Título : |
El derecho de optar por lo que es mejor para la sociedad |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Héctor Ferrerira Tamborindeguy |
Número de páginas: |
p. 33-39 |
Idioma : |
Español (spa) |
Clasificación: |
DERECHO COMERCIAL / SOCIEDADES COMERCIALES / ADMINISTRADOR DE SOCIEDAD COMERCIAL / RESPONSABILIDAD DE SOCIEDADES COMERCIALES
|
Nota de contenido: |
Planteo de la cuestión. -- Los intereses en juego en el actuar de los Directores. -- Responsabilidad de directores y la economía de la opción. -- Las nuevas tendencias sobre gobierno societario se encuentran constantemente revisando conceptos, redefiniendo límites pero por sobre todo dotando de nuevos contenidos a estándares jurídicos que vienen de larga data como el Buen Hombre de Negocios.-- Las respuestas doctrinales y jurisprudenciales ofrecidas ante nuevos fenómenos y situaciones a las que nos enfrenta el mundo de estos días, colaboran en esa ampliación y redefinción.-- En el presente trabajo, nos centramos en la idea de que los administradores de sociedades comerciales deben tener claro qué es ser un Buen Hombre de Negocios en nuestro derecho y qué cosas no ingresan en ese estándar. -- Reconocemos la existencia de terceros con vinculaciones con las sociedades (stakeholders), las cuales desde ya que pueden ser muy importantes, pero eso no debe nublar el actuar de los administradores, quienes deben perseguir el interés social, el cual por más discusiones que apareje, en cuanto a su contenido y real alcance, no deja dudas en cuanto a que debe tender al mejor y más eficiente funcionamiento de la sociedad. -- Ante situaciones que están ocurriendo en otros ordenamientos, en el sentido de percibirse una tendencia a que los órganos de administración deban ser agentes de beneficios para terceros a la sociedad, siendo un caso, en ese sentido, el de las agencias fiscales, que cada vez más en el mundo transmiten esta idea, pretendemos dejar claro que cada cual cumple un rol, dentro de la legalidad y que éstos no deberían confundirse.-- Sostenemos que dentro de los límites del Derecho, los administradores y directores deben tener - porque además luego se los responsabilizará por su actuar - libertad para elegir lo que es mejor para la sociedad. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=5698 |
El derecho de optar por lo que es mejor para la sociedad [texto impreso] / Héctor Ferrerira Tamborindeguy . - [s.d.] . - p. 33-39. Idioma : Español ( spa) Clasificación: |
DERECHO COMERCIAL / SOCIEDADES COMERCIALES / ADMINISTRADOR DE SOCIEDAD COMERCIAL / RESPONSABILIDAD DE SOCIEDADES COMERCIALES
|
Nota de contenido: |
Planteo de la cuestión. -- Los intereses en juego en el actuar de los Directores. -- Responsabilidad de directores y la economía de la opción. -- Las nuevas tendencias sobre gobierno societario se encuentran constantemente revisando conceptos, redefiniendo límites pero por sobre todo dotando de nuevos contenidos a estándares jurídicos que vienen de larga data como el Buen Hombre de Negocios.-- Las respuestas doctrinales y jurisprudenciales ofrecidas ante nuevos fenómenos y situaciones a las que nos enfrenta el mundo de estos días, colaboran en esa ampliación y redefinción.-- En el presente trabajo, nos centramos en la idea de que los administradores de sociedades comerciales deben tener claro qué es ser un Buen Hombre de Negocios en nuestro derecho y qué cosas no ingresan en ese estándar. -- Reconocemos la existencia de terceros con vinculaciones con las sociedades (stakeholders), las cuales desde ya que pueden ser muy importantes, pero eso no debe nublar el actuar de los administradores, quienes deben perseguir el interés social, el cual por más discusiones que apareje, en cuanto a su contenido y real alcance, no deja dudas en cuanto a que debe tender al mejor y más eficiente funcionamiento de la sociedad. -- Ante situaciones que están ocurriendo en otros ordenamientos, en el sentido de percibirse una tendencia a que los órganos de administración deban ser agentes de beneficios para terceros a la sociedad, siendo un caso, en ese sentido, el de las agencias fiscales, que cada vez más en el mundo transmiten esta idea, pretendemos dejar claro que cada cual cumple un rol, dentro de la legalidad y que éstos no deberían confundirse.-- Sostenemos que dentro de los límites del Derecho, los administradores y directores deben tener - porque además luego se los responsabilizará por su actuar - libertad para elegir lo que es mejor para la sociedad. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=5698 |
Ferrerira Tamborindeguy, Héctor. El derecho de optar por lo que es mejor para la sociedad. Idioma : Español ( spa) Clasificación: |
DERECHO COMERCIAL / SOCIEDADES COMERCIALES / ADMINISTRADOR DE SOCIEDAD COMERCIAL / RESPONSABILIDAD DE SOCIEDADES COMERCIALES
|
Nota de contenido: |
Planteo de la cuestión. -- Los intereses en juego en el actuar de los Directores. -- Responsabilidad de directores y la economía de la opción. -- Las nuevas tendencias sobre gobierno societario se encuentran constantemente revisando conceptos, redefiniendo límites pero por sobre todo dotando de nuevos contenidos a estándares jurídicos que vienen de larga data como el Buen Hombre de Negocios.-- Las respuestas doctrinales y jurisprudenciales ofrecidas ante nuevos fenómenos y situaciones a las que nos enfrenta el mundo de estos días, colaboran en esa ampliación y redefinción.-- En el presente trabajo, nos centramos en la idea de que los administradores de sociedades comerciales deben tener claro qué es ser un Buen Hombre de Negocios en nuestro derecho y qué cosas no ingresan en ese estándar. -- Reconocemos la existencia de terceros con vinculaciones con las sociedades (stakeholders), las cuales desde ya que pueden ser muy importantes, pero eso no debe nublar el actuar de los administradores, quienes deben perseguir el interés social, el cual por más discusiones que apareje, en cuanto a su contenido y real alcance, no deja dudas en cuanto a que debe tender al mejor y más eficiente funcionamiento de la sociedad. -- Ante situaciones que están ocurriendo en otros ordenamientos, en el sentido de percibirse una tendencia a que los órganos de administración deban ser agentes de beneficios para terceros a la sociedad, siendo un caso, en ese sentido, el de las agencias fiscales, que cada vez más en el mundo transmiten esta idea, pretendemos dejar claro que cada cual cumple un rol, dentro de la legalidad y que éstos no deberían confundirse.-- Sostenemos que dentro de los límites del Derecho, los administradores y directores deben tener - porque además luego se los responsabilizará por su actuar - libertad para elegir lo que es mejor para la sociedad. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=5698 |
|