieve que su aplicación no siempre ha respondido a esa lógica garantista, apreciándose en ocasiones una interpretación excesivamente rígida de los requisitos de acceso. La utilización expansiva de los motivos de inadmisión en este ámbito puede desvirtuar la función propia de este proceso especial, al debilitar tanto la efectividad de la tutela judicial como la intensidad del control jurisdiccional sobre la actuación administrativa. En este contexto, el principio pro actione adquiere una relevancia decisiva para favorecer la apertura del proceso y a evitar que formalismos desproporcionados obstaculicen la defensa jurisdiccional de los derechos fundamentales. |
| Nota de contenido: |
Introducción. -- El derecho administrativo y la protección de los derechos fundamentales: la necesaria plenitud del control jurisdiccional sobre la actuación administrativa. -- La conexión entre el derecho administrativo y los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución. -- La plenitud del control jurisdiccional de la Administración. -- Algunas precisiones sobre el proceso especial de tutela de derechos fundamentales en la jurisdicción contencioso-administrativa. -- Consideraciones generales, objeto y pretensiones. -- Particularidades del régimen procesal del procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona. -- La intervención del Ministerio Público. -- La innecesariedad de plantear recursos previos en vía administrativa. -- Brevedad de los plazos. -- La admisión del escrito de interposición en el procedimiento contencioso-administrativo de protección de los derechos fundamentales: la inexcusable observancia del principio pro actione y la tutela judicial efectiva. -- La aplicación del principio pro actione en el juicio de admisibilidad del escrito iniciador del procedimiento. -- La presunción de admisibilidad del escrito de interposición de recurso contencioso-administrativo en el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales. -- Elementos que permiten comprobar que la pretensión procesal se ejercita en relación con actos que vulnera un derecho fundamental. -- La demanda ha de ser admitida, aún en el caso de que se formulen pretensiones improcedentes. -- No cabe, en fase de admisión, realizar un examen sobre el fondo del litigio ni la viabilidad de las pretensiones formuladas. -- Conclusiones. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=28131 |
in La usina > 2 (Julio 2026) . - p. 125-155
[artículo] Tutela judicial efectiva y principio pro actione en el inicio del procedimiento contencioso-administrativo por vulneración de derechos fundamentales [texto impreso] / Herce Maza, José Ignacio, Autor . - 2026 . - p. 125-155. Idioma : Español ( spa) in La usina > 2 (Julio 2026) . - p. 125-155 | Resumen: |
La ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, articula un procedimiento singular destinado a dispensar una tutela reforzada frente a las lesiones de derechos fundamentales. Se trata de un mecanismo procesal diseñado bajo las notas de preferencia, celeridad y especial protección. Sin embargo, la práctica forense y jurisprudencial pone de relieve que su aplicación no siempre ha respondido a esa lógica garantista, apreciándose en ocasiones una interpretación excesivamente rígida de los requisitos de acceso. La utilización expansiva de los motivos de inadmisión en este ámbito puede desvirtuar la función propia de este proceso especial, al debilitar tanto la efectividad de la tutela judicial como la intensidad del control jurisdiccional sobre la actuación administrativa. En este contexto, el principio pro actione adquiere una relevancia decisiva para favorecer la apertura del proceso y a evitar que formalismos desproporcionados obstaculicen la defensa jurisdiccional de los derechos fundamentales. |
| Nota de contenido: |
Introducción. -- El derecho administrativo y la protección de los derechos fundamentales: la necesaria plenitud del control jurisdiccional sobre la actuación administrativa. -- La conexión entre el derecho administrativo y los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución. -- La plenitud del control jurisdiccional de la Administración. -- Algunas precisiones sobre el proceso especial de tutela de derechos fundamentales en la jurisdicción contencioso-administrativa. -- Consideraciones generales, objeto y pretensiones. -- Particularidades del régimen procesal del procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona. -- La intervención del Ministerio Público. -- La innecesariedad de plantear recursos previos en vía administrativa. -- Brevedad de los plazos. -- La admisión del escrito de interposición en el procedimiento contencioso-administrativo de protección de los derechos fundamentales: la inexcusable observancia del principio pro actione y la tutela judicial efectiva. -- La aplicación del principio pro actione en el juicio de admisibilidad del escrito iniciador del procedimiento. -- La presunción de admisibilidad del escrito de interposición de recurso contencioso-administrativo en el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales. -- Elementos que permiten comprobar que la pretensión procesal se ejercita en relación con actos que vulnera un derecho fundamental. -- La demanda ha de ser admitida, aún en el caso de que se formulen pretensiones improcedentes. -- No cabe, en fase de admisión, realizar un examen sobre el fondo del litigio ni la viabilidad de las pretensiones formuladas. -- Conclusiones. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=28131 |
[artículo] Herce Maza, José Ignacio (2026). Tutela judicial efectiva y principio pro actione en el inicio del procedimiento contencioso-administrativo por vulneración de derechos fundamentales. La usina. 2. (Julio 2026) p. 125-155. Idioma : Español ( spa) in La usina > 2 (Julio 2026) . - p. 125-155 | Resumen: |
La ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, articula un procedimiento singular destinado a dispensar una tutela reforzada frente a las lesiones de derechos fundamentales. Se trata de un mecanismo procesal diseñado bajo las notas de preferencia, celeridad y especial protección. Sin embargo, la práctica forense y jurisprudencial pone de relieve que su aplicación no siempre ha respondido a esa lógica garantista, apreciándose en ocasiones una interpretación excesivamente rígida de los requisitos de acceso. La utilización expansiva de los motivos de inadmisión en este ámbito puede desvirtuar la función propia de este proceso especial, al debilitar tanto la efectividad de la tutela judicial como la intensidad del control jurisdiccional sobre la actuación administrativa. En este contexto, el principio pro actione adquiere una relevancia decisiva para favorecer la apertura del proceso y a evitar que formalismos desproporcionados obstaculicen la defensa jurisdiccional de los derechos fundamentales. |
| Nota de contenido: |
Introducción. -- El derecho administrativo y la protección de los derechos fundamentales: la necesaria plenitud del control jurisdiccional sobre la actuación administrativa. -- La conexión entre el derecho administrativo y los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución. -- La plenitud del control jurisdiccional de la Administración. -- Algunas precisiones sobre el proceso especial de tutela de derechos fundamentales en la jurisdicción contencioso-administrativa. -- Consideraciones generales, objeto y pretensiones. -- Particularidades del régimen procesal del procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona. -- La intervención del Ministerio Público. -- La innecesariedad de plantear recursos previos en vía administrativa. -- Brevedad de los plazos. -- La admisión del escrito de interposición en el procedimiento contencioso-administrativo de protección de los derechos fundamentales: la inexcusable observancia del principio pro actione y la tutela judicial efectiva. -- La aplicación del principio pro actione en el juicio de admisibilidad del escrito iniciador del procedimiento. -- La presunción de admisibilidad del escrito de interposición de recurso contencioso-administrativo en el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales. -- Elementos que permiten comprobar que la pretensión procesal se ejercita en relación con actos que vulnera un derecho fundamental. -- La demanda ha de ser admitida, aún en el caso de que se formulen pretensiones improcedentes. -- No cabe, en fase de admisión, realizar un examen sobre el fondo del litigio ni la viabilidad de las pretensiones formuladas. -- Conclusiones. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=28131 |
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