[artículo] | Título : |
La obligación de seguridad en las relaciones de consumo : Régimen legal en la ley de defensa del consumidor Argentina |
| Tipo de documento: |
texto impreso |
| Autores: |
Japaze, Belén, Autor |
| Fecha de publicación: |
2010 |
| Artículo en la página: |
p. 1123-1149 |
| Idioma : |
Español (spa) |
| Clasificación: |
PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR / DEBER DE INFORMAR
|
| Resumen: |
El mandato garantista impartido desde la Constitución Nacional, dirigido a resguardar la salud y la integridad sicofísica del consumidor, se traduce en una serie de deberes correlativos para el sujeto obligado a resguardarlos. El legislador infraconstitucional ha asumido la necesidad de dar contenido sustancial a dicha garantía y la doctrina ha contribuido a definir los contornos y la extensión de la llamada obligación de seguridad. Emplazada en la relación de consumo, la obligación de seguridad desborda su ámbito contractual tradicional y asume caracteres particulares. El sujeto pasivo de la misma se ve impuesto de cumplir con la obligación analizada en todas las etapas: en el momento del diseño del producto o servicio, de elaboración o fabricación, de distribución y comercialización. Resulta indispensable precisar el contenido de la obligación de seguridad, en sus diferentes manifestaciones: como deber de informar, como deber de advertencia, como deber de sustitución y/o adecuación, como deber de rescate o retiro de mercadería. La impronta de la prevención de los daños marca el espíritu del régimen tuitivo. |
| Nota de contenido: |
Consideraciones generales. -- Precisiones conceptuales. -- Caracteres de la obligación de seguridad. -- Sujetos de la obligación de seguridad. -- Objeto o contenido de la obligación de seguridad. -- Bibliografía. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26839 |
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 1123-1149
[artículo] La obligación de seguridad en las relaciones de consumo : Régimen legal en la ley de defensa del consumidor Argentina [texto impreso] / Japaze, Belén, Autor . - 2010 . - p. 1123-1149. Idioma : Español ( spa) in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 1123-1149 | Clasificación: |
PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR / DEBER DE INFORMAR
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| Resumen: |
El mandato garantista impartido desde la Constitución Nacional, dirigido a resguardar la salud y la integridad sicofísica del consumidor, se traduce en una serie de deberes correlativos para el sujeto obligado a resguardarlos. El legislador infraconstitucional ha asumido la necesidad de dar contenido sustancial a dicha garantía y la doctrina ha contribuido a definir los contornos y la extensión de la llamada obligación de seguridad. Emplazada en la relación de consumo, la obligación de seguridad desborda su ámbito contractual tradicional y asume caracteres particulares. El sujeto pasivo de la misma se ve impuesto de cumplir con la obligación analizada en todas las etapas: en el momento del diseño del producto o servicio, de elaboración o fabricación, de distribución y comercialización. Resulta indispensable precisar el contenido de la obligación de seguridad, en sus diferentes manifestaciones: como deber de informar, como deber de advertencia, como deber de sustitución y/o adecuación, como deber de rescate o retiro de mercadería. La impronta de la prevención de los daños marca el espíritu del régimen tuitivo. |
| Nota de contenido: |
Consideraciones generales. -- Precisiones conceptuales. -- Caracteres de la obligación de seguridad. -- Sujetos de la obligación de seguridad. -- Objeto o contenido de la obligación de seguridad. -- Bibliografía. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26839 |
[artículo] Japaze, Belén (2010). La obligación de seguridad en las relaciones de consumo : Régimen legal en la ley de defensa del consumidor Argentina. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 1123-1149. Idioma : Español ( spa) in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 1123-1149 | Clasificación: |
PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR / DEBER DE INFORMAR
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| Resumen: |
El mandato garantista impartido desde la Constitución Nacional, dirigido a resguardar la salud y la integridad sicofísica del consumidor, se traduce en una serie de deberes correlativos para el sujeto obligado a resguardarlos. El legislador infraconstitucional ha asumido la necesidad de dar contenido sustancial a dicha garantía y la doctrina ha contribuido a definir los contornos y la extensión de la llamada obligación de seguridad. Emplazada en la relación de consumo, la obligación de seguridad desborda su ámbito contractual tradicional y asume caracteres particulares. El sujeto pasivo de la misma se ve impuesto de cumplir con la obligación analizada en todas las etapas: en el momento del diseño del producto o servicio, de elaboración o fabricación, de distribución y comercialización. Resulta indispensable precisar el contenido de la obligación de seguridad, en sus diferentes manifestaciones: como deber de informar, como deber de advertencia, como deber de sustitución y/o adecuación, como deber de rescate o retiro de mercadería. La impronta de la prevención de los daños marca el espíritu del régimen tuitivo. |
| Nota de contenido: |
Consideraciones generales. -- Precisiones conceptuales. -- Caracteres de la obligación de seguridad. -- Sujetos de la obligación de seguridad. -- Objeto o contenido de la obligación de seguridad. -- Bibliografía. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26839 |
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