[artículo] | Título : |
Breves y elementales reflexiones sobre responsabilidad civil e internet |
| Tipo de documento: |
texto impreso |
| Autores: |
Edgardo Ignacio Saux |
| Fecha de publicación: |
2008 |
| Artículo en la página: |
p. 623-632 |
| Idioma : |
Español (spa) |
| Palabras clave: |
DAÑOS, RESPONSABILIDAD CIVIL, INTERNET, DERECHOS PERSONALISIMOS, DIGNIDAD, INTIMIDAD, COMERCIO ELECTRONICO, FIRMA DIGITAL, FIRMA, ELECTRONICA, REGULACION |
| Resumen: |
La simbiosis entre informática y Derecho genera varios ámbitos de incidencia como, entre otros, la responsabilidad civil por los daños derivados de la informática. La utilización de medios informáticos produce relevantes consecuencias en el ámbito de la responsabilidad civil. La intimidad y la dignidad de las personas son amenazadas por intromisiones electrónicas derivadas de la utilización de Internet. En el fenómeno informático, no hay un nuevo "objeto" de tutela sino un nuevo "modo" de agresión a los derechos personalísimos inherentes a la dignidad del hombre. Resulta imprescindible sentar pautas tuitivas dado que la vulnerabilidad de la mayoría de los usuarios de Internet no puede quedar en manos del mercado. Sin embargo, este tema carece aun de una regulación normativa sistemática. Es necesario ensamblar los instrumentos del moderno derecho de daños a esta nueva modalidad lesiva de derechos personalísimos extrapatrimoniales, analizando sus singularidades propias. En material contractual, los problemas más relevantes se dan en el campo de la contratación electrónica, es por ello que debería preverse una regulación orgánica integrada a normas internacionales. En materia de responsabilidad extracontractual, los principales ámbitos de afectación son el acceso indebido a los correos electrónicos y los bancos de datos. En conclusión resulta inadecuada la autorregulación que algunos autores pregonan, por el contrario, resulta imprescindible que el operador jurídico elabore pautas tuitivas de los derechos personalísimos del hombre. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26796 |
in Revista Crítica de Derecho Privado > 05 (Enero-Diciembre 2008) . - p. 623-632
[artículo] Breves y elementales reflexiones sobre responsabilidad civil e internet [texto impreso] / Edgardo Ignacio Saux . - 2008 . - p. 623-632. Idioma : Español ( spa) in Revista Crítica de Derecho Privado > 05 (Enero-Diciembre 2008) . - p. 623-632 | Palabras clave: |
DAÑOS, RESPONSABILIDAD CIVIL, INTERNET, DERECHOS PERSONALISIMOS, DIGNIDAD, INTIMIDAD, COMERCIO ELECTRONICO, FIRMA DIGITAL, FIRMA, ELECTRONICA, REGULACION |
| Resumen: |
La simbiosis entre informática y Derecho genera varios ámbitos de incidencia como, entre otros, la responsabilidad civil por los daños derivados de la informática. La utilización de medios informáticos produce relevantes consecuencias en el ámbito de la responsabilidad civil. La intimidad y la dignidad de las personas son amenazadas por intromisiones electrónicas derivadas de la utilización de Internet. En el fenómeno informático, no hay un nuevo "objeto" de tutela sino un nuevo "modo" de agresión a los derechos personalísimos inherentes a la dignidad del hombre. Resulta imprescindible sentar pautas tuitivas dado que la vulnerabilidad de la mayoría de los usuarios de Internet no puede quedar en manos del mercado. Sin embargo, este tema carece aun de una regulación normativa sistemática. Es necesario ensamblar los instrumentos del moderno derecho de daños a esta nueva modalidad lesiva de derechos personalísimos extrapatrimoniales, analizando sus singularidades propias. En material contractual, los problemas más relevantes se dan en el campo de la contratación electrónica, es por ello que debería preverse una regulación orgánica integrada a normas internacionales. En materia de responsabilidad extracontractual, los principales ámbitos de afectación son el acceso indebido a los correos electrónicos y los bancos de datos. En conclusión resulta inadecuada la autorregulación que algunos autores pregonan, por el contrario, resulta imprescindible que el operador jurídico elabore pautas tuitivas de los derechos personalísimos del hombre. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26796 |
[artículo] Saux, Edgardo Ignacio (2008). Breves y elementales reflexiones sobre responsabilidad civil e internet. Revista Crítica de Derecho Privado. 05. (Enero-Diciembre 2008) p. 623-632. Idioma : Español ( spa) in Revista Crítica de Derecho Privado > 05 (Enero-Diciembre 2008) . - p. 623-632 | Palabras clave: |
DAÑOS, RESPONSABILIDAD CIVIL, INTERNET, DERECHOS PERSONALISIMOS, DIGNIDAD, INTIMIDAD, COMERCIO ELECTRONICO, FIRMA DIGITAL, FIRMA, ELECTRONICA, REGULACION |
| Resumen: |
La simbiosis entre informática y Derecho genera varios ámbitos de incidencia como, entre otros, la responsabilidad civil por los daños derivados de la informática. La utilización de medios informáticos produce relevantes consecuencias en el ámbito de la responsabilidad civil. La intimidad y la dignidad de las personas son amenazadas por intromisiones electrónicas derivadas de la utilización de Internet. En el fenómeno informático, no hay un nuevo "objeto" de tutela sino un nuevo "modo" de agresión a los derechos personalísimos inherentes a la dignidad del hombre. Resulta imprescindible sentar pautas tuitivas dado que la vulnerabilidad de la mayoría de los usuarios de Internet no puede quedar en manos del mercado. Sin embargo, este tema carece aun de una regulación normativa sistemática. Es necesario ensamblar los instrumentos del moderno derecho de daños a esta nueva modalidad lesiva de derechos personalísimos extrapatrimoniales, analizando sus singularidades propias. En material contractual, los problemas más relevantes se dan en el campo de la contratación electrónica, es por ello que debería preverse una regulación orgánica integrada a normas internacionales. En materia de responsabilidad extracontractual, los principales ámbitos de afectación son el acceso indebido a los correos electrónicos y los bancos de datos. En conclusión resulta inadecuada la autorregulación que algunos autores pregonan, por el contrario, resulta imprescindible que el operador jurídico elabore pautas tuitivas de los derechos personalísimos del hombre. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26796 |
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