| Título : |
Convenios no homologables |
| Tipo de documento: |
texto impreso |
| Autores: |
Creimer Bajuk, Israel |
| Número de páginas: |
p. 539-545 |
| Idioma : |
Español (spa) |
| Resumen: |
Los convenios son homologables si cumplen con los requisitos que la Ley Concursal les impone. En la Argentina, a texto expreso, se establece que el juez del concurso no puede homologar un convenio si viola el orden público o es abusivo. En principio, aunque en el Uruguay no existe esa norma, igualmente no se podría homologar un convenio que contuviera tales vicios repugnados por el orden jurídico nacional. La aplicación práctica por parte de los jueces de la facultad de no homologar trae graves problemas prácticos y debería administrarse esta facultad con mucha prudencia. |
| Nota de contenido: |
Introducción. -- I. Ley, doctrina y jurisprudencia argentina. -- II. El tema en nuestro país. -- Conclusiones. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26642 |
Convenios no homologables [texto impreso] / Creimer Bajuk, Israel . - [s.d.] . - p. 539-545. Idioma : Español ( spa) | Resumen: |
Los convenios son homologables si cumplen con los requisitos que la Ley Concursal les impone. En la Argentina, a texto expreso, se establece que el juez del concurso no puede homologar un convenio si viola el orden público o es abusivo. En principio, aunque en el Uruguay no existe esa norma, igualmente no se podría homologar un convenio que contuviera tales vicios repugnados por el orden jurídico nacional. La aplicación práctica por parte de los jueces de la facultad de no homologar trae graves problemas prácticos y debería administrarse esta facultad con mucha prudencia. |
| Nota de contenido: |
Introducción. -- I. Ley, doctrina y jurisprudencia argentina. -- II. El tema en nuestro país. -- Conclusiones. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26642 |
Creimer Bajuk, Israel (2025). Convenios no homologables. En Semana Académica del Instituto de Derecho Comercial en homenaje al Prof. Emérito Dr. Siegbert Rippe. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria. , 2025. p. 539-545. Idioma : Español ( spa) | Resumen: |
Los convenios son homologables si cumplen con los requisitos que la Ley Concursal les impone. En la Argentina, a texto expreso, se establece que el juez del concurso no puede homologar un convenio si viola el orden público o es abusivo. En principio, aunque en el Uruguay no existe esa norma, igualmente no se podría homologar un convenio que contuviera tales vicios repugnados por el orden jurídico nacional. La aplicación práctica por parte de los jueces de la facultad de no homologar trae graves problemas prácticos y debería administrarse esta facultad con mucha prudencia. |
| Nota de contenido: |
Introducción. -- I. Ley, doctrina y jurisprudencia argentina. -- II. El tema en nuestro país. -- Conclusiones. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26642 |
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